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Documento BOE-A-1998-5692

Resolución 452/38176/1998, de 2 de marzo, de la Subsecretaría, por la que se convoca plazas para acceso a la condición de Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería profesionales.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 9 de marzo de 1998, páginas 8148 a 8164 (17 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-1998-5692

TEXTO ORIGINAL

Primero.-De conformidad con lo dispuesto en el Real Decre to 298/1998, de 27 de febrero, por el que se aprueban las plazas para el ingreso en los centros docentes militares de formación de las Fuerzas Armadas y de la Guardia Civil y para el acceso a militar de empleo durante el año 1998, y previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, se convocan plazas para acceso a la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, en el número que resulte necesario para alcanzar 50.000 efectivos al 31 de diciembre de 1998.

Segundo.-El proceso de selección se regirá por las disposiciones siguientes:

Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" número 302, del 19), por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

Real Decreto 984/1992, de 31 de julio ("Boletín Oficial del Estado", número 209, de 31 de agosto), por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas.

Disposición adicional primera del Real Decreto 1410/1994, de 25 de junio ("Boletín Oficial del Estado" número 172, de 20 de julio), por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Militar.

Las bases que se aprueban por esta Resolución y que se publican como anexo a ella.

Tercero.-El Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar adoptará las disposiciones necesarias para llevar a cabo el proceso de selección, de acuerdo con las normas establecidas en estas bases.

Madrid, 2 de marzo de 1998.-El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.

ANEXO

Bases de la convocatoria

1. Objeto

Regular las pruebas selectivas por el sistema de concurso oposición, para cubrir plazas para el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, distribuidas en tres incorporaciones a lo largo del año 1998. Para la primera incorporación la distribución de las plazas es la siguiente:

1.1 Ejército de Tierra.

1.1.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos cortos: Plazas correspondientes a la primera incorporación: 4.456.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

5000 / Infantería. / CG. FAR, UINTFAR, CNBQ. 2 (Madrid). / 2 años / 30 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5001 / Transmisiones. / UTFAR (Madrid). / 2 años / 40 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5005 / Infantería. / BRIPAC. BIP. Javalinuevo (Murcia). / 2 años / 15 / BIP. / Jabalinuevo (Murcia). / 10

5006 / Infantería. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 años / 232 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5007 / Artillería. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 años / 45 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5008 / Ingenieros. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 años / 38 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5009 / Transmisiones. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (1) (2). / 2 años / 25 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5010 / Logística. / BRIPAC. Alcalá de Henares (Madrid) (2). / 2 años / 60 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5011 / Artillería. / BRILEG. Almería (1). / 2 años / 26 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5012 / Ingenieros. / BRILEG. Almería (1). / 2 años / 42 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5013 / Transmisiones. / BRILEG. Almería (1). / 2 años / 30 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5014 / Logística. / BRILEG. Almería. / 2 años / 25 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5019 / Infantería. / Unidades de La Legión (10)(3). / (4) / 370 / BIP. / Javalinuevo (Murcia). / 10

5020 / Infantería. / BRILAT. Figueirido (Pontevedra). / 2 años / 35 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5021 / Artillería. / BRILAT. Figueirido (Pontevedra). / 2 años / 50 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5022 / Ingenieros. / BRILAT. Figueirido (Pontevedra). / 2 años / 24 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5024 / Logística. / BRILAT. Figueirido (Pontevedra). / 2 años / 25 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5025 / Infantería. / BRILAT. Siero (Asturias). / 2 años / 56 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5030 / Infantería. / BRIMZ. XI Botoa (Badajoz). / 2 años / 60 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5031 / Artillería. / BRIMZ. XI Botoa (Badajoz). / 2 años / 40 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5032 / Ingenieros. / BRIMZ. XI Botoa (Badajoz). / 2 años / 16 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5034 / Logística. / BRIMZ. XI Botoa (Badajoz). / 2 años / 16 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5036 / Infantería. / BRIAC. XII Madrid. / 2 años / 56 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5037 / Artillería. / BRIAC. XII Madrid. / 2 años / 27 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5041 / Infantería. / CG. DIMZ número 1, UINT.1, CNBQ.1 Burgos. / 2 años / 29 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5042 / Caballería. / RCLAC. 14 Pozuelo de Alarcón (Madrid). / 2 años / 55 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5043 / Artillería. / RACA. 11 Castrillo del Val (Burgos). / 2 años / 60 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5045 / Ingenieros. / RING 1 Castrillo del Val (Burgos). / 2 años / 35 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5046 / Transmisiones. / RT. 1 Castrillo del Val (Burgos). / 2 años / 42 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5047 / Logística. / AGLD. 1 Castrillo del Val (Burgos). / 2 años / 29 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5050 / Infantería. / BRIMZ. X Cerro Muriano (Córdoba). / 2 años / 149 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5051 / Artillería. / BRIMZ. X Cerro Muriano (Córdoba). / 2 años / 60 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5052 / Ingenieros. / BRIMZ. X Cerro Muriano (Córdoba). / 2 años / 15 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5053 / Transmisiones. / BRIMZ. X Cerro Muriano (Córdoba). / 2 años / 15 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5054 / Logística. / BRIMZ. X Cerro Muriano (Córdoba). / 2 años / 15 / CIMOV. número 1 / Cáceres. / 10

5060 / Caballería. / BRC. II Zaragoza. / 2 años / 90 / CEFIVE / Alicante. / 10

5061 / Artillería. / BRC. II Zaragoza. / 2 años / 10 / CEFIVE / Alicante. / 10

5062 / Ingenieros. / BRC. II Zaragoza. / 2 años / 10 / CEFIVE / Alicante. / 10

5063 / Transmisiones. / BRC. II Zaragoza. / 2 años / 20 / CEFIVE / Alicante. / 10

5064 / Logística. / BRC. II Zaragoza. / 2 años / 35 / CEFIVE / Alicante. / 10

5067 / Infantería. / BRCZM. I Viella (Lleida). / 2 años / 10 / CEFIVE / Alicante. / 10

5068 / Infantería. / CG. BRCZM. Huesca. / 2 años / 45 / CEFIVE / Alicante. / 10

5069 / Infantería. / MOE Jaca (Huesca). / 2 años / 15 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5070 / Infantería. / BRCZM. I, Jaca (Huesca). / 2 años / 120 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5071 / Artillería. / BRCZM. I, Huesca. / 2 años / 51 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5072 / Ingenieros. / BRCZM. I, Huesca. / 2 años / 30 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5074 / Logística. / BRCZM. I, Huesca. / 2 años / 45 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5075 / Infantería. / BRCZM. I, Pamplona. / 2 años / 95 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5076 / Infantería. / RIL. 49, Santa Cruz de Tenerife. / 18 meses / 30 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5077 / Infantería. / BIL., La Palma Breña Baja (Tenerife). / 18 meses / 10 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5086 / Infantería. / CG. FMA., GRINT. I, BNBQ. I, Valencia. / 2 años / 54 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5094 / Artillería. / CG. MAAA., Madrid. / 2 años / 25 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5100 / Artillería. / RACA. 63, San Andrés de Rabanedo (León). / 2 años / 50 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5101 / Artillería. / RALCA. 62, Astorga (León). / 2 años / 25 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5102 / Artillería. / RAAA. 71, Madrid. / 2 años / 20 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5110 / Ingenieros. / REI. 11, Salamanca. / 2 años / 45 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5111 / Ingenieros. / RPEI. 12, Zaragoza. / 2 años / 65 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5120 / Caballería. / RCL. 8, Marines (Valencia). / 2 años / 70 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5121 / Artillería. / RAAA. 81, Marines (Valencia). / 2 años / 43 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5122 / Artillería. / RAAA. 82, Agoncillo (Logroño). / 2 años / 53 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5123 / Transmisiones. / REWT. 31, Madrid. / 2 años / 20 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5126 / Transmisiones. / RETAC. 21, Marines (Valencia). / 2 años / 100 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5128 / Transmisiones. / RETES. 22 (8). / 2 años / 34 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5129 / Transmisiones. / REWE. 32 (7). / 2 años / 10 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5130 / Infantería. / BOE. III, Alicante (1) (6). / 2 años / 34 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5131 / Infantería. / GOE. IV, Barcelona (1) (6). / 2 años / 17 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5135 / Logística. / AGTP. 1, Canillejas (Madrid). / 2 años / 20 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5136 / Logística. / AALOG. 11, Colmenar Viejo (Madrid). / 2 años / 18 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5137 / Logística. / AALOG. 21, Sevilla. / 2 años / 15 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5138 / Logística. / AALOG. 41, Zaragoza. / 2 años / 32 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5139 / Logística. / AALOG. 61, Valladolid. / 2 años / 15 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5146 / Transmisiones. / UTMAA., Madrid. / 2 años / 20 / CEFIVE. / Alicante. / 10

