La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
ha dictado una sentencia el 2 de marzo de 1998, en el recurso
contencioso-administrativo número 1.834/1994, interpuesto por doña Amelia
Caramazana Choya, contra Resolución de la Subsecretaría de Economía
y Hacienda de 4 de mayo de 1990, que estimó parcialmente el recurso
de reposición planteado por la interesada contra la Orden de 20 de febrero
de 1990, que resolvió el concurso para la provisión de puestos de trabajo
convocado por otra de 23 de agosto de 1989.
La parte dispositiva de la mencionada sentencia contiene el
pronunciamiento siguiente:
"Que estimando el recurso contencioso-administrativo interpuesto por
doña Amelia Caramazana Choya, contra la Resolución de 4 de mayo de 1990
que estimó parcialmente el recurso de reposición formulado contra la
Orden de 20 de febrero de 1990 que resolvió el concurso para la provisión
de puestos de trabajo convocado por Orden de 23 de agosto de 1989,
debemos anular y anulamos dichas Resoluciones administrativas en lo
que a la plaza cuestionada se refiere, y en su lugar declarar como
declaramos el mejor derecho de la actora a ocupar la plaza número 546 del
concurso de Jefe de Sección, nivel 24, en Torrejón de Ardoz, y por su
supresión, al abono desde la fecha de resolución del concurso, de las
diferencias retributivas entre ella y la que le fue adjudicada, así como a los
fines de reconocimiento de antigüedad a efectos de consolidación de grado
personal, todo ello sin hacer condena en costas."
En su virtud, esta Dirección General de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, conforme a lo establecido en los artículos 118 de
la Constitución; 17 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 103 y siguientes
de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto el
cumplimiento y ejecución en sus propios términos de la mencionada
sentencia.
Madrid, 15 de junio de 1998.-El Director general, José Aurelio García
Martín.
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