En el recurso contencioso-administrativo número 288/1994,
interpuesto por la representación procesal de la Diputación Provincial de Alicante,
contra el Real Decreto 950/1989, de 28 de julio, que declara de interés
general la transformación económica y social de las zonas regables de
Manchuela-Centro y Canal de Albacete, se ha dictado por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (Sección Cuarta), con
fecha 13 de marzo de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva es del
siguiente tenor:
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso
contencioso-administrativo número 288/1994, interpuesto por la
representación procesal de la Diputación Provincial de Alicante, contra el Real
Decreto 950/1989, de 28 de julio, y la desestimación presunta del recurso de
reposición contra el mismo acto interpuesto; Real Decreto que, por ser
conforme a Derecho, confirmamos, sin hacer especial declaración sobre
costas."
El Consejo de Ministros, a propuesta de la excelentísima señora Ministra
de este Departamento, en su reunión de 19 de junio de 1998, y de
conformidad con lo establecido en los artículos 103 y siguientes de la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de
diciembre de 1956, ha dispuesto que se cumpla, en sus propios términos, la
referida sentencia.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y cumplimiento.
Madrid, 24 de julio de 1998.-El Subsecretario, P. D. (Orden de 3 de
junio de 1996), el Subdirector general de Recursos, Juan Sánchez Jerez.
Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de Desarrollo Rural.
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