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Documento BOE-A-1999-10028

Resolución de 22 de marzo de 1999, de la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, de homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Reyde, Sociedad Anónima»: Embalaje combinado, marca «Reydesa», modelos 1L PE KS-50 y 1L COEX KS-50, con contraseña H-544, para el transporte de mercancías peligrosas.

Publicado en:
«BOE» núm. 106, de 4 de mayo de 1999, páginas 16534 a 16536 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-1999-10028

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Dirección General de Consumo y Seguridad Industrial, del Departamento de Industria, Comercio y Turismo de la Generalidad de Cataluña, la solicitud presentada por «Reyde, Sociedad Anónima», con domicilio social en la calle de L’Om, 15, municipio de El Prat de Llobregat (Barcelona), para la homologación e inscripción en el registro del siguiente producto, fabricado por «Reyde, Sociedad Anónima», en su instalación industrial ubicada en El Prat de Llobregat: Embalaje combinado, marca «Reydesa», modelos 1L PE KS-50 y 1L COEX KS-50, para el transporte de mercancías peligrosas.

Resultando que el interesado ha presentado la documentación exigida por la legislación vigente que afecta al producto cuya homologación e inscripción en el registro se solicita, y que la EIC-ENICRE ICICT, mediante informe, certificado y actas con clave BB.VE.1551/99-2, ha hecho constar que el tipo presentado cumple todas las especificaciones actualmente establecidas por Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, he resuelto homologar el tipo del citado producto con la contraseña de inscripción H-544, y definir, por último, como características técnicas para cada marca y modelos registrados las que se indican a continuación:

Marca «Reydesa», modelos 1L PE KS-50 y 1L COEX KS-50.

Características y productos autorizados a transportar: Según anexo.

Esta homologación se hace únicamente en relación con la Orden de 17 de marzo de 1986 («Boletín Oficial del Estado» del 31), modificada por la de 28 de febrero de 1989, sobre homologaciones de envases y embalajes destinados al transporte de mercancías peligrosas, por tanto con independencia de la misma, se habrá de cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable; debiéndose presentar la conformidad de la producción con el tipo homologado antes de 22 de marzo de 2001 (Orden de 28 de febrero de 1989).

Esta Resolución de homologación solamente puede ser reproducida en su totalidad.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso ordinario ante el Consejero de Industria, Comercio y Turismo, en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de recepción de esta Resolución, sin perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso que se considere oportuno.

Barcelona, 22 de marzo de 1999.–El Director general, P. D. (Resolución de 7 de octubre de 1996, «Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña» de 13 de noviembre), el Jefe del Servicio de Automóviles y Metrología, Joan Pau Clar Guevara.

ANEXO

Datos fabricante

Empresa fabricante Interior Exterior
Nombre completo. «Reyde, Sociedad Anónima». «Cartonajes M. Petit, Sociedad Anónima».
Domicilio social. P.I. «Riera Fonollar», calle Joventud, 23, 08830 Sant Boi de Llobregat (Barcelona). Calle Sant Josep, 137, P.I. «El Plà», 08980 Sant Feliu de Llobregat (Barcelona).

Nombre y número EIC: «ICICT, Sociedad Anónima», BB.VE.1551/99-2.

Contraseña de homologación: H-544.

Características del envase

Reglamentación aplicable: ADR/RID, IMDG/IMO, IATA/OACI.

Identificación del envase/embalaje: Embalaje combinado, formado por 12 envases interiores de plástico y caja de cartón.

Tipo de envase/embalaje: Embalaje combinado.

Código de envase/embalaje: 4G.

Modelos: 1L PE KS-50, 1L COEX KS-50.

Descripción y características del envase/embalaje

Envase interior: Envase de plástico obtenido por soplado.

Capacidad. 1 litro (1,2 litros aproximadamente hasta el borde de la boca).

Dimensiones:

Diámetro: 88,5 milímetros (±0,5 milímetros).

Altura exterior: 240 milímetros (±1,5 milímetros).

Espesor mínimo: 0,5 milímetros.

Tara sin tapón: 83 gramos (±3 gramos). La tara podrá variar siempre que no sea inferior a la mínima señalada.

Dispositivo de cierre: Tapón roscado de polietileno, Ref. KS-50, con junta de estanqueidad. Opcionalmente podrá llevar incorporado un sistema de venteo.

Material de las juntas: «Polexan» (espuma de polietileno de célula cerrada). Opcionalmente podrá llevar una junta constituida por un film complejo de aluminio más polímero adherido a un soporte de cartón o «polexan».

Material del envase:

1L PE KS-50: Polietileno alta densidad.

1L COEX KS-50: Polietileno alta densidad más EVOH o PA.

Embalaje exterior: Caja tipo 0201 (B1), de cartón ondulado doble-doble, canales B y C, unión encolada. Fabricante: «Cartonajes Petit, Sociedad Anónima».

Dimensiones exteriores:

Largo: 380 milímetros.

Ancho: 285 milímetros.

Alto: 270 milímetros.

Peso de la caja vacía: 529 gramos. No lleva separadores.

Gramaje: 741 gramos/metro cuadrado.

Absorción de agua (método de Cobb): 155 gramos/metro cuadrado máximo.

Composición cartón: KB 150/Paja 130/C 110/Paja 130/B 130.

Marcado: UN/4G/Y20/S/*/E/**/REYDE.

*: Año de fabricación (las dos últimas cifras).

**: Contraseña de homologación.

Materias a transportar para la clase 3

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III. Apartados b) y c) del marginal 2301 del ADR y 301 del RID/TPF.

Excepto: La nitroglicerina en solución alcohólica del 6.º, la propilenimina del 12.º y el isocianato de etilo del 13.º

Los preparados del 31.º c), 32.º c) y 33.º c) que desprendan dióxido de carbono y/o nitrógeno irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupo de embalaje II o III.

Excepto: Números ONU 2478, 1308, 1222, 3064, 1865, 1261.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III y requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 302, 303, 304 (sólo números ONU 1196, 1250, 1723), 305, 306 (sólo números ONU 1111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1279, 1717, 2347, 2402, 2478, 2486, 2493), 307, 308 (sólo números ONU 1111, 1154, 1184, 1204, 1228, 1277, 1278, 1279, 1717, 2347, 2363, 2402, 2478, 2486, 2493), 309 y 310.

Se exceptúan las materias que requieran instrucciones de embalaje 303, cuyo punto de ebullición sea de 35 °C o inferior.

Materias a transportar para la clase 5.1

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III. Apartados b) y c) del marginal 2501 del ADR y 501 del RID/TPF.

Excepto: Las materias del 5.º y las soluciones de nitrato amónico del 20.º

Los envases que contengan materias del 1.º b) o 1.º c) irán provistos de un venteo.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Números ONU 2429, 3210, 2984, 1470, 3218, 3219, 3139, 3098, 3099, 3211, 3214, 3216, 2427, 2428.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje III y requieran las instrucciones de embalaje 501 (sólo números ONU 1873, 3099, 3149), 503, 505, 506, 507, 514 y 515.

Materias a transportar para la clase 5.2

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados: Peróxidos orgánicos de tipos C, D, E y F, líquidos incluidos en el marginal 2551 del ADR y 551 del RID/TPF, que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Peróxidos orgánicos de tipos C, D, E y F, líquidos que requieran métodos de embalaje OP6, OP7 y OP8.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II.

Materias que requieran grupos de embalaje II y requieran las instrucciones de embalaje 502 (sólo números ONU 3103, 3105, 3107, 3109).

Materias a transportar para la clase 6.1

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados b) y c) del marginal 2601 del ADR y 601 del RID/TPF.

Excepto: El cianuro de hidrógeno estabilizado del 1.º, las soluciones de ácido cianhídrico del 2.º, los metales carbonilos del 3.º, la etilenimina del 4.º y el isocianato de metilo del 5.º

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III. Excepto: Números ONU 1569, 3250, 1600, 3281, 2312, 1693, 3123, 1701.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 604, 605 (sólo números ONU 1593, 1710, 1897, 1935, 2024, 2485, 2831), 609, 610 (sólo números ONU 1638, 1702, 1750, 1846, 1888, 3071), 611, 612 (sólo números ONU 1593, 1638, 1701, 1702, 1710, 1737, 1738, 1750, 1846, 1888, 1897, 1916, 1935, 2024, 2788, 2831, 3071), 617, 618 y 620.

Materias a transportar para la clase 8

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados b) y c) del marginal 2801 del ADR y 801 del RID/TPF.

Excepto: Las materias del 6.º, 14.º y el oxibromuro de fósforo del 15.º

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas que requieran grupos de embalaje II o III. Excepto: Números ONU 3301, 3094 y 2809.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 808, 809 (*), 813 (**), 818, 819, 820, 821.

(*) Se exceptúan las materias números ONU 1796, 1826, 2031.

(**) Se exceptúan las materias números ONU 1796, 1826.

Materias a transportar para la clase 9

Densidad máxima admisible relativa: 1,5 kilogramos/litro.

ADR/RID/TPF:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Apartados b) y c) del marginal 2901 del ADR y 901 del RID/TPF.

Excepto: Las materias del 3.º, 5.º, 6.º, 7.º, 8.º, 13.º, 20.º, 21.º y 36.º

IMO/IMDG:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias que requieran grupos de embalaje II o III.

Números ONU 1990, 1941 y 3082.

IATA/OACI:

Grupo de envase/embalaje: II y III.

Materias: Materias líquidas a las que corresponden grupos de embalaje II o III y que requieran las siguientes instrucciones de embalaje: 906, 907 y 914.

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