"Greenmed, Sociedad Limitada", de Almazora (Castellón), cuyo ámbito de actuación es superior al de una Comunidad Autónoma, solicita el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, según lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y la Orden de 30 de abril de 1997.
Considerando que cumple con las condiciones exigidas en la normativa que regula el reconocimiento de estas organizaciones, resuelvo:
Primero.-Conceder el reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas, conforme a lo establecido en el artículo 11 del Reglamento (CE) número 2.200/96 del Consejo, de 28 de octubre, y en la Orden de 30 de abril de 1997, para la categoría I (frutas y hortalizas) a "Greenmed, Sociedad Limitada", de Almazora (Castellón).
Segundo.-Que se inscriba en el Registro de Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas a "Greenmed, Sociedad Limitada", de Almazora (Castellón), para la categoría I (frutas y hortalizas) , asignándole el número registral 652.
Madrid, 12 de diciembre de 1997.-El Director general, Rafael Milán Díez.
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