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Documento BOE-A-1984-26869

Orden de 3 de diciembre de 1984 sobre compensaciones al transporte de mercancías con origen o destino a las islas Canarias en 1984.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 1984, páginas 35332 a 35332 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones
Referencia:
BOE-A-1984-26869
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1984/12/03/(1)

TEXTO ORIGINAL

La Orden de 29 de diciembre de 1982 (<Boletín Oficial del Estado> del 31) por la que se desarrolló el Real Decreto 2945/1982, de 4 de junio (<Boletín Oficial del Estado> de 12 de noviembre), sobre compensación al transporte de mercancías con origen o destino a las islas Canarias, y la de 19 de diciembre de 1983 (<Boletín Oficial del Estado> del 28) sirvieron de aplicación a efectos de dichas compensaciones, correspondientes a los ejercicios de 1982 y 1983, respectivamente.

La Ley 44/1983, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1984, incluye la partida 23.01.471, programa 245, con idéntica finalidad compensatoria del transporte de mercancías de origen o destino a/o desde las islas Canarias, indicando que la misma se efectuará <de acuerdo con el Real Decreto 2945/1982>, lo que implica que, por mandato de dicha Ley, ha quedado extendida a 1984 la aplicación de las normas del referido Real Decreto.

La experiencia obtenida con motivo de la aplicación de las disposiciones legales antes indicadas en determinadas cuestiones aconsejan extender, asimismo, la aplicación de las normas contenidas en las Ordenes citadas de 29 de diciembre de 1982 y 19 de diciembre de 1983, en cuanto a la liquidación de las operaciones correspondientes al ejercicio de 1984.

En consecuencia, este Ministerio, previo informe de la Comunidad Autónoma de Canarias, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1. Para la liquidación de las compensaciones que correspondan, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 2945/1982, de 4 de junio, por transportes efectuados en el ejercicio de 1984 a/o desde las islas Canarias. regirá lo dispuesto en la Orden de 29 de diciembre de 1982, con las modificaciones que se establecen en el artículo siguiente.

Art. 2. Los artículos 2. y 9. y la disposición transitoria de la Orden indicada se redactarán en la forma siguiente:

<Art. 2. Se entenderán como beneficiarios de las compensaciones establecidas en el Real Decreto 2945/1982 las siguientes personas:

a) En el caso de mercancías originarias de Canarias, transportadas al resto del territorio nacional o exportadas al extranjero, será beneficiario de la compensación el remitente de las mercancías, independientemente de que las mismas hayan sido vendidas en régimen de contratación CIF o FOB. El mismo criterio se aplicará en el caso de los envíos interinsulares de mercancías.

b) En el caso de productos de alimentación del ganado, enviados desde la península a Canarias, los beneficiarios de las compensaciones serán los receptores de las mercancías.>

<Art. 9. La Comunidad Autónoma de Canarias determinará los fletes promedios aplicables a las solicitudes presentadas, los cuales nunca excederán de los fletes efectivamente satisfechos.>

DISPOSICION TRANSITORIA

<Las peticiones de abono de las compensaciones correspondientes al año 1984, de acuerdo con los plazos de validez establecidos en el artículo 8. del Real Decreto 2945/1982, referidos a 1984, deberán presentarse ante la Comunidad Autónoma de Canarias antes del 31 de marzo de 1985.>

<La Comunidad Autónoma de Canarias procederá a totalizar las solicitudes y, en caso de que éstas excedan de las disponibilidades presupuestarias, efectuará propuesta de modificación de los porcentajes a que hace referencia la disposición adicional primera del Real Decreto 2945/1982.>

Madrid, 3 de diciembre de 1984.- BARON CRESPO.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/12/1984
  • Fecha de publicación: 07/12/1984
Referencias anteriores
Materias
  • Alimentos para animales
  • Canarias
  • Cereales
  • Flores
  • Frutos y productos hortícolas
  • Mercancías
  • Plantas
  • Transportes aéreos
  • Transportes marítimos

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