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Documento BOE-A-1998-28755

Resolución de 23 de noviembre de 1998, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se constituye y determina la composición de la Mesa de Contratación para las adjudicaciones de la estrategia de comunicación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria para 1999 y de la campaña de comunicación de la nueva Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 12 de diciembre de 1998, páginas 41476 a 41476 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1998-28755
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1998/11/23/(2)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, en su artículo 82, determina la composición de la Mesa de Contratación, dejando para desarrollo reglamentario la determinación del número de Vocales que han de formar parte de la misma.

El Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la precitada Ley, en su artículo 22, dispone que la Mesa de Contratación estará constituida por un Presidente, un mínimo de tres Vocales y un Secretario, designados por el órgano de contratación, añadiendo que la designación podrá hacerse con carácter permanente o de forma específica para la adjudicación de uno o más contratos.

Por Resolución del Presidente de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de 2 de septiembre de 1996, se procedió a la constitución y determinación de la composición de la Mesa de Contratación única y permanente de los Servicios Centrales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. No obstante, la propia Resolución preveía la constitución de una mesa específica cuando la singularidad de un contrato así lo exigiera.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria precisa contratar el diseño y realización de su estrategia de comunicación para 1999, así como la estrategia de comunicación de la nueva Ley de Renta. La trascendencia que los citados contratos puedan suponer para la imagen institucional de la Agencia, así como sus peculiares características, determinan la conveniencia de proceder a la constitución de la composición de una mesa específica para los ya mencionados contratos.

Por todo cuanto antecede, esta Presidencia, en uso de las facultades que le atribuyen el apartado 3.2 del artículo 103 de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas, y de conformidad con su contenido y el del Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, de desarrollo parcial de la Ley 31/1995, ha tenido a bien disponer:

Primero.-Se constituye en la Agencia Estatal de Administración Tributaria una Mesa de Contratación que, exclusivamente, y en relación con los contratos para la estrategia de comunicación para 1999 de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y campaña de comunicación nueva Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercerá las funciones que le asigna la Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas; el Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, y el Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratación del Estado, en lo que no se oponga a las disposiciones anteriores, y demás normas complementarias y concordantes.

Segundo.-La Mesa de Contratación estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente: Director adjunto de Administración Económica del Departamento de Recursos Humanos y Administración Económica.

Vocales:

Un representante del Gabinete Técnico de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Un representante del Departamento de Gestión Tributaria.

Un representante del Departamento de Organización, Planificación y Relaciones Institucionales.

Un representante del Gabinete de la Secretaría de Estado de Hacienda.

Un Abogado del Estado del Servicio Jurídico de la Agencia.

Secretario: Subdirector general de Adquisiciones y Contratación.

El Presidente de la Mesa o sus Vocales podrán proponer cuantos asesores consideren convenientes en razón de sus especiales conocimientos técnicos.

Tercero.-Dado el carácter de órgano colegiado que posee la Mesa de Contratación, le será aplicable lo prevenido en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuarto.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 23 de noviembre de 1998.-El Presidente, Juan Costa Climent.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/11/1998
  • Fecha de publicación: 12/12/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 13/12/1998
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Agencia Estatal de la Administración Tributaria
  • Mesas de Contratación

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