En el recurso contencioso-administrativo de lesividad número
341/1995, promovido por el señor Abogado del Estado, la Sección Tercera
de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en 6 de febrero de 1998, ha dictado sentencia, cuyo fallo es del siguiente
tenor literal:
"Fallamos:
Primero.-Que debemos estimar y estimamos el presente recurso
3-341-1995, interpuesto por la Abogacía del Estado en representación de
la Administración General del Estado (Ministerio de Educación y Ciencia),
contra las Órdenes de dicho Departamento de3y11deagosto de 1993
y 14 de agosto de 1994, por las que se declaró haber superado las pruebas
selectivas de nombramiento de funcionario en prácticas y nombramiento
de funcionario de carrera del Cuerpo de Maestros a doña Amalia Latifa
Bernal Bricio, actos que, respectivamente, anulamos en cuanto a la misma
y en el proceso selectivo a que se contrae el recurso por ser contrarios
al ordenamiento jurídico.
Segundo.-No hacemos una expresa condena en costas."
Dispuesto por Resolución de 8 de junio de 1998 el cumplimiento, en
sus propios términos, de la sentencia,
Esta Dirección General ha resuelto dar publicación al mismo para
general conocimiento.
Lo digo a V. I. para su conocimiento y efectos.
Madrid, 18 de junio de 1998.-La Directora general, Carmen González
Fernández.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Gestión de Profesorado de Educación
Infantil y Primaria.
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