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Documento BOE-A-1999-10061

Orden de 29 de abril de 1999 por la que se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

Publicado en:
«BOE» núm. 107, de 5 de mayo de 1999, páginas 16661 a 16667 (7 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-1999-10061

TEXTO ORIGINAL

El artículo 5.2 de la Ley 28/1994, de 18 de octubre, por la

que se completa el régimen del personal del Cuerpo de la Guardia

Civil, establece que corresponde conjuntamente a los Ministros

de Defensa y de Interior proponer al Gobierno las directrices de

los planes de estudios de formación, previo informe del Ministro

de Educación y Cultura, así como aprobar las normas que regulan

la programación de los centros docentes militares de la Guardia

Civil para la realización de sus actividades.

Igual previsión contiene la disposición final primera del Real

Decreto 1562/1995, de 21 de septiembre, sobre directrices

generales de los planes de estudios de las enseñanzas de formación

para el acceso a las Escalas de Suboficiales y Básica de Cabos

y Guardias del Cuerpo de la Guardia Civil, la que encomienda

a los Ministros de Defensa y de Interior la tarea de aprobar,

conjuntamente, los planes de estudios a que se refiere dicho Real

Decreto, los cuales se ajustarán a las directrices que el mismo

contiene.

Se elaborará un currículo que incluya, al menos, los extremos

que establece el artículo 7 de dicho Real Decreto.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Defensa y de

Interior, dispongo:

Artículo 1.

Se aprueba el plan de estudios de la enseñanza de formación

para acceso a la Escala de Suboficiales del Cuerpo de la Guardia

Civil que figura en el anexo de esta Orden.

Artículo 2.

Se declara extinguido el plan de estudios vigente, que será

sustituido por el que aprueba la presente Orden.

Disposición adicional primera.

De acuerdo con lo previsto por el artículo 56.2 de la Ley

17/1989, de 19 de julio, reguladora del Régimen del Personal

Militar Profesional, cuando los alumnos de la enseñanza de

formación para acceso a la Escala de Suboficiales de la Guardia

Civil hayan superado el primer curso del plan de estudios, se les

concederá con carácter eventual y a efectos académicos, de

prácticas y retributivos, el empleo de Sargento alumno.

Disposición adicional segunda.

Los alumnos de la enseñanza de formación para el acceso a

la Escala de Suboficiales de la Guardia Civil, podrán optar por

cursar como idioma extranjero el inglés o francés.

Disposición final primera.

El Director general de la Guardia Civil podrá proponer cuantas

normas sean necesarias, o bien, podrá dictar las resoluciones,

o adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución

de lo dispuesto en la presente Orden.

Disposición final segunda.

La presente Orden entrará en vigor a partir del comienzo del

curso académico 1999-2000.

Madrid, 29 de abril de 1999.

ÁLVAREZ-CASCOS FERNÁNDEZ

Excmos. Sres. Ministros de Defensa y de Interior.

ANEXO

Currículo de la Escala de Suboficiales

del Cuerpo de la Guardia Civil

1. Objetivo general

Facultar a los Suboficiales del Cuerpo de la Guardia Civil para

desarrollar acciones ejecutivas directamente relacionadas con el

mando, preparación y empleo de unidades de la Guardia Civil

hasta nivel Sección y prestar servicios profesionales para cumplir

el mandato constitucional de proteger el libre ejercicio de los

derechos y libertades y garantizar la seguridad ciudadana.

2. Objetivos específicos

a) Conocer los valores superiores de la Constitución como

indicadores del ordenamiento jurídico que la desarrolla, con

especial referencia a las normas que regulan y garantizan el ejercicio

de los derechos fundamentales y libertades públicas de los

ciudadanos.

b) Asumir actitudes propias del militar de carrera de la

categoría de Suboficial, recogidas en las Reales Ordenanzas de las

Fuerzas Armadas y en las del Ejército de Tierra, y asimilar el

estilo de servicio de la Guardia Civil recogido en sus Reglamentos.

c) Adquirir conocimientos generales sobre los criterios

básicos de la Defensa Nacional y la estructura orgánica de las Fuerzas

Armadas, así como de organizaciones internacionales vinculadas

a la defensa.

d) Conocer las funciones, principios básicos de actuación y

estructura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en general, y

de la Guardia Civil en particular, en relación con el mantenimiento

de la seguridad pública y el desempeño de misiones militares.

e) Interpretar correctamente los regímenes de personal y

disciplinario del Cuerpo de la Guardia Civil y el Código Penal Militar.

f) Adquirir los conocimientos adecuados que le permitan

valorar y dirigir las actuaciones de policía judicial genérica en relación

con la prevención y averiguación del delito y el descubrimiento

y detención del delincuente y prestar el auxilio debido a Jueces,

Tribunales y Ministerio Fiscal.

g) Conocer, instruir y, en su caso, dirigir a su nivel, a la fuerza

a sus órdenes en los procedimientos operativos de policía

administrativa y resguardo Fiscal del Estado.

