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Documento BOE-A-1998-19442

Orden de 20 de julio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia de la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Quinta, dictada con fecha 20 de enero de 1998, en el recurso número 5/2.107/1995, interpuesto por doña Dorotea Carro Martínez y 13 más.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 11 de agosto de 1998, páginas 27346 a 27347 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-19442

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 5/2.107/1995,

interpuesto ante la Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-Administrativo,

Sección Quinta, por doña Dorotea Carro Martínez, don Carlos Vives Pujol,

don Joaquín Arias Real, doña Rosa Figueras Miquel, don Antonio Pérez

Alcántara, doña María Teresa Dolores Sempere Zea, doña Gloria Francisca

Riera Gil, don Pedro Rodríguez Cánovas, don Alfonso Díez Torres, don

Francisco Antonio Pascual de la Parte, don Benjamín Fabregat Fabregat,

don Miguel Ángel Ochoa Brun, don Rafael Rojano Vera y doña María

Casanovas Casado, contra la Administración General del Estado sobre revisión

de retribuciones de funcionarios destinados en el extranjero, se ha dictado,

con fecha 20 de enero de 1998, sentencia, cuya parte dispositiva dice

así:

"Fallamos: Que, rechazando la causa de inadmisibilidad invocada por

la Abogacía del Estado, y desestimando el recurso

contencioso-administrativo interpuesto por la representación de doña Dorotea Carro Martínez,

don Carlos Vives Pujol, don Joaquín Arias Real, doña Rosa Figueras Miquel,

don Antonio Pérez Alcántara, doña María Teresa Dolores Sempere Zea,

doña Gloria Francisca Riera Gil, don Pedro Rodríguez Cánovas, don Alfonso

Díez Torres, don Francisco Antonio Pascual de la Parte, don Benjamín

Fabregat Fabregat, don Miguel Ángel Ochoa Brun, don Rafael Rojano Vera

y doña María Casanovas Casado, contra las Resoluciones del Ministerio

de Asuntos Exteriores de 5 de junio y 27 de julio de 1995, debemos declarar

y declaramos que las Resoluciones impugnadas son conformes a Derecho,

sin hacer expresa imposición de costas."

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en los

artículos 17.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y 103 y siguientes

de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre

de 1956, ha dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la

referida sentencia y se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del

Estado".

Madrid, 20 de julio de 1998.-P. D. (Orden de 11 de marzo de 1998,

"Boletín Oficial del Estado" del 18), el Subsecretario, José Carvajal de

Salido.

Ilmo. Sr. Director general del Servicio Exterior.

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