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Documento BOE-A-1998-11119

Resolución de 28 de abril de 1998, de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, por la que se conceden subvenciones para la incorporación de Doctores y Tecnólogos a grupos de investigación en España, en el marco del Programa Nacional de Formación del Personal Investigador del Plan Nacional de Investigación Científica y Desarrollo Tecnológico, y se corrigen errores padecidos en resoluciones anteriores.

Publicado en:
«BOE» núm. 113, de 12 de mayo de 1998, páginas 15803 a 15805 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1998-11119

TEXTO ORIGINAL

El anexo IV de la Resolución de 16 de julio de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" del 29), y el anexo III de las Resoluciones de 24 de octubre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de noviembre) y de 17 de diciembre de 1997 ("Boletín Oficial del Estado" de 12 de enero de 1998), de la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación y Desarrollo, incluían la relación de candidatos cuya solicitud quedaba pendiente por no haber sido aún definitivamente aprobados los proyectos de investigación a los que solicitaban adscribirse, o por requerir la presentación de documentación complementaria. Una vez solventadas estas circunstancias en algunos de estos casos, se ha considerado conveniente resolver acerca de los mismos, así como corregir los errores padecidos en las mencionadas Resoluciones de 16 de julio, de 24 de octubre y de 17 de diciembre de 1997.

En consecuencia, examinada la propuesta de la Comisión de Selección, he acordado:

Primero.-Conceder subvenciones a los organismos incluidos en el anexo I de la presente Resolución, destinadas a financiar la contratación de los Doctores que se relacionan, en los proyectos que se indican, por el número de meses y dentro del período señalado en cada caso.

Segundo.-Denegar las solicitudes de los candidatos relacionados en el anexo II por no haber sido aprobado el proyecto de investigación al que solicitaba adscribirse o por incumplimiento de las condiciones exigidas en la convocatoria.

Tercero.-Corregir el error padecido en la Resolución de 16 de julio de 1997, en el sentido siguiente:

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Candidato a contratar: Urcelay García, Elena.

Donde dice: "Intervalo contratación: 1997-08-01 al 1999-12-31"; debe decir: "Intervalo contratación: 1997-08-01 al 1998-12-31".

Cuarto.-Corregir los errores padecidos en la Resolución de 24 de octubre de 1997, en el sentido siguiente:

Organismo: Universidad de Sevilla.

Candidato a contratar: Herrera Carmona, Antonio José.

Donde dice: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 1999-12-31. Número máximo de meses a contratar: 24"; debe decir: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 1998-12-31. Número máximo de meses a contratar: 14".

Organismo: Universidad de Sevilla.

Candidato a contratar: Venero Recio, José Luis.

Donde dice: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 1999-12-31. Número máximo de meses a contratar: 24"; debe decir: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 1998-12-31. Número máximo de meses a contratar: 14".

Organismo: Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial (INTA).

Candidato a contratar: Castro Tirado, Alberto.

Donde dice: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 1996-10-01"; debe decir: "Intervalo contratación: 1997-11-01 al 2001-04-01".

Quinto.-Corregir los errores padecidos en la Resolución de 17 de diciembre de 1997, en el sentido siguiente:

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas.

Candidatos a contratar: Bioque Torralba, Gloria.

Donde dice: "Intervalo contratación: 1998-01-01 al 1999-12-31. Número máximo de meses a contratar: 19"; debe decir: "Intervalo contratación: 1998-01-01 al 1998-12-31. Número máximo de meses a contratar: 12".

Sexto.-La cuantía total de las subvenciones se calcula en función del número de mensualidades concedidas, hasta un máximo de doce por año, sobre la base de un coste total anual financiado para cada contrato de 4.450.000 pesetas, incluyendo la cuota patronal de las prestaciones sociales.

Séptimo.-Las entidades receptoras de estas subvenciones están obligadas a establecer con la Dirección General de Enseñanza Superior el Convenio previsto en el punto 7.1 de la Resolución de convocatoria. Si este Convenio ya existiera previamente, las entidades deberán actualizarlo en el anexo pertinente.

Octavo.-Las entidades colaboradoras deberán notificar a la Dirección General de Enseñanza Superior la formalización de los contratos que se suscriban al amparo de la presente Resolución, en las setenta y dos horas siguientes a que ésta se produzca.

Noveno.-El gasto del programa será imputado al crédito 18.07.781 del programa 541A, Investigación técnica.

El compromiso de gasto sobre ejercicios futuros queda condicionado a la aprobación de los créditos correspondientes en los Presupuestos Generales del Estado.

Décimo.-Los organismos perceptores de subvenciones presentarán certificación que acredite que sus importes se han incorporado a su contabilidad en el plazo de tres meses a contar desde su percibo.

Las subvenciones quedarán afectas a los fines para los que se otorgan. De su correcta utilización responderán los organismos perceptores, dentro de los tres meses siguientes a la terminación de sus acciones, de la siguiente forma:

Con certificación que la acredite, los organismos sujetos a fiscalización por el Tribunal de Cuentas.

Con justificantes originales, los no sujetos a esa fiscalización.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación que establece el artículo 58.1 de la Ley de 27 de diciembre de 1956, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, previa comunicación a que se refiere el artículo 110.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, según dispone la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en su artículo 57.2.f).

Madrid, 28 de abril de 1998.-El Secretario de Estado, Manuel Jesús González González.

Ilmo. Sr. Director general de Enseñanza Superior e Investigación Científica.

ANEXO I

Relación de organismos perceptores de subvenciones en la presente Resolución

Número

máximo

de meses

a contratar / Candidato a contratar / Referencia proyecto / Investigador / Intervalo / Contratación

Organismo: Consejo Superior de Investigaciones Científicas

Martínez-Mena García, María Dolores / ENV4-CT97-0687 / Albadalejo Montoro, Juan / 35 / 1-5-1998 / 31-3-2001

Organismo: Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Alimentaria (INIA)

Gutiérrez Adán, Alfonso / FAIR5-CT97-3306 / Sánchez Vizcaíno Rodríguez, José M. / 24 / 1-5-1998 / 31-12-2001

Organismo: Universidad de Valencia-Estudi General

Peña Cantero, Álvaro Luis / ANT97-2097-E / García Carrascosa, Manuel / 12 / 1-5-1998 / 1-5-1999

Organismo: Universidad del País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea

Rosales Franco, María Idoia / UE97/11 / Robles Orozco, Manuel Sergio / 19 / 1-5-1998 / 30-12-1999

ANEXO II

Relación de candidatos cuya solicitud se deniega

Agil, Ahmad.

Castejón Muñoz, Mercedes.

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