h) Conocer el funcionamiento, utilización y mantenimiento

del armamento, material y equipos, individuales o colectivos, y

ejecutar o, en su caso, dirigir, a su nivel, los ejercicios de tiro

programados.

i) Identificar los accidentes del terreno, situarse y moverse

en él, en cualquier circunstancia.

j) Adquirir conocimientos sobre, al menos, una lengua

extranjera.

k) Adquirir los conocimientos necesarios para colaborar en

tareas administrativas y logísticas desarrolladas en unidades

mandadas por Oficial y en los órganos de apoyo al mando.

l) Adquirir las habilidades básicas necesarias para practicar,

de forma eficaz, los procedimientos operativos y las técnicas del

servicio.

m) Conseguir las cualidades físicas y psíquicas necesarias

para desarrollar adecuadamente sus tareas profesionales.

3. Duración

La duración del plan de estudios está cifrada en 276 créditos,

de los que 78 corresponden a instrucción y adiestramiento con

carácter prioritario.

4. Módulos de formación teórico-prácticos

A) Módulo de formación de carácter general militar.

1) Objetivos específicos:

Adquirir las actitudes propias del militar recogidas en las Reales

Ordenanzas de las Fuerzas Armadas y en las del Ejército de Tierra.

Adaptarse a la vida militar para conseguir el mayor rendimiento

en su proceso de formación.

Conocer su régimen de derechos y obligaciones como militar

y como alumno.

Conocer la estructura básica de la defensa, del Ejército de Tierra

y de la Guardia Civil.

Adquirir los conocimientos, habilidades y destrezas propios de

la instrucción individual necesarios en la Guardia Civil, así como

el manejo de las armas, municiones, equipos y demás medios

materiales de dotación individual.

Adquirir las competencias profesionales necesarias para poder

desempeñar con eficacia las guardias y servicios propios del

Cuerpo correspondientes a los empleos de Cabo y Guardia Civil.

2) Contenidos básicos:

Este módulo, que se impartirá al comienzo del curso, se

estructura en cuatro ámbitos de iniciación al ejercicio profesional con

los siguientes contenidos básicos para cada uno de ellos.

Ámbito de la formación general militar:

Misión de las Fuerzas Armadas en el ordenamiento

constitucional.

Organización básica y objetivos de la defensa nacional.

Reales Ordenanzas de las Fuerzas Armadas.

Estructura básica de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil.

Régimen disciplinario de la Guardia Civil.

Código Penal Militar.

Régimen general de derechos y deberes.

Se incluirá, además en este ámbito:

Historia y régimen interior del centro.

Normas generales de comportamiento. Normas individuales de

autoprotección. Actuación individual en situación de alarma.

Información general para la prevención del consumo de drogas,

del abuso del alcohol y de las enfermedades virales de transmisión

sanguínea.

Higiene personal.

Reglas básicas medioambientales.

Ámbito de la instrucción táctica, técnica y de tiro:

Instrucción de orden cerrado sin armas.

Instrucción de orden cerrado con armas.

Instrucción táctica individual del combatiente, tanto diurna

como nocturna, incluido ambiente NBQ (Nivel I).

Primeros auxilios. Transporte de heridos. Normas de asistencia

sanitaria. Material sanitario de urgencias.

Armamento, municiones, equipos y materiales de dotación

individual.

Teoría elemental del tiro.

Prácticas de tiro con las armas y municiones de dotación

individual.

Topografía básica/orientación.

Ámbito de formación física:

Instrucción físico-militar.

Sistemas de entrenamiento dirigidos a la consecución, al

menos, del nivel de aptitud básica fijado para el curso.

Ámbito de las guardias y servicios:

Servicios de armas: Cabo de Guardia y Soldado de Guardia.

Servicio de orden: Cabo de Cuartel, Cuarteleros e Imaginarias.

3) Asignación de créditos:

El módulo de formación de carácter general militar tiene

asignados 27 créditos sin contabilizar dos semanas, consecutivas o

no, de instrucción y adiestramiento con carácter prioritario. De

los 27 créditos, ocho serán de formación teórica y los 19 restantes

de formación práctica.

La duración total del módulo de formación de carácter general

militar, será de diez semanas y se impartirá al comienzo del primer

curso académico.

La instrucción y adiestramiento con carácter prioritario, tendrá

la siguiente equivalencia: Una semana equivale a 1,5 créditos.

B) Módulo de mando.

1) Objetivos específicos:

Ser capaz de razonar en lo concerniente a las reglas que guían

la instrucción militar.

Conocer para cumplir los mandatos contenidos en las reales

ordenanzas.

Alcanzar las aptitudes de mando necesarias para el desempeño

de la profesión, en cualquiera de los ámbitos en que ésta se

desarrolle.

Conocer y saber aplicar los métodos, procedimientos y técnicas

específicas de instrucción militar.

Adquirir conocimientos sobre la historia militar de España.

2) Contenidos básicos:

Los contenidos básicos que se detallan a continuación, así como

sus posibles desarrollos, deberán ser impartidos constantemente

con el debido grado de actualización.

