Habiéndose dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
con fecha 3 de noviembre de 1995, sentencia en el recurso
contencioso-administrativo número 1.751/1992, promovido por "Sanchís Mira,
Sociedad Anónima", sobre infracción de la legislación en materia de turrón;
sentencia cuya parte dispositiva dice así:
"Fallamos: Que estimando el presente recurso
contencioso-administrativo interpuesto por el Procurador de los Tribunales señor Suárez Migoyo,
en nombre y representación de la mercantil ªSanchís Mira, Sociedad
Anónimaº, contra la Resolución de fecha 7 de noviembre de 1991, de la
Dirección General de Política Alimentaria, confirmada en alzada por acuerdo
del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de fecha 10 de febrero
de 1992, debemos anular y anulamos las citadas Resoluciones por no ser
conformes a Derecho, sin perjuicio de que la Administración demandada
pueda remitir lo actuado, si lo estima conveniente, a la Comunidad
Autónoma cuya competencia aquí se declara.
No ha lugar a hacer especial pronunciamiento sobre las costas causadas
en esta instancia."
Este Ministerio ha tenido a bien disponer se cumpla, en sus propios
términos, la precitada sentencia.
Madrid, 16 de septiembre de 1998.-P. D. (Orden de 28 de julio
de 1998), el Secretario general técnico, Manuel Gonzalo González.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Directora general de la Alimentación.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid