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Documento BOE-A-1998-17991

Orden de 9 de julio de 1998 por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 28 de julio de 1998, páginas 25510 a 25520 (11 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-A-1998-17991

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 493/1998,

de 27 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 28), por el que

se aprueba la oferta de empleo público para 1998 y con el fin

de atender las necesidades de personal en la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están

atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31

de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), previo

informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,

acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo

de Ingenieros Técnicos en Topografía con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir ocho plazas,

por el sistema de promoción interna y sistema general de acceso

libre.

1.1.1 El número total de vacantes reservadas al sistema de

promoción interna asciende a tres plazas.

1.1.2 El número total de vacantes reservadas al sistema

general de acceso libre asciende a cinco plazas.

1.1.3 Las plazas sin cubrir reservadas a la promoción interna

se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

En este sentido, la fase de oposición del sistema de promoción

interna finalizará antes que la correspondiente al sistema general

de acceso libre.

1.1.4 Los aspirantes que ingresen por el sistema de

promoción interna, en virtud de lo dispuesto en el artículo 78.1 del

Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, tendrán en todo caso

preferencia sobre los aspirantes provenientes del sistema general

de acceso libre para cubrir las vacantes correspondientes.

No será de aplicación en esta convocatoria lo previsto en el

punto 2 del artículo 78 del Real Decreto 364/1995, de 10 de

marzo.

1.1.5 Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los

dos sistemas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables

la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado"

del 3), modificada por la 23/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial

del Estado" del 29), y por la 22/1993, de 29 de diciembre ("Boletín

Oficial del Estado" del 31); el Real Decreto 364/1995, de 10

de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y lo dispuesto

en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de las fases de concurso,

oposición y curso selectivo previstas en el anexo I, con las

valoraciones, pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en

el mismo.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es

el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de las plazas a los aspirantes que superen

el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación

total obtenida por éstos en las fases de concurso y de oposición,

así como en el curso selectivo a que se refiere el apartado 2.3

del anexo I, una vez aplicado lo dispuesto en la base 1.1.4 de

esta convocatoria.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a

partir de la segunda quincena del mes de septiembre de 1998.

Con cuarenta y ocho horas de antelación, como mínimo, a

la fecha en que dé comienzo el primer ejercicio de la fase de

oposición, el Subsecretario del Ministerio de Fomento hará pública

la lista de los aspirantes del sistema de promoción interna con

la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dicha lista deberá

ponerse de manifiesto, en todo caso, en el local donde se vaya

a celebrar el primer ejercicio de la fase de oposición y en el tablón

de anuncios de los Servicios Centrales del Ministerio de Fomento.

La duración máxima de las fases de concurso y oposición será

de nueve meses contados a partir de la publicación de la presente

convocatoria.

1.7 Los aspirantes que hayan superado todos los ejercicios

obligatorios de la fase de oposición serán nombrados funcionarios

en prácticas por la autoridad convocante.

Estos funcionarios en prácticas deberán superar el curso

selectivo que se determina en el apartado 1.4 del anexo I.

El plazo máximo de comienzo del curso selectivo, una vez

superadas las fases anteriores, será de dos meses a partir de la

terminación del plazo a que se refiere la base 8.1 de esta convocatoria.

Quienes no superen el curso selectivo, de acuerdo con el

procedimiento de calificación previsto en el anexo I de la presente

convocatoria, perderán el derecho a su nombramiento como

funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad

convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación

del curso selectivo.

Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por

cumplimiento del servicio militar o prestación social sustitutoria, o por

causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por

la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad,

intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas

los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1 Ser español.

2.1.2 Tener cumplidos los dieciocho años de edad.

2.1.3 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título

de Ingeniero Técnico en Topografía.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación

física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las

correspondientes funciones.

2.1.5 No haber sido separado mediante expediente

disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas

ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones

públicas.

2.2 También podrán participar los aspirantes que tengan la

condición de funcionarios de organismos internacionales, posean

la nacionalidad española y la titulación exigida en la convocatoria.

Estos aspirantes estarán exentos de la realización de aquellas

pruebas que la Comisión Permanente de Homologación, creada

por el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero ("Boletín Oficial

del Estado" del 23), considere que tienen por objeto acreditar

conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de

origen en el organismo internacional correspondiente.

En los ejercicios de los que se exima a los aspirantes que

ostenten la condición de funcionarios de organismos internacionales

se otorgará la calificación mínima exigida en la convocatoria para

la superación de los mismos. Los interesados podrán renunciar

a tal calificación y participar en las pruebas de las que han sido

eximidos en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes

del turno libre. Tal renuncia deberá llevarse a cabo con

anterioridad al inicio de las pruebas selectivas.

2.3 Los aspirantes que concurran a estas plazas por el turno

de promoción interna deberán pertenecer, el día de la publicación

de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", a

cualquier Cuerpo o Escala del grupo C y tener el día de finalización

del plazo de presentación de solicitudes una antigüedad de, al

menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezcan, estar

incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2

de agosto (artículo 1.1), y reunir los demás requisitos exigidos

en esta convocatoria.

Los servicios reconocidos, al amparo de la Ley 70/1978, en

puestos de trabajo con funciones o actividades semejantes a las

del Cuerpo o Escala del grupo C, a que pertenezcan, serán

computables, a efectos de antigüedad, para participar por

promoción interna en estas pruebas selectivas.

2.4 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán

poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación

de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de

posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas

deberán hacerlo constar en copia del modelo de solicitud que

figura en el anexo VII de esta convocatoria que será facilitada

gratuitamente en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas, en el centro de información

administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en la

Dirección General de la Función Pública, en el Instituto Nacional de

Administración Pública y en la Oficina de Información de los

Servicios Centrales del Ministerio de Fomento.

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento

nacional de identidad.

Las instrucciones para cumplimentar el modelo de solicitud

serán las que se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando

mayúsculas de tipo de imprenta.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o

tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

1. Cuerpo o Escala: Consigne el texto y, en su caso, el código

del Cuerpo o Escala que figura en la convocatoria.

2. Especialidad, área o asignatura: Consigne, cuando

proceda, el texto y el código de la convocatoria.

3. Forma de acceso: Consigne la letra mayúscula "L" para

el sistema general de acceso libre y la letra mayúscula "P" para

el sistema de promoción interna.

4. Ministerio convocante: Consigne Fomento.

6. Provincia de examen: Consigne Madrid.

7. Minusvalía: Indicar el porcentaje del grado de minusvalía

según el dictamen del órgano competente.

Los aspirantes de promoción interna, que soliciten puntuación

en la fase de concurso, que no tendrá carácter eliminatorio, deberán

presentar certificación, según modelo contenido en el anexo VI,

expedida por los Servicios de Personal del Departamento en el que

el funcionario haya prestado o preste sus servicios, acreditativa de

su antigüedad en el Cuerpo o Escala a que pertenezca el mismo,

así como cuanta documentación estime oportuna para la mejor

valoración de los méritos señalados en el apartado 1.2 del anexo I

de la convocatoria.

3.2 Los aspirantes deberán poseer tres copias del modelo de

solicitud, de las que una copia quedará en poder de la entidad

bancaria y las dos copias restantes (una para el interesado y otra

para el Ministerio convocante) se presentarán en el Registro

General del Ministerio de Fomento o en la forma establecida en el

artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales a partir

del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín

Oficial del Estado" y se dirigirá al Subsecretario del Ministerio

de Fomento, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo

de la Castellana, 67, 28071 Madrid.

Las solicitudes suscritas por los españoles en el extranjero

podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior,

a través de las representaciones diplomáticas o consulares

españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al

organismo competente.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la

solicitud, para lo cual se utilizará el recuadro número 7 de la

misma. Asimismo, deberán solicitar, expresándolo en el recuadro

número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para

la realización de los ejercicios de las pruebas selectivas, incluído

el curso selectivo, cuando esta adaptación sea necesaria.

3.4 Las certificaciones de homologación habrán de

presentarse, según se establece en el Real Decreto 182/1993, de 5 de

febrero ("Boletín Oficial del Estado" del 23), acompañando a la

solicitud para tomar parte en el proceso selectivo y, con carácter

excepcional, al Tribunal, con antelación a la celebración de las

correspondientes pruebas. La eficacia de estas homologaciones

se condiciona al mantenimiento del sistema selectivo en base al

cual se produjeron. En caso de duda habrá de dirigirse el Tribunal

a la Comisión Permanente de Homologación.

3.5 Los derechos de examen serán de 3.000 pesetas y se

ingresarán, en efectivo, en la cuenta corriente número

1302-9002-20-0023553370 "Ministerio de Fomento. Tasa

17020. Derechos de examen", de la Caja Postal, paseo de la

Castellana, 67, 28071 Madrid.

El ingreso podrá hacerse en cualquier oficina de Caja Postal.

En el caso de que el ingreso se haya realizado en una oficina

de Caja Postal, la acreditación del pago de la tasa por derechos

de examen se realizará mediante certificación mecánica por medio

de impresión de máquina contable o mediante el sello y firma

autorizada en los tres ejemplares del modelo de solicitud.

En el caso de que el pago se haya efectuado mediante

transferencia bancaria desde una entidad distinta a Caja Postal, deberá

acompañarse a la solicitud el resguardo acreditativo de la misma.

La falta de justificación del abono de la tasa por derechos de

examen determinará la exclusión del aspirante.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley

65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del

Estado para 1998, estarán exentas del pago de la tasa por derechos

de examen las personas con discapacidad igual o superior al 33

por 100, que deberán acreditar tal condición mediante

certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y

Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma

correspondiente. Asimismo, gozarán de una bonificación del 50 por 100

las personas que participen en estas pruebas selectivas por el

turno de promoción interna.

En ningún caso la presentación y pago en cualquiera de las

oficinas de Caja Postal supondrá sustitución del trámite de

presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano

expresado en la base 3.2.

3.6 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán

subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del

interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la

autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un

mes, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la

que, además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos,

se determinará el lugar y la fecha de comienzo del primer ejercicio,

así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación

de las causas de exclusión. En la lista deberán constar, en todo

caso, los apellidos, nombre y número del documento nacional

de identidad.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez

días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación

de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado

la exclusión.

Contra la resolución por la que se declare a los aspirantes

definitivamente excluidos de la realización de las pruebas

selectivas, se podrá interponer, previa comunicación al órgano que

la dicte, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos

meses, contados a partir del día siguiente a su publicación en

el "Boletín Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

4.3 En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto

de producirse éstos, posibilitar su subsanación en tiempo y forma,

los aspirantes comprobarán no sólo que no figuran recogidos en

la relación de excluidos sino, además, que sus nombres constan

en la pertinente relación de admitidos, que se expondrá en los

tablones de anuncios de los Servicios Centrales del Departamento,

en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de

Información Administrativa del Ministerio de Administraciones

Públicas y en las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno

en las Comunidades Autónomas.

4.4 De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de

la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos,

procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido, cuando

no se realice su hecho imponible por causas no imputables al

sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los

derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas

selectivas por causa imputable al interesado.

5. Tribunales

5.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura

como anexo IV a esta convocatoria.

5.2 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de

intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran

en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de

aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la

publicación de esta convocatoria.

El Presidente solicitará de los miembros del Tribunal

declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del

Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la

presente base.

5.3 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas

la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado"

resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del

Tribunal que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición

por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el

Tribunal con la presencia del Presidente y Secretario o, en su caso,

de quienes les sustituyan y con la de la mitad, al menos, de sus

Vocales titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución

en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación

y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión el Tribunal acordará todas las decisiones que

les correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas

selectivas.

5.5 A partir de su constitución el Tribunal, para actuar

válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario

y de la mitad, al menos, de sus Vocales, titulares o suplentes.

5.6 Durante el desarrollo de las pruebas selectivas el Tribunal

resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación

de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos

no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo

momento a lo dispuesto en la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo

Común.

5.7 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos

de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de

los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores

a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La

designación de tales asesores deberá comunicarse a la Subsecretaría

del Departamento.

5.8 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en

aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los

aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la

realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En

este sentido, se establecerán, para las personas con minusvalías

que lo soliciten, en la forma prevista en la base 3.3 las adaptaciones

posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso,

colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral,

Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo

y Asuntos Sociales.

5.9 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas

oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición,

que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal, sean

corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes,

utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del

Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial

del Estado" del 22) o cualesquiera otros equivalentes, previa

aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios

figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del

opositor.

5.10 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el

Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Fomento, paseo de

la Castellana, 67, 28071 Madrid, teléfono 91 597 87 87.

El Tribunal dispondrá que, en esta sede, al menos una persona,

miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean

planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá

la categoría de segunda de las recogidas en el anexo IV del Real

Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado"

del 19).

5.12 El Tribunal podrá aprobar en la fase de oposición un

número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

La Subsecretaría del Departamento, como órgano responsable

del resto del proceso selectivo, no podrá declarar que han superado

el mismo un número de aspirantes superior al de plazas

convocadas.

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará

alfabéticamente por el primero de la letra "Ñ" y en el supuesto de

que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience

por la letra "Ñ" el orden de actuación se iniciará por aquellos

cuyo primer apellido comience por la letra "O" y así sucesivamente,

de conformidad con lo establecido en resolución de la Secretaría

de Estado para la Administración Pública de 15 de abril de 1998

("Boletín Oficial del Estado" del 18) por la que se publica el

resultado del sorteo celebrado el día 3 de abril de 1998.

6.2 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser

requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar

su personalidad.

6.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en

único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no

comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente

justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4 Con la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios,

el Tribunal hará pública la convocatoria para la realización del

siguiente en los locales donde se haya celebrado el ejercicio

anterior, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para

facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos,

de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos.

Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los

locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal,

y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas,

como mínimo, de antelación.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el

comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de

setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

6.5 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal

tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple

uno o varios de los requisitos exigidos por la presente

convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su

exclusión al Subsecretario del Departamento, comunicándole,

asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante

en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos

procedentes.

Contra la resolución que declare la exclusión del aspirante

podrá interponerse, previa comunicación al órgano que la dicte,

recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,

contados a partir del día siguiente a su publicación en el "Boletín

Oficial del Estado", ante el órgano competente del orden

jurisdiccional contencioso-administrativo.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las fases de concurso y oposición, el Tribunal

hará pública, en el lugar o lugares de celebración del último

ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.10

y en aquellos otros que estime oportuno, una sola relación de

aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada en

dichas fases, con indicación de su documento nacional de

identidad y del sistema de acceso.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase de oposición y, en el supuesto de persistir

el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida por los

mismos en el segundo ejercicio y, en su caso, en el primero y tercero

de dicha fase de oposición.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de la lista

de aprobados al Subsecretario del Ministerio de Fomento,

especificando, igualmente, el número de aprobados en cada uno de

los ejercicios.

Asimismo, el Presidente del Tribunal elevará a dicho órgano

la citada relación para su publicación en el "Boletín Oficial del

Estado".

7.2 Una vez finalizado el curso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los Servicios Centrales

del Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno,

la relación de los funcionarios en prácticas que hayan superado

dicho curso, por orden de puntuación obtenida en el mismo.

En caso de empate, a los efectos antes indicados, el orden

se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida por

los aspirantes en la fase teórica del curso selectivo y en el supuesto

de persistir el empate, se estará a la mayor puntuación obtenida

en su fase práctica.

7.3 Finalizado el proceso selectivo, la Subsecretaría hará

pública en los tablones de anuncios de los servicios centrales del

Departamento y en aquellos otros lugares que estime oportuno

una sola relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación

total alcanzada en todo el proceso selectivo con especificación

de la puntuación obtenida en cada una de las tres fases del mismo,

así como con indicación del documento nacional de identidad y

del sistema de acceso.

En ningún caso, la Subsecretaría del Departamento podrá

declarar que han superado el proceso selectivo un número de

aspirantes superior al de plazas convocadas. Cualquier propuesta

de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno

derecho.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales, desde la publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" de la lista de aprobados a que

se refiere la base 7.1 de la presente convocatoria, los opositores

aprobados deberán presentar en la Subdirección General de

Recursos Humanos, Ministerio de Fomento, paseo de la Castellana, 67,

28071 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.1.3

de esta convocatoria o certificación académica que acredite haber

realizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado

mediante expediente disciplinario de ninguna Administración

Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones

públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta

convocatoria.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera

estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y

demás requisitos ya probados para obtener su anterior

nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de

Personal o del Ministerio u organismo del que dependieren para

acreditar tal condición, con expresión del número e importe de

trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

Asimismo, deberán formular opción por la remuneración que

deseen percibir durante su condición de funcionarios en prácticas.

Dicha opción deberá ser formulada igualmente por los funcionarios

interinos, por los contratados administrativos y por el personal

laboral, de conformidad con lo previsto en el Real Decreto

456/1986, de 10 de febrero ("Boletín Oficial del Estado" de 6

de marzo).

8.3 Quienes dentro del plazo fijado y salvo en los casos de

fuerza mayor debidamente acreditada no presentaren la

documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de

alguno de los requisitos señalados en la base 2 no podrán ser

nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin

perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por

falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Por resolución de la autoridad convocante, y a propuesta

del Subsecretario del Departamento, se procederá al

nombramiento de funcionarios en prácticas, en el que se determinará la fecha

en que empezará a surtir efectos dicho nombramiento.

8.5 Una vez finalizado el curso selectivo, los opositores

aprobados deberán solicitar los destinos correspondientes, previa

oferta de los mismos.

8.6 Finalizado el proceso selectivo, quienes lo hubieran

superado serán nombrados, a propuesta del Subsecretario del

Ministerio de Fomento, funcionarios de carrera mediante resolución

del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se

publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en la que se indicará

el destino adjudicado.

8.7 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será

efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de

publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.8 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de

la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma

de la Función Pública, el Ministerio de Administraciones Públicas,

a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en

colaboración con los centros de formación de funcionarios

competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes

seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las

Comunidades Autónomas en cuyo territorio obtengan destino, una vez

nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se

deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser

impugnados, en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a

la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto

en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 9 de julio de 1998.-P.D. (Orden de 30 de mayo de

1996, "Boletín Oficial del Estado" de 1 de junio), el Subsecretario,

Víctor Calvo-Sotelo Ibáñez-Martín.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

ANEXO I

Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía

P ROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

1.1 El proceso de selección constará de las siguientes fases:

a) Concurso.

b) Oposición.

c) Curso selectivo.

1.2 En la fase de concurso, que no tendrá carácter

eliminatorio y en la que sólo podrán tomar parte los aspirantes a que

se hace referencia en la base 2.3 de la convocatoria, se valorará

la antigüedad del funcionario en el Cuerpo o Escala a que

pertenezca, teniéndose en cuenta a estos efectos los servicios efectivos

prestados hasta la fecha de publicación de la presente

convocatoria.

Asimismo, se valorará su grado personal, el trabajo

desarrollado y los cursos de formación y perfeccionamiento superados

en el Instituto Nacional de la Administración Pública y en otros

centros oficiales de formación de funcionarios.

1.3 La fase de oposición constará de tres ejercicios

obligatorios, de los cuales uno será práctico.

Los tres ejercicios tendrán carácter eliminatorio.

Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un

cuestionario de preguntas que mida el grado de comprensión del

aspirante en relación con las materias que figuran en el anexo II de

esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 60

preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta,

correspondiendo al menos 20 preguntas a cada uno de los grupos

del programa. El tiempo máximo para la realización de este

ejercicio será de tres horas.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,

siendo necesario obtener 10 puntos para tener acceso al ejercicio

siguiente.

Segundo ejercicio: Este ejercicio constará de dos partes:

A) La primera parte consistirá en desarrollar por escrito uno

de los tres supuestos prácticos propuestos por el Tribunal,

que versarán sobre las materias del programa que figuran en el

anexo II de esta convocatoria.

Cada uno de los supuestos prácticos deberá comprender

diversos apartados o preguntas, siendo necesario que al menos uno

de ellos verse sobre la normativa a aplicar en el correspondiente

supuesto.

La puntuación que corresponda a cada uno de los apartados

o preguntas de que consten los supuestos prácticos quedará al

criterio del Tribunal, sin que la suma de dicha puntuación supere

la calificación máxima que se otorga a la primera parte de este

segundo ejercicio y que se especifica en el apartado C).

El aspirante podrá elegir uno de los supuestos propuestos por

el Tribunal.

El tiempo máximo para la realización de esta parte del ejercicio

será de tres horas.

B) La segunda parte consistirá en la defensa oral, durante

un tiempo máximo de quince minutos por parte de los aspirantes,

en sesión pública ante el Tribunal, de su historial formativo y

profesional en relación con las materias fundamentalmente propias

de las funciones del Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía.

Los aspirantes deberán presentar, a tal efecto, la correspondiente

memoria -juntamente con los documentos acreditativos de los

extremos contenidos en lamisma en el Registro General del

Departamento, dirigida a la Subdirección General de Recursos

Humanos, en el plazo de diez días naturales a partir del siguiente

al de la publicación por el Tribunal de la relación de los aspirantes

con las puntuaciones obtenidas en el primer ejercicio.

En el supuesto de que algún aspirante no presente la memoria

dentro del plazo señalado en el párrafo anterior, quedará excluido

de la realización de la segunda parte del segundo ejercicio,

obteniendo la calificación de cero puntos en dicha segunda parte.

El Tribunal durante el tiempo que considere oportuno podrá

dialogar con los aspirantes sobre el contenido de la citada memoria

y de manera especial sobre su experiencia profesional en la materia

sobre la que ha versado el supuesto práctico elegido por el

aspirante para el desarrollo de la primera parte de este ejercicio, así

como sobre la coherencia de su historial formativo y profesional

en relación con las actividades y funciones propias del Cuerpo

de Ingenieros Técnicos en Topografía.

C) La calificación máxima del segundo ejercicio será de 40

puntos correspondiendo a la primera parte 30 puntos y 10 a la

segunda. Será necesario obtener en este ejercicio 20 puntos para

superar el mismo.

Tercer ejercicio: Idioma inglés. Este ejercicio constará de dos

partes:

A) Parte escrita: Consistirá en la realización de dos

traducciones, sin diccionario, una de ellas directa y la otra inversa sobre

dos textos redactados en lengua inglesa y española

respectivamente, propuestos por el Tribunal, que versarán sobre las materias

contenidas en el anexo II de esta convocatoria.

La duración máxima de esta parte del ejercicio será de una

hora.

B) Parte oral: Consistirá en mantener una conversación en

idioma inglés con el Tribunal, durante el tiempo máximo de quince

minutos.

La calificación máxima de este ejercicio será de 20 puntos,

siendo necesario obtener 10 puntos para superar el mismo.

El Tribunal podrá ser asistido por Profesores de la Escuela

Oficial de Idiomas o intérpretes de la Oficina de Interpretación

de Lenguas del Ministerio de Asuntos Exteriores.

1.4 Curso selectivo: Como condición previa e indispensable

para obtener el nombramiento de funcionarios de carrera, los

funcionarios en prácticas deberán superar con aprovechamiento un

curso selectivo realizado en alternancia con prácticas reales,

organizado por la Subdirección General de Recursos Humanos del

Ministerio de Fomento, de conformidad con lo dispuesto en el

Real Decreto 1886/1996, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del

Estado" del 6), y cuya duración máxima será de cinco meses.

La parte teórica tendrá una duración máxima de tres meses

y versará fundamentalmente sobre las materias que figuran en

el anexo III de esta convocatoria.

La Subdirección General de Recursos Humanos podrá adaptar

o reorganizar las materias que figuran en el anexo III, así como

incluir conferencias, coloquios, prácticas y aquellas otras

actividades formativas complementarias, relacionadas con las

actividades propias de los funcionarios del Cuerpo de Ingenieros

Técnicos en Topografía.

La parte práctica tendrá una duración máxima de dos meses

y consistirá en la realización de prácticas reales en puestos de

trabajo de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional

mediante la rotación de los funcionarios en prácticas por distintas

Unidades administrativas del mencionado centro directivo.

Durante esta parte del curso selectivo, los funcionarios en prácticas

tendrán asignados tutores académicos.

En el plazo de diez días desde la finalización de las prácticas

reales, los funcionarios en prácticas deberán entregar a la

Comisión de Valoración prevista en el apartado 2.3 de este anexo un

informe de las actividades desarrolladas con los comentarios o

sugerencias que crean oportuno formular.

La asistencia al curso selectivo, en alternancia con prácticas

reales, es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán

directamente de la Subdirección General de Recursos Humanos,

en virtud de las atribuciones que, en materia de selección y

formación, le atribuye a éste órgano el Real Decreto 1886/1996,

de 2 de agosto.

2. Valoración

2.1 Fase de concurso: La valoración de los méritos señalados

en el apartado 1.2 de este anexo se realizará de la forma siguiente:

2.1.1 Antiguedad.-Se otorgarán a cada aspirante, por cada

año completo de servicios efectivos, 0,50 puntos, hasta un máximo

de 12 puntos.

2.1.2 Grado personal.-Se otorgará a cada aspirante, por la

posesión de un determinado grado personal consolidado, hasta

un máximo de 4 puntos, distribuidos en la forma siguiente:

Grado personal igual al 22: 4 puntos.

Grado personal igual al 21: 3,5 puntos.

Grado personal igual al 20: 3 puntos.

Grado personal igual al 19: 2,5 puntos.

Grado personal igual al 18: 2 puntos.

Grado personal igual al 17: 1,75 puntos.

Grado personal igual al 16: 1,5 puntos.

Grado personal igual al 15: 1,25 puntos.

Grado personal igual al 14: 1 punto.

Grado personal igual al 13: 0,75 puntos.

Grado personal igual al 12: 0,5 puntos.

Grado personal igual al 11: 0,25 puntos.

2.1.3 Trabajo desarrollado.-Se otorgará a cada aspirante por

el desempeño de puestos de análoga naturaleza o con funciones

similares, a juicio del Tribunal, a las del Cuerpo objeto de esta

convocatoria, 1 punto por cada año completo, hasta un máximo

de 4 puntos.

2.1.4 Cursos de formación y perfeccionamiento

realizados.-Se otorgarán a cada aspirante 0,5 puntos, hasta un máximo

de 4 puntos, por cada curso de formación y perfeccionamiento

realizado, siempre que se refiera, a juicio del Tribunal, a materias

relacionadas con las funciones propias del Cuerpo objeto de esta

convocatoria.

2.2 Fase de oposición.-Los ejercicios de la fase de oposición

se calificarán, de acuerdo con los criterios establecidos en el

apartado 1.3 de este anexo.

En ningún caso la puntuación obtenida en la fase de concurso

podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

2.3 Curso selectivo.-La Comisión de Valoración, nombrada

por la Subsecretaría del Departamento, que estará integrada, entre

otros miembros, por profesores y tutores que hayan participado

en el curso selectivo, propondrá a la Subdirección General de

Recursos Humanos la calificación de dicho curso selectivo, quien

la elevará a la Subsecretaría para su aprobación.

La calificación máxima de cada una de las dos partes del curso

selectivo será de 50 puntos, siendo necesario obtener 25 puntos

como mímino para superar las mismas.

La calificación máxima total del curso selectivo será de 100

puntos, siendo necesario obtener 50 puntos para superar el mismo.

2.4 Calificación total.-La calificación total de las pruebas

selectivas vendrá determinada, para el sistema de promoción

interna, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de

concurso, oposición y curso selectivo y para el sistema general de

acceso libre, por la suma de las puntuaciones obtenidas en la

fase de oposición y en el curso selectivo.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la

mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de

oposición y, en el supuesto de persistir el empate, se estará a la

mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio y, en su caso,

en el primero y tercero de dicha fase de oposición.

