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Documento BOE-A-1995-19343

Resolución de 31 de julio de 1995, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se corrige la de 14 de julio de 1995, por la que se rectifica la de 5 de junio de 1995, por la que se da publicidad a la convocatoria del concurso ordinario de 1995 para la provisión de puestos de trabajo de funcionarios con habilitación nacional.

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 1995, páginas 25266 a 25267 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio para las Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-A-1995-19343

TEXTO ORIGINAL

Advertidos errores en la Resolución de la Dirección General de la Función Pública de 14 de julio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 22 de julio, número 174), se efectúan las rectificaciones oportunas en los siguientes términos:

A) Corrección de errores materiales:

Página 22644. Ayuntamiento de Aramio (Alava), méritos específicos, apartado c): Donde dice «experiencia de trabajo en puestos no pertenecientes (...)», debe decir «experiencia de trabajo en puestos pertenecientes (...)».

Ayuntamiento de Campezo (Alava), debe incluirse el párrafo siguiente: «Este Ayuntamiento tiene asignado el pérfil lingüístico de euskera 3, sin fecha de preceptividad.»

Ayuntamiento de Valle de Arana (Alava), debe incluirse el párrafo siguiente: «Este puesto tiene asignado el perfil lingüístico de euskera 4, sin fecha de preceptividad. Por consiguiente el conocimiento de euskera será valorado únicamente como mérito.»

Méritos específicos, apartado a): donde dice «conocimiento de euskera acreditado mediante la presentación de títulos expedidos por organismos oficiales y se valorará de la siguiente forma: Perfil lingüístico 4 o equivalente, tres puntos; perfil lingüístico 3 o equivalente, dos puntos. Perfil lingüístico 2 o equivalente, un punto; y perfil lingüistico 1 o equivalente, 0,5 puntos», debe decir «El conocimiento de euskera se acreditará mediante la presentación de títulos expedidos por organismos oficiales y se valorará de la siguiene forma: Perfiles lingüísticos 3 y 4, tres puntos. Perfiles lingüísticos 1 y 2, 1,75 puntos».

Página 22645. Ayuntamiento de Barakaldo (Vizcaya), méritos específicos: Suprimir en el apartado referente a los servicios prestados el inciso «en municipios de la Comunidad Autónoma Vasca». Donde dice «(...) en centros oficiales dependientes de la Comunidad Autónoma Vasca o de sus Territorios Históricos (...)», debe decir «(...) en centros oficiales dependientes de cualquier Comunidad Autónoma o de los Territorios Históricos de la Comunidad Autónoma Vasca (...)».

En la misma página y corporación, añadir en el apartado sobre ejercicio libre de la abogacía el siguiente párrafo: «Este mérito se acreditará mediante certificación del Colegio de Abogados correspondiente, acreditativa del tiempo que ha desempeñado en la profesión en concepto de abogado ejerciente.»

Ayuntamiento de Durango (Vizcaya). Méritos específicos: Donde dice «(...) y la materia desarrollada verse sobre contabilidad aplicada (...)», debe decir «(...) y la materia desarrollada verse sobre Derecho Autonómico y Foral».

Donde dice «(...) y la materia desarrollada verse sobre Derecho Urbanístico y Laboral (...)» debe decir «(...) y la materia desarrollada verse sobre contabilidad aplicada (...)».

B) Añadir en la Subescala Intervención-Tesorería, categoría de entrada:

Corporación: Ayuntamiento de Gernika-Lumo. Puesto convocado: Subescala Intervención-Tesorería. Categoría: Entrada. Nivel de complemento de destino: 27. Cuantía de complemento específico: 2.271.166 pesetas. Perfil lingüístico: 4. Fecha preceptividad: Vencida. Puntuación mínima: 20 por 100 de la puntuación total. Entrevista.

Méritos específicos:

a) Cursos, cursillos, etc.

Por haber impartido cursos sobre materias relacionadas con el puesto de intervención cuya duración mínima hubiera sido de treinta horas, 0,70 puntos por curso hasta un máximo de 2,1 puntos.

Acreditar conocimientos informáticos en aplicación de programas contables y presupuestos mediante la asistencia a cursos impartidos por instituciones públicas u oficiales y cuya duración mínima sea de treinta horas lectivas, 0,36 puntos por curso hasta un máximo de 1,1 puntos.

Cursos de postgraduados en materia de presupuestos y contabilidad municipal impartidos por institutiones públicas u oficiales y cuya duración mínima sea de treinta horas lectivas, 0,36 puntos por curso hasta un máximo de 1,1 puntos.

b) Experiencia.

Por servicios prestados en el mismo puesto de Intervención-Tesorería en Corporaciones Locales de igual categoría y de más de 15.000 habitantes, 0,80 puntos por cada año de servicio o fracción superior a seis meses, hasta un máximo de 3,2 puntos.

Madrid, 31 de julio de 1995.-El Director general, Alberto Sereno Alvarez.

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