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Documento BOE-A-1990-30943

Recurso de inconstitucionalidad número 1.918/1990, planteado por el Presidente del Gobierno contra determinados preceptos de la Ley de la Generalidad Valenciana 2/1990, de 4 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 306, de 22 de diciembre de 1990, páginas 38260 a 38260 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Tribunal Constitucional
Referencia:
BOE-A-1990-30943

TEXTO ORIGINAL

El Tribunal Constitucional, por auto de 18 de diciembre actual, ha acordado el mantenimiento de la suspensión de la vigencia del articulo 2.°, apartados 2.° y 3.°, y del artículo 23.2; y el levantamiento de la suspensión de la vigencia de los apartados d) y e) del artículo 4.1 y del inciso «previa autorización del Consejo de la Generalidad» del artículo 13.1, todos ellos de la Ley 2/1990, de 4 de abril, de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana, cuya suspensión se dispuso por providencia de 7 de agosto de 1990, dictada en el recurso de inconstitucionalidad número 1.918/1990, promovido por el Presidente del Gobierno, quien invocó el artículo 161.2 de la Constitución.

Madrid, 18 de diciembre de 1990.-El Presidente del Tribunal Constitucional, TOMAS Y VALIENTE

ANÁLISIS

  • Rango: Auto
  • Fecha de disposición: 18/12/1990
  • Fecha de publicación: 22/12/1990
Referencias anteriores
  • DECLARA:
    • el Recurso 1918/1990, el mantenimiento de la suspensión de vigencia de los arts. 2.2 y 3 y 23.2, y el levantamiento de la del resto de los preceptos de la Ley 2/1990, de 4 de abril (Ref. BOE-A-1990-20476) y (Ref. BOE-A-1990-11823).
Materias
  • Administración Local
  • Comunidad Valenciana
  • Comunidades Autónomas
  • Policía
  • Tribunal Constitucional

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