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Documento BOE-A-1999-12192

Resolución de 6 de mayo de 1999, de la Subsecretaría por la que se da publicidad al acuerdo de desarrollo (programa de actividades 1999) del Convenio marco de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura y el Instituto de Salud «Carlos III» (Escuela Nacional de Sanidad).

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 1999, páginas 20581 a 20581 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1999-12192

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 7 de abril de 1999 acuerdo de desarrollo por el que se aprueba el programa de actividades para 1999 dentro del Convenio marco de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura y el Instituto de Salud «Carlos III» (Escuela Nacional de Sanidad), en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.

Lo que se hace público a los efectos oportunos.

Madrid, 6 de mayo de 1999.‒El Subsecretario, Enrique Castellón Leal.

ANEXO QUE SE CITA
Programa anual de actividades para el año 1999 dentro del Convenio marco de colaboración entre la Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura y el Instituto de «Salud Carlos III» (Escuela Nacional de Sanidad)

En Madrid a 7 de abril de 1999.

REUNIDOS

De una parte, el excelentísimo señor don Guillermo Fernández Vara, que interviene en nombre y representación de la Junta de Extremadura, en calidad de titular de la Consejería de Bienestar Social, en virtud de las funciones atribuidas por el artículo 33.10 de la Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Y de otra parte, don José Antonio Gutiérrez Fuentes, como Director general del Instituto de «Salud Carlos III», Organismo perteneciente al Ministerio de Sanidad y Consumo, nombrado por Real Decreto 1121/1996, de fecha 17 de mayo («Boletín Oficial del Estado» número 121, del 18), quien actúa en nombre y representación del Instituto de Salud «Carlos III», en lo sucesivo ISCIII, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7, párrafo 3 del Real Decreto 1893/1996 («Boletín Oficial del Estado» número 189, de 6 de agosto), en virtud de las competencias delegadas por el Acuerdo de Consejo de Ministros de 3 de julio de 1998.

El presente Convenio se enmarca en el ámbito de las competencias y esfera de intereses que en la materia atribuyen a la Comunidad Autónoma de Extremadura y al Instituto de Salud «Carlos III» el artículo 148 de la Constitución española, el Título I del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura y los artículos 111 y 112 de la Ley General de Sanidad.

Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir en nombre de sus respectivas entidades el presente documento, y al efecto acuerdan, desarrollar el siguiente programa anual de Actividades para el año 1999, dentro del Convenio marco de colaboración entre ambas instituciones.

ESTIPULACIONES

Primera.

Diseño, planificación, desarrollo, evaluación y certificación conjunta de las siguientes actividades docentes:

Curso de Diplomado de Sanidad. Horas lectivas: Doscientas.

Internet en Ciencias de la Salud. Horas lectivas: Veinte.

Introducción al paquete estadístico SPSS-Windows. Horas lectivas: Veinte.

Atención Farmacéutica en Farmacia Comunitaria. Horas lectivas: Veinte.

Estrategias de Intervención para el uso racional de medicamentos en Atención Primaria. Horas lectivas: Veinte.

Coordinación Sociosanitaria. Horas lectivas: Treinta.

Metodología de investigación y Evaluación en Servicios Sanitarios. Horas lectivas: Treinta.

Documentación en Ciencias de la Salud. Horas lectivas: Veinte.

Intermedio de Epidemiología. Horas lectivas: Veinte.

Estrategias para la Prevención del Consumo de Drogas. Horas lectivas: Treinta.

Elaboración y Publicación de Trabajos en Ciencias de la Salud. Horas lectivas: Veinte.

Atención Sociosanitaria a Nuestros Mayores desde AP. Horas lectivas: Veinte.

Formación de Expertos en cuidado de Pacientes con Enfermedad de Alzheimer. Horas lectivas: Cuarenta.

Farmacoepidemiología y Farmacovigilancia. Horas lectivas: Veinte.

La Planificación estratégica del Sector Sanitario. Horas lectivas: Quince.

Prevención de Riesgos en la Adolescencia. Horas lectivas: Cuarenta.

Segunda.

La Consejería de Bienestar Social de la Junta de Extremadura asumirá:

La gestión docente y administrativa de los cursos referidos y la financiación de todos los gastos que generen las actividades incluidas en este Acuerdo.

La promoción y difusión de las mismas entre los profesionales sanitarios.

Tercera.

La Escuela Nacional de Sanidad aportará:

Asesoramiento en el diseño y configuración del programa docente.

Todo el profesorado que le sea solicitado por parte de la organización de los cursos, siempre que no interfiera en sus obligaciones docentes previamente programadas en la Escuela Nacional de Sanidad.

El acceso a los fondos documentales de los que dispone en su biblioteca.

Cuarta.

En las actividades en que participen terceras instituciones académicas, los alumnos podrán beneficiarse de las acreditaciones docentes complementarias que las mismas puedan otorgar simultáneamente, y que serán objeto de acuerdo entre las partes.

Y en prueba de conformidad, ambas partes se ratifican y firman el presente programa anual de actividades como anexo al Convenio marco de colaboración firmado en septiembre de 1997 y con una vigencia de cuatro años, por triplicado ejemplar y a un solo efecto, en ciudad y fecha «up.supra».‒El Consejero de Bienestar Social de la Junta de Extremadura, Guillermo Fernández Vara.‒El Director del Instituto de Salud «Carlos III», José Antonio Gutiérrez Fuentes.

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