Ética: Concepto de ética; deber moral y legal; los valores

normativos.

Ley de reales ordenanzas para las Fuerzas Armadas.

Real Decreto de reales ordenanzas del Ejército de Tierra.

Técnicas de mando: El comportamiento colectivo; liderazgo;

teoría y técnica de la comunicación.

Metodología de la instrucción.

Evolución histórica del ejército español y de la Guardia Civil:

Sus hechos más destacados.

3) Asignación de créditos:

El módulo de mando que se impartirá durante el primer curso

académico, a continuación del de formación de carácter general

militar, tiene asignado un total de 12 créditos, de los que nueve

serán de formación teórica y tres de formación práctica.

Con independencia de la asignación de créditos señalada, la

formación teórico-práctica adquirida a través del presente módulo

será de aplicación a cuantas actividades se desarrollen a lo largo

de la enseñanza de formación.

C) Módulo de fundamentos globales de profesionalización.

1) Objetivos específicos:

Conocer las bases axiológicas de su profesión a través del

conocimiento de los principios fundamentales de la ética, de la

deontología profesional y del pasado y presente de la Guardia Civil.

Conocer las disposiciones del ordenamiento constitucional que

regulan el ejercicio de los derechos fundamentales y el disfrute

de las libertades públicas.

Adquirir conocimientos básicos sobre los órganos superiores

de la defensa nacional y la responsabilidad que, en este ámbito,

compete a la Guardia Civil.

Alcanzar un conocimiento elemental de algunas organizaciones

internacionales vinculadas con la defensa.

Conocer para cumplir, a su nivel, las normas jurídicas y técnicas

que regulan la participación de la Guardia Civil en Operaciones

de Mantenimiento de la Paz (OMP,s).

Conocer la estructura orgánica básica de los Ministerios de

Defensa y del Interior.

Conocer las funciones, principios básicos de actuación y

estructura de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Conocer el Reglamento para el Servicio de la Guardia Civil

y las normas de régimen interior que puedan afectarle.

Alcanzar un conocimiento elemental de la legislación sobre

protección de la seguridad ciudadana.

Conocer la normativa básica sobre estructura y funcionamiento

de la Protección Civil y sobre las acciones preventivas y las de

respuesta ante catástrofes.

Adquirir conocimientos básicos sobre la organización y

misiones de las distintas especialidades y servicios de la Guardia Civil.

Conocer el modelo de carrera vigente en la Guardia Civil.

2) Contenidos básicos:

Los contenidos básicos que se detallan a continuación, así como

sus posibles desarrollos, deberán ser impartidos constantemente

con el debido grado de actualización y estarán fundamentados

en:

Principios de ética y deontología profesional.

Constitución Española de 1978.

Leyes Orgánicas que regulan el disfrute de los derechos

fundamentales y libertades públicas.

Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Legislación básica sobre medidas de prevención, vigilancia,

mantenimiento y restablecimiento de la seguridad ciudadana.

Leyes que regulan los criterios básicos de la defensa nacional

y de la organización militar.

Legislación básica sobre misiones militares encomendadas a

la Guardia Civil.

Legislación básica sobre Protección Civil en relación con

riesgos catastróficos.

Carta de las Naciones Unidas, Derechos Humanos. Reglas de

enfrentamiento. Código de conducta de la ONU para funcionarios

encargados de hacer cumplir la Ley.

Orientaciones sobre Operaciones de Mantenimiento de la Paz

(OMP,s).

Normas sobre estructura orgánica de los Ministerios de Defensa

y del Interior, con especial referencia al Cuerpo de la Guardia

Civil.

Reglamento para el servicio de la Guardia Civil y normas sobre

modalidades de prestación de los servicios.

Normas sobre anuncio y provisión de vacantes, régimen de

pabellones y regulación de permisos para Guardias.

Normas sobre organización y misiones de las especialidades

y los servicios en la Guardia Civil.

Normas de ingreso y promoción en centros de formación de

la Guardia Civil para acceso a las distintas Escalas.

3) Asignación de créditos:

El presente módulo, que se impartirá durante el primer curso

académico, tiene asignado un total de 11 créditos, de los que

nueve serán de formación teórica y dos de formación práctica.

D) Módulo de policía judicial.

1) Objetivos específicos:

Conocer los principios relativos al Poder Judicial en el

Ordenamiento constitucional.

Conocer los órganos del orden jurisdiccional penal y su

potestad jurisdiccional.

Conocer los principios y normas que rigen la colaboración y

auxilio de la policía judicial a Jueces, Tribunales y Ministerio

Fiscal.

Conocer los conceptos de derecho penal sobre tipos delictivos,

grados de participación y circunstancias modificativas de la

responsabilidad criminal.

Conocer e identificar los delitos y faltas tipificadas en la

legislación vigente.

Conocer y practicar las técnicas de investigación criminal,

interrogatorio, identificación de personas, inspección ocular,

aseguramiento de pruebas y confección de atestados.

Conocer y practicar las medidas instrumentales y cautelares

aplicables a las actuaciones de la policía judicial.

Conocer las causas del fenómeno delincuencial y sus tipos.

2) Contenidos básicos:

Los contenidos básicos que se detallan a continuación, así como

sus posibles desarrollos, deberán ser impartidos con el debido

grado de actualización y en la extensión necesaria para el adecuado

desempeño de las tareas de policía judicial genérica. A estos

efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el artículo 32 de la

Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Primer curso académico:

Constitución Española: Título VI. Del poder judicial.

Ley Orgánica del Poder Judicial: De la composición y

atribuciones de los órganos jurisdiccionales. De la policía judicial.

Ley Orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

Código Penal: Infracciones penales. Personas criminalmente

responsables de delitos y faltas. Delitos y faltas contra las personas,

el patrimonio, la Administración pública, la Constitución y el orden

público.

Ley de Enjuiciamiento Criminal: Iniciación del procedimiento

penal. Diligencias de investigación y preconstitución de prueba.

Identificación de inculpados. Entrada y registro en lugar cerrado.

La detención.

Criminalística: Técnica de inspección ocular (manipulación de

objetos, recogida de muestras e indicios). Dactiloscopia. Manchas.

Balística.

Normas procedimentales internas sobre antecedentes penales,

requisitorias, menores, desaparecidos y cadáveres sin identificar.

Segundo curso académico:

Ley Orgánica del Poder Judicial: Del Poder Judicial y del

ejercicio de la potestad jurisdiccional. De la extensión y límites de

la jurisdicción. De la planta y organización territorial.

Disposiciones que regulan la policía judicial.

Introducción al derecho penal -partegeneral y teoría jurídica

del delito.

Código Penal: Delitos y faltas no estudiados en el primer curso

académico.

Ley de Enjuiciamiento Criminal: Procesos penales ordinarios

y especiales.

Criminalística: Lofoscopia. Grafística. Falsificaciones.

Grabación de voz. ADN. Incendios provocados.

Fenómenos delincuenciales. Tipología delincuencial.

Curso especial sobre policía judicial a cargo del Centro de

Estudios Jurídicos de la Administración de Justicia.

3) Asignación de créditos:

El módulo de policía judicial tiene asignado un total de 19

créditos distribuidos de la forma siguiente:

Primer curso académico:

Seis de formación teórica y tres de formación práctica.

Segundo curso académico:

Cuatro de formación teórica y seis de formación práctica.

E) Módulo de policía administrativa.

1) Objetivos específicos:

Conocer la legislación que regula la práctica del juego, los

espectáculos públicos, las acampadas, la hostelería y la circulación

y permanencia de extranjeros en territorio nacional.

Conocer la legislación sobre armas y explosivos.

Conocer la legislación sobre protección de la naturaleza y medio

ambiente.

Conocer la normativa sobre circulación de vehículos a motor

y transporte por carretera.

Conocer, a su nivel, la normativa fiscal, aduanera y

comunitaria.

Conocer los delitos e infracciones de contrabando para su

persecución y denuncia.

Conocer la legislación sobre drogas, estupefacientes y

psicotrópicos: saber identificar dichas sustancias.

2) Contenidos básicos:

Los contenidos básicos que se detallan a continuación, así como

sus posibles desarrollos y normas complementarias de carácter

interno, deberán ser impartidos constantemente con el debido

grado de actualización y en la extensión necesaria para garantizar

el adecuado desempeño de las tareas de policía administrativa

a nivel de Comandante de Puesto.

Primer curso académico.

Legislación básica de:

Máquinas recreativas.

Rifas, tómbolas y loterías.

Espectáculos públicos.

Campamentos de turismo.

Hostelería.

Documento nacional de identidad.

Extranjería.

Armas.

Explosivos.

Caza.

Pesca.

Aguas.

Costas.

Montes.

Epizootias.

Vías pecuarias.

Legislación básica de vehículos a motor:

Circulación de vehículos a motor.

Transporte por carretera.

Ordenanzas de la renta de aduanas: Misiones del resguardo

aduanero y del resguardo fiscal del Estado.

Ley Orgánica de Contrabando.

Legislación básica sobre drogas tóxicas, estupefacientes y

sustancias psicotrópicas. Prácticas de identificación de sustancias.

Sintomatología del consumidor.

Segundo curso académico.

Normas complementarias, procedimientos y documentación

aplicable a:

Máquinas recreativas.

Rifas, tómbolas y loterías.

Espectáculos públicos.

Campamentos de turismo.

Hostelería.

Documento nacional de identidad.

Extranjería.

Armas.

Explosivos.

Caza.

Pesca.

Aguas.

Costas.

Montes.

Epizootias.

Vías pecuarias.

Normativa complementaria sobre:

Circulación de vehículos a motor y seguridad vial.

Transporte por carretera.

Ordenanzas de la renta de aduanas: Modalidades y regímenes

de despacho aduanero.

Código aduanero comunitario: Tránsito comunitario.

3) Asignación de créditos:

El módulo de policía administrativa tiene asignado un total

de 25 créditos distribuidos de la forma siguiente:

Primer curso académico:

Nueve de formación teórica y dos de formación práctica.

