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Documento BOE-A-1995-2183

Resolución de 19 de enero de 1995, de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, por la que se hace pública la retirada de la condición de entidad gestora de capacidad plena y restringida y de titular de cuentas a nombre propio del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones a varias entidades por renuncia de las mismas.

Publicado en:
«BOE» núm. 23, de 27 de enero de 1995, páginas 2706 a 2706 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1995-2183

TEXTO ORIGINAL

Las entidades que se relacionan a continuación han solicitado la retirada de la condición de entidad gestora con capacidad plena, entidad gestora con capacidad restringida o la de titular de cuentas a nombre propio, del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones:

Entidad gestora con capacidad plena

«Banco de Madrid, Sociedad Anónima».

Entidad gestora con capacidad restringida

«Martínez Gil y Asociados, Agencia de Valores y Bolsa, Sociedad Anónima».

«Sociedad de Valores y Bolsa, Nebursa, Sociedad Anónima».

«Lonja Capital, Agencia de Valores y Bolsa, Sociedad Anónima».

«Osuna y Marco, Sociedad Anónima, Agencia de Valores y Bolsa».

«Mercavalor, Sociedad de Valores y Bolsa, Sociedad Anónima».

Titular de cuentas a nombre propio

«Mercavalor, Sociedad de Valores y Bolsa, Sociedad Anónima».

Conforme al Real Decreto 1009/1991, de 21 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 505/1987, de 3 de abril, en materia de adquisición y pérdida de la condición de miembro del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, el acceso a la condición de entidad gestora y a la de titular de cuentas a nombre propio es voluntario, no existiendo norma alguna que permita considerar que no tiene el mismo carácter el mantenimiento de dichas condiciones. En virtud de lo anterior, y de acuerdo con la delegación conferida en el apartado a) de la disposición adicional segunda de la Orden de 19 de mayo de 1987, en su redacción dada por el artículo 8 de la Orden de 31 de octubre de 1991, y a la vista del informe favorable del Banco de España y de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, he resuelto:

Retirar a las entidades antes citadas, a petición de las mismas y según corresponda a cada una, la condición de entidad gestora con capacidad plena, entidad gestora con capacidad restringida o la de titular de cuentas a nombre propio, del Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, declarando de aplicación a las mismas lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Orden de 19 de mayo de 1987, en su nueva redacción dada por la Orden de 31 de octubre de 1991.

Madrid, 19 de enero de 1995.-El Director general, Manuel Conthe Gutiérrez.

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