ANEXO II

Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía

P ROGRAMA

A) Geodesia y Geofísica

1. Figura de la Tierra. Geoide. Elipsoide. El datum geodésico.

Desviaciones relativas de la vertical y ondulaciones del geoide.

Componentes de la desviación relativa. Ecuación de Laplace.

Puntos Laplace.

2. Parámetros de los elipsoides terrestres. Sistemas de

coordenadas empleados en geodesia y relaciones entre los mismos.

Radios principales de curvatura en un punto de elipsoide. Teorema

de Euler, radio medio. Longitudes de arcos de meridiano y paralelo.

3. Secciones normales recíprocas. Líneas geodésicas.

Separaciones entre secciones normales. Ángulos que forman las

secciones normales con las líneas geodésicas. Corrección de acimut

por altitud al punto visado. Reducción de las observaciones

acimutales en una triangulación. Reducción de una base o lado medio

directamente al elipsoide de referencia.

4. Proyecto. Reconocimiento. Configuración y precisiones de

las redes geodésicas. Señalización. Longitud de los lados. La red

geodésica española. Trabajos de actualización.

5. Teodolitos. Métodos de observación acimutal. Regla de

Bessel. Métodos de repetición y reiteración.

6. Fundamento de la medida electrónica de distancias.

Reducción de las medidas al elipsoide. Curvatura de la trayectoria,

factores meteorológicos, error de cero, reducción al horizonte, al

nivel del mar y de la cuerda al arco.

7. Resolución de triángulos geodésicos. Exceso esférico.

Teoremas de Legendre. Compensación de una figura. Cálculo y

compensación de una poligonal aislada.

8. Acimutes directo e inverso. Convergencia de meridianos.

Problema directo de la geodesia. Diferencias de latitudes y

longitudes. Transporte de coordenadas.

9. Determinación de la distancia y de los acimutes entre dos

puntos de coordenadas conocidas.

10. Principio de la nivelación geométrica. Operaciones

características. Instrumentos. Errores. Precisión de los resultados.

Señalización. Redes de nivelación. Compensación. Superficie de

referencia. Mareógrafos. La red de la nivelación española.

11. Altitudes ortométrica y dinámica. Nivelación geodésica.

Correcciones por esfericidad y refracción. Coeficiente de

refracción. Caso de una sola distancia cenital observada. Caso de

distancias cenitales recíprocas y simultáneas. Precisión de los

resultados. Nivelación barométrica. Precisiones.

12. Satélites artificiales y sus órbitas. Posicionamiento

geodésico a partir de una órbita conocida o por observaciones

simultáneas. Sistemas GPS: Descripción, aplicaciones, técnicas de

medición y precisión. Sistema Doppler. Principio básico. Modos

geodésicos de observación. Precisión de los resultados.

13. Sistemas de coordenadas empleados en Astronomía.

Relaciones entre los mismos. Posiciones espaciales de las estrellas.

14. Variaciones debidas al movimiento de los sistemas.

Precesión, nutación, movimiento del polo. Variaciones debidas a

causas físicas: Aberración, paralaje, refracción atmosférica.

Movimiento propio de las estrellas. Coordenadas aparentes y medidas.

Catálogos y efemérides.

15. Tiempo sidéreo. Tiempo solar. Ecuación de tiempo. Hora

civil. Hora oficial. Tiempo universal. Intervalos medios y sidéreos.

Transformaciones.

16. Teodolitos universales de primer orden. Ajustes y

calibraciones de los mismos. Cronómetros y cronógrafos. Señales

horarias. Recepción de las mismas y comparación con las horas

cronométricas.

17. Determinación de un acimut astrofísico, por ángulos

horarios de la Polar. Método de las direcciones. Método micrométrico.

Correcciones instrumentales. Correcciones al acimut observado.

Otros métodos.

18. Determinación de la latitud astronómica. Método de

Horrebow Talcott. Elección de pares estrellas, observación,

correcciones, cálculo. Método de Sterneck. Correcciones a la latitud

observada.

19. Ecuación de longitud. Principios de la determinación del

tiempo sidéreo local. Método de Mayer. Correccciones a la hora

del paso meridiano. Programas de observación. Observaciones.

Cálculo. Correcciones a la longitud observada.

20. Método de restas de altura. Caso de alturas iguales.

Observaciones y cálculos. Astrolabios de prisma.

21. Errores: Su clasificación. Teorema de la independencia

de los errores. Media aritmética, error medio cuadrático, pesos,

Ley normal. Medidas indirectas. Medidas directas. Precisión de

las medidas. Ecuaciones de condición. Relaciones de observación.

Método de los mínimos cuadrados. Estimadores robustos.

22. Método de observaciones directas condicionales.

Ecuaciones de condición: De ángulo, de lados, de acuerdo de bases,

de acimutes y de coordenadas. Pesos. Multiplicadores de

Lagrange. Ecuaciones correlativas. Ecuaciones finales. Solución de las

mismas.

23. Método de variación de coordenadas. Descripción

general. Relaciones de observación. Direcciones. Distancias. Pesos.

Ecuaciones normales. Solución de las mismas.

24. El campo magnético terrestre. Componentes. Variaciones

periódicas y transitorias.

25. Observaciones geomagnéticas singulares aisladas.

Mediciones absolutas y relativas. Instrumentos de medida.

26. Registro continuo del campo geomagnético. Variómetros

registradores. Calibrado. Magnetogramas.

27. Cartografía geomagnética. Obtención de datos en tierra

y sobre avión. Reducción de observaciones a una época común.

Mapas geomagnéticos.

28. Origen de los sismos. Tipos de ondas sísmicas y sus

características. Dromocrónicas y su utilización.

29. Reflexión y refracción de ondas sísmicas. Superficies de

discontinuidad en la Tierra sólida: Distribución de la velocidad

de ondas sísmicas según la profundidad.

30. Fundamentos teóricos de los sismógrafos. Principales

tipos de sismógrafos. Calibrados. Redes sísmicas analógicas y

digitales. Sismogramas.

31. Parámetros sísmicos. Determinación de las coordenadas

focales de un terremoto: Métodos gráficos y analíticos.

32. Magnitud: Definición y método de cálculo. Intensidad:

Escalas macrosísmicas. Mecanismo focal: Método de polaridad de

la onda P.

33. Geografía sísmica. Zonas sísmicas mundiales. Sismicidad

y peligrosidad sísmica en España. Mapa de la Norma

Sismorresistente española.

34. El campo gravitatorio terrestre. Reducción de la gravedad

al geoide. Anomalías isostáticas.

35. Medida de la gravedad. Medidas absolutas relativas.

Métodos de corrección de medidas relativas. Gravímetros.

36. Reducción de las observaciones gravimétricas. Anomalías

Bouguer, anomalías aire libre. Mapas gravimétricos en España.

