En el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Luis
Altea García contra la Resolución del Ministro de Justicia e Interior de
18 de septiembre de 1995, la Sección Octava de la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha dictado sentencia, con
fecha 29 de abril de 1997, cuya parte dispositiva dice:
"Fallamos:
Primero.-Desestimar el recurso contencioso-administrativo
interpuesto por la Procuradora doña Ana María Martín Espinosa, en nombre y
representación de don Luis Altea García, contra la Resolución del
Ministerio de Justicia e Interior de 18 de septiembre de 1995, por ser la misma
ajustada a Derecho.
Segundo.-No haber lugar a la imposición de una especial condena
en costas."
En su virtud, este Ministerio de Justicia, de conformidad con lo
establecido en los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica
6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes
de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha
dispuesto la publicación de dicho fallo en el "Boletín Oficial del Estado" para
general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la
mencionada sentencia.
Lo que digo a V. I. para su conocimiento y demás efectos.
Madrid, 28 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 29 de octubre de 1996),
el Subsecretario, Ramón García Mena.
Ilmo. Sr. Director general de Relaciones con la Administración de Justicia.
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