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Documento BOE-A-1998-12557

Enmiendas de 1996 al anexo del Protocolo relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación por sustancias distintas de los hidrocarburos, 1973 (publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 11 de mayo de 1994) (revisión de la lista de sustancias) aprobadas el 10 de julio de 1996 por Resolución MEPC. 72(38).

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 30 de mayo de 1998, páginas 17933 a 17937 (5 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1998-12557
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ai/1996/07/10/(3)

TEXTO ORIGINAL

RESOLUCIÓN MEPC.72(38)

Aprobada el 10 de julio de 1996

Revisión de la lista de sustancias que se incluirá como anexo del Protocolo relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación por sustancias distintas de los hidrocarburos

El Comité de Protección del Medio Marino,

Tomando nota de la resolución 26 de la Conferencia internacional sobre contaminación del mar, 1973, en la que se pide al órgano competente designado por la Organización que establezca a más tardar para el 30 de noviembre de 1974 la lista de sustancias que se incluirá como anexo del Protocolo relativo a la intervención en alta mar en casos de contaminación por sustancias distintas de los hidrocarburos, 1973 (Protocolo de Intervención de 1973),

Tomando nota además de la resolución A.296(VIII), mediante la cual la Asamblea designó al Comité como el órgano competente a que se hace referencia en los artículos I y III de dicho Protocolo,

Recordando la resolución MEPC.49(31), mediante la cual el Comité aprobó el 4 de julio de 1991 la lista enmendada que se incluirá como anexo del Protocolo para sustituir a la lista original,

Recordando asimismo que en su 35.o período de sesiones había aprobado los criterios para seleccionar las sustancias que se incluirán en el anexo del Protocolo de Intervención de 1973,

Tomando nota también de que ya habían entrado en vigor las enmiendas de 1992 al código CIQ, así como la Enmienda 27 al Código IMDG,

Habiendo examinado las enmiendas propuestas al apéndice 2, Sustancias nocivas líquidas transportadas a granel, y al apéndice 3, Sustancias perjudiciales transportadas en bultos, elaboradas por la Secretaría de conformidad con los criterios antedichos, y teniendo en cuenta las recientes enmiendas a los códigos CIQ e IMDG,

1. Aprueba por la mayoría necesaria de dos tercios de las Partes en el Protocolo de Intervención de 1973 presentes y votantes en el Comité, la lista enmendada que figura en el anexo de la presente resolución.

2. Pide al Secretario general que distribuya para su aceptación la lista enmendada a todas las Partes en el Protocolo de Intervención de 1973, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 5 del artículo III, y que les informe de que se considerará que la lista enmendada ha sido aceptada al final de un plazo de seis meses después de que se haya distribuido, salvo que dentro de ese plazo un tercio de las Partes por lo menos haya comunicado a la Organización que pone objeciones a dichas enmiendas, y de que la lista enmendada entrará en vigor tres meses después de que se haya considerado aceptada; y

3. Pide además al Secretario general que adjunte copia de dicha lista al texto auténtico del Protocolo, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 2 a) del ar tículo I, una vez que la lista enmendada haya sido aceptada de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 6 del artículo III, para sustituir a la lista existente.

ANEXO

ANEXO DEL PROTOCOLO DE INTERVENCIÓN DE 1973

Lista de sustancias

APÉNDICE 1

Hidrocarburos transportados a granel, según se enumeran en el apéndice I del anexo I del Convenio MARPOL 73/78, distintos de los que figuran en el Convenio de Intervención, 1969

Soluciones asfálticas:

Bases para mezclas asfálticas.

Impermeabilizantes bituminosos.

Residuos de primera destilación.

Aceites:

Aceite clarificado.

Bitumen para riego de afirmados.

Aceite para transformadores.

Aceites aromáticos (excluidos los aceites vegetales).

Aceites minerales.

Aceites para automoción.

Aceites penetrantes.

Aceites ligeros (spindle).

Aceites para turbinas.

Destilados:

Fracción directa de columna.

Corte de expansión.

Gasoil:

De craqueo.

Naftas:

Disolventes.

Petróleo.

Fracción intermedia.

Bases para gasolinas:

Bases alquílicas.

Bases reformadas.

Bases polímeras.

Gasolinas:

Natural.

De automóvil.

De aviación.

Directa de columna.

Fueloil número 1 (queroseno).

Fueloil número 1-D.

Fueloil número 2.

Fueloil número 2-D.

Combustibles para reactores:

JP-1 (queroseno).

JP-3.

JP-5 (queroseno pesado).

ATK (turbo fuel).

Queroseno.

Alcohol mineral.

APÉNDICE 2

Sustancias nocivas líquidas transportadas a granel

Aceite ácido de nuez de palma.

Aceite carbólico.

Aceite de alcanfor.

Acetato de butilo secundario.

Acetato de ciclohexilo.

Acetato de decilo.

Acetato de heptilo.

Acetato de hexilo.

Acetato del éter metílico del etilenglicol.

Ácido cloracético (80 por 100 como máximo).

Ácido 2-cloropropiónico.

Ácido 3-cloropropiónico.

Ácido cresílico desfenolizado.

Ácido decanoico.

Ácido dimetiloctanoico.

Ácido fluorosilícico (20 por 100-30 por 100 en solución acuosa).

Ácido graso de tall oil (ácidos resínicos de menos de un 20 por 100).

Ácido 2-hidroxi-4(metiltio)-butanoico.

Ácido láurico.

Ácido neodecanoico.

Ácido nitrante (mezcla de ácido sulfúrico y ácido nítrico).

Ácido sulfúrico.

Ácido sulfúrico agotado.

Ácido undecanoico.

Ácidos nafténicos.

Acrilato de alquilo-copolímero de vinilpiridina en tolueno.

Acrilato de butilo (todos los isómeros).

Acrilato de decilo.

Acrilato de 2-etilhexilo.

Acrilato de etilo.

Acrilato de 2-hidroxietilo.

Acrilato de metilo.

Acrilonitrilo.

Adipato de dihexilo normal.

Adipato de dimetilo.

Alacloro técnico (90 por 100 como mínimo).

Alcohol alílico.

Alcohol bencílico.

Alcohol decílico (todos los isómeros).

Alcohol dodecílico.

Alcohol undecílico.

Aldehídos octílicos.

Alquilarilditiofosfato de cinc (C-C).

Alquilditiofosfato de cinc (C-C).

Alquilbenceno, alquilindano, alquilindano en mezcla (cada uno C-C).

Alquilbencenos (C-C).

Alquilbencenos (C-C).

Alquilnitratos (C-C).

Alquilsalicitalato de magnesio de cadena larga (C).

Alquitrán de hulla.

Anhídrido ftálico (fundido).

Anilina.

Aromáticos policíclicos (2+).

Benceno y mezclas de benceno que contienen un 10 por 100 o más de benceno *.

Borato de poliolefina amida alquenoamina.

Brea de alquitrán mineral (fundida).

Buteno oligómero.

Butilamina (todos los isómeros).

Butiraldehído (todos los isómeros).

Butirato de butilo (todos los isómeros).

Cianhidrina de la acetona.

1,5,9-ciclododecatrieno.

Ciclohexilamina.

1,3-ciclopentadieno, dimero del (fundido).

Ciclopenteno.

Clorhidrinas (crudas).

Clorhindrina etilénica.

Clorobenceno.

Cloroformo.

orto-cloronitrobenceno.

orto-clorotolueno.

meta-clorotolueno.

para-clorotolueno.

Clorotoluenos (isómeros en mezcla).

Cloruro de alilo.

Cloruro de bencilo.

Cloruro de vinilideno.

Colofonia.

Colofonia, compuesto de inclusión fumárico, en dispersión acuosa.

Creosota (alquitrán de hulla).

Creosota (madera).

Cresoles (todos los isómeros).

Crotonaldehído.

Deceno.

Desechos químicos líquidos.

Dibromuro de etileno.

Dibutilamina.

Diclorobencenos (todos los isómeros).

2,4-Diclorofenol.

1,6-Diclorohexano.

1,2-Dicloropropano.

1,3-Dicloropropeno.

Dicloropropeno/dicloroprapano, en mezcla.

Dicloruro de etileno.

Dicromato sódico en solución (70 por 100 como máximo).

Dietilamina.

Dietilaminoetanol.

Dietilbenceno.

Difenilamina, producto de reacción con 2,4,4-Trimetilpenteno.

Difenilo.

Difenilo/éter difenílico en mezcla.

Difenilaminas alquilatadas.

Difenilolpropano.

Diisobutilamina.

Diisobutileno.

Diisocianato de difenilmetano.

Diisocianato de isoforona.

Diisocianato de tolueno.

Diisocianato de trimetilhexametileno (isómeros 2,2,4-y 2,4,4-).

Diisopropilamina.

Diisopropilbenceno (todos los isómeros).

Dimetilamina en solución (45 por 100 como máximo).

Dimetilamina en solución (de más de un 45 por 100 pero no más de un 55 por 100).

Dimetilamina en solución (de más de un 55 por 100 pero no más de un 65 por 100).

N,N-Dimetilciclohexilamina.

Dinitrotolueno (fundido).

1,4-dioxano.

Dióxido de tetrahidrotiófeno.

Dipropilamina normal.

Disolvente nafta de alquitrán de hulla.

Disulfonato del éter dodecildifenílico en solución.

Disulfuro de carbono.

Dodeceno (todos los isómeros).

Dodecilfenol.

Dodecilamina/Tetradecilamina, en mezcla.

Dodecildimetilamina/Tetradecildimetilamina, en mezcla.

Epiclorhidrina.

Espíritu blanco, aromático inferior (15-20 por 100).

Éster de la poliofelina (C-C).

Éster glicidílico del ácido trialquilacético C.

Estireno monómero.

Éter dicloroetíclico.

Éter difenílico.

Éter difenílico/éter difenilfenílico en mezcla.

Éter diglicílico del Bisfenol A.

Éter diglicílico del Bisfeno F.

Etilamina.

Etilamina en solución (72 por 100 como máximo).

Etilbenceno.

N-Etilbutilamina.

Etilendiamina.

orto-Etilfenol.

2-Etilhexilamina.

Etilide-norborneno.

2-Etil-3-propilacroleína.

Etiltolueno.

Formalehído en solución (45 por 100 como máximo).

Fosfato de tributilo.

Fosfato de tricresilo (con menos de un 1 por 100 de isómero orto-).

Fosfato de tricresilo (con un 1 por 100 como mínimo de isómero orto-).

Fosfato de trixililo.

Fosfato de fenil triisopropilato.

Fosfito de trietilo.

Fosfonato de dibutilo de hidrógeno.

Fósforo amarillo o blanco.

Fosfuro de dimetil de hidrógeno.

Ftalato de butilbencilo.

Ftalato de dibutilo.

Ftalato de diisobutilo.

Furfural.

Hexametildendiamina en solución.

Hidrosulfuro sódico en solución (45 por 100 como máximo).

Hidrosulfuro sódico/sulfuro amónico en solución.

Hipoclorito cálcico en solución (más de un 15 por 100).

Isoforodiamina.

Jabón de colofonia en solución (desproporcionada).

Jabón de tal oil en solución (desproporcionada).

Lactronitrilo en solución (80 por 100 como máximo).

Líquido nocivo, N.I.,(1), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.1, Cat.A*.

Líquido nocivo, I.,(2), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.1, Cat.A*.

Líquido nocivo, N.I.,(3), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.A*.

Líquido nocivo, I.,(4), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.A*.

Líquido nocivo, N.I.,(5), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.B*.

Líquido nocivo, N.I.,(6), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.B* p. fusión.

Líquido nocivo, I.,(7), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.B*.

Líquido nocivo, I.,(8), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.2, Cat.B* p. fusión.

Líquido nocivo, N.I.,(9), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.A*.

Líquido nocivo, I.,(10), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.A*.

Líquido nocivo, N.I.,(11), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.B*.

Líquido nocivo, N.I.,(12), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.B* p. fusión.

Líquido nocivo, I.,(13), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.B*.

Líquido nocivo, I.,(14), N.E.P. (nombre comercial ..., contiene ...) T.B.3, Cat.B* p. fusión.

Metacrilato de metilo.

Metam-sodio en solución.

Metilbutilencetona.

Metilciclopentadieno, dimero del.

alfa-metilestireno.

2-metil-6-etilanilina.

Metilheptilcetona.

Metilftaleno (fundido).

3-Metilpiridina.

Mezclas antidetonantes para carburantes de motores (que contienen alquilos de plomo).

Naftaleno (fundido).

Naftenato de cobalto en disolvente nafta.

Neodecanato de vinilo.

Nitrito sódico en solución.

Nitrobenceno.

orto-nitrofenol (fundido).

orto-o para-nitrotoluenos.

Noneno (todos los isómeros).

Nonilfenol.

Octano (todos los isómeros).

Olefinas en mezclas (C-C).

alfa-olefinas en mezclas (C-C).

Oleum.

Oleilamina.

Óxido de etileno/óxido de propileno en mezcla, con un contenido de óxido de etileno de un 30 por 100, en peso, como máximo.

Óxido de propileno.

Parafinas cloradas (C-C).

Pentacloroetano.

Percloroetileno.

alfa pineno.

beta pineno.

Poliéter de alcaril (C-C).

Poliéter de alcaril de cadena larga (C-C).

Polieteramina en alquil (C-C) bencenos de cadena larga.

Polietaramina de cadena larga en disolvente aromático.

