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Documento BOE-A-1995-25438

Orden de 6 de noviembre de 1995 por la que se anuncia convocatoria para cubrir 65 plazas en los programas de intercambio, puesto por puesto, de Profesores alemanes, británicos y franceses con profesores españoles de Enseñanza Secundaria, Escuelas de Idiomas y Enseñanza Primaria.

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 23 de noviembre de 1995, páginas 33973 a 33974 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1995-25438

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con los programas de las correspondientes Comisiones mixtas, constituidas en aplicación de los Convenios culturales vigentes entre España y la República Federal Alemana de 10 de diciembre de 1954, el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte de 12 de julio de 1960 y la República Francesa de 7 de febrero de 1969 fueron presentados, respectivamente, en los años 1989, 1978 y 1975 los proyectos de iniciación de los programas de intercambio correlativos de Profesores, proyectos que fueron recibidos con interés entre las distintas partes, con la finalidad de promover el conocimiento de las lenguas y culturas de los países implicados.

A partir de aquellos momentos los referidos programas denominados de «intercambio puesto por puesto» se vienen realizando debido al interés renovado por el aprendizaje de idiomas, consecuencia de la presencia española en la vida internacional y de nuestra incorporación a la Comunidad Europea.

Por tanto, en aplicación de los mencionados Convenios, este Ministerio, a propuesta de la Secretaría General Técnica, ha resuelto hacer pública la convocatoria de un programa de intercambio para proveer 65 plazas, en régimen de intercambio correlativo «puesto por puesto», entre Profesores de dichas nacionalidades y Profesores españoles de Enseñanzas Secundaria, Escuelas Oficiales de Idiomas y Enseñanza Primaria.

Estos programas se refieren al curso 1996-1997 y se ajustarán a las siguientes normas:

I. Períodos de duración

1. Los períodos de intercambio con la República Federal Alemana serán de un curso completo o sólo del primer trimestre del año. No obstante, si hubiese acuerdo por ambas partes y con la autorización de los Directores de los centros, las estancias trimestrales podrán modificarse.

2. Los períodos de intercambio con el Reino Unido serán de un curso completo, de un trimestre escolar, o excepcionalmente de otra duración.

3. Los intercambios con Francia serán trimestrales y tendrán lugar durante el segundo trimestre del año académico 1997. No obstante, si hubiese acuerdo por ambas partes y con la autorización de los Directores de los centros, podrán concederse intercambios de curso completo.

4. En cualquiera de los casos expuestos los candidatos expresarán en el impreso de solicitud la duración del intercambio solicitado.

II. Requisitos de los candidatos

1. Podrán participar en estos intercambios los funcionarios docentes de carrera de las asignaturas de alemán, inglés y francés, pertenecientes a alguno de los siguientes Cuerpos o Escalas:

Cuerpo de Profesores de Enseñanzas Secundarias.

Cuerpo de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.

Cuerpo de Maestros especializados en el área de «Filología de Idioma Inglés/Francés».

2. Los Profesores que participen en estos programas deberán contar con destino definitivo en el centro desde el que participan, que habrán de mantener para el curso en que se hace efectivo el intercambio, conforme se prevé en el apartado de la norma III, 1, b), de esta convocatoria.

3. No se podrá realizar el intercambio durante dos cursos consecutivos.

4. A solicitud del Reino Unido los candidatos que soliciten intercambio con dicho país deberán acreditar el nivel que poseen para impartir clases de francés. A este respecto, los Profesores preseleccionados serán sometidos, por parte de la subcomisión mixta hispano-británica, a una entrevista individual en francés.

III. Solicitudes

1. Los candidatos deberán cumplimentar tres formularios de solicitud blancos y uno de color amarillo, este último sólo en la parte que les afecte. Estos formularios les serán facilitados en las Direcciones u oficinas provinciales de Educación y Ciencia, en la Sección de Información del Ministerio de Educación y Ciencia, calle Alcalá, 36, 28071 Madrid, o en la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta, 28071 Madrid.

El informe de la Inspección Técnica se extenderá sobre el formulario amarillo a continuación del informe emitido por el Director del centro y constará de un breve comentario escrito y de una evaluación numérica.

Las solicitudes se acompañarán de:

a) Tres fotografías de tamaño normal de carné.

b) Declaración jurada o promesa de que se compromete a mantener el destino actual en los términos previstos en la norma II.

c) Certificación de servicios expedida por la autoridad competente, según modelo que figura en el anexo II, cerrada al 30 de septiembre de 1996 para los Profesores de Enseñanza Secundaria y Escuelas Oficiales de Idiomas y al 31 de agosto de 1996 para los Maestros.

d) Acreditación de los méritos académicos y profesionales que consideren oportuno alegar. Estos serán justificados mediante los documentos que se especifican en al anexo I.

e) Relación numerada, fechada y firmada, de la documentación presentada, siguiendo el orden que aparece establecido en el anexo I.

No serán tenidos en cuenta ni, por consiguiente, valorados los méritos alegados y no justificados debidamente, ni los que se justifiquen fuera del plazo al que se refiere el apartado IV de la convocatoria.

2. Los candidatos que estén destinados en las Comunidades Autónomas de Andalucía, Canarias, Cataluña, Galicia, País Vasco, Comunidad Valenciana y Navarra deberán acompañar, además, un documento expedido por el órgano competente de la Comunidad, autorizándole la realización del intercambio con el compromiso explícito de abonar al Profesor seleccionado sus haberes durante el período de ausencia.