B) Topografía y Fotogrametría

1. Medida de ángulos y distancias. Instrumentos. Métodos

de observación. Errores. Calibración y contrastación de

instrumentos.

2. Intersección directa, inversa y mixta. Error máximo y

selección de direcciones. Métodos numéricos de cálculo y

compensación.

3. Triangulación. Proyecto de una triangulación. Apoyo en

la red geodésica. Casos en que es necesario el establecimiento

de una o varias bases. Medida, orientación y ampliación de éstas.

Observación de la triangulación.

4. Cálculo de una triangulación. Distintos métodos.

Tolerancias. Investigación de faltas. Compensación. Reducción al centro

de observaciones excéntricas.

5. Levantamientos topográficos. Métodos e instrumentos

utilizados. Errores y precisiones. Compensaciones. Planos de

población.

6. Nivelaciones por pendientes y por alturas. Correcciones.

Errores y tolerancias. Compensaciones.

7. Levantamiento de planimetría de un término municipal.

Señalamiento de mojones y de las líneas de término. Actas de

deslindes. Levantamiento de las líneas límite. Modificaciones de

las líneas límite.

8. Fundamento de fotogrametría. Perspectivas geométricas

planas. Intersección de haces perspectivos. Orientación interna

y externa. Restitución.

9. Fundamento de fotografía. Emulsiones fotográficas.

Distintos tipos de emulsión. Sensibilidad. Densidad. Contraste.

Grano. Soporte de las emulsiones.

10. Cámaras métricas. Objetivos fotográficos. Distancia focal.

Cámaras terrestres. Fototeodolitos. Cámaras dobles. Cámaras

independientes y su utilización. Toma de fotografías terrestres.

11. Descripción y peculiaridades de las cámaras aéreas.

Cámaras automáticas. Distancias focales más usuales.

Obturadores. Toma de fotografías aéreas y condiciones de los vuelos

fotogramétricos.

12. Examen de las fotografías. Visión monocular. Visión

binocular, natural y artificial. Visión estereoscópica.

Fotointerpretación.

13. Rectificación de fotogramas. Aspectos matemáticos,

ópticos y fotográficos. Fotogrametrías con un solo fotograma. Terrenos

llanos y accidentados.

14. Fotogrametría aérea. Orientación relativa. Escala de

modelo. Orientación absoluta.

15. Instrumentos de restitución. Distintas soluciones para la

práctica de la restitución. Instrumentos ópticos y ópticos

mecánicos. Principio general y realización práctica.

16. Instrumentos de restitución mecánica. Principio general.

Métodos para la orientación relativa. Restitución analógica con

registro numérico.

17. Restituidores analíticos. Componentes. Orientación

interna, relativa y absoluta. La restitución analítica.

18. Restituidores digitales. Fundamentos. Sistema de visión

estereoscópica. Sistema de movimiento en Z. La restitución digital.

19. La ortoproyección. Principios. Propiedades de la

ortofotografía. Ortofotos analógicas y digitales.

20. Puntos de control. Aerotriangulación. Principio general.

Influencia de la curvatura terrestre. Clasificación de los métodos

de triangulación, métodos analógicos. Aeropoligonación. Medidas

e instrumentos.

21. Métodos semianalíticos de aerotriangulación. Principios

teóricos. Métodos analíticos. Medida de coordenadas fotográficas

e instrumentos empleados. Exposición general de los métodos

empleados para el cálculo.

22. Organización general de un levantamiento

aerofotogramétrico. Fases sucesivas. Elección de las condiciones de vuelo

en función de la escala y equidistancia de curvas del mapa a

levantar. Errores medios altimétricos y planimétrico en la determinación

de puntos.

23. Fotogrametría no topográfica. Cámaras. Procesos de

toma de vistas. Control. Rectificación. Restitución. Aplicaciones.

24. La Fotogrametría y el mapa nacional 1/25.000.

Características de esta serie cartográfica. Condiciones de vuelo.

Adquisición de los fotogramas. Control terrestre. Aerotriangulación.

Restitución gráfica y digital. Trabajos de formación y revisión.

25. Teledetección. Bases físicas. Signaturas espectrales.

Aplicaciones de teledetección. Aplicaciones cartográficas.

26. Plataformas y sensores. Programas actuales. Tratamiento

de la imagen digital. Reconocimiento de formas en teledetección.

Clasificación.

C) Cartografía y SIG

1. Objeto de la Cartografía matemática. Los sistemas

cartográficos. Proyecciones cartográficas.

2. Desarrollos cilíndricos. Proyección Mercator.

Proyección UTM.

3. Desarrollos cónicos. Proyección cónica conforme de

Lambert. La elección de proyecciones cartográficas: Gnomónica,

estereográfica y ortográfica.

4. Sistemas de referencia. Cuadrículas. Trazado de la CUTM

sobre mapas en diferentes proyecciones.

5. Cartografía. Definición del mapa. Caracteres específicos.

Necesidad y finalidad de los mapas. Clasificación: Cartografía

básica, derivada y temática.

6. Expresión y representación cartográficas. Variables

visuales. Análisis de la imagen gráfica. El color en Cartografía.

Funciones de la representación gráfica.

7. Formación de mapas. Concepción, documentación,

generalización. Técnicas de rotulación. Toponimia: Recogida, estudio

y tratamiento de los topónimos.

8. Redacción cartográfica por procedimientos clásicos.

Documentación inicial, operaciones a realizar y esquema organizativo

del proceso cartográfico hasta la obtención de originales de

reproducción.

9. Técnicas de reproducción cartográfica. Sistema en relieve,

en hueco y planos. La prueba de color, diversos métodos.

Impresión offset: máquinas de uno y varios colores.

10. La composición tipográfica. Composición manual y

mecánica. La composición fotográfica. Sistema de fotocomposición.

11. Materiales utilizados en el proceso cartográfico:

Características y aplicaciones.

12. Técnicas automáticas de producción cartográfica.

Tecnología y metodología aplicables en cada una de las fases del

proceso cartográfico. Escaneado. Conversión de formatos. Equipos

de trazado.

13. Mapas temáticos. Recogida, análisis y tratamiento de los

datos a representar. Tipos de mapas temáticos.

14. El Mapa Topográfico Nacional a escala 1/25.000:

Descripción y contenidos. Vuelo, apoyo, aerotriangulación y

restitución del MTN 25: Condiciones técnicas. Preparación de trabajos

de campo: Fuentes de información. Trabajos de formación y

edición.

15. Estructura de un ordenador. Unidad central de proceso:

Unidad aritmético-lógica, unidad de control, registros,

instrucciones. Memoria central. Representación interna de los datos.

16. Dispositivos periféricos de almacenamiento masivo.

Cintas, discos, tambores. Dispositivos periféricos de entrada/salida.

Canales. Unidades de control.

17. Sistemas operativos. Conceptos de memoria virtual,

multiprogramación, diversas organizaciones lógicas de memoria,

tiempo compartido, multiproceso y tiempo real.

18. Lenguajes de programación: Concepto y definiciones.

Tipos de lenguajes de programación. Lenguaje C y Fortran.

