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Documento BOE-A-1995-7803

Orden de 13 de marzo de 1995 por la que se reconoce, clasifica e inscribe como Fundación Cultural Privada de promoción con el carácter de benéfica la denominada «Fundación 2001».

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 29 de marzo de 1995, páginas 9818 a 9818 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1995-7803

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente de reconocimiento, clasificación e inscripción en el Registro de Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas de la «Fundación 2001»;

Resultando que por don Jesús Garzón Heydt y cuatro personas más, se procedió a constituir una Fundación Cultural Privada con la expresada denominación en escritura pública, comprensiva de los estatutos que han de regir la misma, ante el Notario de Madrid don Ignacio Solís Villa, el día 23 de julio de 1993, complementada por otra de modificación de estatutos, ante el Notario de Madrid don Carlos Solís Villa, de fecha 28 de diciembre de 1994, fijándose su domicilio en Madrid, calle Marcenado, número 24, 6.º izquierda;

Resultando que el capital inicial de la institución asciende a la cantidad de 1.000.000 de pesetas, aportadas por los fundadores, constando certificación de que dicha cantidad se encuentra depositada en entidad bancaria a nombre de la Fundación; se expecifica el objeto de la misma consistente en: «la promoción del desarrollo sostenible y la calidad del ambiente, a través de la puesta a punto y el desarrollo de modelos de integración de los factores ambientales en la ordenación y gestión del desarrollo, así como en las actividades socioeconómicas. La consecución de dicho fin implica los siguientes objetivos: a) Conservación, protección y ordenación del patrimonio natural en su más amplio sentido, particularmente los diferentes biotopos naturales, y de las especies que en ellos viven, la conservación, protección y ordenación de las especies de fauna y flora, con especial atención a los endemismos ibéricos, la protección de las aguas continentales, en particular de las zonas húmedas, del mar y los estuarios y, en general, todo lo encaminado a evitar el deterioro y la contaminación del medio natural. b) Conservación, protección y ordenación del paisaje rural y urbano y del entorno del hombre en cuanto habitante de las ciudades y pueblos, y en general a todo lo que se refiere al hombre, a sus actividades culturales y económicas tradicionales, protección de la ganadería, cultivos, razas autóctonas de ganado, bosques, y control de las fuentes de contaminación del entorno y en particular la atmosférica, de las aguas, visual acústica y cualesquiera análogas. c) El estímulo permanente de tenologías y modelos de desarrollo económico sostenibles. La consecución de los citados objetivos se logrará a través, entre otros, de los siguientes medios: d) La organización de concursos, conferencias, seminarios, viajes culturales, exposiciones, congresos y cursos. e) La edición y distribución para su difusión de toda clase de publicaciones periódicas y no periódicas y de todo tipo de material informativo»;

Resultando que el gobierno, administración y representación de la Fundación se encomienda a un Patronato constituido como sigue: Presidente: Don Jesús Garzón Heydt; Secretario: Don Roberto Manuel Hartasánchez Martínez; Administrador: Doña Marion Hammerl Cavanna, y Vocales: Don Juan Serna Martín y don Fernando Jubete Tazo, todos los cuales han aceptado expresamente sus cargos;

Vistos la constitución vigente; la Ley General de Educación de 4 de agosto de 1970; el Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas de 21 de julio de 1972; los Reales Decretos 1762/1979, de 29 de junio y 565/1985, de 24 de abril, y la Ley 30/1994, de 24 de noviembre, de Fundaciones y de Incentivos Fiscales a la Participación Privada en Actividades de Interés General y las demás disposiciones concordantes y de general aplicación;

Considerando que, conforme a lo prevenido en los artículos 1 y 2 del Real Decreto 1762/1979, en relación con el artículo 103.4 del Reglamento de Fundaciones Culturales Privadas de 21 de julio de 1972, es de la competencia de este Departamento el reconocer, clasificar e inscribir la presente Fundación, en consideración a los fines que se propone cumplir;

Considerando que el presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y que al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos señalados en el artículo primero del Reglamento de las Fundaciones Culturales Privadas y Entidades análogas, aprobado por Decreto 2930/1972, de 21 de julio, con las especificaciones de sus artículos sexto y séptimo, siendo por su carácter una institución cultural y benéfica y por su naturaleza de promoción, conforme al artículo segundo, 4 del mismo,

Este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General del Protectorado, previo informe favorable del Servicio Jurídico del Departamento, ha resuelto:

Primero.-Reconocer como Fundación Cultural Privada de promoción con el carácter de benéfica la denominada «Fundación 2001».

Segundo.-Encomendar su representación y gobierno al Patronato cuya composición anteriormente se detalla.

Tercero.-Aprobar su presupuesto para el primer año.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 13 de marzo de 1995.-P. D. (Orden de 9 de junio de 1994), el Subsecretario, Enrique Linde Paniagua.

Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.

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