Polietilenpoliaminas.

Polietoxilatos (1-6) de alcohol (C-C).

Polietoxilatos (7-19) de alcohol (C-C).

Polietoxilatos (3-6) de alcohol (C-C) (secundario).

Polietoxilatos (7-12) de alcohol (C-C) (secundario).

Polietoxilatos (4-12) de nonilfenol.

Poliolefina amida alquenoamina (C).

Poliolefinamina en disolvente aromático.

Polidefinamina en alquil (C-C) bencenos.

Poliol de poliolefina amida alquenoamina.

Propilamina normal.

Propilbenceno (todos los isómeros).

beta-propiolactona.

Propionitrilo.

Resina epiclorhidrínica del difenilolpropano.

Resina metacrílica en dicloruro de etileno.

Sal bárica del ácido graso de tall oil.

Sal dietanolamina del ácido 2,4-diclorofenoxiacético en solución.

Sal dimetilamina del ácido 2,4-diclorofenoxiacético en solución (70 por 100 como máximo).

Sal sódica del ácido cresílico, en solución.

Sal sódica del mercaptobenzotiazol en solución.

Sal triisopropanolamina del ácido 2,4-diclorofenoxiacético en solución.

Salicilato de metido.

Salmuera de perforación que contiene sales de cinc.

Sulfato de dietilo.

Sulfato de hidrógeno en solución (6 por 100 como máximo)/carbonato sódico en solución (3 por 100 como máximo).

Sulfito sódico en solución (15 por 100 como máximo).

Sulfohidrocarbono de cadena larga (C)/alquilamina, en mezclas.

Sulfonato sódico del petróleo.

Sulfuro amónico en solución (45 por 100 como máximo).

Sulfuro de fenolalquilino (C) cálcico/sufuro fósforo de polidefina, en mezcla.

Tetracloroetano.

Tetracloruro de carbono.

Tetramero del propileno.

Tetrametilbenceno (todos los isómeros).

Tiocianato sódico en solución (56 por 100 como máximo).

Toluendiaminia.

Tolueno.

orto-toluidina.

Trementina.

1,2,4-triclorobenceno.

Tricloroetileno.

Trietilamina.

Trietilbeceno.

Trietilentetramina.

Trímero del propileno.

Trimetilmania en solución (30 por 100 como máximo).

Trimetilbecenos (todos los isómeros).

1-undeceno.

Viniltolueno.

Xilenol.

Xilenos.

APÉNDICE 3

Sustancias perjudiciales transportadas en bultos

1,3-Hexaclorobutadieno.

1,5,9-Ciclododecatrieno.

Acetato fenilmercúrico.

Acetato mercurioso.

Acetato mercúrico.

Acetatos de mercurio.

Aldrín.

Arseniato mercúrico.

Azinfós-etil.

Azinfós-metil.

Benzoato de mercurio.

Benzoato mercúrico.

Binapacril.

Bisulfato de mercurio.

Bisulfato mercúrico.

Bisulfato mercurioso.

Brodifacoum.

Bromofós-etil.

Bromuro mercúrico.

Bromuro mercurioso.

Bromuros de mercurio.

Canfeclor.

Carbofenotión.

Cianocuprato potásico.

Cianomercuariato de potasio.

Cianuro cúprico.

Cianuro de cobre.

Cianuro de cobre y sodio en solución.

Cianuro de cobre y sodio sólido.

Cianuro de níquel.

Cianuro de mercurio.

Cianuro de mercurio y potasio.

Cianuro mercúrico.

Cianuro mercúrico-potásico.

Cihexatín.

Cimenos (orto-, meta-, para-).

Cimol.

Cipermetrina.

Clordán.

Clorofenatos líquidos.

Clorofenatos sólidos.

Clorpirifós.

Clortiofós.

Cloruro de fenarsazina.

Cloruro de mercurio amoniacal.

Cloruro mercúrico.

Cloruro mercúrico amoniacal.

Cloruro mercurioso.

Cobre metálico en polvo.

Compuesto de mercurio líquido, n.e.p.

Compuesto de mercurio sólido, n.e.p.

Compuestos de cadmio.

Compuestos de organoestaño líquidos, n.e.p.

Compuestos de organoestaño sólidos, n.e.p.

Compuestos de mercurio (i) (mercurioso).

Compuestos de mercurio (ii) (mercúrico).

Compuestos fenilmercúricos, n.e.p.

Cumafós.

Cuprocianuro potásico.

Cuprocianuro sódico en solución.

Cuprociauro sódico sólido.

DDT.

Dialifós.

Diazinón.

Diclofentión.