Fundamentos de lenguajes orientados a objetos. Programación

estructurada.

19. Bases de datos: Conceptos y definiciones. Organización

lógica: Esquemas y subesquemas. Estructuras. Lenguajes para la

descripción de datos y de programación. Bases de datos

relacionales. Organización física: Estructuras.

20. Estructuras de datos cartográficos. Conceptos básicos.

Consideraciones topológicas. Las bases de datos cartográficas

numéricas.

21. Sistemas de Información Geográfica. Definición.

Componentes de un SIG. Tipos de SIG. Aplicaciones.

22. El dato geográfico en forma digital. Métodos de captura

de datos. Verificación. Tratamiento de la información: Automático

e interactivo. Almacenamiento de los datos. Presentación de

resultados. Sistemas gráficos interactivos.

23. Estructuras de datos geográficos en un SIG.

Consideraciones topológicas.

24. Modelos digitales del terreno. Tipos de MDT. Fuentes

de datos y selección de los mismos. Productos obtenidos a partir

de un MDT. Aplicaciones de los MDT.

ANEXO III

Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía

C URSO SELECTIVO

Módulo I. Administración y Función Pública

El Estado y las Administraciones Públicas

1. El marco constitucional. La Corona. El Tribunal

Constitucional.

2. Los tres poderes del Estado. El Poder Legislativo: La

función legislativa de las Cortes Generales y su relación con los otros

poderes.

3. El Poder Judicial: Organización, funciones e

independencia. Sus relaciones con los otros poderes.

4. El Poder Ejecutivo: El Gobierno y la Administración.

Mecanismos de control del Gobierno. Sus relaciones con los otros

poderes.

5. Las Administraciones públicas: Principios constitucionales

de organización y funcionamiento.

6. La Administración Central del Estado: Los órganos

superiores. Esquema de la organización ministerial en España.

7. Esquema de la organización territorial de las

Administraciones Públicas. Órganos periféricos de la Administración del

Estado.

8. La Administración institucional. Las empresas públicas.

9. Las Comunidades Autónomas. Distribución de

competencias. Relaciones de cooperación y de conflicto con el Estado.

10. La Administración Pública de las Comunidades

Autónomas: Organización y funcionamiento.

11. Las Entidades Locales: Relaciones con los otros poderes

territoriales. La Administración Pública local. Órganos consultivos

y de control de la Administración.

12. Las Comunidades Europeas: Principios básicos de

organización y funcionamiento.

13. La organización general del Ministerio de Fomento.

14. Análisis de los órganos sectoriales. Análisis de los órganos

horizontales.

15. La atribución y el ejercicio de las competencias.

Descentralización, desconcentración y delegación.

16. La organización territorial del Ministerio de Fomento.

17. Organismos autónomos, entes públicos y sociedades

estatales del Ministerio de Fomento.

Reglas de funcionamiento de la Administración Pública

18. El Estado de Derecho y la Administración Pública. El

principio de jerarquía de las normas. Leyes. Decretos-leyes y Decretos

legislativos. La legislación de las Comunidades Autónomas.

19. Las normas reglamentarias. Los Decretos. Las Órdenes

ministeriales. Instrucciones y circulares. Tramitación

administrativa de las disposiciones de carácter general. Técnica para su

elaboración.

20. Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo. Análisis global de la Ley 30/1992.

21. La actividad de la Administración Pública (I). El principio

de legalidad.

22. Los actos administrativos.

23. La actividad de la Administración Pública (II). El concepto

de interesado. Los derechos del ciudadano. Los actos presuntos.

24. La actividad de la Administración Pública (III). Los

procedimientos administrativos. Análisis de las fases del

procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción, finalización y ejecución.

25. La responsabilidad de la Administración Pública y sus

agentes.

26. La revisión de los actos en vía administrativa. La revisión

de oficio. El sistema de recursos. La reclamación

económicoadministrativa.

27. La Administración Pública y la justicia. La reclamación

previa. El recurso contencioso-administrativo.

Recursos Humanos y Función Pública

28. Régimen general de la Función Pública. Características

de la Función Pública. Competencias en materia de personal.

Órganos de coordinación y control.

29. Planificación de recursos humanos. La oferta de empleo.

Los planes de empleo público.

30. La selección de recursos humanos. Concepto y clases.

Sistemas selectivos: La promoción interna.

31. La provisión de puestos de trabajo. Análisis detallado de

las modalidades normales y excepcionales.

32. Movilidad y promoción profesional.

33. Derechos y deberes de los funcionarios.

34. Situaciones administrativas.

35. Régimen disciplinario. Las incompatibilidades del

personal al servicio de las Administraciones Públicas.

36. El sistema retributivo de la Función Pública. Análisis de

los conceptos retributivos. Conexión entre puestos de trabajo y

retribuciones.

37. Las relaciones de puestos de trabajo.

La Unión Europea

1. La Unión Europea: La unión política y la unión económica

y monetaria. El Tratado de la Unión Europea. La adhesión de

España a las Comunidades Europeas: Problemática económica de

la plena integración.

2. Las instituciones comunitarias (I): El Consejo Europeo, el

Consejo de Ministros y la Comisión.

3. Las instituciones comunitarias (II): El Parlamento Europeo,

el Tribunal de Justicia. La participación de los Estados miembros

en el proceso decisorio.

4. El Derecho comunitario. Sus fuentes: Reglamentos,

directivas y decisiones. Relaciones entre el derecho comunitario y el

ordenamiento jurídico de los Estados miembros. La aplicación del

Derecho comunitario.

5. El Presupuesto comunitario. Características, estructura y

normativa reguladora. Las políticas estructurales y las nuevas

perspectivas financieras comunitarias. Las políticas comunes de la

Unión Europea. Especial referencia a las políticas regional, de

transportes, medio ambiente y comunicaciones.

Módulo II

1. Trabajo en equipo.

2. Redacción de informes.

Módulo III. Gestión Administrativa

1. Contratación administrativa. Marco normativo. El contrato

administrativo. Órganos de contratación.

2. Elaboración, aprobación y replanteo del proyecto.

Tramitación del expediente de contratación con aprobación del pliego

de cláusulas administrativas particulares y del gasto

correspondiente. Selección del adjudicatario.

3. Ejecución del contrato de obra pública. Prerrogativas de

la Administración. Garantías del contratista. Ejecución de obras

por la propia Administración. Extinción del contrato.

4. Régimen de pagos. Cesión y subcontratación.

5. Ejecución del contrato de obras. Modificación. Obras

complementarias. Cesión y subcontrato. Ejecución por Administración.

Extinción del contrato.

6. La actividad convencional de la Administración Pública.

Contratación de otros Entes públicos.

7. La expropiación forzosa: Concepto. Naturaleza jurídica.

Legislación vigente. Sujetos. Objeto. Procedimiento general.

Procedimiento de urgencia. Procedimientos especiales. Reversión de

bienes expropiados. Garantías jurisdiccionales.

8. Práctica de los procedimientos: Procedimiento general de

urgencia. Determinación del justo precio: Sistemas. Incidencias

derivadas de la tramitación de expedientes.

