Está Vd. en

Documento BOE-A-1998-27006

Resolución de 12 de noviembre de 1998, de la Secretaría General Técnica, por la que se convocan 18 plazas de Auxiliar de Conversación de Lengua Española en centros de enseñanza primaria y secundaria de los Estados Unidos.

Publicado en:
«BOE» núm. 281, de 24 de noviembre de 1998, páginas 38575 a 38577 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-27006

TEXTO ORIGINAL

La creciente extensión del fenómeno multilingüe y la circunstancia

de que el español sea la segunda lengua en importancia en varios Estados

de los Estados Unidos han favorecido que las autoridades educativas

norteamericanas prestasen una atención especial a la enseñanza de nuestro

idioma.

Resultado de estas circunstancias han sido los Memoranda suscritos

o, en su caso, renovados a lo largo de los últimos años con diversos Estados

y Distritos del citado país que se plasman en un programa para el envío

de Auxiliares de Conversación de Lengua Española a centros de enseñanza

primaria y secundaria (High-School) en los Estados Unidos.

Por todo lo cual,

Esta Secretaría General Técnica ha resuelto hacer pública la

convocatoria para seleccionar 18 Auxiliares de Conversación de Lengua Española

en centros de enseñanza primaria y secundaria de los Estados Unidos.

El número de plazas puede sufrir modificaciones, según la actualización

que requiera las nuevas necesidades educativas detectadas al cierre de

su planificación escolar del curso 1999-2000.

La selección de los candidatos se efectuará de acuerdo con las siguientes

normas:

I. Requisitos de los candidatos

Podrán formular solicitud quienes tengan la nacionalidad española,

no hayan disfrutado anteriormente de una estancia como Auxiliar de

Conversación en países de lengua inglesa y acrediten alguna de las siguientes

titulaciones:

a) Titulación de Licenciado en Filología Inglesa; o Licenciado en

Traducción e Interpretación. Primera Lengua Extranjera: Inglés.

b) Titulación de Maestro, especialidad Lengua Extranjera: Inglés.

Teniendo en cuenta que la asignación económica que percibirán los

Auxiliares seleccionados no constituye un salario, sino que tiene como

único objeto ayudar a la manutención de los mismos y colaborar a sufragar

los gastos derivados de residir en un lugar distinto del propio, es requisito

para participar en esta convocatoria tener la residencia habitual en país

distinto al solicitado.

Se advierte que las autoridades educativas norteamericanas no aceptan

candidatos mayores de veinticinco años.

II. Requisitos de las solicitudes

1. Con independencia de que se participe también en la convocatoria

de Auxiliares de Conversación en países de Europa, el interesado lo hará

constar en la misma solicitud, de la que presentará tres ejemplares, en

la que incluirá los Estados Unidos junto con los países de Europa que

correspondan. Dichas solicitudes se facilitarán gratuitamente en la Sección

de Información, Iniciativas y Reclamaciones del Ministerio de Educación

y Cultura, calle de Alcalá, 36, 28071 Madrid, y en las Direcciones

Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura y Servicios de la Alta

Inspección de Educación en las Comunidades Autónomas con

competencias plenas en materia educativa.

2. A la solicitud se acompañará la siguiente documentación:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Tres fotografías tamaño carné.

c) Certificado médico oficial (original y fotocopia) que acredite que

el interesado posee la capacidad funcional que se requiere para desempeñar

la actividad a realizar.

d) Certificación académica de estudios (original o fotocopia

compulsada de la misma) en la que consten las calificaciones obtenidas en cada

asignatura, con especificación expresa de que el titular de la certificación

tiene aprobadas todas las asignaturas del plan de estudios de la titulación

exigida y está en condiciones de obtener el título de Licenciado o Maestro.

e) Escrito redactado por el interesado en lengua inglesa explicando

los motivos que le inducen a solicitar esta estancia.

f) Sólo para funcionarios públicos: Compromiso de solicitud de

servicios especiales [artículo 29, ap. 2.a) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto,

de Medidas para la Reforma de la Función Pública], caso de ser

seleccionado como Auxiliar de Conversación.

g) Documentación acreditativa de los méritos que considere oportuno

alegar, según se señala en la norma IV de esta convocatoria.

Además, en el apartado 9.2 del modelo de solicitud, el interesado ha

de relacionar, numerándolos, todos los documentos que aporta para

justificar los méritos que alega.

