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Documento BOE-A-1998-6737

Orden de 20 de febrero de 1998 sobre renuncia parcial de la concesión de explotación de hidrocarburos «Montanazo D», situada en la zona C, frente a las costas de Tarragona.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 1998, páginas 9757 a 9757 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-6737

TEXTO ORIGINAL

La concesión de la explotación de hidrocarburos denominada "Montanazo D", expediente 3/79, situada en la zona C, frente a las costas de la provincia de Tarragona, fue otorgada por Real Decreto 2911/1979, de 7 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 4 de enero de 1980), a las sociedades Chevron Oil Company of Spain; "Empresa Nacional de Investigación y Explotación de Petróleo, Sociedad Anónima"; Amoco España Exploration Company; "Pacific Petroleums Española, Sociedad Anónima"; "Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima"; "CNWL Oil España, Sociedad Anónima", y "Denison Mines (España) Ltd.", y que, después de diversas cesiones, los porcentajes en la titularidad de la concesión son:

"Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima": 30 por 100.

"Locs Oil Company of Spain, Sociedad Anónima": 34,125 por 100.

"Onepm España, Sociedad Anónima": 25,375 por 100.

"Compañía de Investigación y Explotaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima": 7 por 100.

"CNWL Oil (España), Sociedad Anónima": 3,500 por 100.

Con fecha 30 de junio de 1980 fue aprobado por resolución de la Dirección General de la Energía el acuerdo de unitización del campo petrolífero "Casablanca", que está conformado por parte de las concesiones "Casablanca" y "Montanazo D", de acuerdo con la siguiente proporción:

Concesión "Casablanca": 77,80 por 100.

Concesión "Montanazo D": 22,20 por 100.

La compañía operadora es "Repsol Investigaciones Petrolíferas, Sociedad Anónima".

Las compañías titulares solicitan la renuncia parcial de la concesión "Montanazo D", acompañando la documentación que exige el artículo 73 del Reglamento que desarrolla la Ley 21/1974, de 27 de junio, sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos, y, de acuerdo con este artículo, procede autorizar la renuncia de la concesión citada.

Tramitado el expediente de renuncia parcial de la concesión mencionada por la Dirección General de la Energía, dispongo:

Primero.-Se declara extinguida parcialmente, por renuncia de sus titulares, la concesión de investigación de hidrocarburos denominada "Montanazo D".

La superficie a conservar de la concesión viene definida por las coordenadas geográficas, referidas al meridiano de Greenwich, siguientes:

Superficie conservada: 3.259,50 hectáreas.

Vértice / Longitud norte / Longitud este

1 / 40o 44' / 1o 23' 50''

2 / 40o 44' / 1o 24' 50''

3 / 40o 45' / 1o 24' 50''

4 / 40o 45' / 1o 29' 00''

5 / 40o 44' / 1o 29' 00''

6 / 40o 44' / 1o 28' 00''

7 / 40o 43' / 1o 28' 00''

8 / 40o 43' / 1o 27' 00''

9 / 40o 42' / 1o 27' 00''

10 / 40o 42' / 1o 23' 50''

Segundo.-De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley 21/1974, de 27 de junio, y el Reglamento que la desarrolla, sobre investigación y explotación de hidrocarburos, el área extinguida de la concesión revierte al Estado y adquirirá la condición de franca y registrable a los seis meses de la fecha de publicación de esta Orden en el "Boletín Oficial del Estado", si el Estado no hubiere ejercido antes la facultad que le confiere el apartado 1 del artículo 4.o del Reglamento vigente de asumir su investigación por sí mismo o sacar su adjudicación a concurso.

Tercero.-De acuerdo con el artículo 73.2 del Reglamento que desarrolla la Ley 21/1974, de 27 de junio, los titulares presentarán nuevas garantías, ajustadas a la superficie que permanece vigente, para responder del cumplimiento de las obligaciones emanadas de la anteriormente mencionada Ley y del Real Decreto de otorgamiento de la concesión "Montanazo D", siéndoles devueltas las constituidas al otorgamiento.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 20 de febrero de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996), el Secretario de Estado de Energía y Recursos Minerales, Nemesio Fernández-Cuesta Luca de Tena.

Ilmo. Sr. Director general de la Energía.

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