En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de
1992, modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 ("Boletín Oficial
del Estado" de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas
y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes
y estancia, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, y la
Resolución de 21 de noviembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de
10 de diciembre), de la Secretaría de Estado para la Cooperación
Internacional, y para Iberoamérica y Presidencia de la Agencia Española de
Cooperación Internacional, por la que se delegan en el Secretario general
y otras autoridades y funcionarios de la misma determinadas competencias,
esta Agencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto
1141/1996, de 24 de mayo ("Boletín Oficial del Estado" del 25), ha resuelto:
Primero.-Conceder una beca para el curso de verano de "Lengua y
Cultura Española" del 1 al 31 de julio a los 190 estudiantes relacionados
en el anexo I, y cuyo resumen se desglosa seguidamente:
Primer beneficiario: Lindita Gaspri (Albania).
Último beneficiario: Dzamal Nepesova (Turkmenistán).
Los derechos económicos que generan éstas se concretan en:
a) Una mensualidad de 27.000 pesetas, a deducir el 25 por 100 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor
universitario.
c) Un seguro médico no farmacéutico.
d) Gastos de matrícula.
e) Viaje de ida y vuelta desde la capital de origen a Madrid para
aquellos becarios que en el anexo I figuran con una V.
Segundo.-Conceder una beca a los 110 Profesores de español para
asistir al curso especial en la Escuela de Verano Española de Madrid del
6 al 29 de julio (Resolución de modificación de fechas 12 de junio de
1998, de la convocatoria general de becas de la Agencia Española de
Cooperación Internacional, curso 1998-1999, "Boletín Oficial del Estado" de
11 de febrero), relacionados en el anexo II, y cuyo resumen se desglosa
seguidamente:
Primer beneficiario: Andrea Mara Pimenta Alonso (Brasil).
Último beneficiario: Vela Nikolic (Yugoslavia).
Los derechos económicos que generan éstas se concretan en:
a) Una mensualidad de 40.000 pesetas, a deducir el 25 por 100 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor
universitario.
c) Un seguro médico no farmacéutico.
d) Gastos de matrícula.
e) Viaje de ida y vuelta desde la capital de origen a Madrid.
Tercero.-Conceder una beca a los cinco Profesores egipcios, según el
Convenio de Cooperación Cultural Hispano-Egipcio, por el período que
se indica en cada caso en el anexo III, y cuyo resumen se desglosa
seguidamente:
Primer beneficiario: Ali Ibrahim Menufi.
Último beneficiario: Nadia Abdul-Kader Mohamad.
Los derechos económicos que generan éstas se concretan en:
a) Una ayuda mensual de 135.000 pesetas, a deducir el 25 por 100
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Un seguro médico no farmacéutico.
Cuarto.-Conceder una ayuda de investigación a los 55 estudiantes que
figuran en el anexo IV por el período que se indica en cada caso, y cuyo
resumen se desglosa seguidamente:
Primer beneficiario: Abderrahmane Louafi (Argelia).
Último beneficiario: Zouhair Bouhsain (Marruecos).
Los derechos económicos que generan éstas se concretan en:
a) Una ayuda mensual de 135.000 pesetas, a deducir el 25 por 100
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Un seguro médico no farmacéutico.
Quinto.-Conceder una beca a los 21 estudiantes referidos en el anexo V
para realizar el curso de "Didáctica del Español", en Granada, del 27 de
julio al 14 de agosto de 1998, y a los 27 estudiantes referidos en el anexo
VI para realizar el curso de "Didáctica de Español de Enseñanza Media",
en Valladolid, del 1 al 19 de septiembre de 1998, cuyo resumen se desglosa
a continuación:
Primer beneficiario: Anany Abdellatif Romeh Hassan (Egipto).
Último beneficiario: Zied Ben Nejma (Túnez).
Primer beneficiario: David Nodongo (Camerún).
Último beneficiario: Salimata Sambe Lo (Senegal).
Los derechos económicos que generan éstas se concretan en:
a) Una mensualidad de 40.000 pesetas, a deducir el 25 por 100 del
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
b) Residencia en régimen de pensión completa en un colegio mayor
universitario.
c) Un seguro médico no farmacéutico.
d) Gastos de matrícula.
e) Viaje de ida y vuelta desde la capital de origen a Madrid, incluidos
los gastos derivados por conexiones de vuelo.
Sexto.-Ordenar la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" de
las ayudas reconocidas en esta Resolución, en los términos previstos en
la citada Orden de 26 de marzo de 1992.
Madrid, 12 de junio de 1998.-El Presidente, P. D. (Orden de 21 de
noviembre de 1997, "Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre), el
Secretario general, Luis Espinosa Fernández.
Ilmos. Sres. Secretario general, Director del Gabinete Técnico, Director
del ICI, Director general del ICMAMPD y Vicesecretario general de
la Agencia Española de Cooperación Internacional.
ANEXO LISTADO DE BECARIOS (ver imágenes)
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid