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Documento BOE-A-1995-27829

Orden de 12 de diciembre de 1995 por la que se amplían los plazos establecidos en la de 2 de marzo de 1994, sobre bases para la concesión de subvenciones por el Instituto Nacional de Empleo, en el ámbito de colaboración con las corporaciones locales para la contratación de trabajadores desempleados en la realización de obras y servicios de interés general y social.

Publicado en:
«BOE» núm. 310, de 28 de diciembre de 1995, páginas 37422 a 37422 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-1995-27829

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 2 de marzo de 1994 establece las bases para la concesión de subvenciones por el INEM, para la contratación de trabajadores desempleados por las corporaciones locales, en la realización de obras y servicios de interés general y social.

El artículo 3.1, d) de la citada Orden dispone que las obras y servicios deberán ejecutarse en su totalidad dentro del año natural del ejercicio presupuestario en el que se produce la colaboración, salvo que concurran causas excepcionales que determinen la imposibilidad de ejecución en dicho plazo.

Durante el ejercicio presupuestario de 1995 han concurrido causas excepcionales, fundamentalmente de carácter climatológico por la sequía persistente, que han producido graves efectos tanto en las rentas como en el empleo.

Para paliar dichos efectos, ha sido necesario ampliar las acciones e incrementar los créditos destinados a la financiación de la contratación temporal de trabajadores desempleados en obras y servicios de interés general y social.

La disponibilidad de los fondos en el último trimestre ha retrasado la gestión de las obras y servicios afectados, no pudiéndose por tanto finalizar las actuaciones en los plazos previstos resultando necesario ampliar su duración, con carácter excepcional en 1996.

Con el fin de garantizar la realización de las obras iniciadas en 1995, al amparo de la Orden de 2 de marzo de 1994. Dispongo:

Artículo único.

Se prorroga el plazo de finalización de las obras y servicios, financiadas con cargo al presupuesto de gastos del Instituto Nacional de Empleo para 1995, hasta el 31 de mayo de 1996. En consecuencia y por las razones de excepcionalidad recogidas en la exposición de motivos, el Instituto Nacional de Empleo librará, con anterioridad al 31 de diciembre de 1995, la totalidad de la subvención, en virtud de lo dispuesto en el párrafo tercero del artículo 10.2 de la Orden de 2 de marzo de 1994.

Disposición final.

La presente disposición entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», teniendo efectos desde el 1 de abril de 1996 al 31 de mayo del mismo año.

Madrid, 12 de diciembre de 1995.

GRIÑAN MARTINEZ

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales, Director genral del INEM e Interventor Delegado.

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