5147 / Transmisiones. / CIA. 2, CBH/UTMAAA., San Roque (Cádiz). / 2 años / 15 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5151 / Logística. / FAMET (5). / 2 años / 40 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5152 / Transmisiones. / FAMET (5). / 2 años / 25 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5160 / Artillería. / RAMIX 93, La Laguna (Tenerife). / 18 meses / 21 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5161 / Ingenieros. / BING. XV, La Laguna (Tenerife). / 18 meses / 15 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5162 / Infantería. / BON. CG. JETROP., Santa Cruz de Tenerife. / 18 meses / 10 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5163 / Logística. / UALOG. LXXXI, Santa Cruz de Tenerife. / 18 meses / 20 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5169 / Infantería. / RIL. Soria 9 P., Rosario, Fuerteventura. / 18 meses / 33 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5170 / Infantería. / RIL. 50, Las Palmas de Gran Canaria. / 18 meses / 62 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5171 / Artillería. / RAMIX. 94, Las Palmas de Gran Canaria. / 18 meses / 15 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5172 / Ingenieros. / BING. XVI, Las Palmas de Gran Canaria. / 18 meses / 21 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5173 / Infantería. / BON. CG. JETROP., Las Palmas de Gran Canaria. / 18 meses / 10 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5174 / Logística. / UALOG. LXXXII, Las Palmas de Gran Canaria. / 18 meses / 36 / Base de Hoya Fría. / Santa Cruz de Tenerife. / 10

5176 / Infantería. / RIL. 47, Palma de Mallorca (10). / 18 meses / 10 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5177 / Artillería. / RAMIX. 91, Palma de Mallorca. / 18 meses / 17 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5180 / Logística. / UALOG. LXXI, Palma de Mallorca. / 18 meses / 10 / CIMOV. número 1. / Cáceres. / 10

5181 / Infantería. / BON. CG. COMGE., Ceuta. / 18 meses / 34 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5182 / Artillería. / RACA. 30, Ceuta. / 18 meses / 60 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5183 / Ingenieros. / RING. 7, Ceuta. / 18 meses / 23 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5184 / Transmisiones. / BT. XVII, Ceuta. / 18 meses / 42 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5185 / Infantería. / RIL. 54, Ceuta. / 18 meses / 88 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5186 / Infantería. / BON. CG. COMGE., Melilla. / 18 meses / 38 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5187 / Artillería. / RACA. 32, Melilla. / 18 meses / 70 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5188 / Ingenieros. / RING. 8, Melilla. / 18 meses / 32 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5189 / Transmisiones. / BT. XVIII, Melilla. / 18 meses / 35 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5190 / Infantería. / RIL. 52, Melilla. / 18 meses / 75 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5191 / Caballería. / RCAC. 10, Melilla. / 18 meses / 42 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5192 / Artillería. / GAAAL. VII, Melilla. / 18 meses / 35 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5194 / Logística. / UALOG. 24, Melilla. / 18 meses / 40 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5200 / Infantería. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (9). / 2 años / 16 / Guardia Real. / A determinar. / 10

5201 / Caballería. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (9). / 2 años / 15 / Guardia Real. / A determinar. / 10

5204 / Logística. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (9). / 2 años / 43 / Guardia Real. / A determinar. / 10

5385 / Caballería. / RCAC. 3, Ceuta. / 18 meses / 40 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5386 / Artillería. / GAAAL. VI, Ceuta. / 18 meses / 35 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5387 / Logística. / UALOG. 23, Ceuta. / 18 meses / 30 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

5388 / Artillería. / GACTA., Ceuta. / 18 meses / 15 / CIMOV. número 2. / San Fernando (Cádiz). / 10

Total plazas / 4.456

Abreviaturas de Unidades:

BRC: / Brigada de Caballería. / CG: / Cuartel General.

BIP: / Batallón Instrucción Paracaidista. / BRCZM: / Brigada de Montaña.

CNBQ: / Compañía NBQ. / BRILAT: / Brigada Aerotransportable.

DIMZ: / División Mecanizada. / BRILEG: / Brigada Legionaria.

FAR: / Fuerza de Acción Rápida. / BRIMZ: / Brigada Mecanizada.

BRIPAC: / Brigada Paracaidista. / MOE: / Mando de Operaciones Especiales.

UINT: / Unidad de Inteligencia. / CEFIVE: / Centro de Formación. FAMET: / Fuerzas Aeromóviles. / MING: / Mando de Ingenieros.

MACA: / Mando Art. Campaña. / GRINT: / Grupo de Inteligencia.

GRNBQ: / Grupo NBQ. / GOE: / Grupo Operaciones Especiales.

UTFAR: / Unidad de Transmisiones de la FAR. / RCL: / Rgto. de Caballería Ligero.

RAAA: / Rgto. Art. Antiaérea. / RACTA: / Rgto. Art. de Costa.

RING: / Rgto. de Ingenieros. / REI: / Rgto. Especialidades Ingenieros.

RETAC: / Rgto. Transmisiones Tácticas. / REWE: / Rgto. Guerra Electrónica Estratégico.

AGLD: / Agrupación Logística Divisionaria. / AGTP: / Agrupación de Transportes.

UTMAAA: / Unidad Transmisiones del MAAA. / BING: / Batallón de Ingenieros.

BIL: / Batallón de Infantería Ligero. / FMA: / Fuerza de Maniobra.

MACTAE: / Mando Art. de Costa. / BRIL: / Brigada de Inf. Ligera (MOV).

BRIAC: / Brigada Acorazada. / RIL: / Rgto. de Infantería Ligero.

RACA: / Rgto. Art. de Campaña. / RALCA: / Rgto. Art. Lanzacohetes.

RAMIX: / Rgto. Art. Mixto. / RT: / Rgto. de Transmisiones.

RPEI: / Rgto. Pontoneros y Especialidades de Ingenieros. / REWT: / Rgto. Guerra Electrónica Táctico.

RETES: / Rgto. Transmisiones Estratégico. / AALOG: / Agrupación Logística.

BON: / Batallón. / BT: / Batallón de Transmisiones.

CIMOV: / Centro de Instrucción y Movilización. / GAAAL: / Grupo Artillería Antiaérea.

UALOG: / Unidad de Apoyo Logístico. / COMGE: / Comandancia General.

RCLAC: / Regimiento de Caballería Ligero Acorazado. / GACTA: / Grupo de Artillería de Costa.

RCAC: / Rgto. de Caballería Acorazada. / JETROP: / Jefatura de Tropas.

MAAA: / Mando de Artillería Antiaérea. / BRIAC: / Brigada Acorazada.

CBH: / Cable Herciano. / BNBQ: / Batallón de NBQ.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de esta convocatoria.

(2) Destino que requiere realizar el curso de aptitud paracaidista.

(3) Las plazas convocadas para Infantería de Unidades Legionarias se asignarán de acuerdo con la puntuación obtenida en el período de formación elemental.

(4) El compromiso inicial para los destinados en Ceuta y Melilla será de dieciocho meses, para los destinados en Almería y Ronda la duración del compromiso inicial será de dos años.

