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Documento BOE-A-1997-11751

Orden de 7 de mayo de 1997 por la que se dispone la publicación, para general conocimiento y cumplimiento, del fallo de la sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el recurso contencioso-administrativo número 1.411/1994, promovido por el Sindicato Libre de Correos, Telecomunicación y Caja Postal de Ahorros.

Publicado en:
«BOE» núm. 130, de 31 de mayo de 1997, páginas 16879 a 16879 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1997-11751

TEXTO ORIGINAL

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ha dictado sentencia, con fecha 18 de diciembre de 1996, en el recurso contencioso-administrativo número 1.411/1994, en el que son partes, de una, como demandante, el Sindicato Libre de Correos, Telecomunicación y Caja Postal de Ahorros, y de otra, como demandada, la Administración General del Estado, representada y defendida por el Abogado del Estado.

El citado recurso se promovió contra la Resolución del Ministerio para las Administraciones Públicas, de fecha 3 de mayo de 1994, que declaró inadmisible el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución de la Dirección General de la Función Pública, de fecha 19 de enero de 1994, sobre participación en la Mesa General de Negociación y en la Comisión Superior de Personal.

La parte dispositiva de la expresada sentencia contiene el siguiente pronunciamiento:

«Fallamos: Que, estimando la causa de inadmisibilidad alegada por el Abogado del Estado en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sindicato Libre de Correos, Telecomunicación y Caja Postal de Ahorros contra la Resolución de la Subdirección General de Relaciones Laborales de la Dirección General para la Función Pública del Ministerio para las Administraciones Públicas, de 19 de enero de 1994, denegándole la participación en la Mesa General y en la Comisión Superior de Personal y contra la de 3 de mayo de 1994 que declaró inadmisible el recurso de reposición, debemos declarar y declaramos también inadmisible este recurso contencioso-administrativo; sin costas.»

En su virtud, este Ministerio de Administraciones Públicas, de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y demás preceptos concordantes de la vigente Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ha dispuesto la publicación de dicho fallo en el «Boletín Oficial del Estado», para general conocimiento y cumplimiento en sus propios términos de la mencionada sentencia.

Lo que digo a VV. II.

Madrid, 7 de mayo de 1997.-P. D. (Orden de 27 de septiembre de 1996, «Boletín Oficial del Estado» de 4 de octubre), el Secretario general técnico, Tomás González Cueto.

Ilmos. Sres. Subsecretario y Director general de la Función Pública.

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