III. Forma y plazo de presentación de instancias

Las solicitudes deberán presentarse en alguno de los siguientes lugares:

Registro General del Ministerio de Educación y Cultura, calle de los

Madrazo, 17; Registro Auxiliar del MEC en el paseo del Prado, 28, 28071 Madrid,

o en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación y Cultura

y Servicios de la Alta Inspección de Educación de las Comunidades

Autónomas con competencias plenas en materia educativa.

Igualmente podrán presentarse en cualquiera de las dependencias

previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en

una oficina de Correos, podrán hacerlo en las Jefaturas Provinciales,

Administraciones Postales, Oficinas Técnicas y Oficinas Auxiliares de tipo "A",

y lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por

el funcionario antes de ser certificada.

Cualquier información sobre esta convocatoria podrá obtenerla en los

mismos lugares indicados en el primer párrafo de esta base, o en el Servicio

de Información del Ministerio de Educación y Cultura:

http://www.información U mec.es.

El plazo de presentación de las solicitudes y documentación completa

es de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente a la

publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

IV. Selección

1. Los candidatos serán evaluados por una comisión de valoración

integrada por cinco funcionarios de carrera con destino en el Ministerio

de Educación y Cultura, designados por el ilustrísimo señor Secretario

general Técnico. Dicha comisión evaluadora podrá recabar, en cualquier

momento, la colaboración de expertos en las diferentes especialidades.

La evaluación de los méritos alegados, y acreditados documentalmente

por los candidatos, se realizará de acuerdo con lo señalado en el baremo

anexo a la presente convocatoria.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos alegados y justificados

debidamente, mediante originales o fotocopia compulsadas, presentados dentro

del plazo al que se refiere el apartado III de la convocatoria.

2. Las propuestas de selección de los candidatos, baremados en la

forma antes indicada, se realizará por la Subdirección General de

Cooperación Internacional, siguiendo el orden de puntuación.

V. Resolución de la convocatoria y nombramiento

1. Los resultados del proceso de selección se publicarán en el "Boletín

Oficial del Estado" con especificación de la relación nominativa completa

de los candidatos seleccionados y la de los que quedan en lista de espera.

Simultáneamente se ofrecerá la información sobre el resultado del proceso

en la siguiente dirección de Internet: http://www.información U mec.es.

2. No obstante, la posibilidad de disfrutar de la estancia como Auxiliar

de Conversación en los Estados Unidos queda supeditada a la confirmación

definitiva por las autoridades educativas de dicho país. Las citadas

autoridades comunicarán directamente a los candidatos que resulten

seleccionados de forma definitiva los centros en los que ejercerán sus funciones.

VI. Aceptaciones y renuncias

1. Tras recibir la comunicación antes indicada, con indicación del

centro docente, los interesados comunicarán su aceptación a la autoridad

del país en el que disfrutarán de su estancia. La no aceptación del centro

por parte del interesado, no obliga a las autoridades citadas a ofrecerle

otro diferente.

2. Igualmente, en el caso de imposible aceptación del centro

adjudicado por parte del candidato definitivamente seleccionado, éste deberá

remitir su escrito de renuncia a las autoridades del país de destino tan

pronto como haya decidido dicha renuncia, a fin de evitar las consiguientes

perturbaciones al centro que se le había adjudicado. El hecho de que el

interesado omita esta comunicación podrá ser tenido en cuenta, de forma

negativa, en próximas convocatorias.

El escrito de renuncia se remitirá a través de la Consejería de Educación

en los Estados Unidos, 2375 Pennsylvania Av. N.W., Washington D.C. 20037.

Una copia de dicho escrito se enviará a la Subdirección General de

Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta, 28071 Madrid.

VII. Régimen

1. Los Auxiliares de Conversación de Lengua Española serán adscritos

por las autoridades norteamericanas a un centro de enseñanza primaria

o secundaria y ejercer sus funciones como ayudantes de prácticas de

conversación, bajo la dirección del profesor titular, durante dieciséis y veinte

horas semanales (lectura, dictado, comprensión oral, composición oral y

asistir en el uso del laboratorio de idiomas). El curso académico 1999-2000

comprende desde el 15 de octubre de 1999 hasta el 30 de junio de 2000.

No obstante, los Auxiliares de Conversación han de trasladarse a los EE.UU.

el 1 de octubre para participar en un cursillo orientativo que tendrá lugar

durante la primera semana del citado mes. Deberán mostrarse dispuestos,

en su centro de destino, a participar en las actividades culturales de éste.

