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Documento BOE-A-1987-28772

Orden de 28 de diciembre de 1987 por la que se completa lo dispuesto en el artículo 18 de la Orden de 19 de mayo de 1987, en relación con las Letras del Tesoro.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 31 de diciembre de 1987, páginas 38289 a 38292 (4 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1987-28772
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1987/12/28/(2)

TEXTO ORIGINAL

EL REAL DECRETO 505/1987, DE 3 DE ABRIL (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 14), SUPUSO LA CREACION DE UN SISTEMA DE ANOTACIONES EN CUENTA PARA LA DEUDA DEL ESTADO, SISTEMA CUYA GESTION SE ENCOMENDABA A UNA CENTRAL DE ANOTACIONES, CONFIADA AL BANCO DE ESPAÑA, Y A DISTINTAS ENTIDADES GESTORAS. EL ARTICULO 11 DE ESTE REAL DECRETO REGULABA EL REGIMEN FISCAL Y LAS OBLIGACIONES DE INFORMACION CONCERNIENTES A LA DEUDA DEL ESTADO, REPRESENTADA EN ANOTACIONES EN CUENTA, DE ACUERDO CON LO DISPUESTO EN LAS NORMAS REGULADORAS DEL REGIMEN FISCAL DE DETERMINADOS ACTIVOS FINANCIEROS. EL ARTICULO 18 DE LA ORDEN DE 19 DE MAYO DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DEL 20), DESARROLLO EL REGIMEN DE ESTAS OBLIGACIONES DE INFORMACION A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, SIN QUE EN ESTE PUNTO SE VIERA AFECTADA ESTA ORDEN POR LA POSTERIOR DE 31 DE JULIO DE 1987 (<BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> DE 5 DE AGOSTO).

EL DESARROLLO OPERATIVO DE ESTE SISTEMA DE ANOTACIONES EN CUENTA HA ATRIBUIDO UNA PERSONALIDAD PROPIA A LAS LLAMADAS LETRAS DEL TESORO, INSTRUMENTO REGULADOR EN EL MERCADO MONETARIO, CUYOS RENDIMIENTOS NECESARIAMENTE IMPLICITOS NO ESTAN SOMETIDOS A RETENCION.

LAS CIRCULARES DEL BANCO DE ESPAÑA NUMEROS 16, 20 Y 21, DE ESTE AÑO, SE HAN OCUPADO DETENIDAMENTE DEL MERCADO DE ANOTACIONES EN CUENTA DE DEUDA DEL ESTADO Y, EN PARTICULAR, DE LAS OPERACIONES CON LETRAS DEL TESORO.

POR LO TANTO, CONVIENE ESPECIFICAR LOS DEBERES DE INFORMACION A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA RELATIVOS A LAS OPERACIONES CON LETRAS DEL TESORO, ASI COMO FACILITAR EL CUMPLIMIENTO DE ESTOS DEBERES A LAS ENTIDADES GESTORAS, COORDINANDO LOS DEBERES DE INFORMACION A EFECTOS FISCALES CON LAS PREVISIONES ESTABLECIDAS POR EL BANCO DE ESPAÑA PARA LAS COMUNICACIONES PERIODICAS DE AQUELLAS ENTIDADES CON LA CENTRAL DE ANOTACIONES POR SALDOS DE TERCEROS.

POR TODO ELLO HE DISPUESTO:

PRIMERO. LAS ENTIDADES GESTORAS ESTAN OBLIGADAS A SUMINISTRAR INFORMACION A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA SOBRE LAS OPERACIONES DE SUSCRIPCION, TRANSMISION Y REEMBOLSO DE LETRAS DEL TESORO, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL APARTADO CUARTO DEL ARTICULO 11 DEL REAL DECRETO 505/1987, DE 3 DE ABRIL, POR EL QUE SE DISPONE LA CREACION DE UN SISTEMA DE ANOTACIONES EN CUENTA PARA LA DEUDA DEL ESTADO.

