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Documento BOE-A-1993-31075

Resolución de 17 de diciembre de 1993, del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnologías, sobre delegación de atribuciones.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 311, de 29 de diciembre de 1993, páginas 37462 a 37463 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria y Energía
Referencia:
BOE-A-1993-31075
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1993/12/17/(2)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Con objeto de dar una mayor agilización a la gestión de los servicios de este Organismo, resulta conveniente actualizar la delegación de atribuciones contenidas en las resoluciones de esta Presidencia, de fecha 17 de mayo de 1984, 30 de abril de 1986 y 28 de agosto de 1987, y refundir todas ellas en una sola disposición. Por ello, al amparo de lo establecido en la disposición final segunda de la Ley de Contratos del Estado, artículo 390 del Reglamento General de Contratación del Estado; artículo 4.1, del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio; artículo 74, números 2 y 3 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, de conformidad con el criterio establecido en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado y lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y previa autorización del excelentísimo señor Ministro de Industria y Energía,

Esta Presidencia ha tenido a bien disponer:

Primero.-Delegar en el Director general del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, en el Secretario general técnico y en el Director de Administración y Finanzas, indistintamente, las atribuciones reconocidas a esta Presidencia en lo que se refiere a disposición de gastos en materia de contratación y propios de los Servicios del Organismo, con las siguientes limitaciones en su cuantía.

Hasta 25.000.000 de pesetas, en el Secretario general técnico y en el Director de Administración y Finanzas, indistintamente.

Hasta 100.000.000 de pesetas, en el Director general.

Segundo.-Delegar en el Director general, en el Secretario general técnico y en el Director de Administración y Finanzas, indistintamente, las atribuciones de esta Presidencia en lo que se refiere a la ordenación de pagos.

Tercero.-Delegar en el Director general, en el Secretario general técnico y en el Director de Administración y Finanzas, indistintamente, las facultades de esta Presidencia referentes a aprobación de expedientes de contratación, adjudicación de los contratos y suscripción de los documentos necesarios para formalizarlos, con las limitaciones de cuantía que se establecen en el apartado primero.

Cuarto.-Delegar en el Director general, en el Secretario general técnico y en el Director de Control de Operaciones, indistintamente, la competencia atribuida a esta Presidencia en el artículo 4., 1, del Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo, para la designación de las comisiones de servicio con derecho a indemnización.

Quinto.-Siempre que se haga uso de las delegaciones contenidas en esta Resolución deberá hacerse constar así en la resolución pertinente.

Sexto.-No obstante las delegaciones concedidas, el Presidente del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas podrá avocar, en todo momento, el conocimiento y resolución de los asuntos o expedientes que estime conveniente, cualquiera que sea el estado de su tramitación.

Séptimo.-La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Octavo.-Quedan derogadas las Resoluciones de esta Presidencia de fechas 17 de mayo de 1984, 30 de abril de 1986 y 28 de agosto de 1987.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Madrid, 17 de diciembre de 1993.-El Presidente, Luis Atienza Serna.

Ilmo. Sr. Director general del Centro de Investigaciones Energétics, Medioambientales y Tecnológicas.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 17/12/1993
  • Fecha de publicación: 29/12/1993
  • Fecha de entrada en vigor: 30/12/1993
  • Fecha de derogación: 10/05/1997
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • DEROGA:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • Ley 30/1992, de 26 de noviembre (Ref. BOE-A-1992-26318).
    • art. 22 de la Ley de régimen Juridico de la Administración del Estado, de texto refundido aprobado por Decreto de 26 de julio de 1957 (Gazeta: Ref. 1957/10111) (Ref. BOE-A-1957-10111).
  • CITA:
    • Ley General presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1988-22572).
    • Real Decreto 236/1988, de 4 de marzo (Ref. BOE-A-1988-7182).
    • Reglamento aprobado por Decreto 3410/1975, de 25 de noviembre (Ref. BOE-A-1975-26744).
    • Ley de Contratos del Estado, texto articulado aprobado por Decreto 923/1965, de 8 de abril (Ref. BOE-A-1965-7156).
Materias
  • Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
  • Contratación administrativa
  • Delegación de atribuciones
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Ordenación de gastos y pagos

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