2. Los Auxiliares de Conversación percibirán, con cargo a la aplicación

presupuestaria 18.02.134B.481 de los Presupuestos Generales del Estado,

la suma de, al menos, 750 dólares mensuales durante el curso académico,

a contar desde el comienzo de éste. Igualmente las autoridades educativas

españolas asumirán los costes que asegure la correcta cobertura de los

riesgos médicos sanitarios con cargo a la aplicación presupuestaria

18.102.134A. capítulo 2 de los Presupuestos Generales del Estado. El

alojamiento, facilitado por las autoridades competentes norteamericanas, será

gratuito en familias o en apartamentos y, en todo caso, con derecho a

una habitación individual. En ambos casos, los candidatos deben de tener

muy en cuenta que ello requiere un esfuerzo personal por su parte para

adaptarse al modo de vida y costumbres del país de acogida.

Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de los candidatos

seleccionados.

3. Los candidatos definitivamente seleccionados que sean

funcionarios públicos deberán de gestionar individualmente su petición del pase

a servicios especiales ante el órgano de gestión de personal

correspondiente, que emitirá la resolución que proceda.

VIII. Retirada de documentación

Transcurrido un mes desde la publicación de la resolución de la

convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", la documentación presentada

por los candidatos no seleccionados podrá retirarse de la Subdirección

General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta,

28071 Madrid, hasta el 30 de noviembre de 1999, directamente por los

interesados o por persona autorizada. En el mismo plazo podrán asimismo

solicitar su devolución por correo.

Contra la presente Resolución, los interesados podrán interponer

recurso ordinario, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente

a la publicación de la misma en el "Boletín Oficial del Estado", tal y como

se determina en el artículo 107 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 12 de noviembre de 1998.-El Secretario general técnico, Juan

Antonio Puigserver Martínez.

Ilma. Sra. Subdirectora general de Cooperación Internacional.

ANEXO

Baremo Auxiliares de Conversación

Estados Unidos

Méritos (1) Total puntos máximo Documentos (original o fotocopia compulsada)

1. Formación académica: 20 Certificación académica personal en la que consten las

calificaciones obtenidas en todas las asignaturas y cursos.

1.1 Expediente académico: Se valorará la nota media del expediente

académico en la titulación alegada para participar en esta convocatoria,

del modo que a continuación se indica:

De 7,01 hasta 7,50................................................................ 5,00

De 7,51 hasta 8,00........................................................... 6,00

De 8,01 hasta 8,51........................................................... 7,00

De 8,51 hasta 9,00........................................................... 8,00

De 9,01 hasta 10,00......................................................... 9,00

(2). Certificación académica o el título o resguardo de haber abonado

los derechos de expedición.

1.2 Título de Doctor. 2,00

1.3 Por cada título de Licenciado, incluido el alegado para participar en

la convocatoria.

2,00 Ídem.

1.4 Títulos y diplomas de validez oficial: 5,00 Ídem.

a) Títulos y diplomas acreditativos del conocimiento del idioma del

país solicitado.

4,00

b) Títulos y diplomas de validez oficial acreditativos del conocimiento

de otros idiomas.

1,00 Títulos o certificaciones acreditativos.

Ídem.

Ídem.

2. Cursos relacionados con la didáctica de la lengua del país solicitado, o

con la enseñanza de las lenguas y literaturas españolas.

1,00 Certificación acreditativa con indicación expresa del número de

horas de duración del curso.

3. Experiencia docente: 2,00 Hoja de servicios, certificado o, en su caso, certificación del

Director del centro, visado por la Inspección.

3.1 Por cada curso académico completo en la docencia: 0,25. 1,00

3.2 Certificado de aptitud pedagógica. 1,00 Certificación acreditativa.

4. Publicaciones, investigaciones y otros trabajos en torno a la enseñanza

o sobre disciplinas objeto de esta convocatoria.

0,75 Ejemplares correspondientes consignando el ISBN. En el caso de

investigaciones sin publicar, avaladas por organismos públicos.

Méritos (1) Total puntos máximo Documentos (original o fotocopia compulsada)

5. Por no haber renunciado el año anterior a una beca de Auxiliar de

Conversación obtenida por convocatoria, homóloga a la presente.

0,25 Declaración jurada o promesa del interesado.

Notas:

(1) Únicamente serán baremados aquellos méritos perfeccionados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

(2) Para la obtención de la nota media del expediente académico en los casos en que no figure la expresión numérica concreta, se aplicarán las siguientes equivalencias:

Aprobado: Cinco puntos.

Notable: Siete puntos.

Sobresaliente: Nueve puntos.

Matrícula de honor: 10 puntos.

Aquellas calificaciones que contengan la expresión literal "Bien", se considerarán equivalente a seis puntos, y las de "convalidadas" o "apto", a cinco puntos.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid