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Documento BOE-A-1986-1463

Resolución de 10 de enero de 1986, del Consejo Superior de Deportes, por la que se regula el régimen de subvenciones a la Universidad para investigación en el ámbito de la educación física y el deporte.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 16, de 18 de enero de 1986, páginas 2694 a 2694 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1986-1463
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1986/01/10/(1)

TEXTO ORIGINAL

Por Orden de 23 de julio de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de agosto) se regula la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes. Por otra parte en la Resolución de 23 de julio de 1984 ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de agosto) se regula el régimen de subvenciones para fomentar la actividad física y el deporte en el ámbito universitario, y en el apartado c) de dicha Resolución se hace referencia a las subvenciones en función de realizaciones de investigación científico-deportivas. La importancia creciente de la investigación aplicada en el ámbito de las ciencias del deporte y el importante papel que la Universidad debe tener en la misma hacen necesaria una regulación específica sobre esta materia de subvenciones, por lo que la presente Resolución viene a sustituir el apartado c) de la mencionada Resolución de subvenciones para el fomento de la actividad física y el deporte dentro del ámbito universitario.

I. Objeto de las subvenciones

El objeto de las mismas es promover la realización por Departamentos Universitarios de proyectos de investigación aplicada dentro del ámbito de las Ciencias de la Educación Física y el Deporte, con el propósito de perfeccionar el conocimiento científico, técnico y tecnológico en relación a la práctica de la actividad física y el deporte. Se considerarán de carácter prioritario las siguientes áreas y temas de investigación:

1) Area de la Educación Físico-Deportiva.

- Evaluación de la condición motriz.

- Desarrollo de programas, objetivos-contenidos, métodos para la Educación Física en las edades evolutivas.

- Trastornos perceptivo-motores y su reeducación en niños en edad preescolar.

2) Areas del Ejercicio Físico y el Deporte para Todos.

- Ejercicio físico y salud, efectos de los programas de acondicionamiento físico para el adulto.

- Planificación, programación y gestión de las actividades del Deporte para Todos en municipios y grandes complejos polideportivos.

- Efectos de los programas de mantenimiento físico, para personas en la tercera edad.

3) Area del Deporte de Alta Competición.

- Evaluación y control del rendimiento del deportista.

- Planificación de la formación y desarrollo del deportista.

- Detección temprana del talento deportivo.

- Efectos a largo plazo en la salud de la práctica deportiva.

4) Area del Equipamiento y la Tecnología Deportiva.

- Racionalización del diseño de instalaciones deportivas en relación con el ahorro de energía y conservación del medio ambiente.

- Desarrollo tecnológico de equipos y materiales empleados en la alta competición.

Los proyectos de investigación deberán llevarse a cabo en Departamentos Universitarios con medios y equipamiento para el desarrollo de la investigación de que se trate.

II. Normas para la solicitud

1) Las solicitudes deberán ser formuladas por el Jefe del Departamento Universitario donde se va a realizar la investigación en el impreso oficial de solicitud. Dicho impreso estará a disposición de los interesados en la Secretaría del Instituto de Ciencias de la Educación Física y del Deporte, calle El Greco, sin número, 28040 Madrid, pudiéndose solicitar por correo, así como en las Direcciones Generales de Deportes de las Comunidades Autónomas.

Las solicitudes deberán ser presentadas en la Secretaría del Instituto de Ciencias de la Educación Física y del Deporte, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 66 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

2) Las solicitudes deberán ser presentadas con una antelación mínima de dos meses al comienzo previsto de la investigación.

3) De acuerdo con las disposiciones generales del artículo 6.º de la Orden de 23 de julio de 1984, por la que se regula la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:

a) Presupuesto detallado de ingresos y gastos previstos para la realización del proyecto.

b) Memoria detallada del proyecto de investigación para el que se solicita la subvención, especificando el interés y el objetivo del mismo, así como el calendario previsto.

c) Curriculum vitae del director o responsable del proyecto de investigación y relación de los colaboradores en el mismo.

d) Fotocopia de la cédula de identificación fiscal de la Entidad solicitante.

III. Sobre la concesión de estas subvenciones

Para la concesión de estas subvenciones el Consejo Superior de Deportes requerirá informe al Instituto de Ciencias de la Educación Física y del Deporte.

IV. Obligaciones que comporta la concesión de la subvención

1) Cumplir las distintas etapas del plan de investigación según el proyecto presentado en el impreso de solicitud y el calendario previsto.

2) Presentar a la terminación del proyecto una Memoria que contemple la totalidad del trabajo realizado y sus resultados, informada por el Jefe del Departamento Universitario donde se haya realizado la investigación.

Dicha Memoria deberá ser redactada en castellano, mecanografiada en folio a doble espacio y presentada sin encuadernar en original y dos copias.

3) La aceptación de la subvención implica la cesión de los derechos de publicación de los trabajos de investigación correspondientes a la Dirección de Cultura Física y Deportes.

V. Sobre justificaciones

Los beneficiarios de estas subvenciones quedan obligados a lo que en materia de justificaciones establece el artículo 80 de la Ley General Presupuestaria de 4 de enero de 1977 y en el Decreto 2764/1964, de 27 de junio.

Para agilizar estos trámites el Instituto de Ciencias de la Educación Física y del Deporte comunicará por escrito los libramientos de las cantidades concedidas al Rectorado de la Universidad a la que esté adscrita la Entidad solicitante, con copia al Departamento de Contabilidad.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Madrid, 10 de enero de 1986.- El Presidente, Romá Cuyás Sol.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 10/01/1986
  • Fecha de publicación: 18/01/1986
  • Fecha de derogación: 24/01/1992
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE DEROGA por Resolución de 10 de diciembre de 1991 (Ref. BOE-A-1992-288).
Referencias anteriores
  • DEROGA apartado C) de la Resolución de 23 de julio de 1984 (Ref. BOE-A-1984-17877).
  • CITA Orden de 23 de julio de 1984.
Materias
  • Consejo Superior de Deportes
  • Deporte
  • Educación Física
  • Subvenciones
  • Universidades

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