(5) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Colmenar Viejo (Madrid), Almagro (Ciudad Real), Bétera (Valencia), Agoncillo (La Rioja), Sevilla o La Laguna (Tenerife).

(6) Destino que requiere realizar el curso de operaciones especiales.

(7) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Madrid, Dos Hermanas (Sevilla), Algeciras, Almería, Las Palmas de Gran Canaria o Lanzarote.

(8) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Pozuelo de Alarcón (Madrid) y Unidades en: M, BA, SE, CE, CO, GR, ML, AL, V, B, Z, HU, BU, C, VA, PO, LE, SA, PM, TF, GC. Este destino será efectivo una vez finalizado el período de formación complementaria a realizar en Pozuelo de Alarcón.

(9) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y a 165 centímetros las mujeres.

(10) El destino durante el compromiso inicial podrá ser: Palma de Mallorca, Mahón (Menorca) o Ibiza.

1.1.2 Especialidades y plazas reservadas a los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4, apartado 2.d), del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre. Las plazas no cubiertas se acumularán a las indicadas en las bases 1.1.1 (*). Estas plazas sólo podrán solicitarlas los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra que finalicen en el presente año su plan de estudios.

Número de plazas: 502.

Centro de formación / Duración

formación

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante

el compromiso

inicial / Duración

compromiso

inicial / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

5506 / Mecánica de Automoción. / Unidades. / 3 años / 164 / IPE-1. / Madrid. / 10

5507 / Mecánica de Carrocería y Soldadura. / Unidades. / 3 años / 50 / IPE-1. / Madrid. / 10

5509 / Hostelería y Alimentación. / Unidades. / 3 años / 30 / IPE-1. / Madrid. / 10

5509 / Mecánica de Helicópteros. / Unidades. / 3 años / 15 / IPE-1. / Madrid. / 10

5510 / Operador de Máquinas y Herramientas. / Unidades. / 3 años / 6 / IPE-1. / Madrid. / 10

5512 / Artes Gráficas. / Unidades. / 3 años / 11 / IPE-1. / Madrid. / 10

5513 / Auxiliar de Administración y Gestión. / Unidades. / 3 años / 68 / IPE-2. / Calatayud. / 10

5514 / Electrónica de Radares y Armas. / Unidades. / 3 años / 89 / IPE-2. / Calatayud. / 10

5515 / Electrónica de Telecomunicaciones. / Unidades. / 3 años / 69 / IPE-2. / Calatayud. / 10

Total plazas / 502

Abreviaturas de Unidades:

IPE: Instituto Politécnico del Ejército.

(*) Las plazas no cubiertas se acumularán a las indicadas en la base 1.1.1

1.2 Armada:

1.2.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos cortos:

Infantería de Marina:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 600.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

6260 / Infantería. / (a), (b), (c), (d), (e), (f). / 18 meses / 550 / CEIM. / Cartagena (Murcia). / 10

6360 / Infantería. / Guardia Real (2). / 18 meses / 50 / Guardia Real. / A determinar. / 10

Abreviaturas de Unidades:

a) TEAR: Tercio de Armada, San Fernando (Cádiz) (1).

b) TERSUR: Tercio Sur, San Fernando (Cádiz).

c) TERNOR: Tercio Norte, Ferrol (Coruña).

d) TERLEV: Tercio Levante, Cartagena (Murcia).

e) AGRUMAD: Agrupación Infantería Marina (Madrid).

f) AGRUCAN: Agrupación Infantería de Marina de Canarias (Las Palmas).

CEIM: Centro de Instrucción de Infantería de Marina.

(1) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de esta convocatoria.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las mujeres.

1.2.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos largos:

Infantería de Marina:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 18.

Duración

formación

complemen-

taria

-

Semanas / Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el

compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

6460 / Apoyo y Servicios (Música) (1). / (a), (b), (c), (d), (e). / 3 / 18 / Agrupación de Infantería de Marina de Madrid. / Madrid. / 10 / 26

Observaciones:

(1) Los aspirantes a la especialidad de Música deberán tener superados los estudios correspondientes al tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en cualquiera de los siguientes instrumentos: Oboe, clarinete, trompa, trombón, bombardino, tuba y percusión. Asimismo, en las pruebas de admisión deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con un instrumento de su propiedad.

Plazas de instrumentos por destinos:

(a) Tercio de Levante: Cartagena (Murcia). Clarinete, una plaza; percusión, una plaza; trombón, una plaza; oboe, una plaza.

(b) Tercio del Norte: El Ferrol (La Coruña). Clarinete, una plaza; oboe, una plaza; trompa, una plaza.

(c) Tercio del Sur: San Fernando (Cádiz). Clarinete, una plaza; percusión, una plaza; bombardino, una plaza; tuba, una plaza.

(d) Agrupación de Madrid : Madrid. Clarinete, una plaza; percusión, una plaza; trombón, una plaza.

(e) Escuela Naval Militar: Marín (Pontevedra). Clarinete, dos plaza; percusión, una plaza; trompa, una plaza.

Marinería:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 817.

Duración

formación

complemen-

taria

-

Semanas / Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el

compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial

-

Años / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

6501 / Maniobra y Navegación. / (a). / 3 / 140 / Escuela y Est. Naval de La Graña. / El Ferrol (La Co ruña). / 10 / 26

6502 / Artillería y Misiles. / (b). / 3 / 50 / Escuela de Tiro y Artillería Naval "Janer". / San Fernando (Cádiz). / 10 / 26

6503 / Dirección de Tiro. / (c). / 3 / 15 / Escuela de Tiro y Artillería Naval "Janer". / San Fernando (Cádiz). / 10 / 26

6506 / Sistemas Tácticos. / (e). / 3 / 15 / Escuela de Transmisiones y Electrónica. / Vigo (Pontevedra). / 10 / 26

6507 / Comunicaciones. / (a). / 3 / 85 / Escuela de Transmisiones y Electrónica. / Vigo (Pontevedra). / 10 / 26

6508 / Electrónica. / (a). / 3 / 25 / Escuela de Transmisiones y Electrónica. / Vigo (Pontevedra). / 10 / 26

6509 / Electricidad. / (a). / 3 / 60 / Escuela de Energía y Propulsión. / El Ferrol (La Co ruña). / 10 / 26

6511 / Mecánico de Instalaciones de Motores y Turbinas de Gas. / (a). / 3 / 160 / Escuela de Energía y Propulsión. / El Ferrol (La Co ruña). / 10 / 26

6512 / Administración. / (a). / 3 / 160 / Escuela y Est. Naval de La Graña. / El Ferrol (La Co ruña). / 10 / 26

6513 / Hostelería y Alimentación. / (a), (g). / 3 / 107 / Escuela y Est. Naval de La Graña. / El Ferrol (La Co ruña). / 10 / 26

Total plazas / 817

(a) Buques de la flota, buques de zonas marítimas, flotilla de aeronaves y flotilla de submarinos.

(b) Buques de la flota, buques de zonas marítimas y flotilla de aeronaves.

(c) Buques de la flota.

(d) Buques de la flota, flotilla de aeronaves, flotilla de submarinos y dragaminas.

(e) Buques de la flota y flotilla de aeronaves.

(f) Buques de la flota (Ferrol) y buques de la flota (Rota).

(g) Dependencias de tierra.

1.3 Ejército del aire.

1.3.1 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos cortos:

Plazas correspondientes a la primera convocatoria: 726.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

7102 / Seguridad y De fensa. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2). / 18 meses / 121 / Guardia Real. / A determinar. / 10

7110 / Ofimática. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2). / 18 meses / 2 / ETESDA.

ESTAER. / Zaragoza.

Torrejón (Madrid). / 4

6

7111 / Auxiliar de Automoción (Conductor). / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2). / 18 meses / 1 / ESAUTO. / Getafe (Madrid). / 10

7114 / Apoyo (Albañil). / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2). / 18 meses / 1 / ABA. / León. / 10

7120 / Abastecimientos. / Guardia Real El Pardo (Madrid) (2). / 18 meses / 5 / ETESDA.

