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Documento BOE-A-1998-15482

Orden de 5 de junio de 1998 por la que se modifica la autorización de los Centros privados de Educación Primaria y de Educación Secundaria Amanecer, de Alcorcón (Madrid), por ampliación de una unidad de Educación Primaria y reducción de una unidad en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1998, páginas 21747 a 21747 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-15482

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de los Centros Docentes privados de Educación

Primaria y de Educación Secundaria denominados "Amanecer",

domiciliados en la avenida de Pablo Iglesias, sin número, de Alcorcón (Madrid),

en relación con la modificación de la autorización de los mencionados

centros, por ampliación de una unidad de Educación Primaria y reducción

de una unidad en la etapa de la Educación Secundaria Obligatoria,

El Ministerio de Educación y Cultura ha dispuesto:

Primero.-Modificar la autorización de los Centros privados de

Educación Primaria y de Educación Secundaria Amanecer, de Alcorcón

(Madrid), que quedan configurados del modo siguiente:

A) Denominación genérica: Centro de Educación Primaria.

Denominación específica: Amanecer.

Titular: Sociedad Cooperativa Limitada Amanecer.

Domicilio: Avenida de Pablo Iglesias, sin número.

Localidad: Alcorcón.

Municipio: Alcorcón.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan: Educación Primaria.

Capacidad: Trece unidades y trescientos veinticinco puestos escolares.

B) Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.

Denominación específica: Amanecer.

Titular: Sociedad Cooperativa Limitada Amanecer.

Domicilio: Avenida de Pablo Iglesias, sin número.

Localidad: Alcorcón.

Municipio: Alcorcón.

Provincia: Madrid.

Enseñanzas que se autorizan:

a) Educación Secundaria Obligatoria. Capacidad: Once unidades y

trescientos treinta puestos escolares.

b) Bachillerato: Modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la

Salud y de Humanidades y Ciencias Sociales. Capacidad: Seis unidades

y doscientos diez puestos escolares.

c) Ciclos formativos de grado superior:

Turno diurno:

Animación de Actividades Físicas y Deportivas. Capacidad: Dos grupos

y sesenta puestos escolares.

Turno vespertino:

Animación de Actividades Físicas y Deportivas. Capacidad: Dos grupos

y sesenta puestos escolares.

Segundo.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá

interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia

Nacional, en el plazo de dos meses desde el día de su notificación, previa

comunicación a este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en los

artículos 37.1 y 58 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956, y en el artículo 110.3 de la

Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 5 de junio de 1998.-P. D. (Órdenes de 1 de marzo y de 17

de junio de 1996), el Secretario general de Educación y Formación

Profesional, Eugenio Nasarre Goicoechea.

Ilmo. Sr. Director general de Centros Educativos.

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