Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
con fecha 28 de febrero de 1998, sentencia firme en el recurso
contencioso-administrativo número 1.922/1996, promovido por don José Luis
Montero y Casado de Amezua, sobre complemento de destino; sentencia
cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
interpuesto por don José Luis Montero y Casado de Amezua, contra la
Resolución de 8 de octubre de 1996, del Subsecretario del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, que denegó al recurrente los beneficios
recogidos en el artículo 33.2 de la Ley 31/1990, de 27 de noviembre,
debiendo declarar la misma conforme con el ordenamiento jurídico. No haciendo
condena ex presa en las costas causadas en esteprocedimiento."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla en sus propios
términos la precitada sentencia.
Madrid, 15 de octubre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio de 1998),
el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
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