ESTAER. / Zaragoza.

Torrejón (Madrid). / 4

6

7201 / Seguridad y De fensa. / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 130 / ETESDA. / Zaragoza. / 10

7203 / Seguridad y De fensa. / EZAPAC (Murcia) (1) (3). / 18 meses / 10 / ETESDA. / Zaragoza. / 10

7206 / Ofimática. / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 140 / ETESDA.

ESTAER. / Zaragoza.

Torrejón (Madrid). / 4

6

7208 / Ofimática. / EZAPAC (Murcia) (1) (3). / 18 meses / 4 / ETESDA.

ESTAER. / Zaragoza.

Torrejón (Madrid). / 4

6

7211 / Auxiliar de Automoción (Conductor). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 45 / ESAUTO. / Getafe (Madrid). / 10

7213 / Auxiliar de Automoción (Conductor). / EZAPAC (Murcia) (1) (3). / 18 meses / 4 / ESAUTO. / Getafe (Madrid). / 10

7261 / Mecánica General (Soldador). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 12 / ABA. / León. / 10

7311 / Abastecimientos. / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 17 / ETESDA.

ESTAER. / Zaragoza.

Torrejón (Madrid). / 4

6

7416 / Apoyo (Defensa NBQ y CI). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 50 / ETESDA. / Zaragoza. / 10

7421 / Apoyo (Albañil). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 38 / ABA. / León. / 10

7426 / Apoyo (Electricista). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 19 / ABA. / León. / 10

7441 / Apoyo (Camarero). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 50 / ETESDA. / Zaragoza. / 10

7456 / Apoyo (Banda de Cornetas y Tam bores). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 18 meses / 77 / ESAUTO. / Getafe (Madrid). / 10

Total plazas / 726

Abreviaturas de Unidades:

ABA: Academia Básica del Aire.

ETESDA: Escuela de Técnicas de Seguridad, Defensa y Apoyo.

ESTAER: Escuela de Técnicas Aeronáuticas.

ESAUTO: Escuela de Automovilismo.

EZAPAC: Escuadrilla de Zapadores Paracaidistas.

(1) Esta especialidad requiere la realización del curso de Cazador Paracaidista a la finalización de la formación elemental. La no superación de este curso supondrá la baja en esta Unidad y podrán ser destinados en vacante de esta especialidad a cualquier otra Unidad del Ejército del Aire.

(2) Los solicitantes de estas plazas deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 170 centímetros los hombres y 165 centímetros las mujeres.

(3) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de la convocatoria.

1.3.2 Especialidades correspondientes a la modalidad de trayectoria de compromisos largos:

Plazas correspondientes a la primera incorporación: 84.

Centro de formación / Duración

formación

elemental

-

Semanas / Código / Especialidad / Destino durante el compromiso inicial / Duración

compromiso

inicial / Núm.

de

plazas / Nombre / Localidad

7503 / Mantenimiento de Aeronaves. / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 3 años / 38 / ABA. / León. / 10

7504 / Armamento. / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire. / 3 años / 35 / ABA. / León. / 10

7512 / Seguridad, Defensa y Apoyo (Música). / Unidades, Centros y Organismos del Ejército del Aire (3). / 3 años / 10 / ESAUTO. / Getafe (Madrid). / 10

7804 / Armamento. / EZAPAC (Murcia) (1) (2). / 3 años / 1 / ABA. / León. / 10

Total plazas / 84

Abreviaturas de Unidades:

ABA: Academia Básica del Aire.

ESAUTO: Escuela de Automovilismo.

EZAPAC: Escuadrilla de Zapadores Paracaidistas.

(1) Esta especialidad requiere la realización del curso de Cazador Paracaidista a la finalización de la formación elemental. La no superación de este curso supondrá la baja en esta Unidad y podrán ser destinados en vacante de esta especialidad a cualquier otra Unidad del Ejército del Aire.

(2) Destino sujeto a lo dispuesto en la base 11.2 de esta convocatoria.

(3) Los aspirantes para la especialidad 7512, Seguridad, Defensa y Apoyo (Música), deberán tener superados los estudios correspondientes a tercer curso de solfeo y haber realizado dos años de estudios en cualquiera de los siguientes instrumentos: Flauta, oboe, requinto, clarinete, saxofón alto, saxofón tenor, trompa, bombardino, tuba o percusión. Durante la segunda fase del proceso selectivo deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con un instrumento de su propiedad.

Plazas por instrumento:

Flauta: Una plaza. Oboe: Una plaza.

Clarinete: Dos plazas.

Trompa: Una plaza.

Saxofón tenor: Una plaza.

Requinto: Una plaza.

Percusión: Dos plazas.

Bombardino: Una plaza.

1.4 Para cada una de las restantes incorporaciones de esta convocatoria, se publicarán oportunamente las especialidades, plazas a convocar para cada una de ellas y el resto de los datos necesarios.

2. Condiciones para tomar parte en la convocatoria

Podrán optar a las plazas convocadas, quienes cumplan las siguientes condiciones:

2.1 Generales:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener cumplidos dieciocho años en la fecha límite de admisión de instancias en los centros de reclutamiento, y no cumplir ni haber cumplido los veintiséis años en 1998.

c) Acreditar buena conducta ciudadana conforme a lo establecido en la Ley 68/1980, de 1 de diciembre, de Conducta Ciudadana. Expedición de certificaciones e informes.

d) No estar privado de los derechos civiles.

e) No estar procesado por delito doloso o separado del servicio de las Administraciones públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de la función pública.

f) No estar clasificado exento del servicio militar, excepto si han obtenido esta clasificación por mantener obligaciones familiares de carácter excepcional o como consecuencia de Convenios internacionales suscritos por España.

g) No estar clasificado como suspensión del servicio militar por padecer enfermedad o limitación física o psíquica incluida en el cuadro médico de aplazamientos, anexo al Reglamento de Reclutamiento, aprobado por Real Decreto 1107/1993, de 9 de julio.

h) No tener adquirida la condición de objetor de conciencia, ni estar en trámite su adquisición.

i) No ser militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales con compromiso en vigor, o estar realizando el período de formación elemental para adquirir tal condición ni haber sido nombrado alumno en alguna de las incorporaciones de esta convocatoria.

j) No haber causado baja como militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales como consecuencia de condena por delito o sanción disciplinaria por falta grave, en aplicación del artículo 14.1 del Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional.

2.2 Particulares:

a) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de trayectoria de compromisos largos, tener superado el segundo curso de la Educación Secundaria Obligatoria, estar en posesión del título de Graduado Escolar u otro equivalente o superior.

b) Para los solicitantes de las plazas de especialidades de la modalidad de trayectoria de compromisos cortos, estar en posesión, como mínimo, del Certificado de Escolaridad u otro equivalente.

c) Los aspirantes para las especialidades, 6460 Apoyo y Servicios (Música) y 7512 Seguridad y Defensa y Apoyo (Música), deberán tener superados los estudios correspondientes a tercer curso de Solfeo y haber realizado dos años de estudios en cualquiera de los instrumentos que para cada una de las especialidades se especifican en las bases 1.2.2 y 1.3.2, de este anexo. Durante la segunda fase del proceso selectivo deberán interpretar una obra de estudio a su elección, con instrumento de su propiedad.

2.3 En cada incorporación se podrán solicitar hasta un máximo de dieciséis especialidades de entre todas las ofrecidas, con independencia del Ejército al que pertenezca.

2.4 Los alumnos de los Institutos Politécnicos del Ejército de Tierra podrán optar a las plazas especificadas en la base 1.1.2 reservadas exclusivamente para ellos, de conformidad con lo establecido en el artículo 4.2.d) del Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil, siempre que finalicen su correspondiente plan de estudios, en el presente año.

3. Instancias

3.1 Las instancias para tomar parte en esta convocatoria se ajustarán al modelo del apéndice I.

3.2 Los aspirantes podrán presentar personalmente la instancia en su centro de reclutamiento, debidamente documentada, remitirla por correo certificado, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285).

