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Documento BOE-A-1998-14817

Orden de 12 de junio de 1998 por la que se convoca concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias en el ámbito de los servicios periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

Publicado en:
«BOE» núm. 149, de 23 de junio de 1998, páginas 20555 a 20564 (10 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-1998-14817

TEXTO ORIGINAL

A la vista de lo dispuesto en el Real Decreto 414/1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), por el que se aprueba la oferta de empleo público para 1997, en el que se regula igualmente la contratación de personal de carácter temporal y los procesos de consolidación de empleo temporal, de naturaleza estructural y permanente; lo dispuesto en el Acuerdo Administración-Sindicatos de 15 de septiembre de 1994 ("Boletín Oficial del Estado" del 20), y en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 30/1984, modificada por Ley 22/1993; el Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo, por el que se regula el acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea,

Este Ministerio, en uso de las competencias atribuidas en el artículo 1.a) del Real Decreto 1084/1990, de 31 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de septiembre), de redistribución de competencias en materia de personal y en la Orden de 6 de junio de 1996 ("Boletín Oficial del Estado" del 7), previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública y del Ministerio de Economía y Hacienda, acuerda convocar concurso-oposición para ingreso en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias (Código 0912), en el ámbito de los servicios periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, excepto los centros penitenciarios de la Comunidad Autónoma de Cataluña, con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convoca concurso-oposición para cubrir cincuenta y dos plazas por el sistema general de acceso libre, correspondientes al Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias, en las especialidades de Ciencias Sociales y Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza. Las vacantes ofrecidas se encuentran repartidas por todo el territorio nacional, con la excepción de la Comunidad Autónoma de Cataluña.

De las cincuenta y dos plazas convocadas se reservarán dos plazas para ser cubiertas por personas con minusvalías, con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, adicionada por Ley 23/1988, de 28 de julio.

Las plazas sin cubrir de las reservadas a discapacitados se acumularán a las del sistema general de acceso libre.

1.1.1 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas.

1.2 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto; la Ley 23/1988, de 28 de julio; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de abril), y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3 El proceso selectivo constará de dos fases, una fase de oposición y una fase de concurso, con las pruebas, puntuaciones y materias que se especifican en el anexo I. Con anterioridad a la fase de oposición se realizará una prueba eliminatoria de conocimiento de la lengua castellana para los aspirantes que no posean nacionalidad española.

1.4 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo II de esta convocatoria.

1.5 La adjudicación de plazas a los aspirantes que superen el proceso selectivo se efectuará de acuerdo con la puntuación total obtenida por éstos a lo largo de todo el proceso.

1.6 El primer ejercicio de la fase de oposición se iniciará a partir de la primera quincena de septiembre, debiendo finalizar la fase de oposición antes del 31 de diciembre de 1998.

2. Requisitos de los candidatos

2.1 Quienes aspiren a participar en el concurso-oposición deberán cumplir las condiciones generales siguientes:

2.1.1 Tener la nacionalidad española, o de acuerdo con lo establecido en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, sobre acceso a determinados sectores de la función pública de los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en los que se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Unión Europea.

2.1.2 Tener cumplidos dieciocho años y no exceder la edad establecida para la jubilación.

2.1.3 Estar en posesión de alguno de los títulos de Maestro, Diplomado en Profesorado de Educación General Básica o Maestro de Primera Enseñanza.

Igualmente, podrán participar en el presente concurso-oposición aquéllos que, sin estar en posesión de las titulaciones anteriormente mencionadas, tengan la titulación de Diplomado Universitario o titulación equivalente, según lo dispuesto en la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984 (Arquitecto técnico o Ingeniero Técnico), siempre y cuando hubiesen seguido los correspondientes cursos en los Institutos de Ciencias de la Educación, y hubiesen sido contratados como Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias con anterioridad y durante el período previsto en la disposición transitoria quinta.3 de la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, y que a la fecha de la publicación de la convocatoria continúen realizando la actividad docente en el puesto para el que hayan sido contratados.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a en aplicación de la Directiva 89/48/CEE.

2.1.4 No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de la docencia.

2.1.5 No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones pú blicas.

2.1.6 No ser funcionario de carrera del mismo Cuerpo al que se refiere la convocatoria.

2.1.7 Para los aspirantes que no posean la nacionalidad española, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de la Ley 17/1993, deberán acreditar el no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida el acceso a la función pública en su Estado de origen.

2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte de este concurso-oposición deberán hacerlo constar en copia del modelo de instancia que figura en el anexo VI de esta convocatoria. De este modelo se harán tres copias, la primera, para el órgano convocante (ejemplar a presentar en el lugar señalado en la convocatoria), la segunda, para la entidad de depósito correspondiente, y la tercera para el interesado.

Las instrucciones para cumplimentar el impreso serán las que se detallan a continuación:

Instrucciones generales:

Escriba solamente a máquina o con bolígrafo, utilizando mayúsculas de tipo de imprenta.

Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos los ejemplares.

Evite doblar el papel y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.

No escriba en los espacios sombreados o reservados.

No olvide firmar el impreso.

Instrucciones particulares:

A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad o, para los extranjeros, documento que acredite su nacionalidad.

En el punto 1 de la instancia, referente al Cuerpo o Escala, deberá consignarse el código número 0912.