SEGUNDO. LAS ENTIDADES GESTORAS CUMPLIRAN ESTE DEBER DE SUMINISTRO DE INFORMACION A LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA, ENTREGANDO UN SOPORTEMAGNETICO QUE CONTENGA EL DETALLE DE TODOS LOS REGISTROS ORIGINADOS POR OPERACIONES CON LETRAS DEL TESORO POR CUENTA DE SUS COMITENTES. CADA REGISTRO CONTENDRA TODOS LOS DATOS QUE SE ESPECIFICAN EN LOS ANEXOS DE LA PRESENTE ORDEN.

EL SOPORTE MAGNETICO CONTENDRA TODOS LOS REGISTROS VIVOS AL TERMINO DEL AÑO NATURAL, ASI COMO LOS CANCELADOS Y DADOS DE BAJA DURANTE EL AÑO.

LA CENTRAL DE ANOTACIONES SUMINISTRARA LA MISMA INFORMACION RESPECTO DE LAS OPERACIONES POR CUENTA PROPIA REALIZADAS POR LOS TITULARES DE CUENTAS EN AQUELLA.

TERCERO. LA PRESENTE ORDEN ENTRARA EN VIGOR EL DIA SIGUIENTE AL DE SU PUBLICACION EN EL <BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO> Y SERA DE APLICACION PARA EL CUMPLIMIENTO, DESDE ENTONCES, DE LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 11 DEL REAL DECRETO 505/1987, DE 3 DE ABRIL, Y EN EL ARTICULO 18 DE LA ORDEN DE 19 DE MAYO DE 1987, QUE LO DESARROLLA.

MADRID, 28 DE DICIEMBRE DE 1987.

SOLCHAGA CATALAN

EXCMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE HACIENDA E ILMO. SR. SECRETARIO GENERAL DE HACIENDA.

ANEXO I

PRIMERO. LAS PRESENTACIONES SE REALIZARAN EN LA DIRECCION GENERAL DE INFORMATICA TRIBUTARIA, EN ESTOS MOMENTOS SITA EN CALLE JOSEFA VALCARCEL, 46, 28027 MADRID.

SEGUNDO. LOS SOPORTES MAGNETICOS HAN DE CUMPLIR LAS SIGUIENTES CARACTERISTICAS: CINTA MAGNETICA DE:

NUEVE PISTAS.

DENSIDAD: 1600 O 6250 BPI.

CODIGO: EBCDIC, MAYUSCULAS.

ETIQUETAS: SIN ETIQUETAS.

MARCAS: DE FIN DE CINTA. SIN MARCA DE PRINCIPIO.

FACTOR DE BLOQUEO: 10.

PREVIA AUTORIZACION DE LA DIRECCION GENERAL DE INFORMATICA TRIBUTARIA PODRA EFECTUARSE LA PRESENTACION EN CINTAS O CARTUCHOS DE MAYORES DENSIDADES.

TERCERO. LOS SOPORTES MAGNETICOS IRAN ACOMPAÑADOS DE LOS TRES EJEMPLARES DE LA PORTADA DEL IMPRESO, MODELO 194, CUMPLIMENTANDO LAS CASILLAS SIGUIENTES EN LA CLAVE A, ANOTACIONES EN CUENTA:

1. NUMERO DE OPERACIONES.

2. NUMERO DE REGISTROS.

3. EN LA CASILLA DE TOTAL RENDIMIENTOS INTEGROS SE CONSIGNARA LA SUMA DE LOS IMPORTES EFECTIVOS DEL CAMPO 10.6 DE LOS REGISTROS DE DETALLE, ACUMULANDO UNA SOLA VEZ POR OPERACION.

4. EN LA CASILLA DE TOTAL RETENCIONES SE CONSIGNARA LA SUMA DE LOS IMPORTES EFECTIVOS DEL CAMPO 11.5 DE LOS REGISTROS DE DETALLE, ACUMULANDO UNA SOLA VEZ POR OPERACION.

CUARTO. TODAS LAS RECEPCIONES DE SOPORTES MAGNETICOS SERAN PROVISIONALES A RESULTAS DE SU PROCESO Y COMPROBACION, DANDOSE POR NO PRESENTADAS CUANDO NO SE AJUSTEN AL DISEÑO ESTABLECIDO Y DEMAS NORMAS REGLAMENTARIAS.

QUINTO. EL SOPORTE MAGNETICO DEBERA TENER, IMPRESCINDIBLEMENTE, UNA ETIQUETA EXTERNA PEGADA EN LA QUE SE HAGAN CONSTAR LOS DATOS DEL DECLARANTE QUE SE ESPECIFICAN EN LOS APARTADOS SIGUIENTES Y, NECESARIAMENTE, EN ESTE ORDEN:

A) EJERCICIO.

B) 194-LETRAS DEL TESORO.

C) CI.

D) RAZON SOCIAL.

E) NUMERO TOTAL DE REGISTROS DE ARCHIVO.

F) FECHA DE ENTREGA DEL SOPORTE.

EN DICHA ETIQUETA BASTARA CONSIGNAR EL DATO CORRESPONDIENTE PRECEDIDO DE LA LETRA DE DICHO APARTADO.

EN CASO DE QUE EL ARCHIVO CONSTE DE MAS DE UN SOPORTE MAGNETICO, TODOS LLEVARAN SU ETIQUETA NUMERADA SECUENCIALMENTE (1/N, 2/N, ETC.), SIEND O N EL NUMERO TOTAL DE SOPORTES DE QUE CONSTA DICHO ARCHIVO.

EL DECLARANTE RETIRARA DE VENTANILLA EL EJEMPLAR PARA EL INTERESADO UNA VEZ SELLADO, SIENDO EL RECIBO Y JUSTIFICANTE DE LA ENTREGA.

SEXTO. LA CLASIFICACION SERA LA CONTENIDA EN LA INSTRUCCION E.87.2, DE AGOSTO DE 1987, DEL BANCO DE ESPAÑA, ES DECIR, POSICIONES 1 A 46, ASCENDENTE.

SEPTIMO. DESCRIPCION DE LOS REGISTROS.

LAS CARACTERISTICAS DE LOS REGISTROS SE AJUSTARAN A LO DISPUESTO EN LA INSTRUCCION E.87.2, DE AGOSTO DE 1987, DEL BANCO DE ESPAÑA PARA LAS DECLARACIONES SEMANALES DE OPERACIONES, SALVO LO DISPUESTO A CONTINUACION:

A. LA LONGITUD DEL REGISTRO SERA DE 348 POSICIONES.

B. 1. REGISTRO DE CABECERA:

SE SUSTITUIRAN LOS SIGUIENTES CAMPOS:

CAMPO 6: CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL DE LA ENTIDAD GESTORA.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 9.

CONTENIDO: SE CONSIGNARA EL CODIGO DE IDENTIFICACION ASIGNADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

CAMPO 11: RESERVADO.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 22.

CONTENIDO: RESERVADO PARA FUTUROS USOS.

2. REGISTRO DE DETALLE:

SE SUSTITUIRAN E INCLUIRAN LOS SIGUIENTES CAMPOS:

CAMPO 6: CODIGO DE IDENTIFICACION FISCAL DE LA ENTIDAD GESTORA.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 9.

CONTENIDO: SE CONSIGNARA EL CODIGO DE IDENTIFICACION ASIGNADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

SE AÑADIRAN LOS SIGUIENTES CAMPOS A PARTIR DE LA POSICION 240:

CAMPO 15: DNI/CI DEL COMITENTE:

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 9.

CONTENIDO: SI EL COMITENTE ES UNA ENTIDAD JURIDICA SE CONSIGNARA EL CODIGO DE IDENTIFICACION ASIGNADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

SI EL COMITENTE ES UNA PERSONA FISICA, SE CONSIGNARA EL NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD EN LAS POSICIONES 1 A 9 ALINEADO A LA DERECHA Y RELLENO CON CEROS POR LA IZQUIERDA, INCLUYENDO EN LA POSICION 9 LA LETRA QUE FIGURA EN LA ETIQUETA IDENTIFICATIVA QUE FACILITA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL) O EN EL NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD,Y DE NO CONOCERSE DICHA LETRA SE CONSIGNARA UN ASTERISCO.