Los solicitantes que se encuentren realizando el servicio militar deberán presentar la instancia y documentación en su Unidad de destino, cuyo Jefe las remitirá diariamente al centro de reclutamiento de la provincia en que se encuentre ubicada la Unidad de destino. Las instancias que se reciban en los centros de reclutamiento fuera del plazo establecido, serán remitidas a la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar para su envío a los respectivos Mandos de Personal de los Ejércitos a los efectos oportunos.

Los centros de reclutamiento y las unidades, en su caso, devolverán al interesado una copia de la instancia, sellada y fechada, que servirá como justificante de haberla presentado.

No se admitirá ninguna instancia ni documentación adelantada por fax, télex, ni medio similar, excepto las de aquellos solicitantes que se encuentren fuera del territorio nacional.

Los alumnos de los institutos politécnicos que quieran optar a las plazas especificadas en la base 1.1.2, deberán presentar la instancia y la documentación en los respectivos institutos politécnicos, cuyo Jefe las remitirá a la Comisión Permanente de Selección.

3.3 La fecha límite de admisión de instancias y documentaciones en los centros de reclutamiento para cada una de las incorporaciones será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de las especialidades y plazas ofertadas para cada incorporación.

3.4 Junto con la instancia, los aspirantes presentarán en su centro de reclutamiento la siguiente documentación (ver apéndice II), que constituirá el expediente de admisión a las pruebas selectivas y que será válida para todas las incorporaciones solicitadas en esta convocatoria:

a) Fotocopia del resguardo justificativo de haber ingresado en la cuenta corriente número 11.948.609 "Comisión Permanente de Selección", Caja Postal de Ahorros, oficina número 9148, en el Ministerio de Defensa (Madrid), la cantidad de 1.500 pesetas en concepto de derechos de examen, de conformidad con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 66/1997, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social.

b) Dos fotografías iguales y de fecha reciente, tamaño carné, con nombre, apellidos y número del documento nacional de identidad escritos al dorso.

c) Fotocopia del documento nacional de identidad por ambas caras.

d) Fotocopia compulsada de las titulaciones académicas que establece la base 2.2 de esta convocatoria.

e) Declaración de conducta ciudadana, complementaria de la certificación de antecedentes penales, según modelo de apéndice V.

f) Documento de designación de beneficiarios del Seguro Colectivo de Vida y Accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa, según modelo del apéndice IV.

g) Fotocopia compulsada de los documentos especificados en el apéndice III, acreditativos de los méritos alegados por el aspirantes para ser valorados en la fase de concurso.

h) Para los que estén cumpliendo el servicio militar, certificado expedido por el Jefe de la Unidad, en el que haga constar la fecha de ingreso en las Fuerzas Armadas y el empleo que en ese momento ostenta el aspirante, así como las condecoraciones militares que tenga concedidas.

i) Para los que hayan cumplido el servicio militar, fotocopia compulsada de la Cartilla Militar, Notificación de Pase a la Reserva del Servicio Militar o bien un certificado del centro de reclutamiento del que dependa el solicitante, con indicación del empleo alcanzado, condecoraciones obtenidas, y el tiempo permanecido en las Fuerzas Armadas.

j) Para los que hayan participado en misiones fuera del territorio nacional durante un período de tiempo superior a tres meses, original o fotocopia compulsada del certificado de la unidad especificando la misión o misiones en las que ha participado y su duración.

k) Para aquellos que en la actualidad forman parte de unidades o agrupaciones tácticas que realizan misiones a las que se refiere el apartado J), certificado del Jefe de dicha unidad o agrupación acreditativo de que el solicitante forma parte de la misma.

l) Para los que hayan sido con anterioridad militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, certificado de pase a la reserva por finalización de compromiso, o fotocopia del "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa" en el que se publique su baja en las Fuerzas Armadas.

m) Para los solicitantes de las especialidades 6460 Apoyo y Servicios (Música) y 7512 Seguridad, Defensa y Apoyo (Música), acreditar mediante fotocopia compulsada que posee los estudios a que hace referencia la base 2.2.c).

Los documentos que lo precisen, podrán ser compulsados en los centros de reclutamiento o en la propia unidad de destino del solicitante.

3.5 La no presentación de alguno de los documentos a que se hace referencia en los apartados a), b), c), d) y e) de la base 3.4 antes de las fechas límite de admisión de instancias señaladas en la base 3.3, será causa de exclusión del proceso selectivo.

3.6 Para su valoración en la fase de concurso, deberá unirse a la instancia la documentación a que se hace referencia en los apartados g) al l) de la base 3.4.

3.7 Los centros de reclutamiento excluirán del proceso selectivo a aquellos aspirantes que no reúnan alguna de las condiciones generales o particulares a que se hace referencia en las bases 2.1 y 2.2 de esta convocatoria. A estos aspirantes les serán reintegrados de oficio los derechos de examen.

3.8 La aceptación de la instancia y documentación por los centros de reclutamiento supondrá la admisión al proceso selectivo de aquellos aspirantes que cumplan las condiciones establecidas en las bases 2.1 y 2.2.

3.9 Los centros de reclutamiento notificarán a los aspirantes admitidos el número de opositor, y el lugar, fecha y hora de realización de la prueba de evaluación personal. A los excluidos y excluidos condicionales, les informarán sobre las causas de su exclusión y el plazo de subsanación.

4. Proceso selectivo

4.1 El proceso selectivo constará de:

a) Fase de concurso: Consistirá en la valoración de los méritos académicos, profesionales y específicos de los aspirantes de acuerdo con los baremos del apéndice III.

Los méritos específicos se valorarán solamente para la especialidad que se solicite en primer lugar de las que se señalan en dicho apéndice. Para el resto de las especialidades solicitadas, la nota de concurso será igual a la suma de los méritos académicos más los profesionales.

La puntuación máxima de esta fase será de diez puntos.

b) Fase de oposición:

1. Prueba de evaluación personalizada: Su realización se ajustará a lo establecido en la base 6.1 de esta convocatoria.

2. Prueba de personalidad, reconocimiento médico y prueba de aptitud física.

Se desarrollarán en los centros de formación que para cada una de las especialidades se especifican en la base 1 de esta convocatoria.

4.2 El proceso de selección para los aspirantes procedentes de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra, siempre que reúnan las condiciones especificadas en la base 2.4 y opten a las plazas reservadas para ellos, constará de las siguientes fases:

a) Fase de concurso: Se valorarán las calificaciones obtenidas por los alumnos al superar el plan de estudios desarrollados en el instituto politécnico, sirviendo esa calificación para establecer el orden de prelación de los aspirantes.

La puntuación máxima será de diez puntos.

b) Fase de oposición: Se realizará en la segunda quincena de abril y constará de las siguientes pruebas:

Prueba de evaluación personalizada que señala la base 6.1 de esta convocatoria.

Reconocimiento médico, según señala la base 7.3.

Aptitud física, de conformidad con lo establecido en la base 7.4

5. Órganos de selección

5.1 Para el desarrollo y calificación de la fase de concurso y la fase de oposición, el Director general de Reclutamiento y Enseñanza Militar nombrará una Comisión Permanente de Selección cuya composición y funcionamiento se ajustarán a lo dispuesto en el Real Decreto 1951/1995, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas y la Guardia Civil.

5.2 Dependiente de la Comisión Permanente, se constituirá una Secretaría compuesta por el personal necesario para la realización del proceso de selección.

5.3 La Comisión Permanente de Selección tendrá la categoría que corresponda de acuerdo con la legislación vigente. 5.4 Corresponde a la Comisión Permanente de Selección realizar las siguientes actividades:

La calificación definitiva de la fase de concurso, de acuerdo con las puntuaciones y valoraciones de los méritos establecidos en el apéndice III.

La calificación definitiva de la fase de la oposición.

El cálculo de la calificación final obtenida por cada aspirante.

Determinar los aspirantes que pasarán a la segunda parte de la fase de oposición como seleccionados provisionalmente en cada especialidad y los suplentes de cada una de las especialidades.

La asignación definitiva del número de plazas convocadas entre los seleccionados provisionalmente de cada especialidad.

Resolver los recursos que los aspirantes seleccionados provisionalmente puedan presentar contra la calificación de "no apto" en la prueba del reconocimiento médico.

6. Desarrollo del proceso selectivo. Primera parte de la fase

de oposición

6.1 A medida que se vayan presentando las instancias, se realizará la prueba de evaluación personalizada en los centros de reclutamiento, que comunicarán con antelación suficiente a cada uno de los aspirantes, el día y hora en que deberán presentarse para la realización de dicha prueba.

Los que se encuentren cumpliendo el servicio militar serán citados para realizar la prueba por el centro de reclutamiento de la provincia donde radique su unidad, una vez que el citado centro de reclutamiento les haya comunicado su admisión a las pruebas selectivas.

La no presentación en el lugar, día y hora indicados, será causa de exclusión del proceso selectivo, perdiendo la cantidad abonada en concepto de derechos de examen.

En esta prueba se evaluará la capacidad de los aspirantes para obtener el rendimiento académico y profesional militar requerido, mediante pruebas que midan especialmente factores intelectuales y aptitudinales. La aplicación de estas pruebas la realizarán personal psicólogo perteneciente al Servicio de Psicología de las Fuerzas Armadas.

La calificación de la prueba será de 0 a 10 puntos.

6.2 Una vez realizada la prueba de evaluación personalizada por todos los aspirantes admitidos, se obtendrá la valoración de esta primera parte que será el resultado de la suma de la puntuación de concurso, más la nota de oposición multiplicada por cuatro, dividido todo por cinco. Estas calificaciones se ordenarán de mayor a menor. Este orden de los aspirantes, las preferencias manifestadas por cada uno de ellos y el número de plazas convocadas en las distintas especialidades, determinarán los aspirantes seleccionados provisionalmente para cada especialidad.

Finalizado el proceso anterior, se designará un 25 por 100 de suplentes en cada especialidad, entre los demás aspirantes ordenados según lo dispuesto en el párrafo anterior.

Los seleccionados provisionalmente junto con los suplentes pasarán a realizar la segunda parte de la fase de oposición.

6.3 En caso de igualdad en la calificación final, la asignación de plazas se resolverá según el orden de prelación siguiente:

a) Mayor puntuación en la fase de concurso.

b) Mayor puntuación en la fase de oposición.

c) Mayor edad.

6.4 Los aspirantes podrán ser requeridos en cualquier momento por el personal responsable de controlar la prueba, para que acrediten su identidad por medio del documento nacional de identidad.

6.5 Las relaciones de aspirantes que deberán realizar la segunda parte de la fase de oposición serán remitidas por la Dirección General de Reclutamiento y Enseñanza Militar al Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra y los Mandos de Personal de la Armada y del Ejército del Aire, así como a los respectivos centros de reclutamiento para su exposición pública.

7. Desarrollo del proceso selectivo. Segunda parte de la fase

de oposición

7.1 Los aspirantes seleccionados y los suplentes efectuarán su presentación en el centro de formación o unidad correspondiente, en las siguientes fechas:

Primera incorporación: 4 de mayo de 1998.

Para el resto de las incorporaciones de la convocatoria, la fecha de presentación se publicará oportunamente, junto con las especialidades y plazas a convocar para cada una de ellas.

Para su presentación, los aspirantes dispondrán de pasaporte oficial emitido por los respectivos centros de reclutamiento y a cargo de cada Ejército.

Los que se encuentren realizando el servicio militar serán pasaportados, de ida y regreso, por sus respectivas unidades.

Si algún aspirante no efectuase su presentación en el lugar, fecha y hora indicadas, se entenderá que renuncia a sus derechos y será eliminado del proceso selectivo.

7.2 Una vez incorporados al centro de formación todos los seleccionados provisionalmente y los suplentes, deberán pasar una prueba de personalidad y, en su caso, las entrevistas necesarias para determinar su perfil psicológico.

7.3 A continuación, deberán superar el reconocimiento médico, conforme al cuadro médico de exclusiones aprobado por Orden número 42/1994, de 13 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto.

Los que resulten no aptos, causarán baja en el proceso selectivo. Esta baja será efectiva a las veinticuatro horas de la comunicación de dicha calificación.

La calificación de no apto no tendrá carácter vinculante para la realización, en su caso, del servicio militar. Así mismo, podrá ser revisada a instancia del interesado, mediante solicitud dirigida al Presidente de la Comisión Permanente de Selección en el plazo máximo de tres días a partir del siguiente al de comunicación de la citada calificación. Dicha solicitud se cursará preferentemente desde el centro de formación o a través del centro de reclutamiento del interesado.

El Presidente de la Comisión Permanente de Selección dispondrá la comparecencia del interesado ante el Tribunal Médico Militar de Apelación correspondiente, siendo pasaportado por su centro de reclutamiento. Aquellos que se encuentren cumpliendo el servicio militar serán pasaportados por la propia unidad y con cargo a su Ejército.

Recibido el dictamen médico, el fallo del Presidente de la Comisión Permanente de Selección será definitivo y deberá ser comunicado al interesado.

Aquellos que resulten declarados aptos por el Tribunal Médico Militar de Apelación y hubieran obtenido una nota final suficiente para ocupar una plaza en la especialidad para la que fueron seleccionados provisionalmente, se incorporarán al centro de formación correspondiente en la primera incorporación en la que haya plazas para dicha especialidad o, en su caso, en la incorporación más próxima a la declaración de apto, en caso de aceptar otra especialidad que se le oferte. En ambos casos deberán superar las pruebas de aptitud física a que hace referencia la base siguiente.

7.4 Los calificados aptos en el reconocimiento médico, deberán superar las pruebas de aptitud física que determina la Orden 42/1994, de 13 de abril ("Boletín Oficial del Estado" número 92).

La calificación de esta prueba será de apto o no apto. La calificación de no apto tendrá carácter definitivo y supondrá la baja definitiva en el proceso selectivo. Esta baja será efectiva a las veinticuatro horas de la comunicación de dicha calificación.

7.5 Los centros de formación comunicarán a la Comisión Permanente de Selección los resultados de la prueba de personalidad, del reconocimiento médico y de la prueba de aptitud física.

7.6 Los aspirantes seleccionados provisionalmente y los suplentes estarán acogidos al Seguro Colectivo de Vida y Accidentes suscritos por el Ministerio de Defensa, durante el desarrollo de esta fase, incluyendo los traslados necesarios para su realización.

También disfrutarán de este seguro, aquellos que tengan que comparecer ante el Tribunal Médico Militar de Apelación, en los mismos términos que en el párrafo anterior.

7.7 Durante esta segunda parte los aspirantes seleccionados provisionalmente y los suplentes, dispondrán de alojamiento y manutención, que será gestionado y a cargo de los respectivos Ejércitos, desde la noche anterior al día de comienzo de las pruebas, y su permanencia en el centro de formación se ajustará a las normas de régimen interno dictadas por el mando correspondiente. El incumplimiento de dichas normas por parte de los mismos podrá suponer la exclusión inmediata del proceso selectivo.

7.8 Por el Mando de Adiestramiento y Doctrina del Ejército de Tierra y los Mandos de Personal de la Armada y el Ejército del Aire, se adoptarán las disposiciones necesarias para el desarrollo de esta segunda parte de la fase de oposición del proceso selectivo.

8. Documentación

8.1 Todos los aspirantes que deban realizar la segunda

parte de la fase de oposición, deberán entregar al efectuar su presentación en el centro de formación el certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes o resguardo justificativo de haberlo solicitado.

8.2 Quienes no presentasen el certificado o resguardo citado en la base anterior, salvo caso de fuerza mayor, o si del examen de la documentación presentada se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, causarán baja en la relación de aspirantes seleccionados provisionalmente, sin perjuicio de exigirles las posibles responsabilidades en que pudieran haber incurrido.