Los aspirantes deberán indicar en la solicitud la especialidad por la que se presentan (punto 2).

En cuanto a la forma de acceso, se consignará la letra "L", correspondiente al sistema general de acceso libre (punto 3).

Los aspirantes acompañarán a su solicitud toda la documentación justificativa a que se hace referencia en el baremo, que como anexo III se acompaña a la presente, entendiéndose que solamente se tomarán en consideración aquellos méritos debidamente justificados a través de la documentación que se determina en la presente convocatoria, durante el plazo de presentación de instancias.

3.2 La presentación de solicitudes (ejemplar número 1, "Ejemplar a presentar por el interesado para el órgano convocante" del modelo de solicitud), se hará en la oficina del registro de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá 40, 28014, Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado", y se dirigirán al Director general de Instituciones Penitenciarias.

Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar para quedar exentos de la prueba de lengua castellana, la posesión del diploma superior de español como lengua extranjera o del certificado de aptitud en español para extranjeros expedidos por las escuelas oficiales de idiomas y deberán indicar este hecho en la casilla A de la solicitud y adjuntar a ésta una fotocopia compulsada del documento acreditativo correspondiente.

Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse, en el plazo expresado en el párrafo anterior, a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes, quienes las remitirán seguidamente al organismo competente. El interesado adjuntará a dicha solicitud comprobante bancario de haber satisfecho los derechos de examen.

3.3 Los aspirantes con minusvalías deberán indicarlo en la solicitud, para lo cual se utiliza el recuadro número 7 de la misma. Asimismo, deberán solicitar expresándolo en el recuadro número 9, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.

Los aspirantes con minusvalía con grado igual o superior al 33 por 100 que opten por el cupo de reserva, deberán cumplimentar, en su caso, dichos requisitos y declarar expresamente en su instancia que reúnen tal condición.

3.4 El importe de la tasa correspondiente a los derechos de examen será de 3.000 pesetas, y se ingresarán en la cuenta corriente número 13020100000023556557, abierta en el Grupo Argentaria, Caja Postal, con el título "Tesoro Público. Ministerio del Interior. Dirección General de Instituciones Penitenciarias. Tasa 16.20. Derechos de examen". El ingreso deberá efectuarse directamente en cualquier oficina de dicha entidad.

Estarán exentos de este pago las personas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.

Junto a la solicitud, deberá acompañarse resguardo acreditativo del pago de los derechos. En el supuesto de que el ingreso se haya realizado en una oficina del Grupo Argentaria, Caja Postal, deberá figurar en la solicitud el sello de esa entidad que justifique el referido pago. La falta de una justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en el Grupo Argentaria, Caja Postal, supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.2.

3.5 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Expirado el plazo de presentación de instancias, la autoridad convocante dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos.

En dicha resolución, que deberá publicarse en el "Boletín Oficial del Estado", se indicarán los lugares en que se encuentra expuesta al público la lista certificada completa de aspirantes admitidos y excluidos y se determinará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio de la fase de oposición. Dicha fecha coincidirá con la del citado ejercicio de las pruebas selectivas convocadas para la consolidación de empleo temporal del Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, convocadas en el ámbito de competencias de la Dirección General de los Servicios Penitenciarios y de Rehabilitación de la Generalidad de Cataluña.

Dicha lista deberá se expuesta, en todo caso, en la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, en las Delegaciones del Gobierno de las Comunidades Autónomas, Subdelegaciones, en el Ministerio de Interior, en la Dirección General de la Función Pública y en el Centro de Información Administrativa del Ministerio para las Administraciones Públicas. En la lista deberá constar en todo caso los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad, así como la causa de exclusión.

También, si procede, deberá constar la exención de la prueba de la lengua castellana para los extranjeros que no posean la nacionalidad española.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

Las reclamaciones se estimarán o desestimarán en la resolución de la autoridad convocante por la que se apruebe la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

Contra dicha resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4.3 Procederá la devolución de la tasa por derechos de examen cuando no se realice la participación en las pruebas selectivas a que se refiere la convocatoria por causas no imputables al aspirante.

5. Tribunales

5.1 Los tribunales calificadores de estas pruebas serán los que figuran en el anexo IV de esta convocatoria. A efectos de coordinación y un mejor desarrollo de las pruebas, el Tribunal número uno y, más concretamente, su Presidente, dará las directrices oportunas para conseguir este fin.

De igual forma, si el número de aspirantes fuera tan numeroso que resultara imposible finalizar el proceso selectivo en los plazos previstos, la autoridad convocante, podrá nombrar nuevos Tribunales con los mismos requisitos y garantías que los realizados en esta convocatoria.

5.2 Igualmente, los Tribunales adoptarán las medidas precisas, para que en aquellos casos que resulte necesario, los aspirantes con algún tipo de minusvalías gocen de igualdad de oportunidades para realización de los ejercicios que el resto de participantes, sin que estas medidas o adaptaciones supongan desnaturalización del contenido de la prueba.

5.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si se hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.4 Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial del Estado" resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal que hayan de sustituir a los que hubiesen perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.5 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del primer ejercicio.

