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Documento BOE-A-1998-16383

Orden de 18 de junio de 1998 por la que se dispone el cumplimiento de la sentencia dictada por el Tribunal Supremo, en el recurso contencioso-administrativo número 305/1995, interpuesto por los Ayuntamientos de Penagos, Castañeda, Cabezón de la Sal (de la Comunidad Autónoma de Cantabria), Peñamellera Alta, Panes y Benia de Onís (del Principado de Asturias) y de la Asociación de Afectados por el Tendido de Alta Tensión «Soto de Ribera-Penagos».

Publicado en:
«BOE» núm. 162, de 8 de julio de 1998, páginas 22889 a 22889 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-16383

TEXTO ORIGINAL

En el recurso contencioso-administrativo número 305/1995, interpuesto

por el representante de los Ayuntamientos de Penagos, Castañeda, Cabezón

de la Sal (de la Comunidad Autónoma de Cantabria), Peñamellera Alta,

Panes y Benia de Onís (del Principado de Asturias) y de la Asociación

de Afectados por el Tendido de Alta Tensión "Soto de Ribera-Penagos",

contra el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 1995, sobre

declaración de utilidad pública a 400 KV "Soto de Ribera-Penagos", se ha

dictado por el Tribunal Supremo sentencia con fecha 14 de abril de 1998,

cuya parte dispositiva es como sigue:

"Fallamos:

1. Desestimamos la causa de inadmisibilidad opuesta por la Abogacía

del Estado.

2. Desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto

por los Ayuntamientos de Penagos, Castañeda, Cabezón de la Sal,

Peñamellera Baja (Panes) y Nava, y por la Asociación de Afectados por el

Tendido de Alta Tensión ªSoto de Ribera-Penagosº, contra el Acuerdo del

Consejo de Ministros de 13 de enero de 1995, por el que se declara de

utilidad pública la línea de transporte de energía eléctrica a 400 KV ªSoto

de Ribera-Penagosº, así como contra la Resolución de la Dirección General

de Energía del Ministerio de Industria y Energía de 17 de febrero de 1995,

por la que se ordena la publicación de la parte dispositiva del citado

Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de enero de 1995; actos

administrativos que declaramos ajustados a Derecho; todo ello sin expresa

condena en costas.

Así por esta nuestra sentencia, que se publicará en el ªBoletín Oficial

del Estadoº y se insertará en la Colección Legislativa, definitivamente lo

pronunciamos, mandamos y firmamos."

En su virtud, este Ministerio, de conformidad con lo establecido en

los artículos 118 de la Constitución; 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1

de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente

Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha tenido a bien

disponer que se cumpla, en sus propios términos, la referida sentencia y

se publique el aludido fallo en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 18 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 17 de mayo de 1996,

"Boletín Oficial del Estado" del 23), el Subsecretario, José Manuel Serra

Peris.

Ilmo. Sr. Subsecretario.

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