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Documento BOE-A-1998-15840

Resolución de 11 de junio de 1998, de la Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial, por la que se autoriza al Laboratorio Instituto Universitario de Investigación del Automóvil (INSIA) de la Fundación para el Fomento de la Innovación Industrial de la ETSII de Madrid, para la realización de los ensayos relativos a «Dispositivos mecánicos de acoplamiento de los vehículos de motor y sus remolquesyasusujeción a dichos vehículos».

Publicado en:
«BOE» núm. 158, de 3 de julio de 1998, páginas 22204 a 22204 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1998-15840

TEXTO ORIGINAL

Vista la documentación presentada por don Francisco Aparicio

Izquierdo, en nombre y representación del Laboratorio Instituto Universitario de

Investigación del Automóvil (INSIA) de la Fundación para el Fomento de

la Innovación Industrial de la ETSII de Madrid, con domicilio social en

calle José Gutiérrez Abascal, 2, 28006 Madrid;

Visto el artículo 13.4 de la Ley 21/1992, de Industria ("Boletín Oficial

del Estado" de 23 de julio); la disposición adicional quinta del Real Decreto

2200/1995, de 28 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" de 6 de febrero

de 1996), por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para

la Calidad y la Seguridad Industrial, y el contenido de la Directiva 94/20 CE

del Parlamento Europeo y del Consejo;

Considerando que el citado laboratorio dispone de los medios

necesarios para realizar los ensayos correspondientes y que en la tramitación

del expediente se han cumplido todos los requisitos,

Esta Dirección General, ha resuelto:

Primero.-Autorizar al Laboratorio Instituto Universitario de

Investigación del Automóvil (INSIA) de la Fundación para el Fomento de la

Innovación Industrial de la ETSII de Madrid, para realización de los ensayos

relativos a "Dispositivos mecánicos de acoplamiento de los vehículos de

motor y sus remolquesyasusujeción a dichos vehículos", según la Directiva

anteriormente citada.

Segundo.-Esta autorización tiene un período de validez de cuatro años,

pudiendo el interesado solicitar la prórroga de la misma dentro de los

tres meses anteriores a la expiración de dicho plazo.

Lo que se comunica a los efectos oportunos.

Madrid, 11 de junio de 1998.-La Directora general, Elisa Robles Fraga.

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