En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.6 A partir de su constitución, los Tribunales celebrarán sus sesiones con asistencia del Presidente y Secretario y la mitad, al menos, de sus miembros titulares o suplentes. Sus actuaciones se ajustarán a lo dispuesto en los artículos 26 y 27 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7 Dentro de las fases, tanto de oposición como de concurso, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

5.8 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estime pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias.

5.9 El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas de forma que los aspirantes con minusvalías gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes. En este sentido se establecerán, para las personas con minusvalías que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral, Sanitaria o de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Si en la realización de los ejercicios se suscitan dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante por el cupo de reserva para el desempeño de las actividades habitualmente desarrolladas por los funcionarios del Cuerpo podrán recabar el correspondiente dictamen de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

En este caso, hasta que se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión del proceso hasta la recepción del dictamen.

5.10 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban se leídos ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22), o cualesquiera otras equivalentes, previa aprobación por la Secretaría de Estado para la Administración Pública.

El Tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

5.11 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Subdirección General de Personal de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá 40, planta segunda, 28014, Madrid, teléfono (91) 335 48 12.

El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos, una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.12 El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría segunda de las recogidas en el anexo IV del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo ("Boletín Oficial del Estado" del 19).

6. Desarrollo de los ejercicios

6.1 El primer ejercicio de la fase de oposición se realizará en Madrid, en la fecha y hora que oportunamente serán anunciadas en la resolución de admitidos y excluidos a este concurso-oposición y que coincidirán con las fijadas para la celebración del primer ejercicio de la convocatoria de consolidación de empleo, concurso-oposición convocado para cubrir plazas de este Cuerpo de Profesores de Educación General Básica, en el ámbito de competencias de la Dirección General de los Servicios Penitenciarios y de Rehabilitación de la Generalidad de Cataluña.

6.2 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra "Z", de conformidad con lo establecido en Resolución de la Secretaría de Estado para la Administración Pública de 9 de abril de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 12), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el día 4 de abril de 1997.

6.3 En cualquier momento, los aspirantes podrán ser requeridos por los miembros del Tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

6.4 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos del concurso-oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.5 La publicación del sucesivo anuncio de celebración del segundo ejercicio se efectuará por el Tribunal en los locales donde se haya celebrado el primero, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.11 y por cualesquiera otros medios, si se juzga conveniente, para facilitar su máxima divulgación, con veinticuatro horas, al menos, de antelación a la señalada para la iniciación de los mismos. Cuando se trate del mismo ejercicio, el anuncio será publicado en los locales donde se haya celebrado, en la citada sede del Tribunal, y por cualquier otro medio, si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación.

6.6 En cualquier momento del concurso-oposición, si el Tribunal tuviese conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, comunicándole asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes.

Contra los actos de exclusión dictados por la autoridad convocante, podrán los interesados interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Audiencia Nacional, conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

7. Lista de aprobados

7.1 Finalizadas las dos fases del proceso selectivo (oposición y concurso), el Tribunal hará públicas, en el lugar o lugares de celebración del último ejercicio, así como en la sede del Tribunal señalada en la base 5.11 y en aquellos otros que estime oportuno, la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su documento nacional de identidad.

El Presidente del Tribunal enviará copia certificada de las listas de aprobados a la autoridad convocante, especificando igualmente, el número de aprobados en cada uno de los ejercicios.

La resolución final será publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios

8.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el día siguiente a aquel en que se hizo pública la resolución en el "Boletín Oficial del Estado", los opositores aprobados deberán presentar en la Subdirección General de Personal de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, 40, 28014 Madrid, los siguientes documentos:

A) Fotocopia del título exigido en la base 2.1.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título.

B) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo V a esta convocatoria.

C) Los aspirantes con minusvalías con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, que hayan optado por el cupo de reserva, deberán acreditar tal condición, si obtuviesen plaza, mediante certificación de los órganos competentes del Ministerio de Trabajo y Asuntos sociales o, en su caso, de la Comunidad Autónoma correspondiente.

8.1.1 Los nacionales de cualquier Estado miembro de la Unión Europea deberán acreditar los requisitos señalados en la base 2.1, mediante la presentación de fotocopia compulsada del título alegado para participar en el concurso-oposición o certificación sustitutoria expedida por el Rector de la Universidad correspondiente, junto con la credencial que acredite su homologación o la credencial de reconocimiento para el ejercicio de la profesión de Maestro/a, en aplicación de la Directiva 89/48/CEE.

8.2 Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar tal condición, con expresión del número e importe de trienios, así como la fecha de su cumplimiento.

8.3 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.4 Finalizado el proceso selectivo en su totalidad, quienes lo hubiesen superado, y una vez elegido destino conforme al criterio señalado en la base 1.5 de la convocatoria, serán nombrados, a propuesta de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, funcionarios de carrera mediante Resolución del Secretario de Estado para la Administración Pública, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". El número de los declarados aptos, no podrá superar en ningún caso al de plazas convocadas.

8.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el "Boletín Oficial del Estado".

8.6 En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, el Ministerio para las Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de Administración Pública y en colaboración con los centros de formación de funcionarios competentes, en cada caso, velará por la formación de los aspirantes seleccionados en el dominio de la lengua oficial de las Comunidades Autónomas en las que se obtenga destino, una vez nombrados funcionarios de carrera.

9. Norma final

El presente concurso-oposición y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la misma Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Madrid, 12 de junio de 1998.-P. D. (Orden de 6 de junio de 1996), el Director general de Instituciones Penitenciarias, Ángel Yuste Castillejo.

ANEXO I

Cuerpo de Profesores de Educación General Básica

de Instituciones Penitenciarias

PROCESO DE SELECCIÓN Y VALORACIÓN

1. Proceso de selección

El proceso de selección constará de las siguientes fases:

A) Oposición.

B) Concurso.

Prueba de acreditación del conocimiento de la lengua castellana de los aspirantes que no poseen la nacionalidad española.

También con carácter previo a la realización de la prueba escrita de conocimientos, los aspirantes que participen en el proce dimiento selectivo y no posean la nacionalidad española deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana mediante la realización de una prueba en la que se comprobará que poseen un nivel adecuado de compresión y expresión oral y escrita en esta lengua.

La prueba consistirá en una redacción en castellano de un mínimo de 200 palabras y de una conversación con el Tribunal, y será calificada de apto o no apto; deberá obtenerse la calificación de apto para continuar el proceso selectivo.

Fase de oposición:

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas eliminatorias:

Prueba escrita: Consistirá en desarrollar por escrito dos temas. El primero de ellos será elegido por el candidato de entre dos extraídos al azar por el Tribunal, uno correspondiente a la primera parte del apartado A) del programa, y el otro correspondiente a la segunda parte del mismo apartado. El segundo tema será extraído al azar por el Tribunal entre los correspondientes al apartado B) de cada una de las especialidades convocadas. Para su desarrollo los aspirantes dispondrán de cuatro horas, dos para cada uno de los temas.

La prueba incluirá, además, la respuesta a tres preguntas elegidas por el candidato de entre seis formuladas por el Tribunal y relacionadas con los apartados A) (segunda parte) y B) del programa y currículo oficial del Ministerio de Educación y Cultura.

Las preguntas a las que se refiere el párrafo anterior deberán versar sobre la elaboración de propuestas concretas para trabajar con los alumnos en el marco de las programaciones de aula. Para su resolución los opositores dispondrán de hora y media.

Concluido el ejercicio, o llegada la hora de su finalización, cada opositor lo firmará e introducirá en un sobre que será cerrado y firmado por el interesado y por un miembro del Tribunal calificador. El ejercicio será leído en sesión pública ante el Tribunal en la fecha que éste señale. Cuando a juicio del Tribunal sea notorio o evidente la insuficiencia o falta de adecuación a los temas preguntados, éste podrá invitar al opositor a que dé por finalizada la lectura de los mismos.

Prueba oral: Consistirá en la exposición oral de una propuesta didáctica sobre un tema elegido por el candidato entre dos extraídos al azar por él mismo, del apartado B) de cada especialidad. En dicha propuesta, el aspirante deberá enmarcar el tema en el currículo oficial del Ministerio de Educación y Cultura, explicando la relación del mismo con los elementos del currículo. Asimismo, describirá pautas de actuación con el alumnado en el medio penitenciario, de acuerdo con el nivel de formación de adultos libremente elegido por el opositor. Finalizada la exposición, el Tribunal podrá debatir con el candidato sobre su intervención.

La exposición y el debate citados tendrán una duración máxima de una hora y treinta minutos, respectivamente. El opositor dispondrá, al menos, de dos horas para su preparación, pudiendo utilizar en ella el material que estime oportuno.

El número de aprobados de esta fase podrá ser superior al número de plazas convocadas.

Fase de concurso:

En esta fase, solamente se valorarán los méritos que acrediten los aspirantes que hayan superado la fase de oposición. La puntuación máxima de esta fase será de 9 puntos. Tendrán la consideración de méritos, la formación académica con una valoración máxima de 3 puntos, la experiencia docente, con una valoración máxima de 4 puntos, y los cursos de formación y perfeccionamiento superados, con una valoración máxima de 2 puntos.

La referida valoración se realizará conforme al baremo que como anexo III se acompaña a la presente convocatoria.

2. Valoración

Fase de oposición. Los ejercicios se calificarán de la siguiente manera:

Prueba escrita: Se otorgará una calificación máxima de 10 puntos para esta prueba, pudiendo otorgar el Tribunal hasta un 30 por 100 del total de la puntuación a las preguntas, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para declarar superada esta prueba y pasar a la siguiente. Finalizada la prueba, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del local en el que se haya realizado, las puntuaciones obtenidas por los aspirantes que la hayan superado y que pueden pasar a la prueba siguiente. Asimismo, se harán públicas en los tablones de anuncios de las dependencias mencionadas en la base 3.2.

Prueba oral: Se otorgará una puntuación máxima de 10 puntos. La puntuación mínima para superar esta prueba será de 5 puntos.

La calificación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma total de las puntuaciones obtenidas en cada una de las pruebas.

Fase de concurso:

La asignación de la puntuación que corresponda a los aspirantes al concurso-oposición, según baremo recogido en el anexo III de la presente convocatoria, se realizará por los Tribunales calificadores de estas pruebas.

