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Documento BOE-A-1999-14047

Resolución de 15 de junio de 1999, de la Dirección General de Ferrocarriles y Transportes por Carretera, por la que se convocan pruebas de constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transportista por carretera y agencia de transporte de mercancías, transitoria y almacenista-distribuidor, a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco y se determinan el Tribunal que ha de juzgarlas.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 1999, páginas 24293 a 24295 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1999-14047

TEXTO ORIGINAL

La Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes

Terrestres y su Reglamento aprobado el 28 de septiembre de 1990, determinan

que para el ejercicio de las actividades de transportista de viajeros y de

mercancías por carretera, de agencia de transportes de mercancías, de

transitario y de almacenista-distribuidor será necesario acreditar,

previamente, el cumplimiento del requisito de capacitación profesional, que se

reconocerá a aquellas personas que tras justificar la posesión de los

conocimientos necesarios, superen las pruebas que se convoquen y sean

provistas del correspondiente certificado, conforme desarrolla la Orden del

Ministerio de Fomento de 23 de julio de 1997 ("Boletín Oficial del Estado"

del 31).

Aunque en principio las normas citadas prevén que las convocatorias

sean realizadas en sus territorios por las Comunidades Autónomas, en

el ejercicio de las funciones delegadas por el Estado en la Ley Orgánica

5/1987, de 30 de julio, lo cierto es que, conforme a dicha Ley Orgánica

se establece, la efectividad de las delegaciones en ella contempladas queda

aplazada al cumplimiento de las previsiones sobre las transferencias de

los medios personales y materiales que las mismas deben llevar aparejadas.

Teniendo en cuenta que en la Comunidad Autónoma del País Vasco no

se han llevado a cabo todavía las referidas transferencias, es preciso que

en la misma la correspondiente convocatoria sea realizada por la

Administración del Estado.

En su virtud, esta Dirección General, vista la solicitud del Gobierno

Vasco, ha resuelto convocar pruebas de constatación de la capacitación

profesional para el ejercicio de actividades de transportista por carretera

y de agencia de transporte de mercancías, de transitario y

almacenista-distribuidor, con arreglo a las siguientes

Bases

Primera. Ámbito de laspruebas. Se convocan pruebas de

constatación de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades

de transportista de viajeros y de mercancías por carretera, así como de

la actividad de agencia de transporte de mercancías, transitario y

almacenista-distribuidor a celebrar en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Segunda.Ejercicios. Los ejercicios de que constarán las pruebas y

su estructura serán los establecidos en la Orden citada de 23 de julio

de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 31), sobre expedición de los

certificados de capacitación profesional.

Los ejercicios que deben superar los aspirantes a la obtención del

certificado de capacitación profesional para el ejercicio de las actividades

de transporte, en sus distintas modalidades, y actividades auxiliares y

complementarias versarán sobre el contenido de las materias incluidas

en el anexo B de dicha Orden ministerial, en su correspondiente modalidad

o grupo.

Tercera.Solicitudes. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas,

debidamente cumplimentadas de conformidad con el modelo adjunto a

esta Resolución, se presentarán en la Dirección de Transportes del

Gobierno Vasco, en el plazo de quince días a partir de la publicación en el "Boletín

Oficial del Estado" de esta convocatoria.

Los derechos de examen serán de 2.800 pesetas, por la presentación

a las pruebas de cada modalidad profesional, de conformidad con lo

dispuesto en el artículo 27.dos.4.2.1 de la Ley 13/1996, de 13 de diciembre,

y la disposición final primera, apartado 5, de la Ley 25/1998, de 13 de

julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales

y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales de Cáracter Público.

El ingreso se realizará exclusivamente mediante el documento de

ingreso modelo 750, señalado en la Orden de 4 de junio de 1998, por la que

se regula la gestión recaudatoria de las tasas de la Hacienda Pública.

El ingreso podrá efectuarse en cualquier sucursal de las entidades

colaboradoras (bancos, cajas de ahorro, etc.), de la Agencia Tributaria,

mediante la presentación directa del documento de ingreso, modelo 750,

previamente confeccionado. La entidad colaboradora validará en ese

momento la operación. El ejemplar número 1, autocopiativo blanco, deberá

ser entregado a la Administración, junto al resto de la documentación

necesaria para poder concurrir a la prueba.

Las solicitudes deberán acompañarse de dicho ejemplar, de fotocopia

del documento nacional de identidad, y, en su caso, cuando se produzcan

las circunstancias reglamentarias previstas que posibiliten el presentarse

a las pruebas en lugar distinto de aquél en que el solicitante tenga su

domicilio habitual, de los documentos acreditativos de dichas

circunstancias, así como de los títulos o justificantes de la capacitación profesional

que se tiene y que posibilita presentarse a otra prueba específica. La falta

de justificación del pago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión

del aspirante.

