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Documento BOE-A-1992-3365

Instrucción de 10 de febrero de 1992, de la Junta Electoral Central, en relación con el voto por correo de las personas que se encuentren en situación de enfermedad o incapacidad que les impida la formulación personal de la solicitud de la documentación a que se refiere el articulo 72 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.Ver texto consolidado

Publicado en:
«BOE» núm. 39, de 14 de febrero de 1992, páginas 5222 a 5222 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Junta Electoral Central
Referencia:
BOE-A-1992-3365
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/ins/1992/02/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Junta Electoral Central, en aras a velar por la transparencia y objetividad del proceso electoral y garantizar el principio de igualdad en los términos establecidos por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, y de conformidad con lo dispuesto en artículo 19.1.b) del citado texto legal, en su reunión del día de la fecha ha acordado dictar, en relación con el voto por correo de las personas que se encuentren en situación de enfermedad o incapacidad que les impida la formulación personal de la solicitud de la documentación a que se refiere el artículo 72 de dicha Ley, la presente Instrucción:

Primero.

El poder notarial o la autorización con firma legitimada por Notario o Cónsul, una vez comprobada la coincidencia de la firma del apoderado o autorizado con su documento nacional de identidad, ha de devolverse a éste.

Segundo.

El poder notarial o autorización con firma legitimada por Notario o Cónsul se extenderá individualmente en relación con cada elector, sin que en el mismo poder o documento de legalización de firma pueda incluirse a varios electores.

Tercero.

Las Juntas Electorales Provinciales y de Zona han de extremar el celo en el ejercicio de oficio de la función de comprobación de la concurrencia de las circunstancias de incapacidad o enfermedad de los electores.

Madrid, 10 de febrero de 1992.–El Vicepresidente, Ángel Rodríguez García.

ANÁLISIS

  • Rango: Instrucción
  • Fecha de disposición: 10/02/1992
  • Fecha de publicación: 14/02/1992
  • Fecha de entrada en vigor: 14/02/1992
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con el art. 19.1.B) de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio (Ref. BOE-A-1985-11672).
Materias
  • Elecciones
  • Voto por correspondencia

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