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Documento BOE-A-1998-15124

Resolución de 8 de junio de 1998, del Banco de España, en ejecución de Acuerdo del Consejo de Ministros, de 24 de enero de 1997, por el que se impusieron a la sociedad de tasación «Alcén, Sociedad Anónima», la sanción de pérdida definitiva de la homologación para prestar servicios de tasación, y a su presidente don Pedro María Cendoya Martínez, la sanción de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos de administración o dirección, tanto en sociedades de tasación como en entidades de crédito, por plazo de cinco años.

Publicado en:
«BOE» núm. 151, de 25 de junio de 1998, páginas 21204 a 21205 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Banco de España
Referencia:
BOE-A-1998-15124

TEXTO ORIGINAL

Con fecha 24 de enero de 1997, el Consejo de Ministros dictó Acuerdo

resolviendo el expediente de referencia IE/ST-1/96, incoado por Acuerdo

de la Comisión Ejecutiva del Banco de España de 12 de abril de 1996,

a la sociedad de tasación "Alcen, Sociedad Anónima"yasuPresidente,

don Pedro María Cendoya Martínez y, siendo firme, procede, de

conformidad con el artículo 27.5 de la Ley 26/1988, de 29 de julio ("Boletín

Oficial del Estado" del 30), de Disciplina e Intervención de las Entidades

de Crédito, dar publicidad en el "Boletín Oficial del Estado" de las siguientes

sanciones por infracciones muy graves, impuestas en dicho Acuerdo, que

dispuso:

"Segundo.-Imponer a ``Alcen, Sociedad Anónima'' la sanción de pérdida

definitiva de la homologación para prestar servicios de tasación, prevista

en el apartado 3.a) de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994,

de 14 de abril, de Adaptación a la Legislación Española en Materia de

Entidades de Crédito, en relación con la Ley 26/1988, de 29 de julio, de

Disciplina e Intervención de las Entidades de Crédito, por la comisión

de la infracción consistente en obstruir la labor inspectora del Banco de

España, mediando requerimiento expreso y escrito al respecto, infracción

tipificada como muy grave en el apartado 2.a). cuarto de dicha disposición

adicional.

Tercero.-Imponer a su Presidente don Pedro María Cendoya Martínez

la sanción de separación del cargo con inhabilitación para ejercer cargos

de administración o dirección, tanto en sociedades de tasación como en

entidades de crédito, por plano de cinco años, prevista en el

apartado 3 de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994, de 14 de abril,

de Adaptación de la Legislación Española en Materia de Entidades de

Crédito, en relación con el artículo 12 de la Ley 26/1988, de 29 de julio,

por su responsabilidad en la comisión de infracción consistente en obstruir

la labor inspectora del Banco de España, mediando requerimiento expreso

y escrito al respecto, infracción tipificada como muy grave en el

apartado 2.a).cuarto de la disposición adicional décima de la Ley 3/1994".

Madrid, 8 de junio de 1998.-El Secretario general, Joaquín Fanjul de

Alcocer.

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