Cuarta. Tribunalcalificador. El tribunal que juzgará las pruebas esta

compuesto por las siguientes personas:

Tribunal titular:

Presidente: Don Manuel Sánchez Jiménez.

Vocales:

Doña María Luisa Medinabeitia Rivarés.

Don Joseba Beldarraín Aguirre.

Doña Begoña González Ruiz.

Secretario: Don José Manuel Anabitarte Fernández.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Jaime Parra de los Heros.

Vocales:

Doña Amaia Garai Ibarrondo.

Doña Miren Josume Ellacuría Ayo.

Don Juan Esteban Campop Arlucea.

Secretario: Don Francisco Javier González Gómez.

Quinta. Fecha, lugar y hora de losejercicios. Las pruebas se

celebrarán en el lugar, día y horas siguientes:

Lugar: Bilbao, Feria de Muestras, calle Pedro María Basterrechea, sin

número.

Fecha y horas: Día 29 de julio de 1999 (jueves):

De nueve a once horas: Ejercicio Común para Transporte Interior e

Internacional de Mercancías de Viajeros.

De once treinta a trece treinta horas: Ejercicio Específico para

Transporte Interior e Internacional de Mercancías.

De dieciséis a dieciocho horas: Ejercicio Específico para Transporte

Interior e Internacional de Viajeros.

De dieciocho treinta a veinte treinta horas: Ejercicio para Agencias

de Transporte de Mercancías, Transitario y Almacenista-Distribuidor.

Sexta. Domicilio y requisitos de los aspirantes. Los aspirantes al

reconocimiento de la capacitación profesional únicamente podrán

concurrir a los ejercicios, celebrados en la Comunidad Autónoma del País

Vasco, si tienen su domicilio legal en la misma.

Para ello, deberán presentar al Tribunal, en el momento del comienzo

de los ejercicios, el original de su documento nacional de identidad,

debiendo estar el domicilio que figure en éste incluido en el ámbito territorial

a que se extienda la actuación de dicho Tribunal. Cuando se hayan

producido cambios de domicilio, que no haya sido posible reflejar en el

documento nacional de identidad, el domicilio se podrá justificar mediante

un certificado de empadronamiento expedido por el correspondiente

Ayuntamiento.

Las personas que por reunir circunstancias excepcionales (estar

prestando el servicio militar o prestación sustitutoria, residir en el extranjero,

etc.), obtengan autorización para concurrir a estas pruebas de la Dirección

General de Transportes del Gobierno Vasco, deberán presentar copia de

dicha autorización.

Séptima. Acreditación a presentar por los aspirantes a alguna

capacitación profesional teniendo ya reconocida otradistinta. Las personas

que tengan ya reconocida la capacitación profesional para el ejercicio de

la actividad de transporte de viajeros o mercancías (por tener expedido

el título o certificado correspondiente o ser titular de la autorización

administrativa que lo acredite), y deseen obtener el certificado correspondiente

a la otra, deberán indicarlo así en la solicitud y acompañar el justificante

que les faculta para presentarse únicamente a la prueba específica de

mercancías o viajeros, según corresponda.

Madrid, 15 de junio de 1999.-El Director general, Juan Miguel Sánchez

García.

Circunscripción donde se solicita celebrar las pruebas: País Vasco

A. Datos del solicitante

Nombre................................................................................,

apellidos...................................................................................,

número de documento nacional de identidad.....................................,

localidad...................................................................................,

calle......................................,número......................................,

provincia...............................,código postal...............................,

teléfono .....................................................

B. Pruebas a las que se presenta

(Señálese con una cruz las casillas que correspondan)

Transporte de mercancías (interior e internacional).

Transporte de viajeros (interior e internacinal).

Actividades auxiliares de agencia de transporte, transitario y

almacenista-distribuidor.

C. Idioma en que desea realizar los exámenes

Castellano.

Euskera.

D. Documentación que se aporta

Fotocopia del DNI.

Copia de la autorización para presentarse a las pruebas (servicio

militar, residentes en el extranjero, etc., base sexta de la convocatoria).

Fotocopia del título de capacitación profesional que tengan reconocida

(para las personas con capacitación de transporte de mercancías que

se presentan a la prueba específica de viajeros o viceversa).

Justificante/s de ingreso de los derechos de examen correspondiente/s

a las pruebas de:

Transporte interior e internacional de mercancías.

Transporte interior e internacional de viajeros.

Agencia de transporte de mercancías, transitario y

almacenista-distribuidor.

Fecha y firma del solicitante

Ilmo. Sr. Director general de Ferrocarriles y Transportes por Carretera.

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