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Documento BOE-A-1997-27706

Resolución de 10 de diciembre de 1997, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, por la que se ordena la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, para el desarrollo de acciones formativas destinadas a empleados públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Publicado en:
«BOE» núm. 307, de 24 de diciembre de 1997, páginas 37939 a 37940 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-27706

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito con fecha 28 de noviembre de 1997, el Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, para el desarrollo de acciones formativas destinadas a empleados públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco, y estableciendo el artículo 8.2 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, que los Convenios de Colaboración se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado», resuelvo publicar el mencionado Convenio que figura como anexo a esta Resolución.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de diciembre de 1997.-El Secretario de Estado para la Administración Pública, Francisco Villar García-Moreno.

ANEXO

Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, para el desarrollo de acciones formativas destinadas a empleados públicos de la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco

En Madrid, 28 de noviembre de 1997.

REUNIDOS

De una parte: El excelentísimo señor don Mariano Rajoy Brey, en su calidad de Ministro de Administraciones Públicas y en su virtud de la competencia conferida por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 21 de julio de 1995, publicado por Resolución de 31 de julio de 1995, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Territoriales.

De otra parte: El El excelentísimo señor don Juan José Ibarretxe Markuartu, Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, en cuyo nombre y representación actúa.

Ambas partes se reconocen plena competencia y capacidad para firmar el presente Convenio de Colaboración y

EXPONEN

Primero.-El artículo 149.1.18 de la Constitución reserva al Estado competencia exclusiva sobre las bases de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas, que en todo caso garantizarán a los administrados un tratamiento común ante ellas.

De acuerdo con ello y conforme a lo establecido en el Estatuto de Autonomía del País Vasco, corresponde a la Comunidad Autónoma en el marco de la regulación general del Estado, el desarrollo legislativo y la ejecución en materia de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma.

Segundo.-La disposición adicional segunda de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 1997 y el acuerdo tripartito sobre Formación Continua de 19 de diciembre de 1996, articulan la financiación de la Formación Continua en las Administraciones Públicas para el presente ejercicio.

El crédito correspondiente figura en el Presupuesto del Instituto Nacional de Administración Pública.

Tercero.-El Gobierno del Estado pondrá a disposición del Gobierno Vasco los fondos destinados a financiar las acciones de formación continua promovidas por el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, y cuya cuantía asciende a 142.271.731 pesetas, conforme a los criterios alcanzados en el seno de la Comisión de Coordinación de la Función Pública.

Por lo que, las partes acuerdan suscribir el presente Convenio de Colaboración con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.-El presente Convenio tiene por objeto establecer la colaboración entre el Ministerio de Administraciones Públicas y el Departamento de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco para la financiación de las acciones de formación continua.

Segunda. Ámbito de aplicación.-El ámbito del Convenio se extiende a la Comunidad Autónoma del País Vasco, y afectará a los empleados públicos que presten servicios en la Administración General y organismos autónomos de esta Comunidad Autónoma.

Tercera. Las acciones de formación continua serán desarrolladas según lo establecido en la regulación vigente para el desarrollo de la Formación Continua en las Administraciones Públicas y el presente Convenio de Colaboración.

Cuarta. El Ministerio de Administraciones Públicas, a través del Instituto Nacional de Administración Pública y con cargo a su dotación presupuestaria 22.101.121C.450, transferirá la cantidad de 142.271.731 pesetas al Departamento de Hacienda y Administración Pública (Instituto Vasco de Administración Pública), que gestionará directamente los fondos percibidos. Dichos fondos se destinarán a financiar los gastos correspondientes a la ejecución y desarrollo de las acciones formativas objeto del presente Convenio.

Quinta. Para el seguimiento del presente Convenio cada una de las Administraciones firmantes designará a un representante.

Sexta. De los litigios que puedan plantearse en la aplicación e interpretación de este Convenio conocerá la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Séptima. El Gobierno Vasco acreditará la realización de la actividad de acuerdo con lo previsto en la Ley General Presupuestaria.

Octava. Sin perjuicio de que la formación de los empleados al servicio de las Administraciones Públicas Vascas en los ejercicios sucesivos habrá de evolucionar de forma análoga a la que establezca con carácter general para la formación continua de los trabajadores ocupados de dicha Comunidad Autónoma, este Convenio tendrá vigencia durante el ejercicio presupuestario de 1997.

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio en duplicado ejemplar, quedándose uno en poder de cada parte, en el lugar y fecha antes indicados. El Ministro de Administraciones Públicas, Mariano Rajoy Brey.-El Consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno Vasco, Juan José Ibarretxe Markuartu.

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