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Documento BOE-A-1998-15484

Orden de 5 de junio de 1998 por la que se modifica la autorización del Centro privado de Educación Secundaria Asunción Cuestablanca, de Madrid, por ampliación de dos unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1998, páginas 21747 a 21748 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-15484

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente del Centro Docente privado de Educación

Secundaria denominado "Asunción Cuestablanca", domiciliado en la avenida de

Burgos, kilómetro 11,800, de Madrid, en relación con la modificación de

la autorización del centro, por ampliación de dos unidades en la etapa

de la Educación Secundaria Obligatoria,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización del Centro privado de Educación

Secundaria Asunción Cuestablanca, de Madrid, por ampliación de dos

unidades en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria, quedando

configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: "Asunción Cuestablanca".

Titular: Religiosas de la Asunción.

Domicilio: Avenida de Burgos, kilómetro 11,800.

Localidad: Madrid.

Municipio: Madrid.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria: Capacidad, catorce unidades

y cuatrocientos once puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la

Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad, nueve unidades

y trescientos quince puestos escolares.

c) Ciclos formativos de grado medio para los que se solicite

autorización, siempre que cuenten con los espacios correspondientes para ello.

Segundo.-Contra esta Orden podrá interponerse recurso

contencioso-administrativo ante al Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses

desde el día de su notificación, previa comunicación a este Ministerio,

de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 37.1 y 58 de la Ley reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956,

y en el artículo 110.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Madrid, 5 de junio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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