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Documento BOE-A-1997-18506

Resolución de 18 de julio de 1997, de la Agencia Española de Cooperación Internacional, por la que se conceden ayudas a lectores de español en Universidades de Camerún, Costa de Marfil, China, Gabón, Ghana, Madagascar y Senegal, curso 1997/1998.

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 1997, páginas 25290 a 25290 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1997-18506

TEXTO ORIGINAL

En uso de las facultades conferidas por la Orden de 26 de marzo de 1992, modificada por la Orden de 21 de enero de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 3 de febrero), por la que se regula la concesión de becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional,

Esta Presidencia, en virtud de las competencias atribuidas en el Real Decreto 1141/1996, de 24 de mayo («Boletín Oficial del Estado» del 25), ha resuelto:

Primero.-Conceder la renovación de la ayuda a los lectores de español que a continuación se relacionan, por el período del 1 de septiembre de 1997 al 31 de agosto de 1998, de acuerdo con la Resolución de 18 de abril de 1997 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de mayo), y el acta de fecha 16 de julio de 1997, curso 1997/1998.

Antonio Carrillo Moya (Instituto de Lenguas Extranjeras de Canton).

María del Mar Rodríguez Vázquez (Universidad de Accra).

Rosana Calvo Martín (Universidad de Tananarivo).

Isabel Albarrán Gutiérrez (Universidad Chikh Anta Diop).

María Ignacia Bueno Crego (Universidad Chikh Anta Diop).

Segundo.-Los derechos económicos se relacionan en el apartado sexto de la citada Resolución, y se concretan en:

a) Ayuda personal mensual, a deducir la retención fiscal correspondiente:

Instituto de Lenguas Extranjeras de Canton (China), 170.000 pesetas.

Universidad de Accra (Ghana), 265.000 pesetas.

Universidad de Tananarivo (Madagascar), 170.000 pesetas.

Universidad Chikh Anta Diop (Dakar-Senegal), 170.000 pesetas.

b) Seguro de asistencia sanitaria con la compañía Sanitas.

c) Ayuda de viaje (ida y vuelta) al país de destino.

Tercero.-Ordenar la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la ayuda reconocida en esta Resolución, en los términos previstos en la citada Orden de 26 de marzo de 1992.

Madrid, 18 de julio de 1997.-El Presidente, P. D. (Resolución de 30 de mayo de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de junio), el Secretario general, Luis Espinosa Fernández.

Ilmos. Sres. Director general del Instituto de Cooperación con el Mundo Árabe, Mediterráneo y Países en Desarrollo y Vicesecretario general de la Agencia Española de Cooperación Internacional.

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