En el recurso contencioso-administrativo número 546/1995, interpuesto
ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por "Refinería Aceitera
Canaria, Sociedad Anónima" (RACSA), contra resolución de la Oficina
Española de Patentes y Marcas de 8 de noviembre de 1994, se ha dictado,
con fecha 26 de septiembre de 1997, por el citado Tribunal sentencia,
declarada firme, cuya parte dispositiva es como sigue:
"Fallamos: Que desestimando el recurso contencioso-administrativo
promovido por ªRefinería Aceitera Canaria, Sociedad Anónimaº (RACSA),
contra la Resolución de la Oficina Española de Patentes y Marcas, de
fecha 8 de noviembre de 1994, que concedió el registro de la marca
internacional número 564.449, ªHappy Dogº, para productos de la clase 31,
estimando el recurso interpuesto contra la inicial denegación de la
inscripción por Resolución de 15 de octubre de 1993, debemos confirmar
y confirmamos esta Resolución (de 8 de noviembre de 1994) por considerar
que es conforme con el ordenamiento jurídico. Sin costas."
En su virtud, este organismo, en cumplimiento de lo prevenido en
la Ley de 27 de diciembre de 1956, ha tenido a bien disponer que se
cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y se publique el
aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".
Lo que comunico a V. S.
Madrid, 15 de julio de 1998.-El Director general, Carlos José
González-Bueno Catalán de Ocón.
Sr. Director del Departamento de Coordinación Jurídica y Relaciones
Internacionales.
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