Las puntuaciones provisionales obtenidas por esta valoración de méritos se hará pública en todos los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno y Subdelegaciones del todo el territorio nacional, así como en la sede de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias y la oficina de información administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas. Los interesados, en el plazo de diez días hábiles, podrán presentar alegaciones contra las mismas en escrito dirigido a los Tribunales calificadores. La resolución definitiva se notificará personalmente a los reclamantes al domicilio que figure en la solicitud. Contra la misma podrá interponerse recurso ordinario ante la autoridad convocante, conforme a lo establecido en el artículo 114 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Los Tribunales harán público el listado definitivo de puntuaciones de la fase de concurso en los lugares señalados en el epígrafe anterior. Estas puntuaciones definitivas se aplicarán a los candidatos que hayan superado la fase de oposición, y una vez sumadas dichas puntuaciones, propondrá a la autoridad convocante el nombramiento de funcionarios de carrera de los que hubieran obtenido mejor puntuación, teniendo en cuenta que no deberá ser superior al de plazas convocadas.

En caso de que al confeccionar la lista se produjesen empates esto se resolverá atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

1. Mayor puntuación en la fase de oposición.

2. Mayor puntuación en cada uno de los ejercicios de la oposición por el orden en que éstos se hayan realizado.

3. Mayor puntuación en el apartado de méritos por el orden en que aparecen en la convocatoria.

El listado definitivo de los aspirantes que hayan superado las dos primeras fases se publicará en el "Boletín Oficial del Estado", con expresión de la puntuación obtenida en cada una de las fases.

ANEXO II

PROGRAMA

APARTADO A

Primera parte

1. La Constitución Española de 1978: Características, estructura y reforma. Los principios constitucionales, los derechos fundamentales y las libertades públicas en España. La Corona. Las Cortes Generales. El Gobierno. El Defensor del Pueblo. Los Estatutos de Autonomía.

2. La Administración Pública: Principios constitucionales informadores. La Administración del Estado. Órganos superiores y directivos de la Administración general. El Ministerio del Interior: La Dirección General de Instituciones Penitenciarias: Estructura y competencias.

3. La pena. Concepto y fines. Clases de penas y efectos. Especial referencia a las penas privativas de libertad. Las medidas de seguridad.

4. El derecho penitenciario: Concepto, contenido y fuentes. La normativa penitenciaria vigente. Las líneas generales de la ejecución de las penas en nuestro ordenamiento fijadas por el artículo 25.2 de la Constitución.

5. La relación Jurídico-Penitenciaria: Naturaleza y fundamento. Derechos de los internos: Clases y límites, sistema de protección y régimen de garantías. Deberes de los internos.

6. Prestaciones de la Administración Penitenciaria: Asistencia sanitaria. Higiene y alimentación. La asistencia religiosa. La Acción social penitenciaria.

7. El Régimen Penitenciario: Concepto y principios inspiradores. Normas generales en la organización de un establecimiento penitenciario: El ingreso. Las relaciones con el exterior, comunicaciones y visitas. La participación de los internos en la actividad. La información, quejas y recursos.

8. El Régimen disciplinario: Principios generales y ámbito de aplicación. Clasificación de las faltas y sanciones. Procedimiento sancionador. Prescripción y cancelación. Las recompensas.

9. El Tratamiento penitenciario: Concepto, fines y principios inspiradores. La observación del interno. La clasificación en grados. Formación, cultura y deporte. Relación laboral especial. Los permisos de salida. Los beneficios penitenciarios.

10. El modelo organizativo penitenciario: Estructura y régimen jurídico. Órganos colegiados: Composición y funciones. Órganos Unipersonales.

Segunda parte

1. La Educación infantil y primaria de la LOGSE y disposiciones que la desarrollan. Características generales, finalidades, estructura curricular y áreas de aprendizaje. Educación de las personas adultas.

2. Concepto del currículo. Planteamiento curricular del Sistema educativo. Fuentes y funciones del currículo. Análisis de los elementos del currículo de la Educación infantil y primaria y las enseñanzas iniciales o formación instrumental de las personas adultas.

3. Escuela y Sociedad. El sistema educativo en una sociedad cambiante y plural. El contexto social en el que se pretende educar. Factores culturales y lingüísticos. La educación en el medio penitenciario.

4. El proyecto educativo y el proyecto curricular. Finalidades y elementos que incluyen. Estrategias para el proceso de elaboración. Aspectos que debe cubrir el currículo de adultos.

5. La programación. Aplicación de los principios psicopedagógicos y didácticos, el enfoque globalizador. Estructura y elementos básicos de las unidades de programación. Formas organizativas para favorecer la comunicación e interacción social.

6. Los temas o ejes transversales. Su presencia en el currículo en la toma de decisiones del proyecto educativo, del proyecto curricular y en las programaciones.

7. La acción tutorial del maestro o maestra. Organización, funciones y actividades tutoriales. El tutor o tutora y su relación con los alumnos, con el grupo de alumnos y con las familias. Coordinación del maestro tutor con los maestros y maestras especialistas y de apoyo u otros profesionales que intervienen en su grupo.

8. La evaluación en el marco de la Educación Infantil, Primaria y de las enseñanzas iniciales o formación instrumental de las personas adultas. Evaluación del proceso de enseñanza y de aprendizaje. Función de la evaluación. Estrategias, técnicas e instrumentos de evaluación.

