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Documento BOE-A-1986-7521

Corrección de errores de la Orden de 13 de febrero de 1986 por la que se aprueban los modelos «Declaraciones-documentos de ingreso» a utilizar en los Impuestos Especiales.

Publicado en:
«BOE» núm. 69, de 21 de marzo de 1986, páginas 10667 a 10668 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-A-1986-7521
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1986/02/13/(1)/corrigendum/19860321

TEXTO ORIGINAL

Advertida omisión en el texto remitido para su publicación de la mencionada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 41, de fecha 17 de febrero de 1986, a continuación se formúlan las oportunas rectificaciones:

En la página 6183, a continuación del impreso 554, deben figurar las siguientes instrucciones pan cumplimentar el impreso:

INSTRUCCIONES

Este documento deberá cumplimentarse a máquina o utilizando bolígrafo, sobre superficie dura, y con letras mayúsculas.

1 Identificación.

Si se dispone de etiquetas identificativas adhiéralas en el espacio reservado al efecto, en los tres ejemplares.

Si no se dispone de etiquetas cumplimente los datos de identificación. En este caso el documento deberá ser presentado en la Delegación o Administración de Hacienda que le corresponda reglamentariamente y conjuntamente con el modelo 030 de censo de etiquetas y opciones IVA.

2 Devengo.

Ejercicio.-Deberá consignar las dos últimas cifras del año al que corresponde el período trimestral o mensual por el que se efectúa el ingreso.

Período según la tabla siguiente:

1T = 1.er Trimestre. 2T = 2.° Trimestre. 3T = 3.er Trimestre. 4T = 4.° Trimestre.

01 = Enero. 02 = Febrero. 03 = Marzo. 04 = Abril. 05 = Mayo. 06 = Junio. 07 = Julio. 08 = Agosto. 09 = Septiembre. 10 = Octubre. 11 = Noviembre. 12 = Diciembre.

Ejemplos:

4.° trimestre: Ejercicio 85, Período 4T

Enero 1985: Ejercicio 85, Período 01

3 Liquidación.

Los sujetos pasivos establecidos en la Península e Islas Baleares consignarán, en la primera línea, la base liquidable, expresada en litros de alcohol absoluto, referida al período impositivo de que se trate y minorada en su caso en la cantidad de litros de dicho alcohol que se haya enviado a Canarias; la citada cantidad constituirá la base liquidable a consignar en la segunda línea, aplicando el tipo diferenciado vigente en dicha Comunidad Autónoma.

Los sujetos pasivos establecidos en las Islas Canarias sólo deberán utilizar la primera línea, aplicando en todo caso el tipo reducido de que gozan.

Los tipos impositivos aplicables serán los siempre vigentes en el momento del devengo.

4 Declaración negativa.

Si en el período no se ha devengado cuota alguna deberá marcar con una X el espacio reservado, y efectuar su presentación, bien por correo Certificado dirigido a la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de su Delegación o Administración de Hacienda correspondiente o mediante entrega personal.

5 Ingreso.

Márquese con una X la casilla correspondiente al lugar y forma de pago.

Las alternativas de que dispone son:

- Caja de la Delegación de Hacienda de su provincia o en su Administración de Hacienda.

- En cualquier Entidad colaboradora de su provincia, bien en efectivo o mediante adeudo en cuenta.

Siempre deberá indicar el importe del ingreso.

6 Sujeto pasivo.

El documento deberá ser suscrito por el contribuyente.

7 Entidad.

El caso de ingreso en Entidades colaboradoras, estos datos serán cumplimentados por la Entidad.

En la página 6184 a continuación del impreso 555 deben figurar las siguientes instrucciones para cumplimentar el mismo:

INSTRUCCIONES

Este documento deberá cumplimentarse a máquina o utilizando bolígrafo, sobre superficie dura, y con letras mayúsculas.

1 Identificación.

Si se dispone de etiquetas identificativas adhiéralas en el espacio reservado al efecto, en los tres ejemplares.

Si no se dispone de etiquetas cumplimente los datos de identificación. En este caso el documento deberá ser presentado en la Delegación o Administración de Hacienda que le corresponda reglamentariamente y conjuntamente con el modelo 030 de censo de etiquetas y opciones IVA.

2 Devengo.

Ejercicio.-Deberá consignar las dos últimas cifras del año al que corresponde el período trimestral o mensual por el que se efectúa el ingreso.

Período según la tabla siguiente:

1T = 1.er Trimestre. 2T = 2.° Trimestre. 3T = 3.er Trimestre. 4T = 4.° Trimestre.

01 = Enero. 02 = Febrero. 03 = Marzo. 04 = Abril. 05 = Mayo. 06 = Junio. 07 = Julio. 08 = Agosto. 09 = Septiembre. 10 = Octubre. 11 = Noviembre. 12 = Diciembre.

Ejemplos:

4.° trimestre: Ejercicio 85, Período 4T

Enero 1985: Ejercicio 85, Período 01

3 Liquidación.

Las bases liquidables de cada uno de los epígrafes, expresadas en litros, serán las correspondientes al período impositivo de que se trate y a la clase de cerveza a que se refiere cada uno de ellos, según el contenido en extracto seco del mosto del que fue obtenida.

Los tipos impositivos aplicables serán los vigentes en el momento del devengo.

4 Declaración negativa.

Si en el período no se ha devengado cuota alguna deberá marcar con una X el espacio reservado, y efectuar su presentación, bien por correo Certificado dirigido a la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de su Delegación o Administración de Hacienda correspondiente o mediante entrega personal.

5 Ingreso.

Márquese con una X la casilla correspondiente al lugar y forma de pago.

Las alternativas de que dispone son:

- Caja de la Delegación de Hacienda de su provincia o en su Administración de Hacienda.

- En cualquier Entidad colaboradora de su provincia, bien en efectivo o mediante adeudo en cuenta.

Siempre deberá indicar el importe del ingreso.

6 Sujeto pasivo.

El documento deberá ser suscrito por el contribuyente.

7 Entidad.

El caso de ingreso en Entidades colaboradoras, estos datos serán cumplimentados por la Entidad.

En la página 6185, a continuación del impreso 560, deben figurar las siguientes instrucciones para cumplimentar el mismo:

INSTRUCCIONES

Este documento deberá cumplimentarse a máquina o utilizando bolígrafo, sobre superficie dura, y con letras mayúsculas.

1 Identificación.

Si se dispone de etiquetas identificativas adhiéralas en el espacio reservado al efecto, en los tres ejemplares.

Si no se dispone de etiquetas cumplimente los datos de identificación. En este caso el documento deberá ser presentado en la Delegación o Administración de Hacienda que le corresponda reglamentariamente y conjuntamente con el modelo 030 de censo de etiquetas y opciones IVA.

2 Devengo.

Ejercicio.-Deberá consignar las dos últimas cifras del año al que corresponde el período trimestral o mensual por el que se efectúa el ingreso.

Período según la tabla siguiente:

1T = 1.er Trimestre. 2T = 2.° Trimestre. 3T = 3.er Trimestre. 4T = 4.° Trimestre.

01 = Enero. 02 = Febrero. 03 = Marzo. 04 = Abril. 05 = Mayo. 06 = Junio. 07 = Julio. 08 = Agosto. 09 = Septiembre. 10 = Octubre. 11 = Noviembre. 12 = Diciembre.

Ejemplos:

4.° trimestre: Ejercicio 85, Período 4T

Enero 1985: Ejercicio 85, Período 01

3 Liquidación.

Los sujetos pasivos deberán precisar en su casilla, en el mismo orden que figuran en la Ley, los distintos epígrafes correspondientes a cada una de las liquidaciones parciales.

En la casilla «Unidad», se indicará en abreviatura si se trata de litros, kilogramos o toneladas, conforme establezca el correspondiente epígrafe.

Las bases liquidables serán las correspondientes al período impositivo de que se trate.

Los tipos impositivos aplicables serán los vigentes en el momento del devengo.

