Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones
Docentes de la denominada "Fundación Escuela Internacional de Estudios sobre
Discapacidad Elena del Campo", instituida en Cartagena y domiciliada
en Torres Pacheco (Murcia), avenida Fontes, sin número.
Antecedentes de hecho
Primero.-La Fundación fue constituida por doña Elena del Campo
Adrián en escritura otorgada en Cartagena el día 3 de octubre de 1997,
modificadas por otras de 11 de mayoy4dediciembre de 1998 y 12
de mayo de 1999.
Segundo.-Tendrá por objeto la docencia e investigación para la
formación y especialización en la resolución de necesidades y problemas
de las personas discapacitadas, así como la cooperación e integración social
de colectivos con enfermedades crónicas, trasplantados, minusvalías y de
edad avanzada.
Tercero.-La dotación inicial de la Fundación según consta en la
escritura de constitución asciende a 1.040.000 pesetas.
Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación
se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento
y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los
Patronos sus cargos con carácter gratuito.
Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por doña Elena
del Campo Adrián, Presidenta; don Juan Francisco Cantón y Cantón, don
Pablo Rejas Jiménez-Madrid y don Pedro Adán Fernández, como Vocales;
habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.
Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge
en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los
mismos a la obligación de rendición de cuentas al Protectorado.
Vistos la Constitución vigente, la Ley 30/1994, de 24 de noviembre
("Boletín Oficial del Estado" del 25), de Fundaciones y de Incentivos
Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Real
Decreto 316/1996, de 23 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de
marzo), por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de
Competencia Estatal; el Reglamento del Registro de Fundaciones de
Competencia Estatal de 1 de marzo de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 29);
el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972
("Boletín Oficial del Estado" de 30 de octubre), y demás disposiciones
de general y pertinente aplicación.
Fundamentos de derecho
Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de
fundación para fines de interés general.
Segundo.-De conformidad con lo establecido en el artículo 21.2 del
Reglamento de Fundaciones de 1996, en relación con el artículo 103 del
Reglamento de 1972 es competencia del Titular del Departamento de
Educación y Cultura el disponer la inscripción en el Registro, de las
Fundaciones de tipo docente, de investigación y deportivas de competencia
estatal, facultad que tiene delegada en el Secretario general técnico por
Orden de 18 de mayo de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" del 21).
Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la
inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano
al que corresponda el ejercicio del Protectorado, en cuanto a la persecución
de fines de interés generalyaladeterminación de la suficiencia de la
dotación, considerándose competente a tal efecto la Unidad Administrativa
de Protectorado.
Cuarto.-Examinados los fines de la fundación y el importe de la
dotación, la Unidad Administrativa de Protectorado estima que aquéllos son
de tipo docente, de investigación e interés general y que la dotación es
inicialmente adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines; por
lo que acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el
artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la
inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito estatal.
Este Ministerio, vista la propuesta formulada por la Unidad
Administrativa de Protectorado y de conformidad con el informe del Servicio
Jurídico del Departamento, ha dispuesto inscribir en el Registro de
Fundaciones Docentes a la denominada "Fundación Escuela Internacional de
Estudios sobre Discapacidad Elena del Campo" de ámbito estatal, con
domicilio en Torre Pacheco (Murcia), avenida Fontes, sin número, así como
el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes
de hecho.
Madrid, 22 de junio de 1999.-P. D. (Orden de 18 de mayo de 1999,
"Boletín Oficial del Estado" del 21), el Secretario general técnico, Tomás
González Cueto.
Ilmo. Sr. Secretario general técnico del Departamento.
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