9. Los recursos didácticos: Materiales, impresos, audiovisuales e informáticos. Criterios para la selección y utilización. La biblioteca: Funciones según los distintos propósitos de lectura.

10. La educación permanente como principio básico del Sistema Educativo. Organización, metodología y evaluación del proceso de enseñanza y de aprendizaje de personas adultas. La educación de adultos en centros penitenciarios.

11. El área de Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural: Enfoque y características. Aportaciones del área a los objetivos de la etapa. Análisis de objetivos, contenidos y criterios de evaluación. El área de conocimiento del medio natural, social y cultural y su relación con las otras áreas. Intervención educativa.

12. El área de Educación Física: Enfoque y características. Aportaciones del área a los objetivos de la etapa. Análisis de objetivos, contenidos y criterios de evaluación. El área de Educación Física en relación con las otras áreas.

13. El área de Educación Artística: Enfoque y características. Aportaciones del área a los objetivos de la etapa. Análisis de objetivos, contenidos en criterios de evaluación. El área de Educación Artística en relación con las otras áreas. Intervención educativa.

14. La enseñanza de las lenguas en la Educación Primaria. Fundamentos lingüísticos, psicológicos, pedagógicos y sociológicos. Enfoque comunicativo y consecuencias en la selección de objetivos, contenidos y criterios de evaluación. Aportaciones de la enseñanza de las lenguas a los objetivos generales de la etapa. Las áreas de Lengua y su relación con otras áreas. Intervención educativa.

15. El área de Matemáticas: Enfoque y características. Construcción del conocimiento matemático. Aportación del área a los objetivos generales de la etapa. Análisis de objetivos, contenidos y criterios de evaluación. El área de Matemáticas en relación con las otras áreas. Intervención educativa.

APARTADO B)

Especialidad: Ciencias Sociales

1. Las Ciencias Sociales en el proceso educativo. Presupuestos psicopedagógicos de las Ciencias Sociales. La interdisciplinariedad en el área social. El aprendizaje de técnicas básicas y adquisición de habilidades en el estudio de las Ciencias Sociales.

2. Las Ciencias Sociales y el estudio del entorno. El medio como instrumento generalizador. Criterios didácticos y metodólogicos para introducir el estudio de España.

3. Principales corrientes de pensamiento geográfico e histórico.

4. Las Ciencias Sociales y la educación de los valores democráticos. El desarrollo de actitudes cívicas y comportamientos democráticos. Criterios didácticos y metodológicos. Las técnicas de simulación.

5. El desarrollo y la importancia de los medios de comunicación en la sociedad actual. Los medios de comunicación como instrumentos didácticos. Función del mensaje audiovisual en el acto pedagógico.

6. El mapa: Espacios de conceptualización geográfica. Empleo de diferentes escalas y niveles de análisis. La utilización del plano y del mapa.

7. La Tierra en el Universo. El planeta Tierra. Los descubrimientos espaciales y las nuevas tecnologías. Técnicas y empleo de la observación indirecta.

8. El relieve terrestre. Teorías acerca de la formación del relieve. Las grandes unidades estructurales. Los procesos erosivos. La utilización de modelos y maquetas en el estudio del relieve.

9. La dinámica atmosférica. El tiempo. Elementos y factores del clima. Tipos de clima. Criterios para su clasificación. Aplicación del método inductivo para el estudio del clima. El observatorio escolar.

10. El mapa demográfico mundial. Su desigual reparto y crecimiento. La superpoblación y sus consecuencias. Teorías demográficas. La utilización de estadísticas y gráficas.

11. Aplicación de modelos en Ciencias Sociales. La ciudad como síntesis de hechos geográficos, históricos y artísticos. Emplazamiento, estructuras y funciones urbanas. El proceso de terciarización de la ciudad. La ciudad organiza el territorio: Problemas que plantea.

12. Los distintos grados de desarrollo. Países desarrollados y subdesarrollados, características socioeconómicas. Las relaciones Norte-Sur.

13. Los grandes bloques de poder. Organización económica y social. Las actuales zonas de tensión mundial. Las relaciones Este-Oeste. El trabajo en grupo y el debate en Ciencias Sociales.

14. Unidades de relieve español. Su evolución. Los grandes paisajes bigeográficos. Criterios para la elaboración de un herbario y de una colección de rocas.

15. Los desequilibrios regionales del Estado español. Origen y consecuencias económicas y demográficas de los mismos. Fases de evolución reciente de la economía española.

16. La historia. El problema de la asimilación del tiempo y la causalidad en el hecho histórico. Soluciones didácticas. El método sincrónico y el método diacrónico.

17. El origen del hogar y las primeras formas de vida colectiva. La revolución neolítica. Los primitivos actuales y su adaptación a la vida moderna. La arqueología.

18. El mediterráneo, marco de las culturas clásicas. Modos de vida, arte y pensamiento, y su proyección en las sociedades posteriores. El mapa: Instrumento de estudio histórico.

19. La sociedad medieval. Castillos y monasterios como núcleos de poder. El renacer de las ciudades. El proceso repoblador medieval en la península ibérica. El itinerario histórico.

20. El renacimiento y el barroco. El arte como producto de una etapa histórica. Aspectos políticos, económicos y sociales. Criterios metodológicos y didácticos para el análisis de la obra de arte.

