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Documento BOE-A-1997-2675

Resolución de 7 de enero de 1997, de la Subsecretaría, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la denominada «Fundación Privada para la Promoción del Deporte Sánchez Vicario», de Barcelona.

Publicado en:
«BOE» núm. 33, de 7 de febrero de 1997, páginas 4057 a 4058 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Cultura
Referencia:
BOE-A-1997-2675

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas de la denominada «Fundación Privada para la Promoción del Deporte Sánchez Vicario», instituida y domiciliada en Barcelona, calle Bori i Fontestá, número 14.

Antecedentes de hecho

Primero.-La Fundación fue constituida por doña María Luisa Vicario Rubio, don Emilio Sánchez Benito, doña María Luisa Sánchez Vicario, don Emilio Sánchez Vicario, don Javier Sánchez Vicario, doña Arantxa Sánchez Vicario y don Buenaventura Castellano Matarrodona, en escritura otorgada en Barcelona el día 9 de octubre de 1996.

Segundo.-Tendrá por objeto, entre otros, la promoción del deporte del tenis en su más ámplia acepción. La concesión de ayudas económicas a jugadores de categorías alevín a junior con la finalidad de que puedan mejorar su nivel competitivo, facilitando el acceso a nuevas metodologías y sistemas de entrenamiento que posibiliten la asistencia, asimismo becada, a competiciones de carácter oficial tanto en España como en el extranjero. Concesión de ayudas económicas a deportistas paralímpicos en la especialidad de tenis, en especial para favorecer la adquisición de materiales que posibiliten la práctica de dicho deporte. Organización de cursillos, seminarios, conferencias y otros actos impartidos por profesionales experimentados con experiencia docente en el tenis.

Tercero.-La dotación inicial de la Fundación, según consta en la escritura de constitución, asciende a 3.100.000 pesetas.

Cuarto.-El gobierno, administración y representación de la Fundación se confía a un Patronato. Las normas sobre la composición, nombramiento y renovación del Patronato constan en los Estatutos, desempeñando los patronos sus cargos con carácter gratuito.

Quinto.-El primer Patronato se encuentra constituido por don Emilio Sánchez Benito, como Presidente; doña María Luisa Vicario Rubio, como Vicepresidenta; don Buenaventura Castellanos Matarrodona, como Secretario, y doña María Luisa Sánchez Vicario, don Emilio Sánchez Vicario, don Javier Sánchez Vicario y doña Arantxa Sánchez Vicario, como Vocales, habiendo aceptado todos ellos sus respectivos cargos.

Sexto.-Todo lo relativo al gobierno y gestión de la Fundación se recoge en los Estatutos por los que se rige, sometiéndose expresamente en los mismos a la obligación de rendición de cuentas al protectorado;

Vistos la Constitución vigente; la Ley 30/1994, de 24 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 25), de Fundaciones e Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General; el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal de 23 de febrero de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de marzo); el Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas, de 21 de julio de 1972 («Boletín Oficial del Estado» de 30 de octubre), y demás disposiciones de general y pertinente aplicación.

Fundamentos de derecho

Primero.-El artículo 34 de la Constitución reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

Segundo.-Es competencia de la Subsecretaría la resolución de este expediente, a tenor de lo establecido en el artículo 13.2.h) del Real Decreto 1887/1996, de 2 de agosto («Boletín Oficial del Estado» del 6).

Tercero.-El artículo 36.2 de la Ley de Fundaciones establece que la inscripción de las fundaciones requerirá el informe favorable del órgano al que corresponda el ejercicio del protectorado, en cuanto a la persecución de fines de interés general y a la determinación de la suficiencia de la dotación, considerándose competente a tal efecto la Secretaría General del Protectorado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 107.10 del Reglamento de 1972.

Cuarto.-Examinados los fines de la Fundación y el importe de la dotación, la Secretaría General del Protectorado estima que aquéllos son de tipo deportivo e interés general y que la dotación es inicialmente suficiente y adecuada para el cumplimiento de los fines, por lo que, acreditado el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 36 de la Ley y demás formalidades legales, procede acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones como de ámbito nacional,

Esta Subsecretaría, vista la propuesta formulada por el Servicio de Fundaciones, y de conformidad con el informe del Servicio Jurídico, ha resuelto inscribir en el Registro de Fundaciones a la denominada «Fundación Privada para la Promoción del Deporte Sánchez Vicario» de ámbito nacional con domicilio en Barcelona, calle Bori i Fontestá, número 14, así como el Patronato, cuya composición figura en el quinto de los antecedentes de hecho.

Madrid, 7 de enero de 1997.-El Subsecretario, Ignacio González González.

Secretaría General del Protectorado de Fundaciones Docentes.

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