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Documento BOE-A-1996-4164

Acuerdo de 7 de febrero de 1996, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se hace público el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 11 de diciembre de 1995, por el que se aprueban las normas de reparto de asuntos y régimen de sustituciones entre los Juzgados Centrales de Instrucción y Secciones de la Sala de lo Penal como consecuencia de la entrada en funcionamiento del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la mencionada Audiencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 47, de 23 de febrero de 1996, páginas 7060 a 7060 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-1996-4164

TEXTO ORIGINAL

El Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 7 de febrero de 1996 acordó hacer público el Acuerdo de la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional de 11 de diciembre de 1995, adoptado en virtud de lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley Orgánica 6/1985, del Poder Judicial, del siguiente tenor:

Aprobar los acuerdos incluidos en el acta de la Junta de Jueces Centrales de esta Audiencia, celebrada el día 20 de noviembre del corriente año en el sentido siguiente:

Reparto de asuntos.-Teniendo en cuenta la entrada en funcionamiento del Juzgado Central de Instrucción número 6 el próximo día 27 de diciembre con arreglo a las normas de reparto vigentes, se incluirá en el reparto correspondiente, y los meses de febrero, marzo y abril de 1996, se efectuará un doble turno de reparto a dicho Juzgado número 6, dada su nueva creación y el volumen de trabajo existente.

Sustituciones.-Se mantiene el régimen de sustituciones actual entre los Juzgados Centrales y se acuerda que los Juzgados números 3 y 6 se sustituyan recíprocamente.

Para todos aquellos supuestos que con arreglo al cuadro de sustituciones los titulares de los Juzgados no puedan sustituirse en la forma prevista, se establece un turno sucesivo del 1 al 6 que iniciará el Juez Central de Instrucción número 1, llevando un registro en el Decanato de cada una de las sustituciones de carácter excepcional del carácter expresado.

Aprobar la modificación de las normas de reparto de asuntos entre las Secciones de la Sala de lo Penal de esta Audiencia en el sentido siguiente:

Respecto a los asuntos que ingresen en los Juzgados Centrales de Instrucción a partir del 1 de enero de 1996 (del 27 de diciembre de 1995, tratándose del Juzgado 6), corresponderá a la Sección Primera de los Juzgados 1 y 6, a la Sección Segunda los de los Juzgados 2 y 3, a la Sección Tercera los de los Juzgados 4 y 5.

Aprobar las normas de reparto de asuntos entre las distintas Secciones de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

Se acuerda la continuidad de las vigentes normas de reparto entre las diversas Secciones de la Sala, aprobadas por la Sala de Gobierno el 12 de diciembre del pasado año y deferir el conocimiento y decisión a la Sección Octava, con el mismo carácter de apoyo transitorio que con tanta intensidad viene realizando, la parte de los recursos ingresados en la agobiada Sección Primera en las exclusivas materias de inadmisión a trámite de la solicitud de asilo, de denegación de ese derecho y de la condición de refugiado y en número de los últimos 1.500 computados desde la fecha de 30 de diciembre de 1995, que se especifica en relación que se adjuntará.

Madrid, 7 de febrero de 1996.-El Presidente del Consejo General del Poder Judicial.

SALA SANCHEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Acuerdo
  • Fecha de disposición: 07/02/1996
  • Fecha de publicación: 23/02/1996
Materias
  • Administración de Justicia
  • Audiencia Nacional
  • Juzgados Centrales de Instrucción
  • Reparto de asuntos

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