Segundo curso académico:

Diez de formación teórica y cuatro de formación práctica.

F) Módulo de táctica profesional.

1) Objetivos específicos:

Conocer las características y funcionamiento del armamento

reglamentario.

Adquirir los conocimientos necesarios para practicar el tiro

de forma eficaz y segura; conocer las reglas sobre la decisión

de disparo para instruir a los subordinados en la práctica de las

mismas.

Conocer las principales características de los explosivos y

artefactos terroristas, saber identificarlos y decidir medidas

precautorias coordinadas.

Conocer y saber utilizar el material ligero de transmisiones

y los procedimientos radiofónicos.

Conocer los procedimientos vigentes sobre establecimiento de

controles, cacheo, esposamiento y traslado de detenidos.

Conocer para aplicar, a su nivel, las normas sobre seguridad

y autoprotección.

Conocer las técnicas de patrullaje a pie o sobre vehículo y

las de protección de personas, instalaciones, itinerarios e

información.

Conocer los principales sistemas de seguridad aplicables a la

protección perimetral de instalaciones.

Conocer las técnicas de seguimiento o vigilancia a pie o en

vehículo y los métodos de coordinación.

Adquirir conocimientos básicos sobre comportamientos

colectivos: Turbas agresivas o evasivas.

Adquirir habilidades sociales para responder adecuadamente

a las necesidades de los ciudadanos y mantener el control en

situaciones de extrema gravedad.

2) Contenidos básicos:

Los contenidos básicos que se detallan a continuación, así como

sus posibles desarrollos y normas complementarias, deberán ser

impartidos con el debido grado de actualización y en la extensión

necesaria para garantizar una correcta actuación profesional.

Primer curso académico.

Armamento individual, pistola, subfusil, fusil de asalto y

artificios lacrimógenos y fumígenos.

Normas generales de seguridad en el tiro y conceptos básicos

de la teoría del mismo.

Teoría y práctica de la decisión de disparo.

Explosivos y componentes básicos de los artefactos terroristas.

Equipos radiofónicos portátiles y móviles de dotación a patrullas.

Normas sobre ejecución de controles, prácticas de cacheo y

esposamiento y transporte de detenidos.

Normas SYAP.

Procedimientos operativos de patrullaje y protección de

personas, instalaciones e itinerarios.

Principios de psicología sobre el comportamiento colectivo:

Tipologías pasivas y activas.

Principios de psicología sobre el comportamiento individual

en situación ordinaria y de estrés.

Reglas de intervención ante problemas sociales y mecanismos

que intervienen en la mejora de imagen de la institución.

Segundo curso académico:

Conocer procedimientos y dirigir actuaciones coordinadas ante

amenazas de bomba.

Dirigir el establecimiento de controles en carretera.

Sistemas de seguridad física perimetral: De superficie, de

subsuelo y adosados a valla.

Ley de Secretos Oficiales.

Técnicas y sistemas de protección de la información.

Dirigir la actuación coordinada de grupos encargados de

practicar seguimientos o vigilancias de personas.

Principios de intervención ante manifestaciones y catástrofes.

3) Asignación de créditos:

El módulo de táctica profesional tiene asignado un total de

27 créditos distribuidos de la forma siguiente:

Primer curso académico:

Cinco de formación teórica y siete de formación práctica.

Segundo curso académico:

Cinco de formación teórica y diez de formación práctica.

G) Módulo de idiomas.

1) Objetivos específicos:

Acreditar un perfil lingüístico mínimo en inglés o francés, de

acuerdo con el STANAG 6001, que suponga alcanzar un grado

de conocimiento uno, en tres de los cuatro rasgos lingüísticos,

y un grado de conocimiento dos, en el otro.

2) Contenidos básicos:

Inglés:

General, profesional y militar a nivel elemental, en las áreas

de expresión y comprensión, verbal y escrita.

Francés:

General, profesional y militar a nivel elemental, en las areas

de expresión y comprensión, verbal y escrita.

3) Asignación de créditos:

El presente módulo, que se impartirá en los dos cursos

académicos, tiene asignado un total de 16 créditos, de los que ocho

-cuatro de formación teórica y cuatro de formación

prácticacorresponden al primer curso y el resto, con la misma proporción,

al segundo curso.

H) Módulo de táctica, tiro de instrucción y topografía.

1) Objetivos específicos:

Conocer los conceptos generales de la doctrina y empleo del

pelotón de fusiles.

Adquirir el nivel II, ambiente NBQ.

Conocer y practicar el empleo táctico del pelotón de fusiles.

Dirigir, a su nivel, el tiro de instrucción.

Adquirir los conocimientos topográficos elementales para

efectuar recorridos en cualquier circunstancia, realizando operaciones

topográficas básicas.

Conocer y practicar el manejo de aparatos topográficos de

orientación y medición, así como su aplicación conjunta con los

mapas de series militares. Conocer y practicar el manejo de

navegadores terrestres.