21. Los descubrimientos geográficos en la edad moderna. Causas y consecuencias. Formas de colonización. El respeto a otras culturas y su tratamiento didáctico.

22. La revolución industrial. El proceso de transformación de la estructura productiva. Consecuencias económicas, sociales y políticas. La ciencia, el arte y el pensamiento en la revolución industrial. El trabajo de campo.

23. El movimiento obrero en los siglos XIX y XX. El sindicato y las luchas obreras. La utilización didáctica de recursos documentales.

24. Las crisis del siglo XX: Económicas, políticas, culturales y artísticas. La utilización de texto en las Ciencias Sociales.

25. La España actual. Configuración política y territorial. La transición hacia la democracia. La Constitución de 1978. El conocimiento de la Constitución de la Educación Primaria.

Especialidad: Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza

1. Formulación de objetivos y programación en Ciencias de la Naturaleza y Matemáticas. Objetivos de conocimiento, procesos mentales, actitudes y destrezas manipulativas. Los proyectos de ciencia integrada. Evaluación de objetivos.

2. Los procesos científicos en los diversos ciclos de la Educación de Adultos. Observación y experimentación. Utilización de modelos. Análisis de un fenómeno natural según el método científico.

3. Técnicas instrumentales en el aprendizaje de las ciencias experimentales. Técnicas de trabajo de laboratorio y de campo. Su graduación en los diversos ciclos de la educación de adultos. Organización del trabajo experimental en el laboratorio y en el campo. Normas elementales de seguridad en el trabajo de laboratorio y de campo con alumnos.

4. Actividades y recursos didácticos en la enseñanza de las Ciencias de la Naturaleza y Matemáticas. Análisis de los mismos y criterios para su utilización y evaluación.

5. La enseñanza de las Ciencias de la Naturaleza y Matemáticas en el marco de la educación integral. Aportación de la formación científica a la educación ambiental, sanitaria, sexual; del consumo y para la convivencia.

6. Lógica y teoría de conjuntos. Los conjuntos como base de las funciones lógicas, clasificatorias y de número. Actividades conjuntistas y desarrollo de las funciones lógicas. Las relaciones como base de clasificaciones y comparaciones. Clasificación y seriación de la familia de los conjuntos finitos. Utilización didáctica de los conceptos anteriores.

7. El número natural y su aritmética. Los sistemas de representación numéricos: El sistema decimal. Fundamentos y desarrollos del aprendizaje de las operaciones con números naturales (adición, sustracción, multiplicación y división) y sus propiedades. La enseñanza de los algoritmos: Comprensión o automatización. La didáctica del cálculo: Cálculo escrito y cálculo mental.

8. Las magnitudes y sus medida. Esquema general del concepto de magnitud. Reconocimiento de la magnitud. Contar y medir: Magnitudes discretas y continuas. Medidas directa e indirecta. Carácter aproximado de la medición. Estimación, error y aproximación.

9. Representaciones gráficas. Tipos de gráficas para representar datos. Construcción de gráficos e interpretación de los mismos desde un punto de vista funcional o estadístico. Medidas de tendencia central y de dispersión. El gráfico como instrumento de trabajo interdisciplinar en la escuela.

10. Geometría. Origen experimental de la Geometría: Los modelos geométricos en el entorno. De lo concreto a lo abstracto: El dibujo geométrico como apoyo del proceso de abstracción. La Geometría como ciencia racional: El significado de la demostración. Las isometrías. El concepto de simetría como invariante. Aspectos topológicos.

11. Relaciones métricas en las figuras geométricas. Proporcionalidad y geometría: Homotecia y semejanza. Cómo trabajar la proporcionalidad geométrica. Ampliación y reducción de figuras. Aplicaciones. Relaciones métricas derivadas de la semejanza: Teoremas en los triángulos rectángulos.

12. Funciones. El descubrimiento de las correspondencias entre magnitudes y la relación entre medidas correspondientes: El concepto de función. Las funciones como fuente de información: Monotonía, crecimiento y continuidad. Instrumentos formales asociados al estudio de relaciones funcionales: Polinomios y ecuaciones. Análisis de un fenómeno físico a través del estudio de una función.

13. Posibilidades de utilización de la informática como recurso didáctico. La informática como materia del currículum.

14. La materia. Estados de la materia. Propiedades características de las sustancias. Criterios de clasificación de las mismas. Métodos de separación. Clasificación de los elementos. Periodicidad de las propiedades de los elementos. Tratamiento específico de estos temas: Graduación de conceptos, actividades especialmente adecuadas para su estudio, técnicas más idóneas y propuestas concretas para su evaluación.

15. Estructura de la materia. Estructura atómica y molecular. Los cristales y sus distintos tipos de enlace. Propiedades de las sustancias según el tipo de enlace.

Iniciación al lenguaje químico. Utilización de modelos para la introducción al estudio de las estructuras.

16. La Tierra. Materiales que la constituyen. Génesis y evolución de la corteza terrestre. Iniciación al conocimiento geológico del entorno y su tratamiento específico en los diversos ciclos.

17. El agua y el aire: Sustancias básicas de la biosfera. Propiedades físicas y químicas de la misma. Los seres vivos, el agua y el aire. Usos del agua. Causas de la contaminación de estos recursos naturales. Tratamiento de las aguas para su consumo. Experiencias básicas que pueden realizarse.

