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Documento BOE-A-1995-109

Resolución de 23 de diciembre de 1994, conjunta de la Secretaría General de Comunicaciones y de la Subsecretaría de Economía y Hacienda, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de Correos denominada «Serie Básica».

Publicado en:
«BOE» núm. 2, de 3 de enero de 1995, páginas 106 a 106 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente
Referencia:
BOE-A-1995-109

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 99. Uno. 2. d) de la Ley 31/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, y artículo 2. d) de los Estatutos del organismo autónomo Correos y Telégrafos, aprobados por Real Decreto 1766/1991, de 13 de diciembre, la Secretaría General de Comunicaciones y el Subsecretario de Economía y Hacienda dictan la presente Resolución, sobre emisión y puesta en circulación de la serie de sellos de correos: «Serie Básica».

En su virtud, hemos resuelto:

Artículo 1.

Por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre se procederá a la estampación de una serie de sellos de correos con la denominación de «Serie Básica».

Artículo 2.

Como consecuencia del cambio de tarifas y para atender las necesidades postales, se pondrán en circulación dos sellos de esta serie, en los que se reproduce la imagen actual de Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I, cuyas características son las siguientes:

Características técnicas:

Procedimiento de impresión: Huecograbado.

Papel: Estucado engomado fosforescente.

Dentado: 13 3/4.

Formato: 21,5 x 24,9 milímetros (verticales).

Valor postal: 19 pesetas (oro).

Color: Marrón rojizo, P-195.

Valor postal: 30 pesetas (oro).

Color: Azul cobalto, P-293.

Efectos en pliego: 100.

Tirada: Ilimitada.

Artículo 3.

La venta y puesta en circulación de estos efectos se iniciará el 3 de enero de 1995 y podrán ser utilizados en el franqueo hasta que se dicte orden en contrario.

Artículo 4.

De cada uno de estos efectos quedarán reservadas en la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre 3.500 uinidades a disposición del organismo autónomo Correos y Telégrafos, a fin de que pueda atender los compromisos internacionales, tanto los relativos a obligaciones derivadas de la Unión Postal Universal, como a los intercambios con otras administraciones postales, cuando las circunstancias lo aconsejen o a juicio de dicho organismo se estime conveniente, así como integrarlas en los fondos filatélicos del Museo Postal y Telegráfico y realizar la adecuada propaganda del sello español.

Otras 2.000 unidades de estos efectos serán reservadas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, para atenciones de intercambio con los organismos emisores de otros países, integración en los fondos filatélicos del Museo de dicha Fábrica y propaganda filatélica nacional e internacional.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 23 de diciembre de 1994.-La Secretaria general de Comunicaciones, Elena Salgado Méndez.-El Subsecretario de Economía y Hacienda, Juan Antonio Blanco Magadán y Amutio.

Ilmos. Sres. Director general del organismo autónomo Correos y Telégrafos y Director general de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

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