De conformidad con lo establecido den la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956, dispongo que se cumpla en sus propios términos estimatorios la sentencia firme dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, en el recurso número 597/97, interpuesto por don Víctor Francisco Yagüe Abadías , sobre reconocimiento de tiempo de alumno-aprendiz a efectos de trienios.
Madrid, 29 de julio de 1998.- El Subsecretario, Adolfo Menéndez Menéndez.
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