2) Contenidos básicos:

Doctrina e instrucción táctica colectiva del combate hasta nivel

escuadra, tanto diurna como nocturna, incluido ambiente NBQ

(nivel II).

Sección de fusiles: Organización y despliegue. Empleo táctico

del pelotón de fusiles de infantería ligera.

Dirección e instrucción de tiro con el armamento de dotación.

Conceptos básicos de topografía y sobre manejo de brújula

y mapa. Recorridos topográficos.

Manejo de determinados aparatos topográficos, cartografía

militar y navegadores terrestres.

3) Asignación de créditos:

Este módulo, que se impartirá durante el segundo curso

académico, tiene asignado un total de 16 créditos, de los que ocho

serán de formación teórica y ocho de formación práctica.

I) Módulo de fundamentos de Derecho.

1) Objetivos específicos:

Conocer los principios generales del Derecho y las instituciones

del derecho común que facilitan el acceso a otras instancias:

Jurídicas, penales, procesales y administrativas.

Conocer las líneas generales del ordenamiento constitucional

en relación con la declaración y garantía de los derechos y

libertades de los ciudadanos, los poderes del Estado y su organización

territorial.

Conocer los fundamentos del Derecho Internacional

Humanitario, las normas que rigen los conflictos armados en relación

con la protección de combatientes y bienes culturales y la filosofía

de los movimientos internacionales de la Cruz Roja y de la Media

Luna Roja.

2) Contenidos básicos:

Derecho objetivo. Principios generales del Derecho.

Instituciones generales del Derecho. La norma jurídica y sus efectos. El

Derecho de la persona y de la familia. Derecho Constitucional.

Las fuentes del Derecho Constitucional. La separación de poderes.

El Derecho Constitucional y organización territorial. La defensa

de la Constitución.

Derecho Internacional Humanitario. Fuentes del Derecho en

los conflictos armados. Relaciones con el Derecho Internacional

de los Derechos Humanos. Movimientos Internacionales.

3) Asignación de créditos:

Este módulo que se impartirá durante el segundo curso

académico, tiene asignado un total de 11 créditos, de los que 10

serán de formación teórica y uno de formación práctica.

J) Módulo de administración.

1) Objetivos específicos:

Conocer y aplicar correctamente las normas sobre redacción

de la correspondencia oficial ordinaria y sobre la documentación

del puesto.

Conocer básicamente la utilización de un sistema operativo

y manejar un procesador de texto, una base de datos y una hoja

de cálculo.

Adquirir un conocimiento elemental sobre la explotación de

datos estadísticos en orden a una correcta planificación de los

servicios.

2) Contenidos básicos:

Redacción de correspondencia.

Documentación del puesto.

Sistema operativo.

Procesador de textos.

Hoja de cálculo.

Base de datos.

Nociones de estadística.

3) Asignación de créditos:

Este módulo, que se impartirá durante el segundo curso

académico, tiene asignado un total de diez créditos, de los que cinco

serán de formación teórica y cinco de formación práctica.

K) Módulo de instrucción y adiestramiento.

1) Objetivos específicos:

Primer curso académico:

Saber aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas

adquiridos para mandar un grupo reducido de hombres, instruirlos y

adiestrarlos individualmente.

Adquirir los conocimientos básicos de primeros auxilios,

salvamento acuático y defensa personal.

Aplicar los conocimientos de armamento y tiro para su posterior

aplicación al tiro de combate profesional.

Superar los siguientes niveles de aptitud física básica:

Prueba de 50 metros lisos 7,9 segundos.

Prueba de 1.000 metros lisos 3 minutos 50 segundos.

Salto vertical con pies juntos 43 centímetros.

Extensión brazos tierra inclinada 20 flexiones.

Segundo curso académico:

Combinar y aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas

adquiridos en el mando, preparación y empleo de una unidad

tipo pelotón o equipo de la especialidad fundamental Infantería

Ligera.

Combinar y aplicar los conocimientos, habilidades y destrezas

adquiridos para mandar e instruir a los subordinados en relación

con supuestos tácticos profesionales.

Superar los siguientes niveles de aptitud física básica:

Prueba de 50 metros lisos 7,8 segundos.

Prueba de 1.000 metros lisos 3 minutos 40 segundos.

Salto vertical con pies juntos 44 centímetros.

Extensión brazos tierra inclinada 23 flexiones.

Año de prácticas en unidades:

Practicar la planificación de los servicios a nivel puesto, su

coordinación con los de unidades limítrofes y la colaboración con

especialidades.

Conocer y practicar los criterios de intervención del puesto

en la ejecución de los servicios peculiares del Cuerpo y las

modalidades de empleo de la patrulla de la Guardia Civil.

Conocer y aplicar las normas sobre mantenimiento de la

documentación del puesto y la confección de informes, escritos y

reseñas de detenidos.

2) Contenidos básicos:

Primer curso académico:

Orden cerrado e instrucción táctica.

Tiro de instrucción y combate profesional.

Primeros auxilios y salvamento acuático.

Ejercicios de defensa personal.

Educación y formación física.

Segundo curso académico:

El combate de infantería ligera en el nivel pelotón.

Supuestos tácticos profesionales.

Tiro de combate profesional.

Educación y formación física.

Año de prácticas en unidades:

Normas sobre nombramiento e impulsión de los servicios a

nivel puesto.

Normas sobre acción de informes, notas informativas y

confección de fichas y expedientes.

Técnicas y procedimientos de seguridad y del empleo de los

medios de control de masas.

Normas básicas de prestación del servicio por especialidades.

Ejercicio de tiro anual.

3) Asignación de créditos:

El módulo de instrucción y adiestramiento tiene asignadas un

total de cincuenta semanas con carácter prioritario, de las que

ocho se realizarán en los dos cursos académicos a razón de cuatro

por año. Las cuarenta y dos semanas restantes corresponden al

año de prácticas en Unidades.

Además, este módulo tiene asignado un total de 24 créditos

sin carácter prioritario que se impartirán por igual entre los dos

cursos académicos.

La instrucción y adiestramiento, con carácter prioritario, tendrá

la siguiente equivalencia: Una semana equivale a uno y medio

créditos.

5. Métodos pedagógicos

Serán de empleo preferente los siguientes métodos

pedagógicos:

1. Empleo de clases magistrales, demostraciones y

conferencias como medio motivacional fundamental y fuente de

información crítica.

2. Empleo de guiones impresos para orientar la interacción

docente-discente.

3. Estrategias de retroalimentación positiva, basadas en la

revisión de las pruebas de evaluación y en la comunicación de

sus resultados, para facilitar eficazmente el refuerzo e integración

de lo aprendido.

4. Realización de tareas y actividades prácticas individuales,

en equipos reducidos y en grandes grupos, como refuerzo de los

procesos de enseñanza-aprendizaje teóricos y para fomentar

actitudes favorables a la colaboración, al compañerismo y al reparto

de funciones y responsabilidades de trabajo en equipo.

5. Metodología activa basada en el ordenador, como ayuda

tecnológica de individualización, en aquellas áreas que lo

requieran y se disponga de tales medios (mecanografía, informática,

lengua extranjera, etc.).

6. Acción tutorial encaminada a detectar y superar los déficits

derivados de diferencias individuales o grupales de todo tipo y

las causas que los motivan, posibilitando la ayuda psicológica

a los casos de difícil solución, cuando el problema surja de esta

raíz, o la del Gabinete de Orientación Pedagógica, cuando el

problema nazca de dificultades surgidas del empleo de estrategias

de aprendizaje inadecuadas.

6. Normas para la superación del plan de estudios y repetición

del curso académico

1. Superación del curso académico y de las prácticas en

Unidades.

Un curso académico o año en prácticas en Unidades se

considerará superado cuando concurran los requisitos que establece

el artículo 33.1, párrafo primero, de la Orden de 13 de diciembre

de 1996, sobre régimen del alumnado de los centros docente

militares de formación de la Guardia Civil.

Un alumno podrá iniciar el segundo curso académico cuando

haya superado el precedente, repitiendo éste en caso contrario.

La calificación del módulo de formación de carácter general

militar se formulará en términos de apto/no apto.

De acuerdo con lo que establece el artículo 12.1 del Real

Decreto 1562/1995, de 21 de septiembre, sobre directrices generales

de los planes de estudios de las enseñanzas de formación para

el acceso a las Escalas de Suboficiales y Básica de Cabos y Guardias

del Cuerpo de la Guardia Civil, los militares de empleo de la

categoría de tropa y marinería profesionales de las Fuerzas Armadas

que lleven, al menos, tres años de servicios efectivos como tales,

quedarán exentos de cursar el módulo de formación de carácter

general militar.

Un alumno podrá iniciar las prácticas en unidades cuando haya

superado los dos cursos académicos.

Cuando un módulo forme parte de los cursos académicos y

del año de prácticas en Unidades, se deberá superar la parte

correspondiente a cada curso o año de prácticas.

Las prácticas en unidades, como prolongación de la enseñanza

académica, tienen por objeto la evaluación continua sobre la

idoneidad del alumno para el ejercicio profesional, lo que se llevará

a cabo mediante un plan de seguimiento tutorial con sus

correspondientes protocolos de evaluación. La calificación obtenida se

incorpora al expediente académico de cada alumno a efectos de

determinación de la nota final, de acuerdo con los criterios

establecidos en los artículos 30, b) y c), y 28, 3) y 4), de la Orden

de 13 de diciembre de 1996, por la que se aprueba al régimen

del alumnado de los centros docentes militares de formación de

la Guardia Civil.

2. Superación del plan de estudios.

El plan de estudios se considerará superado cuando lo hayan

sido los dos cursos académicos y el año de prácticas en Unidades.

3. Pruebas ordinarias.

Los alumnos que, en los cursos académicos, no superen alguno

de los módulos del presente plan de estudios por aplicación de

lo establecido en el artículo 28.1 de la Orden de 13 de diciembre

de 1996, deberán efectuar una prueba ordinaria por cada módulo

no superado; dicha prueba deberá realizarse una vez se haya

impartido, en su totalidad, el módulo o módulos correspondiente y antes

de la finalización del curso académico.