Dicloruro de mercurio.

Diclorvós.

Dieldrín.

Difenilaminocloroarsina.

Difenilcloroarsina líquida.

Difenilcloroarsina sólida.

Difenilos policlorados.

Difenilos polihalogenados líquidos.

Difenilos polihalogenados sólidos.

Dimetoato.

Dodecilfenol.

Endosulfán.

Endrin.

EPN.

Etión.

Fenitrotión.

Fenpropatrín.

Fentín acetato.

Fentín hidróxido.

Fentión.

Fentoato.

Fonofós.

Forato.

Fósforo amarillo fundido.

Fósforo amarillo mojado.

Fósforo amarillo seco.

Fósforo amarillo sumergido en agua.

Fósforo blanco fundido.

Fósforo blanco mojado.

Fósforo blanco seco.

Fósforo blanco sumergido en agua.

Fosalona.

Fosfamidón.

Fosfato de difenilcresilo.

gamma-HCB.

Gluconato de mercurio.

Gluconato mercúrico.

Heptacloro.

Hexacloro-1,3-butadieno.

Hexaclorobutadieno.

Hidróxido fenilmercúrico.

Isopropiltolueno.

Isopropiltoluol.

Isoxatión.

Lindano.

Mercurol.

Metilpropilbencenos.

Mevinfós.

Níquel carbonilo.

Níquel tetracarbonilo.

Nitrato fenilmercúrico.

Nitrato mercúrico.

Nitrato mercurioso.

Nucleato de mercurio.

Oleato de mercurio.

Oleato mercúrico.

Organoestaño, compuestos a base de (plaguicidas).

Oxicianuro de mercurio insensibilizado.

Oxicianuro mercúrico insensibilizado.

Óxido de fenbutaestaño.

Óxido de mercurio.

Óxido mercúrico.

Parafinas cloradas (C-C).

Paratión.

Paratión-metil.

PCB.

Pentaclorofenato sódico.

Pentaclorofenol.

Pirazofós.

Plaguicida líquido tóxico a base de organoestaño.

Plaguicida líquido tóxico a base de organoestaño, inflamable, punto de inflamación entre 23 o y 61 oC v.c.

Plaguicida líquido tóxico a base de organoestaño, inflamable, punto de inflamación inferior a 23 oC v.c.

Plaguicida sólido tóxico a base de organoestaño.

Plaguicida líquido tóxico a base de mercurio.

Plaguicida líquido tóxico a base de mercurio, inflamable, punto de inflamación entre 23 o y 61 oC v.c.

Plaguicida líquido tóxico a base de mercurio, inflamable, punto de inflamación inferior a 23 oC v.c.

Plaguicida sólido tóxico a base de mercurio.

Quizalofop.

Quizalofop-p-etilo.

Salicilato de mercurio.

Salicilato mercurioso.

Sulfato cúprico.

Sulfato de mercurio.

Sulfato mercúrico.

Sulfato mercurioso.

Sulprofós.

Terbufós.

Tetraclorvinfós.

Tetróxido de osmio.

Tiocianato de mercurio.

Tiocianato mercúrico.

Trifenilos polihalogenados líquidos.

Trifenilos polihalogenados sólidos.

Valerato de fenazona.

Yoduro de mercurio y potasio.

APÉNDICE 4

Materiales radiactivos

Materiales radiactivos que se transportan en bultos del tipo B, como materiales fisionables o con arreglo a disposiciones especiales, regidos por lo dispuesto en las fichas 10 a 13 de la Clase 7 del Código marítimo internacional de mercancías peligrosas.

APÉNDICE 5

Gases licuados transportados a granel

Acetaldehído.

Cloruro de hidrógeno anhidro.

Fluoruro de hidrógeno anhidro.

Amoniaco anhidro.

Bromuro de metilo.

Cloro.

Cloruro de etilo.

Cloruro de metilo.

Cloruro de vinilo monómero.

Dimetilamina.

Dióxido de azufre.

Óxido de etileno.

Las presentes Enmiendas entraron en vigor el día 19 de diciembre de 1997 de conformidad con lo establecido en el artículo 3 parrafo 7 del Protocolo.

Lo que se hace público para conocimiento general.

Madrid, 20 de mayo de 1998.-El Secretario general técnico, Julio Núñez Montesinos.

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo Internacional
  • Fecha de disposición: 10/07/1996
  • Fecha de publicación: 30/05/1998
  • Fecha de entrada en vigor: 19/12/1997
  • Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 20 de mayo de 1998.
Referencias anteriores
Materias
  • Acuerdos internacionales
  • Contaminación de las aguas

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