En relación con el profesorado de esta Universidad designado para formar parte de los Tribunales de Tesis Doctorales que se celebran en las distintas Universidades españolas, regulados por el Real Decreto 185/1985, de 23 de enero,
Este Rectorado, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, resuelve:
Primero.-Conceder, con carácter general, la Comisión de Servicios a todos aquellos profesores de Universidad del País Vasco que sean nombrados miembros de los Tribunales que han de juzgar las Tesis Doctorales y que sean convocados por las distintas universidades, siempre que reúnan todos los requisitos legales para forma parte de los mismos.
Segundo.-La Comisión de Servicios se entenderá concedida automáticamente para el lugar y fecha que el Presidente del Tribunal haya convocado, entendiéndose como justificante de la mis ma el nombramiento como miembro, que la Universidad convocante deberá enviar directamente al interesado, y éste comunicar debidamente a este Rectorado cursando la correspondiente petición de concesión de licencias y permisos (impreso GP1), con anterioridad a la fecha de la lectura de la Tesis Doctoral.
Tercero.-El desplazamiento se realizará por los medios de locomoción previstos en la normativa vigente, y autorizándose la utilización de vehículo propio.
Leioa, 18 de abril de 1997.-El Rector, P. D. (Resolución de 5 de noviembre de 1996, («Boletín Oficial del Estado» de 12 de febrero de 1997), la Vicerrectora de Profesorado, Cristina Gutiérrez-Cañas Mateo.
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