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Documento BOE-A-1998-12396

Resolución de 21 de mayo de 1998, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se amplían los plazos establecidos en los puntos segundo, 1, 1.º, y cuarto, 5, 1.º, c), de la Resolución de 23 de abril de 1998, por la que se convocan determinadas ayudas correspondientes al año 1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 1998, páginas 17717 a 17718 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-12396

TEXTO ORIGINAL

La Resolución de 23 de abril de 1998, de esta Dirección General, por la que se convocan determinadas ayudas correspondientes al año 1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 114, de 13 de mayo), establece en su punto segundo, 1, 1.o, el plazo para realizar las actividades que pueden ser objeto de las ayudas de acción y promoción cultural. El citado plazo tiene su término el 31 de diciembre de 1998. Asimismo, el punto cuarto, 5, 1.o, c), establece el plazo de presentación de solicitudes de ayudas para los viajes que se realicen en el tercer trimestre del año, finalizando el citado plazo el 30 de mayo de 1998.

Por tratarse de una única convocatoria para distintos tipos de ayudas, y teniendo en cuenta la demora en la publicación de la convocatoria, se ha considerado conveniente ampliar los plazos que se mencionan con anterioridad, a efectos de garantizar el cumplimiento de las finalidades previstas en la convocatoria, así como facilitar su difusión entre los interesados en acogerse a la misma.

Por todo lo expuesto, al amparo de lo establecido en el punto tercero de la Orden de 26 de marzo de 1998, dispongo:

Primero.-El plazo para realizar las actividades objeto de las ayudas establecido en el punto segundo, 1, 1.o, de la Resolución de 23 de abril de 1998, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se convocan determinadas ayudas correspondientes al año 1998 ("Boletín Oficial del Estado" número 114, de 13 de mayo), se amplía hasta el 31 de marzo de 1999, inclusive.

Segundo.-El plazo de presentación de solicitudes establecido en el punto cuarto, 5, 1.o, c), de la Resolución de 23 de abril de 1998, citada, se amplía hasta el 9 de junio de 1998, inclusive.

Tercero.-La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Madrid, 21 de mayo de 1998.-El Director general, Rafael Rodríguez-Ponga y Salamanca.

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