9. El dominio público: Concepto y naturaleza jurídica.

Clasificación. El Patrimonio del Estado. El Patrimonio Nacional.

Elementos del dominio público: Sujeto. Objeto. Destino. El dominio

público: Afectación, desafectación y mutaciones demaniales.

10. Régimen jurídico del dominio público: Inalienabilidad.

Inembargabilidad. Dominio público y el Registro. Servidumbres.

Imprescriptibilidad. Deslinde. Recuperación. Potestad

sancionadora. Utilización del dominio público. Usos comunes: General y

especial. Uso privativo. Autorizaciones y concesiones. Reservas

demaniales.

11. La Administración sancionadora y la Administración

responsable. Principios que informan la potestad sancionadora y el

procedimiento sancionador.

12. Dominio Público Carreteras (I): Concepto. Modos de

explotación de las carreteras. Carreteras en régimen de concesión.

Elementos funcionales. Áreas de servicio. Estaciones de servicio.

Uso y defensa. Zonas de protección. Zonas de dominio público,

servidumbre y afectación. Línea de edificación. Publicidad.

Autorizaciones de obras, instalaciones o actividades. Accesos. Uso de

las carreteras. Infracciones y sanciones. Tramos urbanos.

13. Dominio Público Carreteras (II): Tramitación de

expedientes relacionados con las limitaciones de la propiedad. Publicidad.

Expedientes sobre estaciones de servicio, accesos, paralización

de obras, infracciones y sanciones. Expedientes sobre obras en

las márgenes de tramos urbanos.

Gestión Económica Financiera

1. El modelo económico español en el marco de la economía

mundial. Líneas generales de la política económica actual. El

sector servicios y los subsectores de transporte, comunicaciones.

Análisis de las principales macromagnitudes. Incidencias de las obras

públicas en el marco económico social.

2. La actividad financiera de la Administración: Concepto

y normas reguladoras. Organización de la Administración

financiera. Presupuesto y ciclo presupuestario. El ámbito jurídico de

la Administración en vía tributaria. Principio y contenido de la

misma. Principio de legalidad. Teoría jurídica de los ingresos

públicos. Clasificación.

3. El tributo. Concepto y clases. Especial estudio de las tasas

y precios. Contenido de la relación jurídica tributaria. Liquidación

e inspección tributaria. Recaudación y reclamación en vía

tributaria. Los tributos y el Ministerio de Fomento. Figuras de especial

importancia en los campos de la tasa y de la contribución especial.

4. Los Presupuestos Generales del Estado: Contenido y

aprobación: La estructura presupuestaria. La elaboración del

presupuesto.

5. Las modificaciones presupuestarias: Clases de

modificaciones y tramitación. El presupuesto del Ministerio de Fomento

para 1998: Principales partidas del gasto. Ingresos gestionados

por el Ministerio de Fomento.

6. Procedimientos ordinarios de ejecución y control del

gasto: Procedimiento común del gasto. Procedimiento común del

pago. Contabilidad y control del presupuesto de gastos.

7. La ejecución de los gastos públicos (I): Los gastos de

personal: Retribuciones de los empleados públicos. Elaboración

y pago de las nóminas. Otros gastos de personal.

8. La ejecución de los gastos públicos (II): Los gastos de

transferencias: Gestión de subvenciones. Gestión de gastos

derivados de la responsabilidad patrimonial del Estado.

9. La ejecución del presupuesto de gastos como

consecuencia de la actividad contractual de la Administración.

10. Procedimientos especiales de gasto: Anticipos de caja fija.

Pagos a justificar. Obras de emergencia. Pagos en el exterior.

Convalidación de gastos realizados sin fiscalización. Tramitación

anticipada de expedientes de gasto.

Módulo IV. Ámbitos de actuación del IGN

1. Atlas Nacional de España.

2. La red geodésica de España.

3. La red sísmica de España.

4. El Registro Central de Cartografía. Delimitaciones

territoriales y nomenclátor geográfico nacional.

5. Panorámica actual y tendencias de la geodesia, geofísica

y cartografía en el mundo.

6. Las bases cartográficas numéricas BCN 200 y BCN 25.

Los modelos digitales del terreno MDT 200 y MDT 25.

7. El sistema de información geográfica del IGN (SIGNA).

8. Productos y servicios geográficos y su comercialización.

El Centro Nacional de Información Geográfica.

9. Organización y funciones del IGN.

10. El personal al servicio del IGN. El presupuesto del IGN.

ANEXO IV

Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía

Tribunal titular:

Presidente: Don Manuel García Pérez, Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales: Don José Cebrián Pascual, Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información; don Adolfo Dalda Mourón,

Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, y don Francisco Soriano Llano,

Cuerpo General de Gestión de la Administracion Civil del Estado.

Secretario: Don Juan José Rueda Núñez, Cuerpo de Ingenieros

Técnicos en Topografía.

Tribunal suplente:

Presidente: Don Ricardo Parra Maldonado, Cuerpo Superior

de Sistemas y Tecnologías de la Información.

Vocales: Don Lorenzo García Asensio, Cuerpo Superior de

Sistemas y Tecnologías de la Información; don Antonio Barbadillo

Fernández, Cuerpo de Ingenieros Geógrafos, y doña Aurora

Moyano Andrés, Cuerpo General de Gestión de la Administración Civil

del Estado.

Secretario: Don Santiago Picazo Azcárate, Cuerpo de

Ingenieros Técnicos en Topografía.

ANEXO V

Cuerpo de Ingenieros Técnicos en Topografía

Don ........................................................

..............................................., condomicilio en

................................................................

....................................., y condocumento nacional

de identidad número....................,declara bajo juramento

o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo

de ..............................................................

......................................., que no hasido separado

del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que

no se halla inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En .............., a .............. de .............. de1998.

ANEXO VI

(El certificado debe extenderse en fotocopia de este anexo)

Don/doña............................................................................................................................

Cargo................................................................................................................................

Centro directivo o unidad administrativa...............................................................................................

CERTIFICO: Que según los antecedentes obrantes en este centro, el funcionario abajo indicado tiene acreditados los siguientes extremos:

Apellidos...................................................Nombre...................................................

Cuerpo o Escala a que pertenece........................................................................................

Documento nacional de identidad número.......................Número de Registro de Personal.......................

Destino actual..........................................................................................................

1. o Antigüedad:

Tiempo de servicios reconocidos (años completos) hasta la fecha de publicación de la presente convocatoria.

2. o Grado personal consolidado:

3. o Datos referidos al puesto de trabajo desarrollado.

Denominación del puesto:

Años completos de servicios prestados en el puesto de trabajo:

4. o Cursos de formación y perfeccionamiento.

Denominación Centro que lo impartió ................................................................... ...................................................................

................................................................... ...................................................................

................................................................... ...................................................................

................................................................... ...................................................................

................................................................... ...................................................................

Expedido en................. ................., a ................. de ................. ................. de 19 .................

(Firma y sello)

(A cumplimentar por el órgano de selección)

Total puntuación en fase de concurso..............................................

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