9. Nombramiento y formación

9.1 Una vez superadas las pruebas citadas en las bases 7.2, 7.3 y 7.4 se procederá por la Comisión Permanente de Selección, a la asignación definitiva de plazas en cada especialidad de acuerdo con la puntuación obtenida, conforme a lo establecido en la base 6.2 entre los aspirantes seleccionados provisionalmente y los suplentes que hayan superado todas las pruebas, hasta completar el número de plazas convocadas en cada una de ellas.

Finalizada la segunda parte del proceso selectivo, los aspirantes seleccionados iniciarán sin solución de continuidad el período de formación elemental, debiendo firmar la notificación de incorporación a las Fuerzas Armadas, según modelo aprobado por Resolución 451/39137/93, de 27 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" número 268), en cuyo momento adquirirán la condición militar, y serán nombrados alumnos de las correspondientes especialidades para el acceso a militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales, por Resolución del Subsecretario de Defensa, publicada en el "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa".

9.2 No se podrá declarar admitido para iniciar como alumnos el período de formación elemental, un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas. En el caso de que en alguna especialidad queden plazas sin cubrir, se podrán acumular a las de otra especialidad del mismo ejército, con independencia de la modalidad de trayectoria.

9.3 Los alumnos procedentes de los institutos politécnicos del Ejército de Tierra, iniciarán el día 4 de mayo, en los propios institutos la fase básica de formación militar, finalizada la cual se les darán por superados los períodos de formación elemental y complementaria que fija el Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas.

Los que resulten aptos en la fase básica de formación militar y tras la firma del compromiso inicial, serán nombrados militares de empleo de la categoría de tropa profesional por Resolución del Mando de Personal del Ejército de Tierra publicada en el "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa".

9.4 Superado el período de formación elemental y tras la firma del compromiso inicial, los alumnos serán nombrados soldados o marineros profesionales, y adquirirán la condición de militar de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales por nombramiento de los respectivos Mandos de Personal de los Ejércitos, mediante Resolución publicada en el "Boletín Oficial del Ministerio de Defensa".

9.5 En aplicación del artículo 9.2 del Real Decreto 984/1992, de 31 de julio, los alumnos que no superen el período de formación elemental podrán solicitar su repetición por una única vez dentro de la misma especialidad durante el plazo máximo de un año, o también se les podrá asignar, previa su conformidad, aquella otra especialidad que mejor se adapte a sus capacidades personales. Durante el tiempo que transcurra desde que finalicen el primer período de formación elemental hasta su incorporación al siguiente perderán la condición militar, si no la tuvieran adquirida con anterioridad por estar cumpliendo el servicio militar.

Como excepción, los alumnos que causen baja por lesión o enfermedad, perderán la condición militar, excepto si eran militares de reemplazo, reservándoles el derecho de repetición del citado período, por una única vez, en la especialidad asignada, durante el tiempo máximo de dos años a contar desde que sea efectiva la baja.

9.6 Los que soliciten la baja a petición propia por motivos justificados de interés particular, deberán firmar el modelo de comunicación de baja aprobado por Resolución 451/39136/1993, de 27 de octubre ("Boletín Oficial del Estado" número 268), de la Secretaría de Estado de Administración Militar, no pudiendo solicitar su participación en las siguientes incorporaciones de la presente convocatoria.

La baja, y la consiguiente pérdida de la condición militar, será efectiva a las veinticuatro horas desde la presentación de dicha comunicación.

9.7 Aquellos que causen baja por cualquier motivo y estuvieran realizando el servicio militar, se incorporarán a su unidad de procedencia al hacerse efectiva la baja, siendo pasaportados por el centro de formación.

10. Compromiso inicial

El compromiso inicial se formalizará mediante el modelo de impreso aprobado por Orden número 95/1992, de 14 de diciembre ("Boletín Oficial del Ministerio de Defensa" número 246, de 17 de diciembre).

11. Destinos

11.1 Como norma general los soldados o marineros profesionales y los cabos profesionales permanecerán en la unidad de destino que se les asigne al firmar el compromiso inicial.

11.2 De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de Tropa y Marinería Profesionales de las Fuerzas Armadas, el personal femenino podrá optar a todos los destinos de su empleo militar, excepto los de tipo táctico u operativo en unidades de La Legión, de operaciones especiales, paracaidistas y cazadores paracaidistas. Tampoco podrán forma parte de las fuerzas de desembarco, de las dotaciones de submarinos, ni de buques menores en los que sus condiciones estructurales no permitan el alojamiento en condiciones adecuadas.

12. Retribuciones

Las retribuciones a percibir por los militares de empleo de la categoría de tropa y marinería profesionales serán las que determina el Reglamento General de Retribuciones del Personal de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1494/1991, de 11 de octubre, y modificado parcialmente por el Real Decreto 2/1994, de 14 de enero ("Boletín Oficial del Estado" número 13).

13. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos se deriven de ella y de la actuación de los órganos de selección, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" número 285, de 27 de noviembre), ante el Subsecretario de Defensa (Subdirección General de Recursos e Información Administrativa, Ministerio de Defensa, paseo de la Castellana, número 109, 28071 Madrid).

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LA INSTANCIA

(1) Ponga en el recuadro el número que corresponda con arreglo a los siguientes niveles:

Certificado de escolaridad 01

Graduado Escolar 02

1.o EGB 03

2.o EGB 04

3.o EGB 05

4.o EGB 06

5.o EGB 07

6.o EGB 08

7.o EGB 09

8.o EGB 10

1.o F. P. primer grado 11

F. P. primer grado 12

1.o F. P. segundo grado 13

2.o F. P. segundo grado 14

F. P. segundo grado 15

1.o BUP 16

2.o BUP 17

BUP 18

COU o equivalente 19

Diplomado o equivalente 20

Licenciado o equivalente 21

F. P. tercer grado 22

ESO 30

1.o ESO 31

2.o ESO 32

3.o ESO 33

(2) Ponga en el recuadro el número que corresponda.

01 / Álava / 15 / Coruña, La / 29 / Málaga / 43 / Tarragona

02 / Albacete / 16 / Cuenca / 30 / Murcia / 44 / Teruel

03 / Alicante / 17 / Girona / 31 / Navarra / 45 / Toledo

04 / Almería / 18 / Granada / 32 / Orense / 46 / Valencia

05 / Ávila / 19 / Guadalajara / 33 / Asturias / 47 / Valladolid

06 / Badajoz / 20 / Guipúzcoa / 34 / Palencia / 48 / Vizcaya

07 / Baleares / 21 / Huelva / 35 / Palmas, Las / 49 / Zamora

08 / Barcelona / 22 / Huesca / 36 / Pontevedra / 50 / Zaragoza

09 / Burgos / 23 / Jaén / 37 / Salamanca / 51 / Ceuta

10 / Cáceres / 24 / León / 38 / Tenerife / 52 / Melilla

11 / Cádiz / 25 / Lleida / 39 / Cantabria / 53 / Extranjero

12 / Castellón / 26 / Rioja, La / 40 / Segovia

13 / Ciudad Real / 27 / Lugo / 41 / Sevilla

14 / Córdoba / 28 / Madrid / 42 / Soria

(3) En este apartado se pondrá la dirección donde vive habitualmente el peticionario.

Ejemplo: Si el peticionario está realizando el servicio militar y pernocta en el acuartelamiento, su domicilio habitual será precisamente la Unidad donde está cumpliendo su servicio militar.

(4) Los recuadros sombreados deberán ser rellenados por el Centro de Admisión de Instancias.

Nota: La documentación se podrá compulsar en los Centros de Reclutamiento, presentando los documentos originales.