18. Metodología escolar. Fenómenos meteorológicos: Viento, nubes y precipitaciones. Instrumentos de medida y su fundamento físico. Recogida de datos meteorológicos y su interpretación a través del mapa sinóptico.

19. Energía. Fuentes de energía y receptores de energía. Transformaciones de la energía. Trabajo y energía. Conversores de energía. El aprovechamiento de la energía para la realización de trabajos a lo largo de la historia. La historia de la ciencia en los Áreas de Ciencias de la Naturaleza y Matemáticas.

20. Interacciones físicas y campos. Interacción gravitatoria. La síntesis de Newton: Gravitación universal. Introducción a la Astronomía. Movimiento de los astros. Descripción del universo. Interacción electromagnética: El campo electromagnético y la corriente eléctrica. Interacción fuerte. Fuerzas nucleares. Estudio de los circuitos eléctricos.

21. Corpúsculos y ondas. Movimientos oscilatorios. El sonido como fenómeno ondulatorio. Los sonidos y la audición. La luz como fenómeno ondulatorio. La luz y la visión. Dualidad onda-corpúsculo. La utilización de modelos para el estudio de fenómenos luminosos. Experiencias con luz y sonido.

22. Cambios enérgeticos y materiales en la naturaleza. Leyes de conservación de los sistemas físicos y químicos. Influencia de los cambios de presión, temperatura y volumen en las transformaciones físicas y químicas. Tratamiento específico de estos temas en los distintos ciclos. Graduación de conceptos, actividades especialmente adecuadas para su estudio, técnicas más idóneas y propuestas concretas para su evolución.

23. Los seres vivos. Niveles de organización. Las moléculas de la vida. Base citológica e histológica de la vida. Diversidad de los organismos. Grandes grupos taxonómicos. Desarrollo de conceptos taxonómicos en los tres ciclos. El descubrimiento de los seres vivos microscópicos.

24. Funciones de los seres vivos. Intercambios energéticos y materiales. Respiración, fotosíntesis y procesos metabólicos. Función de relación y regulación de los organismos. Reproducción y herencia. El hombre como ser vivo: Nutrición, relación y reproducción. Tratamiento específico de estos temas en los distintos ciclos: Graduación de conceptos, actividades especialmente adecuadas para su estudio, técnicas más idóneas y propuestas concretas para su evaluación.

25. Los seres vivos y el medio. Ecosistemas. Componentes del ecosistema. Estructura. Dinámica del ecosistema. Funcionalismo del ecosistema. Los modelos ecológicos aplicados al estudio de un ecosistema terrestre y uno acuático. El estudio ecológico del entorno y la educación ambiental.

26. Historia de la Tierra y los seres vivientes. Evolución geológica. El tiempo geológico. Introducción de la perspectiva evolucionista: Los registros fósiles.

(ANEXO III OMITIDO).

ANEXO IV

Especialidad: Ciencias Sociales (Coordinador)

Tribunal número 1

Titulares:

Presidenta: Doña Asunción Muriel Alonso, Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias.

Vocales: Don José Antonio Castellanos Jarque, Cuerpo de Maestros; don Santiago Vega Sombría, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias; don Estanislao García Bravo, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias.

Secretario: Don Eloy Gascón Hernández, Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria.

Suplentes:

Presidenta: Doña Dionisia Manteca Marcos, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Don Fausto Martín Díez, Cuerpo de Maestros; doña Ana María Domínguez de Lugo, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias; doña Rosario García Lanuza, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias.

Secretaria: Doña Mercedes Velasco Solar, Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

Especialidad: Matemáticas y Ciencias de la Naturaleza

Tribunal número 2

Titulares:

Presidenta: Doña Pilar Navazo Rui-Wamba, Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.

Vocales: Don Santiago Crespo Valduvieco, Cuerpo de Maestros; don Pedro F. Castro Soto, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias; doña Antonia Nieto Tarancón, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones penitenciarias.

Secretario: Don Ramón Cánovas Calatrava, Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias.

Suplentes:

Presidenta: Doña Pilar de las Heras Tigero, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias.

Vocales: Don Miguel Ángel Vara Reviejo, Cuerpo de Maestros; don Fernando Crespo Zorita, Cuerpo Técnico de Instituciones Penitenciarias; don Juan José Moreno Díaz, Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias.

Secretaria: Doña Estrella Matute Oliva, Cuerpo Especial de Instituciones Penitenciarias.

ANEXO V

Declaración jurada de no separación del servicio

de la Administración Pública

Modelo de declaración jurada o promesa para aspirantes que posean la nacionalidad española:

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, que no ha sido separado del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

En a ...... de 1998.

Modelo de declaración jurada o promesa para aspirantes que no posean la nacionalidad española:

Don , con domicilio en , y documento nacional de identidad número , declara bajo juramento o promete, a efectos de ser nombrado funcionario del Cuerpo de Profesores de Educación General Básica de Instituciones Penitenciarias, que no ha estado sometido a sanción disciplinaria o condena penal que le imposibilite en (estado de origen) el acceso a la función pública.

En a ...... de de 1998.

(ANEXO VI OMITIDO).

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