SI EL COMITENTE ES EXTRANJERO Y TIENE ASIGNADO EL NUMERO DE IDENTIFICACION DE EXTRANJEROS (NIE) SE CONSIGNARA ESTE EN LAS POSICIONES 1 A 9. SI NO TUVIERA ASIGNADO NIE FIGURARA LA LETRA T EN LA POSICION 1, SEGUIDA DEL NUMERO DE LA TARJETA DE RESIDENCIA SI LA POSEE, COMPLETADA CON CEROS A LA IZQUIERDA SI FUESE NECESARIO. SI NO POSEE TARJETA DE RESIDENCIA SE CONSIGNARA LA LETRA T SEGUIDA DEL NUMERO DE PASAPORTE COMPLETADO CON CEROS A LA IZQUIERDA SI FUESE NECESARIO, Y SI EXCEDE SE CONSIGNARA LA LETRA T SEGUIDA DE LOS SIETE ULTIMOS CARACTERES DEL NUMERO DE PASAPORTE. SI NO TUVIESE ASIGNADO NIE EN LA POSICION 9 SE CONSIGNARA SIEMPRE UN ASTERISCO.

SI EL COMITENTE FUESE UNA ENTIDAD JURIDICA NO RESIDENTE EN TERRITORIO ESPAÑOL SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN DICHO TERRITORIO SE CONSIGNARA LA LETRA Z EN LA POSICION 1, Y EL RESTO DEL CAMPO IRA A CEROS.

SI EL COMITENTE ES MENOR DE EDAD, OBLIGATORIAMENTE DEBERA EXISTIR OTRO REGISTRO CON LOS DATOS COMPLETOS DEL REPRESENTANTE LEGAL Y CLAVE DE TITULAR <R>.

NO SERA OBLIGATORIA LA EXISTENCIA DE ESTE REGISTRO SI EN LA OPERACION QUE FIGURA EL MENOR DE EDAD EXISTEN OTRO U OTROS TITULARES MAYORES DE EDAD.

SI EL MENOR DE EDAD POSEE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD SE CONSIGNARA EL NUMERO DEL DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD EN LAS POSICIONES 1 A 9 ALINEADO A LA DERECHA Y RELLENO CON CEROS POR LA IZQUIERDA, INCLUYENDO EN LA POSICION 9 LA LETRA QUE FIGURA EN LA ETIQUETA IDENTIFICATIVA QUE FACILITA EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA (NUMERO DE IDENTIFICACION FISCAL) O EL NUEVO DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, Y DE NO CONOCERSE DICHA LETRA SE CONSIGNARA UN ASTERISCO. SI NO POSEE DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD DEBERA CUMPLIMENTARSE CON LA FECHA DE NACIMIENTO DE LA SIGUIENTE FORMA:

POS. 1, LA LETRA M.

POS. 2, CERO.

POS. 3-4, DIA, DE 01 A 31.

POS. 5-6, MES, DE 01 A 12.

POS. 7-8, AÑO, DE 00 A 99.

POS. 9, ASTERISCO.

CAMPO 16: APELLIDOS Y NOMBRE O RAZON SOCIAL DEL COMITENTE.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 40.

CONTENIDO: SI EL COMITENTE ES UNA PERSONA FISICA SE CONSIGNARA EL PRIMER APELLIDO, UN ESPACIO, EL SEGUNDO APELLIDO, UN ESPACIO Y EL NOMBRE COMPLETO NECESARIAMENTE POR ESTE ORDEN.

SI ES UNA ENTIDAD SE CONSIGNARA LA RAZON O DENOMINACION SOCIAL COMPLETA, SIN ANAGRAMAS.

CAMPO 17: NOMBRE DE LA VIA PUBLICA Y NUMERO DE LA CASA.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 26.

CONTENIDO: EL NOMBRE DE LA VIA PUBLICA IRA PRECEDIDA PREFERENTEMENTE POR LA DESCRIPCION DE SI ES PLAZA, CALLE, PASEO, ETC., Y A SER POSIBLE SE SUSTITUIRA DICHA DESCRIPCION POR SUS SIGLAS, EN LAS POSICIONES 1-2, SEGUN LAS SIGUIENTES CLAVES:

AL ALAMEDA, ALDEA.

AP APARTAMENTO.

AA AVENIDA.

BL BLOQUE.

BO BARRIO.

CH CHALET.

CL CALLE.

CM CAMINO.

CO COLONIA.

CR CARRETERA.

A CASERIO.

CT CUESTA.

ED EDIFICIO.

GL GLORIETA.

GR GRUPO.

LG LUGAR.

MA MERCADO.

MN MUNICIPIO.

MZ MANZANA.

PB POBLADO.

PG POLIGONO.

PJ PASAJE.

PQ PARQUE.

PZ PLAZA.

PR PROLONGACION.

PS PASEO.

RB RAMBLA.

RD RONDA.

TR TRAVESIA.

UR URBANIZACION.

SI NO CUPIESE COMPLETO EL NOMBRE, NO GRABAR ARTICULOS, PREPOSICIONES NI CONJUNCIONES Y PONER EN ABREVIATURA LOS TITULOS; LOS DEMAS CASOS SE ABREVIARAN UTILIZANDO LAS SIGLAS DE USO GENERALIZADO.

EL NUMERO DE LA CASA O PUNTO KILOMETRICO (SIN DECIMALES) HA DE SER NUMERICO DE CUATRO POSICIONES.

CAMPO 18: CODIGO POSTAL.

FORMATO: NUMERICO.

LONGITUD: 5.

CONTENIDO: SE CONSIGNARA EL NUMERO ASIGNADO POR CORREOS PARA EL DOMICILIO, COMPUESTO IMPRESCINDIBLEMENTE DE LA CLAVE DE PROVINCIA (DE 01 A 50) DE LA TABLA QUE FIGURA A CONTINUACION Y UN NUMERO DE TRES DIGITOS QUE, EN CASO DE NO EXISTIR, SE CONSIGNARAN TRES CEROS:

01 ALAVA.

02 ALBACETE.03 ALICANTE.

04 ALMERIA.05 AVILA.

06 BADAJOZ.07 BALEARES.

08 BARCELONA.09 BURGOS.

10 CACERES.11 CADIZ.

12 CASTELLON.13 CIUDAD REAL.

14 CORDOBA.15 CORUÑA.

16 CUENCA.17 GERONA.

18 GRANADA.19 GUADALAJARA.

20 GUIPUZCOA.21 HUELVA.

22 HUESCA.23 JAEN.

24 LEON.25 LERIDA.

26 LA RIOJA.27 LUGO.

28 MADRID.

29 MALAGA.30 MURCIA.

31 NAVARRA.32 ORENSE.

33 ASTURIAS.34 PALENCIA.

35 LAS PALMAS.36 PONTEVEDRA.

37 SALAMANCA.38 S. C. TENERIFE.

39 CANTABRIA.40 SEGOVIA.

41 SEVILLA.42 SORIA.

43 TARRAGONA.44 TERUEL.

45 TOLEDO.46 VALENCIA.

47 VALLADOLID.48 VIZCAYA.

49 ZAMORA.50 ZARAGOZA.

EN EL CASO DE NO RESIDENTES, SE CONSIGNARA 99XXX, SIENDO XXX EL CODIGO DEL PAIS, DE ACUERDO CON EL ANEXO II DE ESTA ORDEN.

CAMPO 19: MUNICIPIO.

FORMATO: ALFABETICO.

LONGITUD: 24.

CONTENIDO: OCUPAN 24 POSICIONES ALFABETICAS; EN CASO DE QUE EXCEDA DE DICHAS POSICIONES, GRABAR LAS 24 PRIMERAS.

CAMPO 20: NUMERO DE COMITENTES.

FORMATO: NUMERICO.

LONGITUD: 3.

CONTENIDO: EN EL CASO DE UN UNICO TITULAR, EL CONTENIDO SERA 001. EN LOS SUPUESTOS DE COTITULARIDAD FIGURARA EL NUMERO DE COTITULARES Y, EN CONSECUENCIA, HABRA QUE INCLUIR UN REGISTRO POR CADA UNO DE ELLOS.

CAMPO 21: CLAVE DE TITULARIDAD.

FORMATO: ALFABETICO.

LONGITUD: 1.

CONTENIDO: SE CONSIGNARA LA LETRA T EN LOS REGISTROS DE TITULAR. EN LOS CASOS DE MENOR DE EDAD TITULAR UNICO SE AÑADIRA UN REGISTRO DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL MENOR DE EDAD, CON CLAVE DE TITULAR R, FIGURANDO 002 EN EL CAMPO 20.

3. REGISTRO DE COLA:

SE SUSTITUIRAN LOS SIGUIENTES CAMPOS:

CAMPO 6: CODIGO DE IDENTIFICACION DE LA ENTIDAD GESTORA.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 9.

CONTENIDO: SE CONSIGNARA EL CODIGO DE IDENTIFICACION ASIGNADO POR EL MINISTERIO DE ECONOMIA Y HACIENDA.

CAMPO 8 A CAMPO 11 SE SUSTUIRA POR:

CAMPO 8: RESERVADO.

FORMATO: ALFANUMERICO.

LONGITUD: 318.

CONTENIDO: RESERVADO PARA FUTUROS USOS.

ANEXO II CODIGO DE PAISES PARA COMITENTES NO RESIDENTES.

EUROPA.

001 FRANCIA: INCLUIDO MONACO.002 BELGICA.

003 PAISES BAJOS.004 REPUBLICA FEDERAL ALEMANA: INCLUIDO BERLIN OESTE Y LOS TERRITORIOS AUSTRIACOS DE JUNGHOLZ Y MITTELBERG; SE EXCLUYE EL TERRITORIO DE BUSINGEN.

005 ITALIA: INCLUIDO SAN MARINO.006 REINO UNIDO: GRAN BRETAÑA, IRLANDA DEL NORTE, ISLAS DEL CANAL E ISLA DE MAN.007 IRLANDA.

008 DINAMARCA.024 ISLANDIA.

025 ISLAS FEROE.028 NORUEGA: INCLUIDO EL ARCHIPIELAGO DEL SVALBARD Y LA ISLA JAN MAYEN.030 SUECIA.

032 FINLANDIA: INCLUIDAS LAS ISLAS ALAND.036 SUIZA: INCLUIDO LIECHTENSTEIN, EL TERRITORIO ALEMAN DE BUSINGEN Y EL MUNICIPIO ITALIANO DE CAMPIONE D'ITALIA.038 AUSTRIA: NO INCLUIDOS LOS TERRITORIOS DE JUNGHOLZ Y MITTELBERG.

040 PORTUGAL: INCLUIDAS LAS AZORES Y MADEIRA.042 ESPAÑA.

043 ANDORRA.044 GIBRALTAR.

045 CIUDAD DEL VATICANO.046 MALTA: INCLUIDO GOZO Y COMINO.

048 YUGOSLAVIA.050 GRECIA.

052 TURQUIA.056 UNION SOVIETICA.

058 REPUBLICA DEMOCRATICA ALEMANA: INCLUIDO BERLIN-ESTE.060 POLONIA.

062 CHECOSLOVAQUIA.064 HUNGRIA.

066 RUMANIA.068 BULGARIA.

070 ALBANIA.

AFRICA.

AFRICA DEL NORTE

204 MARUECOS: INCLUIDA LA PARTE DEL ANTIGUO SAHARA ESPAÑOL, ADMINISTRADOTRADO POR MARRUECOS.

208 ARGELIA.

212 TUNEZ.216 LIBIA.

220 EGIPTO.224 SUDAN.

AFRICA OCCIDENTAL

228 MAURITANIA.

232 MALI.236 ALTO VOLTA.

240 NIGERIA.244 TCHAD.

247 REPUBLICA DE CABO VERDE.248 SENEGAL.

252 GAMBIA.257 GUINEA-BISSAU.

260 GUINEA.264

SIERRA LEONA.268 LIBERIA.

272 COSTA DE MARFIL.276 GHANA.

280 TOGO.284 BENIN.

288 NIGERIA.

AFRICA CENTRAL, ORIENTAL Y AUSTRAL

302 CAMERUN.

306 IMPERIO CENTRO AFRICANO.310 GUINEA ECUATORIAL.

311 SANTO TOME Y PRINCIPE.314 GABON.

318 CONGO.322 ZAIRE.

324 RWANDA.328 BURUNDI.

329 SANTA HELENA Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE SANTA HELENA: ISLA DE LA ASCENSION E ISLAS TRISTAN DA CUNHA.330 ANGOLA. SE INCLUYE CABINDA.

334 ETIOPIA.338 DJIBOUTI.

342 SOMALIA.346 KENYA.

350 UGANDA.352 TANZANIA: TANGANICA, ZANZIBAR Y PEMBA.

355 SEYCHELLES Y DEPENDENCIAS: ISLAS MAHE, SILHOUETTE, PRASLIN, FRAGATA, MAMELLES Y RECIFS, BIRD Y DENIS, PLATE Y COETIVY, ISLAS ALMIRANTES, ISLA ALFONSO, ISLAS PROVIDENCIA, ISLAS ALDABRA.357 TERRITORIO BRITANICO DEL OCEANO INDICO: ARCHIPIELAGO DE CHAGOS.

366 MOZAMBIQUE.370 MADAGASCAR.

372 REUNION: SE INCLUYEN ISLA EUROPA, ISLA BASSAS DE INDIA, ISLA JUAN DE NOVA, ISLA TROMELEN E ISLAS GLORIOSAS.373 MAURICIO: ISLA MAURICIO, ISLA RODRIGUEZ, ISLAS AGALEGA Y CARGADOS CARAJOS SHOALS (ISLAS SAN BRANDON).

375 CAMORES: GRAN CAMORE, ANJOUAN Y MOHELI.377 MAYOTTE: GRAN TIERRA Y PAMANZI.

378 ZAMBIA.382 RHODESIA.

386 MALAWI.390 REPUBLICA DE AFRICA DEL SUR Y NAMIBIA.

391 BOTSWANA.393 SWAZILAND.

395 LESOTHO.

AMERICA.

AMERICA DEL NORTE

400 ESTADOS UNIDOS DE AMERICA: SE INCLUYE PUERTO RICO.

404 CANADA.406 GROENLANDIA.

408 SAN PEDRO Y MIQUELON.

AMERICA CENTRAL Y DEL SUR

412 MEXICO.

413 BERMUDAS.416 GUATEMALA.

421 BELIZE.424 HONDURAS: SE INCLUYEN LAS ISLAS SWAN.

428 EL SALVADOR.432 NICARAGUA: SE INCLUYEN LAS ISLAS CORN.

436 COSTA RICA.440 PANAMA.

444 ZONA DEL CANAL DE PANAMA.448 CUBA.

451 ISLAS OCCIDENTALES.

ESTADOS ASOCIADOS DE LAS INDIAS OCCIDENTALES:

ANTIGUA, SAN CRISTOBAL (SAN KITTS), NEVIS, ANGUILA, ISLAS VIRGENES BRITANICAS, MONTSERRAT.452 HAITI.

453 BAHAMAS.454 ISLAS TURQUESAS Y CAICOS.

456 REPUBLICA DOMINICANA.457 ISLAS VIRGENES DE LOS ESTADOS UNIDOS.

458 GUADALUPE: SE INCLUYEN MARIA GALANTE, LOS SANTOS, LA PEQUEÑA TIERRA DESEADA, SAN BARTOLOME Y LA PARTE NORTE DE SAN MARTIN.

460 DOMINICA.462 MARTINICA.

463 ISLAS CAYMAN.464 JAMAICA.

465 SANTA LUCIA.467 SAN VICENTE: SE INCLUYEN LAS ISLAS GRANADINAS DEL NORTE.

469 BARBADOS.472 TRINIDAD Y TOBAGO.

473 GRANADA: SE INCLUYEN LAS ISLAS GRANADINAS DEL SUR.476 ANTILLAS NEERLANDESAS: CURA+CECAO, ARUBIA, BONAIRE, SAN EUSTAQUIO, SABA Y LA PARTE SUR DE SAN MARTIN.480 COLOMBIA.

484 VENEZUELA.488 GUAYANA (GEORGETWON).

492 SURINAM (GUAYANA HOLANDESA).496 GUAYANA FRANCESA.

500 ECUADOR: SE INCLUYEN LAS ISLAS GALAPAGOS.504 PERU.

508 BRASIL.512 CHILE.

516 BOLIVIA.520 PARAGUAY.

524 URUGUAY.528 ARGENTINA.

529 ISLAS FALKLAND O MALVINAS Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE LAS ISLAS FALKLAND: GEORGIA DEL SUR E ISLAS SANDWICH DEL SUR.

ASIA.

PROXIMO Y MEDIO ORIENTE

600 CHIPRE.

604 LIBANO.608 SIRIA.

612 IRAQ.616 IRAN.

624 ISRAEL.628 JORDANIA.

632 ARABIA SAUDITA.636 KUWAIT.

640 BAHREIN.644 QATAR.

647 EMIRATOS ARABES UNIDOS: ABU DHABI, DUBAY, SHARJA, AJMAN, UMM AL Q'AIWAN, RAS AL KHAYNAH.649 OMAN.

652 YEMEN DEL NORTE.656 YEMEN DEL SUR.

OTROS PAISES DE ASIA

660 AFGANISTAN.

662 PAKISTAN.664 INDIA: SE INCLUYE SIKKIM.

666 BANGLADESH.667 MALDIVAS (ISLAS).

669 SRI LANI.672 NEPAL.

675 BHOUTAN.676 BIRMANIA.

680 THAILANDIA.684 LAOS.

690 VIETNAM.696 IMPUCHEA (CAMBOYA).

700 INDONESIA.701 MALASIA: FEDERACION MALAYA, SARAWAK Y SABAH.

703 BRUNEI.706 SINGAPUR.

708 FILIPINAS.716 MONGOLIA.

720 CHINA.724 COREA DEL NORTE.

728 COREA DEL SUR.732 JAPON.

736 TAI-WAN.740 HONG-KONG.

743 MACAO.

AUSTRALIA, OCEANIA Y OTROS TERRITORIOS.

800 AUSTRALIA.801 PAPUA-NUEVA GUINEA: SE INCLUYEN NUEVA BRETAÑA, NUEVA IRLANDA, LAVONGAI, ISLAS DEL ALMIRANTAZGO, BOUGAINVILLE, BUI, ISLAS GEEN, DE ENTRECASTEAUX, TROBRIAND, WOODLARK Y EL ARCHIPIELAGO DE LA LOUSIADA, CON SUS DEPENDENCIAS.

802 OCEANIA AUSTRALIANA. ISLAS DE COCOS (KEELING), ISLAS CHRISTMAS, ISLAS HEARD Y MACDONALD, ISLA NORFOLK.803 NAURU.

804 NUEVA ZELANDA: EXCLUYE LA DEPENDENCIA DE ROSS (ANTARTICA).806 ISLAS SALOMON.807 TUVALU.808 OCEANIA AMERICANA: SAMOA AMERICANA, MIDWAY, WAKE Y JOH NSTON, KINGMAN REEF, PALMYRA Y JARVIS, SHALL. HOWLAND Y BAKER, GUANM, CAROLINAS, MARIANAS Y MARSHALL.809 NUEVA CALEDONIA Y DEPENDENCIAS. DEPENDENCIAS DE NUEVA CALEDONIA: ISLA DE PINS, ISLAS LOYAUTE, HUON, BELEP, CHESTERFIELD E ISLA WALPOLE.810 KIRIBATI (ANTIGUAMENTE ISLAS GILBERT) E ISLAS PITCAIRN.

811 ISLAS WALLIS Y FORTUNA. SE INCLUYE LA ISLA ALOFI.814 OCEANIA NEOZELANDESA: ISLAS TOKELAU E ISLA NIUE E ISLAS COOK.

815 FIDJI.816 NUEVAS HEBRIDAS.

817 TONGA.819 SAMOA OCCIDENTAL.

822 POLINESIA FRANCESA: ISLAS MARQUESAS, ISLAS DE LA SOCIEDAD, ISLAS GAMBIER, ISLAS TUBUAL Y ARCHIPIELAGO DE TUAMOTU; SE INCLUYE LA ISLA DE CLIPPERTON.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 28/12/1987
  • Fecha de publicación: 31/12/1987
  • Fecha de entrada en vigor: 01/01/1988
  • Fecha de derogación: 17/02/1994
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Orden de 9 de febrero de 1994 (Ref. BOE-A-1994-3564).
  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 17, de 20 de enero de 1988 (Ref. BOE-A-1988-1149).
Referencias anteriores
  • COMPLETA el art. 18 de la Orden de 19 de mayo de 1987 (Ref. BOE-A-1987-12081).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 11 del Real Decreto 505/1987, de 3 de abril (Ref. BOE-A-1987-9217).
Materias
  • Deuda Pública
  • Sistema tributario
  • Títulos valores

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