IV. Lugar y presentación de solicitudes

1. Los candidatos entregarán los formularios blancos y la documentación enumerada en la norma III en el Registro General del Ministerio de Educación, calle Los Madrazos, 17, o paseo del Prado, 28, 28071 Madrid. Las instancias podrán presentarse, asimismo, en las oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. En el caso de que los candidatos optaran por presentar su solicitud en una oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada por el funcionario antes de ser certificada.

2. El plazo de presentación de solicitudes y documentos será de treinta días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». Los candidatos presentarán, en el mismo plazo, el formulario amarillo en su centro de destino, en el cual el Director del mismo emitirá informe fundamentado sobre el intercambio, remitiéndolo, dentro de los cinco días siguientes, a la Inspección Técnica de Educación Provincial a fin de que el Inspector técnico correspondiente emita, igualmente, el informe fundamentado que se solicita en dicho formulario amarillo. Una vez emitido este informe la Inspección Técnica Provincial, en el plazo de quince días, a contar desde la recepción del impreso amarillo, lo remitirá a la Subdirección General de Cooperación Internacional (paseo del Prado, 28, segunda planta, 28071 Madrid) para su incorporación al resto del expediente presentado por el interesado.

V. Selección

La selección de los candidatos se realizará por las correspondientes subcomisiones mixtas hispano-alemana, hispano-británica e hispano-francesa, sobre la base de los méritos alegados por los solicitantes y el informe del Servicio de la Inspección Técnica. Por parte española estas subcomisiones mixtas estarán presididas por la Subdirectora general de Cooperación Internacional o funcionario en quien delegue.

Las propuestas de intercambio se realizarán atendiendo a las posibilidades reales del mismo, basándose en la existencia de candidatos con características equiparables de uno y otro país y en los requerimientos de los centros de destino.

VI. Resolución de la convocatoria

Previamente a la propuesta definitiva de intercambio se publicará la relación provisional de candidatos seleccionados en el «Boletín Oficial del Estado».

VII. Aceptación y renuncias

A partir de la publicación a la que se hace referencia en la norma anterior de esta convocatoria, las personas seleccionadas deberán remitir a la Subdirección General de Cooperación Internacional su aceptación o renuncia del intercambio previa la información del candidato propuesto que les será remitido.

La Secretaría General Técnica remitirá las aceptaciones a la Dirección General de Personal y Servicios, que procederá a extender las correspondientes credenciales de comisión de servicio. Una vez extendida dicha credencial no se admitirá solicitud de renuncia a las plazas asignadas, salvo en situaciones de excepcional gravedad, cuya valoración corresponderá a la citada Dirección General, previo informe de la Secretaría General Técnica.

VIII. Régimen

1. Los Profesores españoles propuestos serán adscritos a sus respectivos centros alemanes, británicos y franceses.

Los Profesores españoles adscritos a centros alemanes impartirán entre veinte y veinticinco horas de clase semanales, dependiendo de los diferentes Länder.

Los Profesores españoles adscritos a centros británicos impartirán un mínimo de 26 clases semanales de cuarenta y cinco minutos cada una. A estos Profesores les podrá ser asignada la enseñanza del francés.

Los Profesores españoles adscritos a centros franceses impartirán dieciocho horas de clase semanales.

Los candidatos españoles seleccionados deberán añadir a sus períodos lectivos las horas complementarias recogidas en sus horarios individuales, así como las horas destinadas a la preparación de las actividades docentes, el perfeccionamiento profesional o cualquier otra actividad pedagógica. Mantendrán los derechos que como funcionarios les correspondan y percibirán una indemnización para residencia temporal en el extranjero, cuya cuantía será fijada por las autoridades competentes del Ministerio de Educación y Ciencia, al ordenar la comisión de servicios, no pudiendo ser, en cualquier caso, inferior a 2.000 pesetas diarias.

Los Profesores propuestos no podrán reclamar ningún otro derecho de carácter económico. Los gastos de viaje de ida y vuelta a la población de destino correrán a su cargo, reincorporándose a su centro al finalizar el intercambio.

2. Los Profesores propuestos deberán mostrarse dispuestos, en su centro de destino, a participar en las actividades culturales de éste, procurando, en todo caso, promover el interés de dicho centro en establecer vínculos e intercambios de Profesores y alumnos con centros españoles del mismo nivel.

3. El intercambio se dará por finalizado en el supuesto de que una de las partes se vea obligada a interrumpir su permanencia en el centro de acogida, debiendo incorporarse la otra parte a su destino habitual.

IX. Retirada de documentación

La documentación presentada por los candidatos podrá retirarse de la Subdirección General de Cooperación Internacional, paseo del Prado, 28, segunda planta, 28071 Madrid, desde el día 1 de septiembre de 1996 hasta el 30 de diciembre de 1996, directamente por los interesados o por persona autorizada. También podrá solicitarse su devolución por correo hasta esa misma fecha. Terminado ese plazo, se perderá todo derecho sobre la misma.

Madrid, 6 de noviembre de 1995.-P. D. (Orden de 2 de marzo de 1988), el Director general de Personal y Servicios, Gonzalo Junoy García de Viedma.

Ilmos. Sres. Director general de Personal y Servicios y Secretario general técnico.

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