APÉNDICE II

Documentación que se acompaña

i / Fotocopia del resguardo de ingreso en Caja Postal de los derechos de examen.

i / Dos fotografías iguales.

i / Fotocopia del documento nacional de identidad por ambas caras.

i / Fotocopia compulsda de las titulaciones académicas que acompaña a la instancia.

i / Declaración de conducta ciudadana.

i / Documento de designación de beneficiarios.

i / Certificado del Jefe de la Unidad. (Para los que estén cumpliendo el Servicio Militar).

i / Certificado de haber participado o estar participando en misiones fuera del territorio nacional.

i / Fotocopia compulsada de la Cartilla Militar o Notificación de Pase a Reserva del Servicio Militar (1).

i / Fotocopia compulsada de la Notificación de Baja (2).

i / Fotocopia compulsada de los estudios a que hace referencia la base 2.2.c) (para los solicitantes de las especialidades con aptitud de Música).

(1) Para los que hayan sido con anterioridad Militares de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales o hayan sido Alféreces de SEFOCMA o militares de reemplazo.

(2) Para los que hayan sido con anterioridad Militares de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales y hayan causado baja antes de la finalización del último compromiso.

Nota: Aquellos aspirantes que deban realizar la segunda parte de la fase de oposición deberán entregar en el Centro de Formación correspondiente el certificado del Registro Central de Penados y Rebeldes o el justificante de haberlo solicitado.

Marcar con un aspa (x), la documentación relacionada en la base 3.4, que se presenta junto con la instancia de solicitud.

APÉNDICE III

Baremo fase de concurso

Méritos profesionales

Personal que ha pertenecido o pertenece en la actualidad a las Fuerzas Armadas:

Alférez SEFOCMA: 5 puntos.

Cabo Primero profesional: 6 puntos.

Cabo Primero de reemplazo o Cabo profesional: 4 puntos.

Cabo de reemplazo, Soldado o Marinero profesional y Guardia Civil Auxiliar: 2 puntos.

Soldado o Marinero de reemplazo: 1 punto.

Por cada año (o fracción) de servicio en las Fuerzas Arma das: 1 punto.

Por cada participación en misiones fuera del territorio nacional, superior a tres meses: 2 puntos.

Por estar participando en una misión fuera del territorio nacional: 2 puntos.

Cruz del Mérito Militar, Naval o Aeronáutico: 4 puntos.

Mención Honorífica (publicada en el "Boletín Oficial de Defensa"): 1 punto.

Méritos académicos

Estar en posesión del documento acreditativo de:

Título Técnico Especialista y COU de la Ley 14/1970: 4 puntos.

Título de Técnico Superior y Bachiller LOGSE o superior: 4 puntos.

Título de BUP de la Ley 14/1970: 3 puntos.

Título de Técnico Auxiliar Ley 14/1970, segundo de BUP Ley 14/1970: 2 puntos.

Graduado en Educación Secundaria y título de Técnico LOGS: 2 puntos.

Graduado Escolar: 1 punto.

Sólo se valorará la titulación superior que posea el aspirante debidamente legalizada o compulsada.

Méritos específicos

Por cada curso completo de Formación Profesional en la rama y especialidades que a continuación se indican: 1 punto.

Especialidades / Méritos específicos

Mecánica de Armas. / Formación Profesional rama Metal.

Artillería y Misiles.

Armas Submarinas. / Formación Profesional rama Metal.

Especialidades:

Mecánica Armas, Automatismos neumáticos y Oleohidráulicos.

Formación Profesional rama Química.

Especialidad: Químico Artificiero.

Montaje e instalaciones eléctricas.

Electricidad.

Dirección de Tiro, Sónar y Electrónica. / Formación Profesional rama Electricidad y Electrónica.

Especialidades:

Electricidad.

Electrónica.

Formación Profesional rama Automoción.

Especialidad: Electricidad del Automóvil.

Operador de equipos de Telecomunicaciones.

Mecánica de Electrónica. / Formación Profesional rama Electricidad y Electrónica.

Especialidad: Electrónica.

Óptica. / Formación Profesional rama Metal.

Especialidad: Óptica.

Mecánica de Automoción. / Formación Profesional rama de Automoción.

Especialidad: Mecánica del Automóvil.

Mantenimiento de Aeronaves. / Formación Profesional rama de Automoción.

Especialidades:

Mecánica (Aeronaves).

Mecánica (Helicópteros).

Técnico Mantenimiento Aeronaves.

Cartografía e Imagen. / Formación Profesional rama de Artes Gráficas.

Especialidad: Reproducción Fotomecánica.

Formación Profesional rama de Imagen y Sonido.

Mantenimiento Textil y de la Piel. / Formación Profesional rama de la Piel.

Especialidad: Profesión Preparado-Aparado.

Abastecimiento y almacenes.

Administración. / Formación Profesional rama Administrativa y Comercial.

Maniobra y navegación. / Formación Profesional rama Marítimo Pesquera.

Especialidades:

Puente y cubierta de pesca.

Puente y cubierta mercante.

Navegación de cabotaje.

Comunicaciones. / Formación Profesional rama Marítimo Pesquera.

Especialidades:

Radio.

Radiotelefonía naval.

Mecánica de instalaciones a vapor.

Mecánica de instalaciones de motores y turbinas de gas. / Formación Profesional rama Marítimo Pesquera.

Especialidades:

Máquinas.

Mecánica naval.

Formación Profesional rama Metal.

Formación Profesional rama Automoción.

Especialidad: Mecánica del Automóvil.

Armamento. / Formación Profesional rama metal.

Especialidad: Mecánica armas.

Mecánica de Telecomunicaciones. / Formación Profesional rama Electricidad y Electrónica.

Especialidad: Electrónica de Comunicaciones.

Hostelería y Alimentación. / Formación Profesional rama Hostelería y Turismo.

Especialidades:

Administración Hostelera.

Cocina.

Servicios.

Hostelería.

Formación Profesional rama Sanitaria.

Especialidad: Dietética y Nutrición.

Estas puntuaciones sólo se aplicarán para las especialidades que se especifican y siempre que sean solicitadas en primera referencia.

APÉNDICE IV

Documento de designación de beneficiarios

Apellidos , nombre , D. N. I. , fecha de nacimiento

Designo beneficiarios del seguro de vida y accidentes suscrito por el Ministerio de Defensa a:

Nombre y apellidos (D/D.a) , D. N. I. , parentesco

Nombre y apellidos (D/D.a) , D. N. I. , parentesco

Nombre y apellidos (D/D.a) , D. N. I. , parentesco

, a de de 199

Firma

Nota: Si no designa expresamente beneficiarios, se considerarán como tales a: 1.o cónyuge, 2.o hijos/as, 3.o padres, 4.o hermanos/as.

APÉNDICE V

Declaración de conducta ciudadana, complementaria

de certificación de antecedentes penales

Don , con D. N. I.: , expedido en , el , de de 19 , domicilio , número , municipio , provincia

Por la presente, bajo mi responsabilidad,

DECLARO:

a) Que se encuentra inculpado o procesado (*).

b) Que se le ha aplicado medida de seguridad y que está implicado en diligencias seguidas en procedimiento fundado en la Ley de Peligrosidad Social (*).

c) Que ha sido condenado en juicio de faltas durante los tres años inmediatamente anteriores a esta declaración (*).

d) Que se le ha impuesto sanción gubernativa en los tres años inmediantamente anteriores a la fecha, como consecuencia de expediente administrativo sancionador, por hechos que guarden relación directa con el objeto del expediente en el que se exige la certificación e informe de conducta (*).

Y para que conste en expediente sobre documentación para tomar parte en la selección para el acceso a la condición de Militar de Empleo de la categoría de Tropa y Marinería Profesionales, firmo la presente declaración, complementaria de la certificación de antecedentes penales que acompaño.

En a de de 199

(Firma y rúbrica)

(*) De resultar afirmativo alguno de los supuestos, hacer constar órgano jurisdiccional o autoridad gubernativa que haya seguido diligencias, impuesto medidas de seguridad y hubiere sancionado. No serán objeto de declaración las sanciones gubernativas por actos meramente imprudentes ni las procedentes de infracciones de tráfico.

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