Cuando un módulo abarque más de un curso académico será

de aplicación lo establecido en el párrafo anterior, a la parte del

módulo que corresponda al curso.

Dicha prueba ordinaria no será de aplicación a los alumnos

que no superen las prácticas en unidades.

4. Pruebas extraordinarias.

El alumno que no supere una determinada prueba ordinaria

efectuará otra extraordinaria que tendrá lugar tras la finalización

del curso académico y antes del inicio del siguiente.

Dicha prueba extraordinaria no será de aplicación a los alumnos

que realicen el período de prácticas en unidades.

5. Repetición del curso académico o de las prácticas en

Unidades.

Cuando no concurran los requisitos que establece el

artículo 33.1, párrafo primero, de la Orden de 13 de diciembre de 1996,

sobre régimen del alumnado de los centros docentes militares de

formación de la Guardia Civil, los alumnos repetirán, por una

sola vez, uno de los dos cursos académicos de que consta el plan

de estudios o, en el caso de la promoción interna, el curso

académico que recoge el punto 8.1) de este anexo, siendo evaluados

únicamente de los módulos que tengan pendientes de aprobación

y asistiendo obligatoriamente a su desarrollo.

Asistirán también, de forma obligatoria, al desarrollo de los

módulos de táctica profesional, de idioma y de instrucción y

adiestramiento, a las actividades formativas no evaluables programadas

por el centro docente en analogía con los demás alumnos y a

las clases prácticas que el General Jefe de Enseñanza determine,

a propuesta del Director del centro.

La asistencia al desarrollo del resto de los módulos que

correspondan al curso que repiten será voluntaria. Con este mismo

carácter y con el único fin de mejorar sus calificaciones, los alumnos

podrán someterse a las evaluaciones establecidas para aquellos

módulos que tengan superados del curso anterior.

Excepción hecha de los supuestos recogidos en el punto 5.6

de este anexo, el año de prácticas se considera irrepetible por

lo que, la no superación del mismo, supondrá la baja del alumno.

6. Incidencias de los permisos o licencias en la evaluación.

El alumno que, por causa de permiso, licencias o padecimiento

de enfermedad no acompañado de uno u otras, no pudiera obtener,

al menos, la mitad de los créditos asignados a un módulo o a

su parte correspondiente a un curso o año de prácticas en

unidades, habrá de repetir éste, excepto cuando el número de créditos

asignados a dicho módulooasuparte correspondiente a un curso

sea igual o inferior a seis créditos, pudiendo entonces el alumno

optar por la repetición del curso o presentarse a la prueba ordinaria

correspondiente y, en su caso, a la extraordinaria perdiendo, en

última opción, la posibilidad de repetir curso por permiso, licencia

o enfermedad.

Cuando el permiso, licencia o enfermedad fuere consecuencia

de actos académicos o de servicio o de situaciones derivadas de

ellos y el alumno optase por la repetición, podrá aumentarse a

dos el número máximo de cursos o años de prácticas, a que hace

referencia el párrafo precedente, o repetir por una sola vez, por

los motivos anteriores, en el supuesto de que se optase por la

presentación a la correspondiente prueba ordinaria y, en su caso,

a la extraordinaria.

7. Módulos no evaluados.

Los módulos que, por cualquier circunstancia no imputable

a la Administración, no hayan sido evaluados antes de la iniciación

del nuevo curso académico, se considerarán no superados.

Cuando el módulo abarque más de un curso académico,

también le será de aplicación lo establecido en el párrafo anterior,

a la parte correspondiente del módulo de dicho curso académico.

7. Condiciones de acceso

1. Para acceder al presente plan de estudios, será necesario

estar en posesión del título de Bachiller en cualesquiera de sus

modalidades.

2. Las características de las pruebas referidas en el

artículo 4.1 del Real Decreto 1562/1995, de 21 de septiembre, serán

aquellas que en su momento se determinen, de acuerdo con las

previsiones contenidas en el artículo 32 de la Ley Orgánica

1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema

Educativo.

8. Sistema de acceso por promoción interna

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.a) del Real

Decreto 1562/1995, de 21 de septiembre, el plan de estudios

de los alumnos que accedan por el sistema de promoción interna,

incluirá sólo los módulos señalados con las letras B), H), I) y J)

dentro del epígrafe 4 de este anexo; el segundo curso académico

de los señalados con las letras D), E), F) y K) y ocho créditos

de la G). Dicho plan tendrá una duración de un año académico

con una carga lectiva de 108 créditos y cuatro semanas de

instrucción y adiestramiento con carácter prioritario.

2. En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11.b) del

Real Decreto 1562/1995, de 21 de septiembre, los alumnos que

accedan por el sistema de promoción interna quedarán excluidos

del año de prácticas en Unidades.

3. Hasta s.Móstoles, 20 de abril de 1

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