4 Declaración negativa.

Si en el período no se ha devengado cuota alguna deberá marcar con una X el espacio reservado, y efectuar su presentación, bien por correo Certificado dirigido a la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de su Delegación o Administración de Hacienda correspondiente o mediante entrega personal.

5 Ingreso.

Márquese con una X la casilla correspondiente al lugar y forma de pago.

Las alternativas de que dispone son:

- Caja de la Delegación de Hacienda de su provincia o en su Administración de Hacienda.

- En cualquier Entidad colaboradora de su provincia, bien en efectivo o mediante adeudo en cuenta.

Siempre deberá indicar el importe del ingreso.

6 Sujeto pasivo.

El documento deberá ser suscrito por el contribuyente.

7 Entidad.

El caso de ingreso en Entidades colaboradoras, estos datos serán cumplimentados por la Entidad.

En la página 6186, a continuación del impreso 575, deben figurar las siguientes instrucciones para cumplimentar el mismo:

INSTRUCCIONES

Este documento deberá cumplimentarse a máquina o utilizando bolígrafo, sobre superficie dura, y con letras mayúsculas.

1 Identificación.

Si se dispone de etiquetas identificativas adhiéralas en el espacio reservado al efecto, en los tres ejemplares.

Si no se dispone de etiquetas cumplimente los datos de identificación. En este caso el documento deberá ser presentado en la Delegación o Administración de Hacienda que le corresponda reglamentariamente y conjuntamente con el modelo 030 de censo de etiquetas y opciones IVA.

2 Devengo.

Ejercicio.-Deberá consignar las dos últimas cifras del año al que corresponde el período trimestral o mensual por el que se efectúa el ingreso.

Período según la tabla siguiente:

1T = 1.er Trimestre. 2T = 2.° Trimestre. 3T = 3.er Trimestre. 4T = 4.° Trimestre.

01 = Enero. 02 = Febrero. 03 = Marzo. 04 = Abril. 05 = Mayo. 06 = Junio. 07 = Julio. 08 = Agosto. 09 = Septiembre. 10 = Octubre. 11 = Noviembre. 12 = Diciembre.

Ejemplos:

4.° trimestre: Ejercicio 85, Período 4T

Enero 1985: Ejercicio 85, Período 01

3 Liquidación.

Los sujetos pasivos deberán precisar en su casilla, en el mismo orden que figuran en la Ley, los distintos epígrafes, correspondientes a cada una de las liquidaciones parciales.

Las bases liquidables de los distintos epígrafes, se corresponderán con el período impositivo de que se trate y estarán constituidas por el valor de las labores según su precio máximo de venta al público en establecimiento especializado en la venta de tabacos, incluidos todos los impuestos. Por excepción en el epígrafe correspondiente al componente específico del tipo impositivo de los cigarrillos, la base liquidable se expresará en miles de unidades.

Los tipos impositivos aplicables serán los vigentes en el momento del devengo.

4 Declaración negativa.

Si en el período no se ha devengado cuota alguna deberá marcar con una X el espacio reservado, y efectuar su presentación, bien por correo Certificado dirigido a la Dependencia o Sección de Gestión Tributaria de su Delegación o Administración de Hacienda correspondiente o mediante entrega personal.

5 Ingreso.

Márquese con una X la casilla correspondiente al lugar y forma de pago.

Las alternativas de que dispone son:

- Caja de la Delegación de Hacienda de su provincia o en su Administración de Hacienda.

- En cualquier Entidad colaboradora de su provincia, bien en efectivo o mediante adeudo en cuenta.

Siempre deberá indicar el importe del ingreso.

6 Sujeto pasivo.

El documento deberá ser suscrito por el contribuyente.

7 Entidad.

El caso de ingreso en Entidades colaboradoras, estos datos serán cumplimentados por la Entidad.

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 21/03/1986
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 13 de febrero de 1986 (Ref. BOE-A-1986-4223).
Materias
  • Impuesto Especial sobre el Alcohol y Bebidas derivadas
  • Impuesto Especial sobre Hidrocarburos
  • Impuesto Especial sobre la Cerveza
  • Impuesto Especial sobre las Labores del Tabaco

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