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Documento BOE-A-1998-21706

Resolución de 3 de septiembre de 1998, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada «250 Aniversari del Manual Digest», Principado de Andorra.

Publicado en:
«BOE» núm. 221, de 15 de septiembre de 1998, páginas 31033 a 31033 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-21706

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en la disposición adicional segunda

de la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de

Liberalización de los Servicios Postales, se dicta la presente Resolución sobre

emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de correos "250

Aniversari del Manual Digest", Principado de Andorra.

En su virtud, hemos resuelto:

Primero.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la estampación de una emisión de sellos de correos con la denominación

de "250 Aniversari del Manual Digest", Principado de Andorra.

Segundo.-El Principado de Andorra conmemora este año doscientos

cincuenta años de la redacción del Manual Digest de las Valls Neutras

d'Andorra. Con este motivo, se pondrá en circulación un sello de correos

que reproduce la portada del documento en la que se indica el título,

contenido, autor y año de su realización.

Características técnicas:

Valor facial: 35 pesetas.

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado, engomado, fosforescente.

Tamaño del sello: 28,8 ^ 40,9 milímetros (vertical).

Dentado: 13 3/4.

Pliegos: 24 efectos.

Tirada: 550.000.

Tercero.-La venta y puesta en circulación de esta emisión se iniciará

el día 30 de septiembre de 1998.

La venta cesará el 1 de octubre de 2000, no obstante lo cual mantendrán

ilimitadamente su valor a efectos de franqueo.

Cuarto.-De estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional

de Moneda y Timbre 3.000 unidades a disposición de la entidad pública

empresarial Correos y Telégrafos, para atender los compromisos

internacionales derivados de la pertenencia a la Unión Postal Universal, y de

los intercambios con otras Administraciones Postales, así como para su

incorporación a los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y

para la promoción del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos quedarán reservadas a la Fábrica

Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los

organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos

del museo de dicha Fábrica y promoción filatélica nacional e internacional.

Quinto.-Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá

a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas

y cualquier otro elemento o material utilizado, una vez realizada la emisión.

Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Fábrica, que alguno de los

elementos empleados en la preparación o estampillado de la emisión

anteriormente aludida encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser

destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo de la Fábrica,

el Museo Postal o cualquier otro museo de interés en la materia. En todo

caso se extenderá la correspondiente acta, tanto de la inutilización como

de los elementos que en calidad de depósito se integren en alguno de

los indicados museos.

Lo que comunicamos a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 3 de septiembre de 1998.-El Secretario general de

Comunicaciones, José Manuel Villar Uríbarri.-El Subsecretario de Economía y

Hacienda, Fernando Díez Moreno.

Ilmos. Sres. Consejero Director general de la entidad pública empresarial

Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de

Moneda y Timbre.

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